Caminos de Acceso Cláusulas de Ejemplo

Caminos de Acceso. El CONTRATISTA construirá por su cuenta y riesgo, los caminos de acceso que utilizará para el acarreo de tubería y demás materiales al sitio de construcción de la obra. Si la Municipalidad indica lo contrario, el Contratista restaurara a su condicion original las areas utilizadas para la construccion de caminos de acceso.
Caminos de Acceso. Para esta obra en particular, los caminos de acceso son rutas y caminos pavimentados, aptos para cualquier condición climática, Los predios privados afectados por las obras, también dan al camino principal pavimentado, por lo que sólo se requiere determinar con los propietarios los puntos de ingreso, y la necesidad de tranqueras o alcantarillado. • Los desvíos provisorios deben ser justificados y contar con la aprobación del propietario y del inspector. • En los casos que se requiera interrupción al tránsito en rutas o caminos públicos o privados por efecto de las obras, el Contratista deberá solicitar la autorización correspondiente, señalizar la clausura del paso y el tiempo de interrupción y asegurar pasos alternativos. • En caso de contarse con autorización de las Autoridades Competentes para cierres por plazos mayores, el Contratista deberá notificar a los posibles afectados con una semana de anticipación. • Queda prohibido el estacionamiento transitorio o permanente de vehículos y equipos, y el acopio de materiales en caminos de uso público.
Caminos de Acceso. El CONTRATISTA construirá por su cuenta y riesgo, los caminos de acceso que utilizará para el acarreo de tubería y demás materiales al sitio de construcción de la obra. El CONTRATISTA antes de iniciar cualquier labor al respecto debe consultar al Supervisor quien a su vez hará las consultas necesarias a la Municipalidad, si se hace caso omiso a lo anterior el Contratista restaurara a su condición original las aéreas utilizadas para la construcción de caminos de acceso. El FHIS considera que el contratista ya incluyo en su oferta estos costos, por lo que no reconocerá ningún pago extra por estas actividades.
Caminos de Acceso. Se denominaran caminos de acceso los caminos provisionales que el Contratista tenga que usar como auxiliar en las vías de comunicación aprovechables ya existentes y/o que en el curso de los trabajos construya la Residencia de Obra o terceras personas para trasladar a los sitios de trabajo objeto del Contrato, su personal, equipo y materiales que debe emplear, así como para efectuar los aprovisionamientos necesarios. El Contratista deberá rehabilitar y conservar el camino de acceso, tanto a la obra como a los bancos de explotación y los caminos de acceso que requiera y apruebe el Residente de Obra; para efectuar los trabajos objeto del Contrato. El Contratista tendrá la obligación de colocar en las partes apropiadas las señales necesarias para indicar los accesos a las diversas partes de la obra objeto del Contrato. En dichas señales se indicaran claramente y con pintura durable, el sitio o las partes de la obra a que el camino permita el acceso. Todos los caminos de acceso a los bancos xx xxxxxxxx y a las áreas de construcción indicados en los planos del proyecto, así como los destinados a facilitar las operaciones del Contratista en general, serán conservados de tal manera que en todo tiempo durante la ejecución y al terminar la obra sean transitables, hechos a expensas del mismo y su costo debe de quedar incluido en los costos de administración de campo. También dentro de estos cargos, de administración de campo, cuando el trazo de un camino, cruce alguna cerca, deberá considerar las erogaciones para la construcción de guarda-ganados, reposición xx xxxxxx para cercas, alambre de púas, etc., incluyendo todos los materiales que se requieran.
Caminos de Acceso. El Contratista construirá por su cuenta y riesgo, los caminos de acceso que utilizará para el acarreo de tubería y demás materiales al sitio de construcción de la obra.
Caminos de Acceso. El Contratista construirá por su cuenta y riesgo todos los caminos de acceso que utilizará para el acarreo de tubería y demás materiales al sitio de construcción de las obras de agua potable.
Caminos de Acceso. El Contratista habilitará por su cuenta y riesgo todos los accesos que utilizará para el acarreo de tubería y demás materiales al sitio de construcción de las obras de alcantarillado sanitario. El Contratista será responsable por la reparación de los accesos, habitándolos de igual o mejor grado y calidad, tal como existían originalmente.
Caminos de Acceso. Es responsabilidad del Contratista, realizar los trámites necesarios para la obtención de las autorizaciones que en materia de suelo, se requieran para construir caminos de acceso. a) El Contratista debe proceder a una correcta señalización diurna y nocturna de los desvíos transitorios de manera de poder asegurar el tránsito en forma permanente. b) A medida que se vayan cambiando los frentes de obras y se abandonen caminos auxiliares y sitios de estacionamiento, el Contratista debe escarificar los lugares sobrecompactados por el tránsito de obra y estacionamiento de equipos y recomponer la estructura vegetal con los suelos removidos en la limpieza del terreno. c) Se debe comunicar a la población de los accesos laterales de los nuevos recorridos, a efectos de que tomen conocimiento del cambio de las condiciones de circulación e incremento de ruidos. d) El contratista debe cumplir con lo indicado en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-113-SEMARNAT- 1998 y NOM-114-SEMARNAT-1998, en cuanto a apertura de caminos.
Caminos de Acceso. Los caminos exteriores e interiores deberán cumplir con las siguientes especificaciones: A). - Los caminos exteriores: a).- Ser permanentes b).- De 6 a 7 metros de sección para permitir el flujo vehicular en doble sentido, c).- Garantizar el tránsito por ellos en cualquier época del año, a todo tipo de vehículos que acudan al banco.
Caminos de Acceso. Bajo la presente SECCIÓN, se cubren los costos derivados de riesgos asegurados relacionados con el reacondicionamiento de los caminos de acceso hacia o desde instalaciones del Asegurado. El reacondicionamiento se efectuará hasta dejar los caminos en una condición igual o equivalente, pero no mejor ni más extensa, a su condición inmediatamente anterior al siniestro. Se otorga cobertura a cualquier camino de acceso, sea propiedad del asegurado o se encuentre bajo su responsabilidad.