AMPAROS Y EXCLUSIONES. AXA COLPATRIA SEGUROS S.A., QUE EN ADELANTE SE DENOMINARÁ AXA COLPATRIA, CON SUJECIÓN A LOS TÉRMINOS, CONDICIONES, EXCLUSIONES Y LÍMITE DEL VALOR ASEGURADO CONSIGNADOS EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y EN SUS ANEXOS, AMPARA LAS PÉRDIDAS Y/O DAÑOS MATERIALES QUE SUFRAN LOS EQUIPOS DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR, SIEMPRE QUE DICHAS PÉRDIDAS Y DAÑOS OCURRAN DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, Y QUE SE GENEREN DE FORMA ACCIDENTAL, SÚBITA E IMPREVISTA, Y HAGAN NECESARIA LA REPOSICIÓN DE LOS BIENES ASEGURADOS, COMO CONSECUENCIA DIRECTA DE CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES EVENTOS:
AMPAROS Y EXCLUSIONES. La compañía de seguros xxx que para todos los efectos del presente contrato se denominará “La Compañía”, en consideración a las declaraciones del contratista de Ecopetrol S.A., tomador del seguro, las cuales se incorporan al presente contrato para todos sus efectos, se obliga a pagar hasta la correspondiente suma asegurada para cada amparo, por los siniestros que se configuren de acuerdo con las coberturas aquí otorgadas. Los amparos establecidos en la carátula de la presente póliza, se otorgan a todos los trabajadores actuales y a los nuevos que se vinculen laboralmente a la contratista de Ecopetrol S.A. y, que se beneficien del régimen salarial y prestacional convencional previsto por ésta última, siempre y cuando tengan dedicación exclusiva al contrato comercial suscrito entre el contratista y Ecopetrol S.A. y hayan sido reportados a la aseguradora dentro de los términos que se estipulan en el clausulado de la presente póliza. Los amparos de la presente póliza de seguro cubren la diferencia entre las prestaciones que reconoce el Sistema General de Seguridad Social en Colombia y las prestaciones en exceso acordadas en la Convención Colectiva de Trabajo celebrada entre Ecopetrol S.A. y la Unión Sindical Obrera “USO” vigente (CCTV), en materia de seguridad social y corresponden a las coberturas contenidas en esta póliza.
AMPAROS Y EXCLUSIONES. Sistemas computarizados
AMPAROS Y EXCLUSIONES. La compañía de seguros (XXX) que para todos los efectos del presente contrato se denominará “La Compañía”, en consideración a las declaraciones del contratista de ECOPETROL S.A. tomador del seguro, las cuales se incorporan al presente contrato para todos sus efectos, se obliga a pagar hasta la correspondiente suma asegurada para cada amparo, por los siniestros que se configuren de acuerdo con las coberturas aquí otorgadas. Los amparos establecidos en la carátula de la presente póliza se otorgan solamente a los trabajadores actuales y a los nuevos que entren al servicio de la empresa contratista de ECOPETROL S.A. y, que se beneficien del régimen salarial y prestacional convencional previsto en ésta última, siempre y cuando estén vinculados a la ejecución del contrato de Ecopetrol con dedicación exclusiva y contrato de trabajo y hayan sido reportados a la aseguradora dentro de los términos que se estipulan en el clausulado de la presente póliza. Los amparos de la presente póliza de seguro cubren la diferencia entre las prestaciones que reconoce el Sistema General de Seguridad Social en Colombia y las prestaciones en exceso acordadas en la Convención Colectiva de Trabajo celebrada entre ECOPETROL S.A. y la Unión Sindical Obrera “USO” vigente (CCTV) en materia de seguridad social y que corresponde a las coberturas contenidas en esta póliza.
AMPAROS Y EXCLUSIONES. AXA COLPATRIA SEGUROS S.A., EN ADELANTE AXA COLPATRIA A TRAVES DE LA PRESENTE POLIZA, GARANTIZA EL AMPARO DE DESEMPLEO A TRABAJADORES DEPENDIENTES CON CONTRATO DE TRABAJO Y A TRABAJADORES INDEPENDIENTES POR INCAPACIDAD TOTAL TEMPORAL. DICHOS AMPAROS SON EXCLUYENTES ENTRE SI.
AMPAROS Y EXCLUSIONES. Sistemas computarizados Operaciones de la oficina de servicios del asegurado
AMPAROS Y EXCLUSIONES. AXA COLPATRIA SEGUROS S.A. EN ADELANTE SE DENOMINARÁ AXA COLPATRIA. DEFINICIÓN XXX XXXXXX BASICO. EL AMPARO DE DESEMPLEO PARA TRABAJADORES CON VINCULO LABORAL DEFINIDO EN EL NUMERL 1.1 Y EL AMPARO DE DESEMPLEO PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES POR INCAPACIDAD TOTAL TEMPORAL DEFINIDO EN EL NUMERAL 1.2, SON EXCLUYENTES ENTRE SÍ.
1.1 DESEMPLEO PARA TRABAJADORES CON VINCULO LABORAL
AMPAROS Y EXCLUSIONES. 1.1 TODO RIESGO INCENDIO 1.2 TERREMOTO, TEMBLOR O ERUPCIÓN VOLCÁNICA
1.3 MAREMOTO, MAREJADA O TSUNAMI
1.4 HUELGA, MOTÍN, ASONADA, CONMOCIÓN CIVIL (HMACC)
1.4.1 HUELGA
1.4.2 ASONADA, MOTÍN O CONMOCIÓN CIVIL
1.5 ACTOS MALINTENCIONADOS DE TERCEROS, INCLUIDOS ACTOS TERRORISTAS Y TERRORISMO
AMPAROS Y EXCLUSIONES. 1. AMPARO BÁSICO DE VIDA EXCLUSIONES
A. LIBERTY NO CUBRE LA INVALIDEZ RESULTANTE DE ENFERMEDADES O A C CI D EN TES O C UR RI DO S AL TR A BA J A D O R A S EG U RA DO CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE SU INCLUSIÓN EN EL PRESENTE AMPARO. LAS INDEMNIZACIONES POR CONCEPTO DE ESTE AMPARO CESARÁN CUANDO EL TRABAJADOR FALLEZCA.
AMPAROS Y EXCLUSIONES. AXA COLPATRIA SEGUROS S.A, que en adelante se denominará Axa Colpatria Seguros, con sujeción a los términos, condiciones, y límites de suma asegurada, en consideración a las declaraciones del tomador y de los asegurados individuales, consignadas en la presente póliza o en sus anexos y en las solicitudes las cuales se incorporan a este contrato de seguro, cubre los riesgos que a continuación se relacionan, ocurridos durante la vigencia de la póliza, salvo las exclusiones consignadas en la condición 1.3 “Exclusiones”. La presente póliza cubre hasta 2 eventos por anualidad para todos los amparos, excluyendo el de muerte accidental.