AREA DE INFLUENCIA Cláusulas de Ejemplo

AREA DE INFLUENCIA. Con el fin de unificar la terminología y garantizar que la valoración de cada uno de los impactos ambientales identificados se realice sobre una misma área de influencia (independientemente que algunos impactos trasciendan más allá de ésta), se deben establecer dos categorías de área de influencia: Área de Influencia Indirecta (AII) y Área de influencia Directa (AID). El Área de Influencia Indirecta (AII), puede estar dividida en dos categorías con el fin de facilitar la identificación y valoración de los impactos (principalmente de tipo social) que se presenten dentro o que salgan de ellas: El Área de Influencia Directa (AID), debe comprender como mínimo una zona continua que envuelva el corredor vial de la variante en una franja con un ancho horizontal no menor de quinientos (500) metros a cada lado del eje de la vía. Esta zona también debe envolver los sitios de: Disposición de material sobrante del proyecto, campamentos y talleres, zonas para almacenamiento o acopio de material, fuentes de materiales (a ser explotadas directamente por el proyecto), áreas destinadas para localización de plantas de trituración, concreto y asfalto, vías alternas para el acceso de material, maquinaria y equipo y centros de concentración poblacional existentes a lo largo de la variante. El área de influencia directa se debe ubicar sobre planos escala 1:10.000 o mayor La caracterización del área de influencia directa debe ofrecer una visión lo más detallada posible de la misma, desde las perspectivas físico, biótica, abiótica, social, cultural, y económica, y debe basarse en información primaria. El consultor deberá presentar un plano relacionado con el área de influencia directa e indirecta en escala 1:10,000 o mayor en detalle.
AREA DE INFLUENCIA. El área de influencia del camino se define como su zona de impacto económico y social y tiene por objeto servir de base para la evaluación de los beneficios que el Proyecto puede aportar a la región. Los procedimientos de delineamiento del área de influencia de una carretera ó camino son bastante conocidos, basándose en criterios tales como límites naturales que dificultan el acceso a la ruta (por ejemplo, montañas, xxxx, alcantilados, quebradas), distancias máximas recorridas por la población campesina a la carretera o a centros de acopio accesibles por vehículo dentro de su área de influencia, así como la existencia de rutas alternas y su estado de transitibilidad. Delimitación. El área de influencia del camino, cuya longitud es de aproximadamente 897.0 metros, se extiende a ambos lados de la misma, desde el entronque con el camino hacia la cabecera municipal Km. 238+500, hasta el entronque con el camino que va hacia la Aldea Corrales y Caserío San Xxxxxxx. Geología y fisiografía. El camino se encuentra localizado en una zona formada enteramente por materiales de origen volcánico del mioceno y el plioceno, compuestos por rocas riolíticas y andesitas, sobre las que yacen depósitos piroclásticos, pómez de tipo Ignimbrita y Vulcanitas estratificadas, así como tobas volcánicas, cuya intemperización a dado lugar a los suelos volcánicos existentes en la región. Su topografía es semi-quebrada, por ubicarse junto a la Sierra Madre, con un terreno ondulado y escarpado por la presencia de gran cantidad xx xxxxxx y montañas con pendientes relativamente fuertes. Población del Area de Influencia. La determinación exacta de la población requeriría de un censo específico, sin embargo al sobreponer el plano del área de influencia y el plano base usado por la Dirección General de Estadística para la realización del censo, se puede establecer qué núcleos poblados se encuentran dentro del área de influencia del camino. De esta manera se estableció que existen 4 centros de población dentro del área de influencia, con 5,240 personas que representa el 17.17 % de la población de todo el municipio. Tenencia de la tierra. La tenencia de la tierra en la zona de influencia del camino es similar a la mostrada en todo el municipio, en el que de acuerdo al III Censo Nacional Agropecuario realizado en 1979 (censo agropecuario mas reciente), se tiene que el 50.28 % de la tierra corresponde fincas de menos de una manzana y el 95 % de las propiedades tienen una extensión menor de 10 manz...
AREA DE INFLUENCIA. Las partes acuerdan en que toda concesión minera o derecho derivado de concesión minera, o derecho derivado de solicitud de concesión minera, propiedad de la Vendedora o de algún representante de la Vendedora, cuya superficie esté ubicada dentro de un área xx xxxx (10) kilómetros a partir del perímetro exterior de las Concesiones Mineras, pasará automáticamente y sin necesidad de consentimiento o acto adicional a formar parte de las Concesiones Mineras y por dicho hecho estará sujeto al presente Contrato. -
AREA DE INFLUENCIA. Plano 02. Área de Influencia del edificio XXXX Xxxxxxx (Documento Técnico Soporte Plan Especial de Patrimonio). Imagen 04. Foto desde el exterior del conjunto que muestra como la cobertura arbórea le da unidad y hace parte integral del mismo.
AREA DE INFLUENCIA se refiere al área o territorio de trabajo y abarca la zona urbana municipal en su totalidad.

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  • Notificación de Adjudicación 39.1 Antes de la expiración del período de validez de las Ofertas, el Contratante notificará por escrito al Licitante seleccionado que su Oferta ha sido aceptada utilizando la carta de aceptación incluida en los Formularios del Contrato. Al mismo tiempo, el Contratante también notificará los resultados de la licitación a todos los demás Licitantes y publicará en los sitios de Internet de United Nations Development Business y dgMarket los datos de identificación de la Oferta y de los lotes, junto con la siguiente información: (i) nombre de cada uno de los Licitantes que presentó una Oferta; (ii) precios de las Ofertas conforme se leyeron en el acto de apertura de las Ofertas; (iii) nombre y precios evaluados de cada Oferta considerada; (iv) nombre de los Licitantes cuyas Ofertas fueron rechazadas, y el motivo de los rechazos; y (v) nombre del Licitante seleccionado y el precio que ofreció, así como la duración y el resumen del alcance del contrato adjudicado. 39.2 Mientras se prepara y hace efectivo un contrato formal, la notificación de adjudicación constituirá un contrato vinculante. 39.3 El Contratante responderá prontamente por escrito a todos los Licitantes cuyas Ofertas no hayan sido seleccionadas y que, con posterioridad a la notificación de la adjudicación según la subcláusula 39.1 de las IAL, soliciten por escrito las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx