AUTORIZACIÓN. En virtud de este Contrato, el CLIENTE autoriza de forma expresa a la CAJA para que proceda respecto del saldo de libre disposición de la CUENTA CTS a realizar lo siguiente: 10.1 Debitar las comisiones y gastos que se detallan en la Cartilla de Información. 10.2 Retener los importes que las autoridades competentes ordenen mediante embargo en forma de retención o cualquier mandato de ejecución coactiva, judicial o extrajudicial sobre los depósitos o cuando se advierta de operaciones inusuales o sospechosas de acuerdo a las normas de la materia. 10.3 Debitar los gastos en que incurra la CAJA por cuenta del CLIENTE, para cumplir cualquier obligación que directa o indirectamente sea de cargo de este, incluyendo los reajustes, comisiones, gastos, seguros o tributos, siempre que la CAJA informe previamente los conceptos y la oportunidad en que resulten exigibles conforme con la normativa aplicable. 10.4 Regularizar sumas registradas por error o transposición; o sumas no registradas oportunamente o retiradas indebidamente, para lo cual la CAJA realizará el debido abono de las mismas, no siendo necesario aviso previo ni instrucciones expresas del CLIENTE. 10.5 En caso de incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones asumidas frente a la CAJA - derivadas de esta u otras operaciones y/o contratos-, y salvo las excepciones xx Xxx, la CAJA podrá retener del saldo de libre disposición de la CUENTA CTS, toda suma, depósito o valor de propiedad del CLIENTE que la CAJA tenga en su poder, bajo cualquier modalidad, o que esté destinada a ser entregada o abonada al CLIENTE, para el pago de cualquier deuda pendiente frente a la CAJA
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AUTORIZACIÓN. En virtud Recibida la documentación solicitada, el órgano competente dictará la correspondiente autorización a favor del adjudicatario. Sin perjuicio de los demás extremos que puedan incluir las condiciones generales o particulares, el acuerdo de autorización de uso de bienes y derechos demaniales incluirá, al menos:
a) El régimen de uso del bien o derecho.
b) El régimen económico a que queda sujeta la autorización.
c) La garantía a prestar, en su caso.
d) La xxxxxxxx de los gastos de conservación y mantenimiento, impuestos, tasas y demás tributos, así como el compromiso de utilizar el bien según su naturaleza y de entregarlo en el estado en que se recibe.
e) El compromiso de previa obtención a su xxxxx de cuantas licencias y permisos requiera el uso del bien o la actividad a realizar sobre el mismo.
f) La xxxxxxxx de la responsabilidad derivada de la ocupación, con mención, en su caso, de la obligatoriedad de formalizar la oportuna póliza de seguro, aval bancario, u otra garantía suficiente.
g) La aceptación de la revocación unilateral, sin derecho a indemnizaciones, por razones de interés público en los supuestos previstos en el apartado 4 de este Contratoartículo.
h) La reserva por parte del ministerio u organismo cedente de la facultad de inspeccionar el bien objeto de autorización, para garantizar que el mismo es usado de acuerdo con los términos de la autorización.
i) El plazo y régimen de prórroga y subrogación que, en todo caso, requerirá la previa autorización.
j) Las causas de extinción. La notificación DE LA AUTORIZACIÓN se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el CLIENTE autoriza de forma expresa a plazo para considerar rechazada la CAJA para que proceda respecto del saldo de libre disposición notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la CUENTA CTS a realizar lo siguiente:
10.1 Debitar las comisiones y gastos que se detallan en la Cartilla Ley 30/1992, de Información26 de noviembre, será de cinco días.
10.2 Retener los importes que las autoridades competentes ordenen mediante embargo en forma de retención o cualquier mandato de ejecución coactiva, judicial o extrajudicial sobre los depósitos o cuando se advierta de operaciones inusuales o sospechosas de acuerdo a las normas de la materia.
10.3 Debitar los gastos en que incurra la CAJA por cuenta del CLIENTE, para cumplir cualquier obligación que directa o indirectamente sea de cargo de este, incluyendo los reajustes, comisiones, gastos, seguros o tributos, siempre que la CAJA informe previamente los conceptos y la oportunidad en que resulten exigibles conforme con la normativa aplicable.
10.4 Regularizar sumas registradas por error o transposición; o sumas no registradas oportunamente o retiradas indebidamente, para lo cual la CAJA realizará el debido abono de las mismas, no siendo necesario aviso previo ni instrucciones expresas del CLIENTE.
