{"component": "clause", "props": {"groups": [{"snippet": "1. No obstante lo dispuesto en los art\u00edculos 7 y 14, las rentas que un residente de un Estado contratante obtenga del ejercicio de su actividad personal en el otro Estado contratante en calidad de artista del espect\u00e1culo, actor de teatro, cine, radio o televisi\u00f3n, o m\u00fasico, o como deportista, pueden someterse a imposici\u00f3n en ese otro Estado.\n2. No obstante las disposiciones de los art\u00edculos 7 y 14, cuando las rentas derivadas de las actividades realizadas por un artista o deportista personalmente y en esa calidad se atribuyan, no al propio artista o deportista sino a otra persona, tales rentas pueden someterse a imposici\u00f3n en el Estado contratante en el que se realicen las actividades del artista o deportista.\n3. No obstante las disposiciones de los apartados 1 y 2, las rentas derivadas de las actividades mencionadas en el apartado 1 y realizadas al amparo de un convenio o acuerdo cultural entre los Estados contratantes, estar\u00e1n exentas de imposici\u00f3n en el Estado contratante en el que se realicen las actividades, si la visita a este Estado se financia, total o sustancialmente, con fondos p\u00fablicos del otro Estado contratante o de una de sus subdivisiones pol\u00edticas o entidades locales.", "size": 21, "samples": [{"hash": "doS6E3E0ORQ", "uri": "/es/contracts/doS6E3E0ORQ#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 31.4687099457, "published": true}, {"hash": "f814TM2bieQ", "uri": "/es/contracts/f814TM2bieQ#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 25.6023273468, "published": true}, {"hash": "2FTKFtmTRVn", "uri": "/es/contracts/2FTKFtmTRVn#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 24.7723941803, "published": true}], "snippet_links": [{"key": "los-art\u00edculos", "type": "clause", "offset": [31, 44]}, {"key": "de-los", "type": "clause", "offset": [377, 383]}, {"key": "actividades-realizadas", "type": "clause", "offset": [437, 459]}, {"key": "convenio-o-acuerdo", "type": "definition", "offset": [875, 893]}, {"key": "entidades-locales", "type": "clause", "offset": [1184, 1201]}], "hash": "36da3ff6ef9eb991e7d458281163c391", "id": 1}, {"snippet": "1. No obstante lo dispuesto en los art\u00edculos 7 y 14, las rentas que un residente de un Estado Contratante obtenga del ejercicio de sus actividades personales en el otro Estado Contratante en calidad de artista del espect\u00e1culo, tal como de teatro, cine, radio o televisi\u00f3n, o m\u00fasico, o como deportista, pueden someterse a imposici\u00f3n en ese otro Estado.\n2. No obstante lo dispuesto en los art\u00edculos 7 y 14, cuando las rentas derivadas de las actividades personales de los artistas del espect\u00e1culo o los deportistas, en esa calidad, no las perciba el propio artista del espect\u00e1culo o deportista sino un tercero, dichas rentas pueden someterse a imposici\u00f3n en el Estado Contratante en que se realicen las actividades del artista del espect\u00e1culo o el deportista.", "size": 14, "samples": [{"hash": "5DmMTytM8iX", "uri": "/es/contracts/5DmMTytM8iX#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 31.7872104645, "published": true}, {"hash": "31EyOgJB75G", "uri": "/es/contracts/31EyOgJB75G#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 28.3390369415, "published": true}, {"hash": "28PJ7OFlnTj", "uri": "/es/contracts/28PJ7OFlnTj#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 28.3390369415, "published": true}], "snippet_links": [{"key": "los-art\u00edculos", "type": "clause", "offset": [31, 44]}, {"key": "de-los", "type": "clause", "offset": [463, 469]}], "hash": "45eca716fd28818cb35020cb6b5926a7", "id": 2}, {"snippet": "1. No obstante lo dispuesto en los art\u00edculos 7 y 14, las rentas que un residente de un Estado contratante obtenga del ejercicio de su actividad personal en el otro Estado contratante en calidad de artista del espect\u00e1culo, actor de teatro, cine, radio o televisi\u00f3n, o en calidad de m\u00fasico, o como deportista, pueden someterse a imposici\u00f3n en ese otro Estado.