Altas y bajas. 1. Las empresas se obligan a tramitar el alta en la Seguridad Social de los trabajadores con anterioridad a la iniciación de la prestación de sus servicios, informando a la representación de los trabajadores de las contrataciones efectuadas y sus características.
Altas y bajas. Las altas y bajas de Servicios Públicos de Salud y Entidades Aseguradoras posteriores a la entrada en vigor del presente Convenio se tramitarán a través de la Comisión de Vigilancia, debiendo ser notificadas por ésta, al resto de las partes. Las entidades aseguradoras se comprometen a comunicar a la Comisión, las fusiones, absorciones, cambios de domicilio social y demás variaciones en su situación jurídica que afecten al funcionamiento del Convenio. La fecha de estas comunicaciones determinará las correspondientes variaciones en la determinación del obligado al pago, así como en la tramitación de los expedientes de acuerdo con las normas de procedimiento previstas en el Convenio.
Altas y bajas. La compañía acepta cubrir bajo el presente endoso en la póliza de seguro, todas aquellas adquisiciones de bienes muebles e inmuebles hechas por el asegurado, en relación con la operación, bajo las condiciones y precio pactados para cada riesgo y ejercicio fiscal. Así mismo acepta dar de baja aquellos bienes muebles e inmuebles que por su naturaleza el asegurado no tenga la responsabilidad de asegurarlos. ACREDITACIÓN DE LA POSESIÓN DE LA PROPIEDAD EN PÓLIZAS DE DAÑOS: La posesión del bien o bienes asegurados se demostrara con el resguardo correspondiente o el reporte de inventario del asegurado.
Altas y bajas. Artículo 1. Requisitos para la admisión de socios (Artículo 11 Estatutos)
Altas y bajas. Artículo 30.º – Altas en la empresa. La empresa reflejará en el tablón de anuncios las altas en la Seguridad Social que se produzcan en la plantilla, o una vez que las personas trabajadoras hayan superado el periodo de prueba.
Altas y bajas. 10.1. La solicitud de alta se presentará por escrito al Comité de Gestión, el cual evaluará la propuesta y decidirá sobre la conveniencia de proponer a la Administración la participación del nuevo Participante.
Altas y bajas. 8.1.- Altas.- Podrán incorporarse al Convenio, todas las entidades aseguradoras que, habilitadas en España para operar el seguro del automóvil, deseen formar parte del mismo, así como aquellos centros sanitarios, que estando o no adheridos a alguna de las asociaciones firmantes, reúnan los requisitos técnicos establecidos en los Anexos I y III de este Convenio.
Altas y bajas. A la hora de suscribir un alta de agua se exigen diferentes requisitos, dependiendo de que la vivienda sea nueva o usada o de que sea en propiedad o en alquiler. Cuando un constructor o un promotor entrega una vivienda nueva a su propietario, tiene que adjuntarle un boletín, firmado por un instalador oficial y sellado por el Departamento de Industria, que debe presentar al ayuntamiento junto a su DNI y sus datos bancarios para solicitar el alta de agua en la casa. Si directamente la va a alquilar y quiere poner el agua a nombre del inquilino, será éste quién haga el contrato y deba dirigirse al ayuntamiento con el boletín del instalador, su DNI, sus datos bancarios y el contrato de alquiler. Cuando una persona adquiere una casa de segunda mano, para solicitar el alta de agua ha de preparar: su DNI como titular del contrato, sus datos bancarios, la escritura de propiedad o contrato privado, y un recibo o los datos del anterior titular del contrato de suministro de agua. Si la va a alquilar, el inquilino, para darse de alta del agua, va a necesitar: DNI, datos bancarios, contrato de alquiler y recibo o datos del anterior titular del contrato. De forma similar a las altas se tramita el cambio de titular y las bajas. En un cambio de titular se produce un alta y una baja, por lo que, a los documentos necesarios para solicitar un alta hay que añadir el número de póliza o el nombre del anterior titular. Para efectuar una baja hay que presentar el número de póliza que le asignaron, el DNI y, además, debe tener desmontado el contador. Es importante asegurarse de que queda desmontado antes de abandonar o ceder la vivienda. De no ser así, los recibos se los seguirán pasando al antiguo morador. Los usuarios no tienen facultad para desmontar los contadores del agua y hay que solicitar previamente la presencia de un desinstalador oficial para que lo haga.
Altas y bajas. A lo largo de la vida del contrato, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx, a través del representante designado por la concejalía delegada, solicitará la incorporación de nuevos equipos o la baja de los inicialmente suministrados, cuando las necesidades del servicio así lo justifiquen. El aumento, reducción o supresión de equipos o la sustitución de unos bienes por otros (por averías definitivas o reiteradas), será obligatorio para el contratista.
Altas y bajas. Al inicio de la vigencia del seguro, las personas que reúnan las condiciones para formar parte del grupo asegurado, serán inscritos por la compañía en el Registro de Asegurados que formará parte de la póliza. Durante la vigencia del período del seguro, el Contratante deberá reportar por escrito a la Compañía los movimientos de altas y bajas de su personal, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que estas ocurran. Causará baja de la póliza, los asegurados que hayan dejado de pertenecer a la colectividad asegurada, así como sus respectivos dependientes, aún cuando el contratante no envíe el aviso respectivo a la compañía.