10.5 En caso de incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones asumidas frente a la CAJA - derivadas de esta u otras operaciones y/o contratos-, y salvo las excepciones xx Xxx, la CAJA podrá retener del saldo de libre disposición de la CUENTA CTS, toda suma, depósito o valor de propiedad del CLIENTE que la CAJA tenga en su poder, bajo cualquier modalidad, o que esté destinada a ser entregada o abonada al CLIENTE, para el pago de cualquier deuda pendiente frente a la CAJA
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AUTORIZACIÓN. En virtud Una vez concluido el procedimiento de este Contratolicitación se otorgará una autorización para cada recinto ferial que recoja las características concretas de la ocupación. Para ello, el CLIENTE autoriza se requerirá al adjudicatario para que presente la siguiente documentación con una antelación mínima de forma expresa un mes respecto a la CAJA fecha prevista para el inicio de cada una de las fiestas, advirtiéndole que proceda respecto en caso de no hacerlo se entenderá que renuncia a la adjudicación, tramitándose una nueva propuesta a favor del saldo de libre licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificados, con arreglo al procedimiento previsto en el apartado anterior:
1) Plano definitivo a escala y debidamente acotado con la disposición de las diferentes atracciones e instalaciones que se van a instalar en el recinto ferial.
2) Póliza de seguro de responsabilidad civil y accidentes, con una cobertura mínima de 300.000 euros, para cada uno de los aparatos feriales propuestos y justificación de hallarse al corriente de pago.
3) En el caso de las atracciones, además, deberá aportarse copia del Boletín en vigor de la CUENTA CTS instalación eléctrica, memoria con la descripción del aparato, sus instalaciones, partes y características de sus componentes, con indicación expresa de los sistemas de seguridad previstos, sistemas xx xxxxxx de emergencia así como las condiciones que deben reunir los usuarios para acceder a realizar lo siguientela atracción (talla, peso, etc.) así como certificado de técnico competente en el que manifieste, en su caso, la aceptación de la dirección y supervisión del montaje.
4) Relación de feriantes y sus correspondientes atracciones, junto con la siguiente documentación para cada uno de ellos:
10.1 Debitar las comisiones a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad del titular, pasaporte o tarjeta de residencia para ciudadanos comunitarios o permiso de residencia y gastos que se detallan trabajo para los no comunitarios; y en su caso, del auxiliar del puesto. En este caso deberá acreditarse la Cartilla relación laboral o familiar con el titular, a través de Informaciónla copia compulsada de los contratos de trabajo o del Libro de Familia.
10.2 Retener los importes que b) Certificado de hallarse al corriente de las autoridades competentes ordenen mediante embargo en forma de retención o cualquier mandato de ejecución coactiva, judicial o extrajudicial sobre los depósitos o cuando se advierta de operaciones inusuales o sospechosas de acuerdo a las normas obligaciones tributarias y de la materiaSeguridad Social o justificante que acredite el aplazamiento de dicho pago.
10.3 Debitar los gastos en que incurra la CAJA por cuenta del CLIENTE, para cumplir cualquier obligación que directa o indirectamente sea de cargo de este, incluyendo los reajustes, comisiones, gastos, seguros o tributos, siempre que la CAJA informe previamente los conceptos y la oportunidad en que resulten exigibles conforme con la normativa aplicable.
10.4 Regularizar sumas registradas por error o transposición; o sumas no registradas oportunamente o retiradas indebidamente, para lo cual la CAJA realizará el debido abono de las mismas, no siendo necesario aviso previo ni instrucciones expresas del CLIENTE.
10.5 c) En caso de incumplimiento venta de cualquiera productos alimenticios, fotocopia compulsada del certificado de sus obligaciones asumidas frente formación en materia de manipulación de alimentos en los términos establecidos en el acta del Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a la CAJA - derivadas los manipuladores de esta u otras operaciones y/alimentos.
d) Fotocopia compulsada del I.A.E. correspondiente y del último recibo pagado o contratos-, y salvo las excepciones xx Xxx, la CAJA podrá retener del saldo declaración de libre disposición exención.
e) Declaración jurada de no estar inhabilitado como consecuencia de sanción por infracción muy grave.
f) Certificado de revisión de la CUENTA CTSinstalación con fecha de vigencia.