\n2. No obstante lo dispuesto en los art\u00edculos 7 y 14, cuando las rentas derivadas de las actividades realizadas por un artista o deportista personalmente y en esa calidad se atribuyan no al propio artista o deportista sino a otra persona, tales rentas pueden someterse a imposici\u00f3n en el Estado contratante en el que se realicen las actividades del artista o deportista.", "size": 14, "samples": [{"hash": "cGEDly7eosc", "uri": "/es/contracts/cGEDly7eosc#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 31.1671714783, "published": true}, {"hash": "bNBehz2LJV9", "uri": "/es/contracts/bNBehz2LJV9#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 25.6023273468, "published": true}, {"hash": "cVJXu7jIntN", "uri": "/es/contracts/cVJXu7jIntN#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 21.2818832397, "published": true}], "snippet_links": [{"key": "los-art\u00edculos", "type": "clause", "offset": [31, 44]}, {"key": "actividades-realizadas", "type": "clause", "offset": [446, 468]}], "hash": "21eacbec49c68f28d7ca108a69a8424d", "id": 3}, {"snippet": "1. No obstante las disposiciones de los art\u00edculos 7, 14 y 15, las rentas que un residente de un Estado contratante obtenga del ejercicio de su actividad personal en el otro Estado contratante en calidad de artista, actor de teatro, cine, radio o televisi\u00f3n, o en calidad de m\u00fasico, o como deportista, pueden someterse a imposici\u00f3n en ese otro Estado.\n2. No obstante las disposiciones de los art\u00edculos 7, 14 y 15, cuando las rentas derivadas de las actividades realizadas por un artista o deportista personalmente y en esa calidad se atribuyan no al propio artista o deportista sino a otra persona, tales rentas pueden someterse a imposici\u00f3n en el Estado contratante en el que se realicen las actividades del artista o deportista.\n3. Las disposiciones de los apartados 1 y 2 no son aplicables si las actividades ejercidas en un Estado contratante por un artista o deportista se financian total o sustancialmente con fondos p\u00fablicos de cualquiera de los Estados contratantes, de sus subdivisiones pol\u00edticas o de sus entidades locales, en el marco de programas de intercambio cultural o deportivo aprobados por ambos Estados contratantes. En tal caso, las rentas derivadas del ejercicio de dichas actividades se someter\u00e1n a imposici\u00f3n exclusivamente en el Estado contratante del que sea residente el artista o deportista.", "size": 10, "samples": [{"hash": "j40qqgxi0Qh", "uri": "/es/contracts/j40qqgxi0Qh#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 31.4687099457, "published": true}, {"hash": "hwtv3THy3OA", "uri": "/es/contracts/hwtv3THy3OA#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 28.3390369415, "published": true}], "snippet_links": [{"key": "los-art\u00edculos", "type": "clause", "offset": [36, 49]}, {"key": "actividades-realizadas", "type": "clause", "offset": [448, 470]}, {"key": "entidades-locales", "type": "clause", "offset": [1014, 1031]}], "hash": "1de7b9a0dcfcbdc6c2b18c9c46643a47", "id": 4}, {"snippet": "1. No obstante lo dispuesto en los Art\u00edculos 14 y 15, las rentas que un residente de un Estado Contratante obtenga del ejercicio de sus actividades personales en el otro Estado Contratante en calidad de artista del espect\u00e1culo, tal como de teatro, cine, radio o televisi\u00f3n, o m\u00fasico, o como deportista, pueden someterse a imposici\u00f3n en ese otro Estado. Las rentas a que se refiere el presente p\u00e1rrafo incluyen las rentas que dicho residente obtenga de cualquier actividad personal ejercida en el otro Estado Contratante relacionada con su renombre como artista del espect\u00e1culo o deportista.\n2. No obstante lo dispuesto en los Art\u00edculos 7, 14 y 15, cuando las rentas derivadas de las actividades personales de los artistas del espect\u00e1culo o los deportistas, en esa calidad, se atribuyan no al propio artista del espect\u00e1culo o deportista sino a otra persona, dichas rentas pueden someterse a imposici\u00f3n en el Estado Contratante en que se realicen las actividades del artista del espect\u00e1culo o el deportista.", "size": 9, "samples": [{"hash": "cHK4qKbmTN8", "uri": "/es/contracts/cHK4qKbmTN8#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 31.0690536499, "published": true}, {"hash": "3Ty3ZJFesJQ", "uri": "/es/contracts/3Ty3ZJFesJQ#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Tributaci\u00f3n", "score": 28.3390369415, "published": true}, {"hash": "dWVp0gXn1sv", "uri": "/es/contracts/dWVp0gXn1sv#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 18.0109500885, "published": true}], "snippet_links": [{"key": "los-art\u00edculos", "type": "clause", "offset": [31, 44]}, {"key": "de-los", "type": "clause", "offset": [706, 712]}], "hash": "b31756d670f4625a79e91c927d6d323f", "id": 5}, {"snippet": "1. No obstante lo dispuesto en los Art\u00edculos 7 y 14, las rentas que un residente de un Estado Contratante obtenga del ejercicio de su actividad personal en el otro Estado Contratante, en calidad de artista del espect\u00e1culo, tal como actor de teatro, cine, radio o televisi\u00f3n, o como m\u00fasico, o como deportista, pueden someterse a imposici\u00f3n en ese otro Estado. Cuando un artista del espect\u00e1culo o un deportista, residente de un Estado Contratante, obtenga del otro Estado Contratante rentas derivadas de sus actividades personales relacionadas con su notoriedad personal como artista del espect\u00e1culo o deportista desarrolladas en el otro Estado Contratante, pueden someterse a imposici\u00f3n en ese otro Estado.\n2. No obstante lo dispuesto en los Art\u00edculos 7 y 14, cuando las rentas derivadas de las actividades ejercidas por un artista o deportista personalmente y en calidad de tal se atribuyan, no al propio artista o deportista, sino a otra persona, estas rentas pueden someterse a imposici\u00f3n en el Estado Contratante en el que se realicen las actividades del artista o deportista.\n3. Las disposiciones de los p\u00e1rrafos 1 y 2 no se aplican a las rentas derivadas de actividades realizadas en un Estado Contratante por un residente del otro Estado Contratante en el marco de una visita en el Estado mencionado en primer lugar, de una organizaci\u00f3n con fines no lucrativos del otro Estado, siempre que la visita sea sufragada sustancialmente por fondos p\u00fablicos.", "size": 7, "samples": [{"hash": "htM3TzxO4bn", "uri": "/es/contracts/htM3TzxO4bn#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n Y Prevenir La Evasi\u00f3n Fiscal", "score": 24.1704311371, "published": true}], "snippet_links": [{"key": "los-art\u00edculos", "type": "clause", "offset": [31, 44]}, {"key": "de-los", "type": "clause", "offset": [1101, 1107]}, {"key": "actividades-realizadas", "type": "clause", "offset": [1163, 1185]}], "hash": "7bc74c44af34740fa6dab5b647b55471", "id": 6}, {"snippet": "1. No obstante lo dispuesto en los art\u00edculos 14 y 15, las rentas que un residente de un Estado contratante obtenga del ejercicio de su actividad personal en el otro Estado contratante, en calidad de artista del espect\u00e1culo, actor de teatro, cine, radio y televisi\u00f3n, o m\u00fasico, o como deportista, puedan someterse a imposici\u00f3n en este otro Estado.