Baja de Asegurados. Las personas que se separen definitivamente del Grupo Asegurado, dejarán de estar aseguradas desde el momento de su separación, quedando sin validez alguna el Certificado individual expedido. En este caso, la Institución restituirá la parte de la prima neta no devengada de dichos Integrantes calculada en días exactos, a quienes la hayan aportado, en la proporción correspondiente. Para efectos de esta Póliza, la Institución considerará que también se separan definitivamente del Grupo Asegurado, a los Asegurados que no cubran al Contratante la prima a que se obligaron. En este supuesto, el Contratante podrá solicitar la baja del Asegurado a la Institución. El seguro terminará en la fecha en que sea recibido el aviso por la Institución o en la fecha en que indique el Contratante si ésta es posterior a la fecha en que la Institución reciba el aviso de baja. No se consideran separados definitivamente del Grupo Asegurado a los Asegurados que sean jubilados o pensionados durante la vigencia de la Póliza. A la renovación o terminación de la misma, pensionados y jubilados dejarán de pertenecer al Grupo Asegurado en la fecha de renovación del contrato. El Contratante deberá comunicar por escrito a la Institución, tan pronto como tenga conocimiento de las bajas del Grupo o reciba los Consentimientos de los Asegurados, los nombres de las personas que deban ser altas o bajas del Grupo Asegurado, así como las fechas de los movimientos respectivos. Las altas y bajas de Asegurados serán inscritas por la Institución en el Registro de Asegurados que forma parte de este contrato.
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Samples: Condiciones Generales De Vida Grupo, Condiciones Generales De Vida Grupo
Baja de Asegurados. Las personas que Causará baja de esta póliza cualquier asegurado que:
a) Fallezca.
b) Siendo cónyuge, concubina o concubinario, se separen definitivamente separe legalmente del Grupo Asegurado, dejarán de estar aseguradas desde el momento de su separación, quedando sin validez alguna el Certificado individual expedidoAsegurado Titular.
c) Siendo hijos asegurados contraigan matrimonio. En este cualquier caso, los asegurados que causaron baja, podrán contratar otra póliza a su nombre, hasta por la Institución restituirá misma suma asegurada, deducible, coaseguro, tope de coaseguro y coberturas adicionales, sin requisitos de asegurabilidad, siempre que la parte nueva póliza se solicite dentro de los 30 días siguientes a su baja respectiva. Si la prima neta no devengada de dichos Integrantes calculada en días exactos, a quienes la hayan aportado, en la proporción correspondiente. Para efectos de esta Póliza, la Institución considerará que también póliza se separan definitivamente del Grupo Asegurado, solicita posteriormente a los Asegurados que no cubran al Contratante la prima a que se obligaron. En este supuesto, el Contratante podrá solicitar la baja del Asegurado a la Institución. El seguro terminará en 30 días de la fecha en que sea recibido causaron baja, los asegurados perderán la antigüedad reconocida y deberán presentar los requisitos de aceptación vigentes. La fecha de baja a considerar será cuando se realice alguno de los eventos antes mencionados. También causarán baja de la póliza los Asegurados que solicite el aviso Contratante, para lo cual se obliga a comunicarlo por la Institución o en escrito a MAPFRE, entendiéndose que los beneficios del seguro para estas personas cesarán a partir de la fecha en que indique el Contratante si ésta es posterior a la fecha en que la Institución se reciba el aviso dicha notificación. En caso de baja. No se consideran separados definitivamente del Grupo baja de cualquier Asegurado a los Asegurados que sean jubilados o pensionados durante la vigencia de la Póliza. A póliza no operará el Período de Beneficio.
a) En caso de que el Contratante solicite la renovación o terminación baja de asegurados, dentro de los 30 primeros días naturales de vigencia de la mismapóliza, pensionados y jubilados dejarán MAPFRE devolverá la prima neta cobrada correspondiente al tiempo no trascurrido de pertenecer la vigencia de la póliza (prima no devengada) sin incluir los derechos de póliza. En caso de que el Contratante solicite la baja de asegurados, después de los primeros 30 días naturales de vigencia de la póliza, MAPFRE devolverá el 60% de la prima neta cobrada correspondiente al Grupo Asegurado en tiempo no transcurrido de vigencia de la fecha póliza (prima no devengada) sin incluir los derechos de renovación del contratopóliza. El Contratante deberá comunicar Dicha prima será devuelta mediante solicitud por escrito a la Institución, tan pronto como tenga conocimiento de las bajas del Grupo o reciba los Consentimientos de los Asegurados, los nombres de las personas que deban ser altas o bajas del Grupo Asegurado, así como las fechas de los movimientos respectivos. Las altas y bajas de Asegurados serán inscritas por la Institución en el Registro de Asegurados que forma parte de este contratoContratante.
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Samples: Gastos Médicos Individual
Baja de Asegurados. Las personas que Causará baja de esta póliza cualquier asegurado que:
a) Fallezca.
b) Siendo cónyuge, concubina o concubinario, se separen definitivamente separe legalmente del Grupo Asegurado, dejarán de estar aseguradas desde el momento de su separación, quedando sin validez alguna el Certificado individual expedidoasegurado titular.
c) Xxxxxx hijos asegurados contraigan matrimonio o mayores a veinticinco (25) años. En este cualquier caso, los asegurados que causaron baja, podrán contratar otra póliza a su nombre, hasta por la Institución restituirá misma suma asegurada, deducible, coaseguro, tope de coaseguro y coberturas adicionales, sin requisitos de asegurabilidad, siempre que la parte nueva póliza se solicite dentro de los treinta (30) días siguientes a su baja respectiva. Si la prima neta no devengada de dichos Integrantes calculada en días exactos, a quienes la hayan aportado, en la proporción correspondiente. Para efectos de esta Póliza, la Institución considerará que también póliza se separan definitivamente del Grupo Asegurado, solicita posteriormente a los Asegurados que no cubran al Contratante la prima a que se obligaron. En este supuesto, el Contratante podrá solicitar la baja del Asegurado a la Institución. El seguro terminará en treinta (30) días de la fecha en que sea recibido causaron baja, los asegurados perderán la antigüedad reconocida y deberán presentar los requisitos de aceptación vigentes. La fecha de baja a considerar será cuando se realice alguno de los eventos antes mencionados. También causarán baja de la póliza los asegurados que solicite el aviso contratante, para lo cual se obliga a comunicarlo por la Institución o en escrito a MAPFRE, entendiéndose que los beneficios del seguro para estas personas cesarán a partir de la fecha en que indique el Contratante si ésta es posterior a la fecha en que la Institución se reciba el aviso dicha notificación. En caso de baja. No se consideran separados definitivamente del Grupo Asegurado a los Asegurados que sean jubilados o pensionados baja de cualquier asegurado durante la vigencia de la Póliza. A póliza no operará el Período de Beneficio.
a) En caso de que el contratante solicite la renovación o terminación baja de asegurados, dentro de los treinta (30) primeros días naturales de vigencia de la mismapóliza, pensionados MAPFRE devolverá la prima neta cobrada correspondiente al tiempo no trascurrido de la vigencia de la póliza (prima no devengada) sin incluir los derechos de póliza.
b) En caso de que el contratante solicite la baja de asegurados, después de los primeros treinta (30) días naturales de vigencia de la póliza, MAPFRE devolverá el cincuenta y jubilados dejarán seis por ciento (56%) de pertenecer la prima neta cobrada correspondiente al Grupo Asegurado en tiempo no transcurrido de vigencia de la fecha póliza (prima no devengada) sin incluir los derechos de renovación del contratopóliza. El Contratante deberá comunicar Dicha prima será devuelta mediante solicitud por escrito a la Institución, tan pronto como tenga conocimiento de las bajas del Grupo o reciba los Consentimientos de los Asegurados, los nombres de las personas que deban ser altas o bajas del Grupo Asegurado, así como las fechas de los movimientos respectivos. Las altas y bajas de Asegurados serán inscritas por la Institución en el Registro de Asegurados que forma parte de este contratocontratante.
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Samples: Condiciones Generales De Seguro