Asegurador Cláusulas de Ejemplo

Asegurador. La persona jurídica que asume el riesgo contractualmente pactado, en esta póliza CAJA DE SEGUROS REUNIDOS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., denominada en adelante CASER.
Asegurador. La persona jurídica que asume el riesgo contractualmente pactado.
Asegurador. Admiral Insurance Company Limited, Sucursal en España: con CIF X0000000X y con domicilio en Edificio Insur-Cartuja X/ Xxxxxx Xxxxxxxx s/n, 41092 Sevilla, inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxxx Nº protocolo 5232, tomo 4436 General de Sociedades, folio 52, hoja nº SE68542, inscripción 1ª. Admiral Insurance Company Limited es una Compañía Aseguradora registrada en el Xxxxx Unido (nº 4080051) controlada y autorizada por la Financial Conduct Authority (xxx.xxx.xxx.xx) para operar en España en régimen de derecho de establecimiento e inscrita en el Registro de aseguradores de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (xxx.xxxxx.xxxxxx.xx) con el número de registro E0169. Admiral Insurance Company Limited Sucursal en España, está cubierta por el Financial Compesation Sheme en Xxxxx Unido. El tomador puede tener derecho a compensación si el asegurador no puede cumplir sus obligaciones, lo que dependerá del tipo de negocio y las circunstancias de la reclamación. Para más información visite xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/ En aplicación del artículo 81.1 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, se informa que en caso de liquidación de la entidad aseguradora no se aplicará la normativa española en materia de liquidación.
Asegurador. AIG Seguros México, S.A. de C.V. Cualquier sustancia considerada como contaminante en términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, incluyendo pero sin estar limitado a asbestos, plomo, humo, vapor, polvo, fibras, moho, esporas, hongos, gérmenes, hollín, vaho, ácidos, álcalis, productos químicos y desechos. Dichos desechos incluyen, sin limitación, materiales a ser reciclados, reacondicionados o recuperados y materiales nucleares.
Asegurador. Liberty Mutual Insurance Europe Limited 65% Arch Insurance Company (Europe) Ltd. 15% Everest Insurance Syndicate 2786 10% CNA Xxxxx Syndicate 382 10% TOTAL 100% a través de DUAL Ibérica Riesgos Profesionales, S.A.U. INFORMACIÓN: Número de Asegurados : 45 En relación con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal, le informamos que sus datos serán incluidos en los ficheros responsabilidad de DUAL IBERICA RIESGOS PROFESIONALES, S.A.U., X/ Xxxxxxx XXX, 32, 28014 Madrid, ante quien puede ejercer sus derechos conforme a lo establecido en la citada ley. En Madrid a 10 xx xxxxxx de 2016 Por medio del presente anexo que formará parte de las condiciones especiales de la PÓLIZA se acuerda lo siguiente: El pago dentro de los términos y condiciones de la presente PÓLIZA, (hasta el Sub-límite de € 150.000 por SINIESTRO y Agregado Anual y con una FRANQUICIA de 10% mínimo € 600 y máximo de € 3.000), de los gastos ocasionados por la reparación, renovación o reconstrucción de los archivos, certificaciones, recibos, facturas, testamentos, contratos, escrituras, actas, testimonios y cualesquiera otros documentos o información magnética del cliente mientras se encuentren en poder del Asegurado para el desarrollo de la gestión encomendada. El resto de términos y condiciones de la PÖLIZA que no se hayan modificado y/o derogado por el presente Anexo permanecen sin modificación. En el caso de inhabilitación del ASEGURADO para el ejercicio de la actividad profesional asegurada debida a cualquier Sentencia Firme, entendiéndose como tal a cualquier sentencia dictada por cualquier Tribunal de jurisdicción competente dentro de la Jurisdicción establecida en estas Condiciones Especiales, como consecuencia de una RECLAMACIÓN amparada bajo el Objeto del Seguro (en adelante referido como Inhabilitación para la Práctica Profesional), el ASEGURADOR pagará al ASEGURADO una indemnización mensual durante la duración total de dicha Inhabilitación para la Práctica Profesional, a contar desde su fecha de efecto, o durante un período máximo de 12 meses, cual resultará inferior. Esta indemnización se pagará mensualmente por mes consumido, una vez el ASEGURADOR haya recibido la Justificación de Ingresos. El TOMADOR DEL SEGURO y/o ASEGURADO deberá facilitar al ASEGURADOR todas las justificaciones, incluyendo pero no limitando a una copia de las Declaraciones Trimestrales de Ingreso a cuenta del IRPF correspondientes, necesarias para acredita...
Asegurador. AIG Seguros México, S.A. de C.V.
Asegurador. Seguros Catalana Occidente, S.A. de Seguros y Reaseguros (en adelante, el Asegurador), entidad emisora de esta póliza que en su condición de Asegurador y mediante el cobro de la prima, asume la cobertura de los riesgos objeto de este contrato con arreglo a las condiciones de la póliza.