\n2. No obstante lo dispuesto en los art\u00edculos 7, 14 y 15, cuando las rentas derivadas de las actividades ejercidas por un artista o deportista, personalmente y en calidad de tal, se atribuyan, no al propio artista o deportista, sino a otra persona, estas rentas pueden someterse a imposici\u00f3n en el Estado contratante en el que se realicen las actividades del artista o deportista.\n3. No obstante las disposiciones del apartado 1 y de los art\u00edculos 14 y 15, las rentas derivadas de las actividades ejercidas, personalmente y en calidad de tal, por un artista del espect\u00e1culo o un deportista residente de un Estado contratante, en el otro Estado contratante, solo pueden someterse a imposici\u00f3n en el primer Estado cuando dichas actividades desarrolladas en el otro Estado son financiadas principalmente por fondos p\u00fablicos del primer Estado, de sus entidades territoriales o de sus personas jur\u00eddicas de derecho p\u00fablico.\n4. No obstante las disposiciones del apartado 2 de los art\u00edculos 7, 14 y 15, cuando las rentas derivadas de las actividades ejercidas por un artista del espect\u00e1culo o un deportista, personalmente y en calidad de tal, residente de un Estado contratante, en el otro Estado contratante, son atribuidas, no al propio artista o deportista sino a otra persona, estas rentas solo pueden someterse a imposici\u00f3n en el primer Estado contratante cuando esta otra persona est\u00e9 financiada principalmente por fondos p\u00fablicos de este otro Estado, de sus entidades territoriales, o de sus personas jur\u00eddicas de derecho p\u00fablico.", "size": 5, "samples": [{"hash": "d9FidOuLBkJ", "uri": "/es/contracts/d9FidOuLBkJ#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 25.6023273468, "published": true}, {"hash": "jJDLso0PREO", "uri": "/es/contracts/jJDLso0PREO#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 24.1704311371, "published": true}], "snippet_links": [{"key": "los-art\u00edculos", "type": "clause", "offset": [31, 44]}, {"key": "de-los", "type": "clause", "offset": [777, 783]}, {"key": "personas-jur\u00eddicas", "type": "definition", "offset": [1226, 1244]}], "hash": "920ee425760f6b18912f5205a427a893", "id": 7}, {"snippet": "1. No obstante las disposiciones de los art\u00edculos 14 y 15, las rentas obtenidas por los profesionales del espect\u00e1culo, tales como los artistas de teatro, cine, radiodifusi\u00f3n o televisi\u00f3n, y los m\u00fasicos, as\u00ed como los deportistas por sus actividades personales en dicha calidad, podr\u00e1n someterse a imposici\u00f3n en el Estado contratante donde act\u00faen.\n2. Cuando las rentas procedentes de actividades personales desarrolladas por un profesional del espect\u00e1culo o por un deportista en calidades de tal las perciban no el propio personal del espect\u00e1culo o deportistas sino otra persona, esta renta podr\u00e1 someterse a imposici\u00f3n, no obstante lo dispuesto en los art\u00edculos 7, 14 y 15, en el Estado contratante en el que act\u00fae el profesional del espect\u00e1culo o deportista.", "size": 4, "samples": [{"hash": "kzcyMGkARDt", "uri": "/es/contracts/kzcyMGkARDt#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 29.3390369415, "published": true}], "snippet_links": [{"key": "los-art\u00edculos", "type": "clause", "offset": [36, 49]}], "hash": "dc70685ef8ff952d3d77f9115eaaf193", "id": 8}, {"snippet": "1. No obstante las disposiciones de los Art\u00edculos 14 y 15, las rentas que un residente de un Estado Contratante obtenga del ejercicio de sus actividades personales en el otro Estado Contratante en calidad de artista del espect\u00e1culo, tal como artista de teatro, cine, radio o televisi\u00f3n, o m\u00fasico, o como deportista, pueden someterse a imposici\u00f3n en ese otro Estado.