g) Certificado de técnico facultativo, toda sumahabilitado legalmente, depósito acompañado de certificación realizada por el Colegio Profesional correspondiente, acreditativa de la identidad y habilitación profesional de la persona que realiza el trabajo, que acredite que los juegos hinchables utilizados cumplen con lo establecido en la Norma UNE-EN-14960 Equipos de juego hinchables. Otorgada la autorización, el adjudicatario deberá presentar, una vez montada la correspondiente atracción, certificado de técnico facultativo, habilitado legalmente, visado por el colegio profesional correspondiente (o valor bien acompañando certificación realizada por el Colegio Profesional correspondiente, acreditativa de propiedad del CLIENTE la identidad y habilitación profesional de la persona que realiza el trabajo, con el siguiente texto íntegro: “Don/Doña………….., con titulación , competente para extender el presente certificado y realizar las actuaciones en él reseñadas y con número de colegiado……..certifica que la CAJA tenga instalación/elemento denominado …….., que se ha montado en su poder, bajo cualquier modalidad, o que esté destinada a ser entregada o abonada al CLIENTE, para el pago recinto ferial de cualquier deuda pendiente frente a con fecha cumple con las condiciones legalmente exigibles en relación con la CAJAsuficiencia de
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Samples: Licitación Para Uso De Espacios De Atracciones De Feria
AUTORIZACIÓN. En virtud de este Contrato, el CLIENTE autoriza de en forma expresa a la CAJA al BANCO para que proceda respecto del saldo de libre disposición de la CUENTA CTS a realizar lo siguiente:
10.1 Debitar las comisiones y gastos que se detallan en la Cartilla de Información.
10.2 Retener los importes que las autoridades competentes ordenen mediante embargo en forma de retención o cualquier mandato de ejecución coactiva, judicial o extrajudicial sobre los depósitos o cuando se advierta de operaciones inusuales o sospechosas de acuerdo a las normas de la materia.
10.3 Debitar los gastos en que incurra la CAJA el BANCO por cuenta del CLIENTE, para cumplir cualquier obligación que directa o indirectamente sea de cargo de esteéste, incluyendo los reajustes, comisiones, gastos, seguros o tributos, siempre que la CAJA el BANCO informe previamente los conceptos y la oportunidad en que resulten exigibles conforme con la normativa aplicable.
10.4 Regularizar sumas registradas por error o transposición; o sumas no registradas oportunamente o retiradas indebidamente, para lo cual la CAJA el BANCO realizará el debido abono de las mismas, no siendo necesario aviso previo ni instrucciones expresas del CLIENTE.
10.5 En caso de incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones asumidas frente a la CAJA - derivadas al BANCO -derivadas de esta u otras operaciones y/o contratos-, y salvo las excepciones xx Xxx, la CAJA el BANCO podrá retener del saldo de libre disposición de la CUENTA CTS, toda suma, depósito o valor de propiedad del CLIENTE que la CAJA el BANCO tenga en su poder, bajo cualquier modalidad, o que esté destinada a ser entregada o abonada al CLIENTE, para el pago de cualquier deuda pendiente frente a la CAJAal BANCO.
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Samples: Contrato De Depósito De Compensación Por Tiempo De Servicios (Cts)
AUTORIZACIÓN. En virtud El CLIENTE, por el presente instrumento autoriza en forma irrevocable al BANCO, otorgando mandato suficiente, en los términos del Art. 917 Inc. “a” del Código Civil Paraguayo, para que por propia cuenta o a través de este Contratoempresas especializadas, pueda recabar información en plaza referente a su situación patrimonial, solvencia económica, o el cumplimiento de sus obligaciones comerciales, así como también la verificación, confirmación y/o certificación de los elementos de juicio y análisis necesarios para la concesión de créditos y/o cualesquiera otras operaciones que pudiera realizar con el BANCO de conformidad a lo expresamente establecido en la Ley N° 6534/2020 “DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES CREDITICIOS”. De igual manera y en los mismos términos se autoriza suficientemente al BANCO para que puedan dar a conocer cualquier obligación impaga, sea la misma a título personal o en nombre y representación de la empresa a la que representa con facultades suficientes, y la misma pueda ser incluida en listados elaborados en ese sentido por empresas dedicadas a tales menesteres. Asimismo, el CLIENTE en virtud del Art. 84 de la Ley 861/96 “GENERAL DE BANCOS, FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE CRÉDITO”, autoriza de en forma expresa suficiente para que procedan a la CAJA obtención, verificación, confirmación y/o certificación de los datos por él provistos y/u obrantes en bases de datos de propiedad de terceros, ya sea por procedimientos telefónicos o electrónicos o por medio de visitas a los domicilios particulares y/o laborales proveídos. La eliminación de las informaciones suministradas deberá ser realizada de conformidad y en los términos establecidos en la Ley N° 6534/2020 “DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES CREDITICIOS”.
