Abono de salarios. El sueldo base, en su proporción mensual y los complementos salariales de devengo mensual se abonarán por meses vencidos, en los últimos días de cada mes, mediante transferencia bancaria. La Empresa pondrá a disposición de todas las personas trabajadoras el justificante de recibo xx xxxxxxx en los medios informáticos habituales.
Abono de salarios. El abono de los salarios se realizará, como máximo, dentro de los 5 primeros días hábiles del mes siguiente al vencido. El pago de la nomina se hará por transferencia bancaria a la cuenta designada por el trabajador o por cheque. Los cambios de dicha cuenta deberán comunicarse antes del día 17 del mes y siempre por escrito. El resguardo de la transferencia suple la firma en la nómina.
Abono de salarios. El sueldo base en su proporción mensual y los complementos salariales de devengo mensual se abonarán por meses vencidos, dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante transferencia bancaria, cheque u otra modalidad de pago similar a través de entidades de crédito o en moneda de curso legal. El trabajador tendrá derecho a percibir entregas a cuenta del trabajo realizado, con el límite máximo del 90 por ciento de los jornales o sueldo devengados. Respecto al recibo de salarios se estará a lo previsto en la Orden de 27 de diciembre de 1994.
Abono de salarios. Se efectuará el último día laborable de cada mes, con entrega de nómina justificante.
Abono de salarios. El sueldo base en su proporción mensual y los complementos salariales de devengo mensual se abonarán por meses vencidos, mediante transferencia bancaria, cheque u otra modalidad de pago similar a través de entidades de crédito.
Abono de salarios. Los salarios se abonarán por las empresas dentro del los cinco primeros días del mes siguiente al del devengo. Las empresas velarán por la confidencialidad de los recibos salariales y siempre que sea posible se facilitarán a los trabajadores en sobre cerrado.
Abono de salarios. Las Empresas del transporte sanitario están obligadas al xxxxx xxx xxxxxxx en los dos primeros días laborables del mes.
Abono de salarios. El sueldo base en su proporción mensual y los complementos salariales de devengo mensual se abonarán por meses vencidos, mediante transferencia bancaria, cheque u otra modalidad de pago similar a través de entidades de crédito. cve: BOE-A-2013-6677
Abono de salarios. Se efectuará el último día laboral de cada mes, con entrega del correspondiente justifican- te, mediante transferencia bancaria .
Abono de salarios. El abono de los salarios se realizará como máximo el último día laborable de cada mes, con entrega de la nómina o recibo xxx xxxxxxx.