\n2. No obstante lo dispuesto en los art\u00edculos 7, 14 y 15, cuando las rentas derivadas de las actividades personales de los artistas del espect\u00e1culo o los deportistas, en esa calidad, se atribuyan no al propio artista del espect\u00e1culo o deportista sino a otra persona, dichas rentas pueden someterse a imposici\u00f3n en el Estado Contratante en que se realicen las actividades del artista del espect\u00e1culo o el deportista.", "size": 4, "samples": [{"hash": "14bnB36pRvU", "uri": "/es/contracts/14bnB36pRvU#artistas-y-deportistas", "label": "Convenio Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 18.2244644165, "published": true}], "snippet_links": [{"key": "los-art\u00edculos", "type": "clause", "offset": [36, 49]}], "hash": "cafed11a015a22b986e71651c4723da7", "id": 9}, {"snippet": "1. No obstante lo dispuesto en los Art\u00edculos 14 y 15, los ingresos que un residente de un Estado Contratante obtenga del ejercicio de su actividad personal en el otro Estado Contratante, en calidad de artista del espect\u00e1culo, tal como actor de teatro, cine, radio o televisi\u00f3n, o como m\u00fasico, o como deportista, pueden someterse a imposici\u00f3n en ese otro Estado.\n2. Cuando los ingresos derivados de las actividades personales ejercidas por un artista o deportista, en calidad de tal, se atribuyan, no al propio artista o deportista, sino a otra persona, no obstante lo dispuesto en los Art\u00edculos 7, 14 y 15, estos ingresos pueden someterse a imposici\u00f3n en el Estado Contratante en el que se realicen las actividades del artista o deportista.\n3. No obstante las disposiciones anteriores de este Art\u00edculo, el ingreso obtenido por artistas o deportistas, residentes de un Estado Contratante por las actividades ejercidas en el otro Estado Contratante conforme a un plan de intercambio cultural entre los Gobiernos de ambos Estados Contratantes, estar\u00e1 exento de impuesto en ese otro Estado.", "size": 3, "samples": [{"hash": "9ZuKrLzBkpw", "uri": "/es/contracts/9ZuKrLzBkpw#artistas-y-deportistas", "label": "Acuerdo Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n", "score": 29.5333900452, "published": true}, {"hash": "8iEq8Lx0MPH", "uri": "/es/contracts/8iEq8Lx0MPH#artistas-y-deportistas", "label": "Acuerdo Para Evitar La Doble Imposici\u00f3n Y Prevenir La Evasi\u00f3n Fiscal", "score": 19.0, "published": true}], "snippet_links": [{"key": "los-art\u00edculos", "type": "clause", "offset": [31, 44]}], "hash": "83f3fbdfd1e2edbdd36145b8d8a490d3", "id": 10}], "next_curs": "Cl8SWWoVc35sYXdpbnNpZGVyY29udHJhY3RzcjsLEhZDbGF1c2VTbmlwcGV0R3JvdXBfdjU2Ih9hcnRpc3Rhcy15LWRlcG9ydGlzdGFzIzAwMDAwMDBhDKIBAmVzGAAgAA==", "clause": {"parents": [["\u00e1mbito-de-aplicaci\u00f3n-del-convenio", "\u00c1mbito De Aplicaci\u00f3n Del Convenio"], ["disposiciones-generales", "DISPOSICIONES GENERALES"], ["ambito-de-aplicacion-del-convenio", "Ambito De Aplicacion Del Convenio"], ["campo-de-aplicaci\u00f3n-del-convenio", "Campo De Aplicaci\u00f3n Del Convenio"], ["\u00e1mbito-del-convenio", "\u00c1mbito Del Convenio"]], "title": "ARTISTAS Y DEPORTISTAS", "size": 117, "children": [], "id": "artistas-y-deportistas", "related": [["tributos-retenciones-y-gastos", "TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS", "TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS"], ["presentaci\u00f3n-de-propuestas-t\u00e9cnicas-y-econ\u00f3micas-sobre-a-y-sobre-b", "Presentaci\u00f3n de Propuestas T\u00e9cnicas y Econ\u00f3micas \u201cSobre A\u201d y \u201cSobre B\u201d", "Presentaci\u00f3n de Propuestas T\u00e9cnicas y Econ\u00f3micas \u201cSobre A\u201d y \u201cSobre B\u201d"], ["consultas-y-aclaraciones", "CONSULTAS Y ACLARACIONES", "CONSULTAS Y ACLARACIONES"], ["licencias-retribuidas", "Licencias retribuidas", "Licencias retribuidas"], ["faltas-y-sanciones", "Faltas y sanciones", "Faltas y sanciones"]], "related_snippets": [], "updated": "2025-07-10T04:27:38+00:00"}, "json": true, "cursor": ""}}