6.1. El CLIENTE autoriza para que proceda respecto del saldo en caso de libre disposición un atraso superior a noventa (90) días en el pago de cualquier obligación que mantenga con el BANCO (o el plazo que se establezca en la ley, si fuese modificado), incluyan su nombre o el de la CUENTA CTS persona física o jurídica que representa en los registros de la o las empresas que tienen como objeto y se encuentran habilitadas a realizar brindar información de carácter privado, para que lo siguiente:
10.1 Debitar utilice conforme a las comisiones finalidades que determine su objeto social o que constituyan su actividad. La autorización se extiende expresa e irrevocablemente a la información concerniente a las operaciones activas y gastos pasivas realizadas con el BANCO ya sea como titular, deudor principal, codeudor, fiador, etc., relativas a operaciones de créditos quirografarios, hipotecarios, prendarios, u otros tipos de créditos, de la naturaleza que fueren así como solicitudes de crédito, tarjetas de crédito y/o débito, cuentas de ahorro, cuenta corriente, exonerando al BANCO del deber de guardar secreto bancario. La presente autorización dada por el CLIENTE implica además que el BANCO puede verificar y actualizar por cualquier medio y en todo momento las informaciones y datos proveídos por el CLIENTE, el que se detallan obliga a proveer la documentación que esta le requiera, sea en original o copia autenticada. Así también, el CLIENTE, autoriza con carácter irrevocable al BANCO a suministrar toda información referente al movimiento de sus cuentas u operaciones a los miembros del Ministerio Público, a las dependencias del Ministerio de Hacienda, Poder Judicial, Dirección Nacional de Aduanas, así como a cualquier otro ente gubernamental, exonerando expresamente al BANCO de cualesquiera de las responsabilidades que le pudiere corresponder por los informes otorgados a pedido de los mismos, atendiendo al ordenamiento legal vigente.
6.2. El CLIENTE autoriza al BANCO a informar el número de documento de identidad de la/s persona/s que será/n comunicadas a la Central de Riesgos como titular/es en los casos de cuentas indistintas o conjuntas, lo que será sin el previo consentimiento escrito del CLIENTE.
6.3. DÉBITO: EL CLIENTE, como firmante del presente contrato solicita y autoriza expresamente a que el BANCO proceda, a su sola opción, a debitar, en cualquier momento y en cualquiera de las cuentas corrientes o de ahorro que tenga abierta, las sumas que le adeudasen en cualquier concepto, más las sumas correspondientes a intereses moratorios, comisiones, gastos y demás costos, en caso de que no restituyera a EL BANCO cualquier suma de dinero adeudada, ya sea total o parcialmente, de capital o intereses, gastos, comisiones, etc., cualquiera sea su modalidad, al vencimiento del plazo estipulado para tal efecto, o dicha restitución se tomare exigible en los términos del contrato suscrito. Igualmente autoriza a EL BANCO a debitar cualquier suma de dinero que se haya acreditado por error en la Cartilla de Información.
10.2 Retener los importes que las autoridades competentes ordenen mediante embargo en forma de retención o cualquier mandato de ejecución coactiva, judicial o extrajudicial sobre los depósitos o cuando se advierta de operaciones inusuales o sospechosas de acuerdo a las normas de la materia.
10.3 Debitar los gastos en que incurra la CAJA por cuenta del CLIENTE, para cumplir cualquier obligación que directa o indirectamente sea de cargo de este, incluyendo los reajustes, comisiones, gastos, seguros o tributos, siempre que la CAJA informe previamente los conceptos y la oportunidad en que resulten exigibles conforme con la normativa aplicablesin ningún requisito previo.
10.4 Regularizar sumas registradas por error o transposición; o sumas no registradas oportunamente o retiradas indebidamente, para lo cual la CAJA realizará el debido abono de las mismas, no siendo necesario aviso previo ni instrucciones expresas del CLIENTE.
10.5 En caso de incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones asumidas frente a la CAJA - derivadas de esta u otras operaciones y/o contratos-, y salvo las excepciones xx Xxx, la CAJA podrá retener del saldo de libre disposición de la CUENTA CTS, toda suma, depósito o valor de propiedad del CLIENTE que la CAJA tenga en su poder, bajo cualquier modalidad, o que esté destinada a ser entregada o abonada al CLIENTE, para el pago de cualquier deuda pendiente frente a la CAJA
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