Adjudicatario. El oferente adjudicatario del contrato, que ha de cumplir lo preceptuado en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, recibe la denominación de Adjudicatario.
Adjudicatario. Es el oferente o proponente cuya oferta ha sido aceptada por la Municipalidad
Adjudicatario. 1.14.7. Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION
Adjudicatario. Muebles, enseres domésticos, restos de poda y colchones. Recogida y entrega en la planta de clasificación o tratamiento o a gestor autorizado.
Adjudicatario. El adjudicatario del contrato, habrá de cumplir todo lo preceptuado en este Pliego de Prescripciones Técnicas, recibiendo en adelante la denominación de “Contratista Adjudicatario” o mas abreviadamente “Contratista” o “Adjudicatario”.
Adjudicatario. Es el Postor Calificado favorecido con el otorgamiento de la buena pro del Concurso.
Adjudicatario. 1.23.6. Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÚN
Adjudicatario. Será el proponente o proponentes, en cada una de las Regiones, que supere el 75% del total de la calificacói n de la EVALUACIÓN DOS de la presente Convocatoria Pública, que hayan sido elegidos por los usuarios en el Proceso de Libre Elección, y con el cual o los cuales, se celebrarán los respectivos contratos de prestación de servicios en salud objeto de esta Convocatoria Pública. Grupo interdisciplinario conformado por FIDUPREVISORA S.A., para controlar, vigilar y certificar el cumplimiento del objeto y las obligaciones pactadas en los contratos a que hace referencia la presente Convocatoria Pública.
Adjudicatario. El adjudicatario seleccionado para el presente acuerdo marco U.T.E. TDE (TELEFÓNICA DE ESPAÑA)-TME-TSOL-TECH IOT (U72601370).
Adjudicatario. Podrán concurrir a esta licitación por el procedimiento abierto y tramitación ordinaria, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, y no estén comprendidas en alguno de los supuestos de prohibición señalados en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y Ley Orgánica 5/85, de 19 xx xxxxx, del Régimen Electoral General, en especial en sus artículos 159.b) y 178.2.d). Se requiere asimismo del licitador, que los fines señalados en sus estatutos o reglas fundacionales, tengan relación directa con la actividad de venta ambulante que se va a ejercer. Asimismo los proponentes deberán estar dados de alta en los epígrafes correspondientes del Impuesto de Actividades Económicas.