CAPACITACIÓN DEL PERSONAL Cláusulas de Ejemplo

CAPACITACIÓN DEL PERSONAL. EL BANCO” proporcionará al personal que “EL CLIENTE” le indique sin ningún costo, la capacitación necesaria para el uso de “EL EQUIPO”, así como respecto de los mecanismos y procedimientos de prevención de riesgos necesarios, en términos de este mismo contrato. “CONTRACARGOS”
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL. Todo el personal deberá ser entrenado en su tarea especifica. El Proponente deberá presentar un plan de capacitación, el cual deberá ser acordado con la Autoridad de Aplicación a efectos de establecer conceptos comunes sobre los programas y metodologías de los distintos servicios a implementar. Este plan de capacitación deberá ser implementado por el Contratista. Se deberá asegurar como mínimo dos (2) cursos anuales de Seguridad Industrial y Cuidado Ambiental para el personal de operaciones y mantenimiento, a los que deberá ser invitado el personal de la Autoridad de Aplicación.
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL. El adjudicatario, durante la vigencia de la contratación, deberá asegurar que el total de su dotación afectada al servicio se encuentre debidamente capacitada de acuerdo a la normativa de LA EMPRESA. La instrucción contendrá contenido en seguridad, calidad y la metodología de los distintos tipos de limpieza de acuerdo a los distintos tipos de aeronaves. El adjudicatario o sus empleados no podrán bajo ninguna circunstancia realizar el servicio sin haber recibido previamente la capacitación correspondiente. A tal fin LA EMPRESA capacitará con cursos iniciales y recurrentes al/los instructor/es y a los coordinadores, supervisores, choferes y jefes que el adjudicatario designe. Una vez realizada dicha capacitación, el adjudicatario será responsable de transferir los conocimientos adquiridos por su/s instructor/es al resto de su personal dependiente. Esta transferencia de conocimientos deberá ser acreditada en forma fehaciente por el adjudicatario. En todo momento el adjudicatario deberá disponer de los registros de entrenamiento de cada uno de sus empleados, de manera de que la Empresa pueda inspeccionar dichos registros que acrediten fehacientemente la instrucción recibida del personal afectado al servicio y de lo/s instructor/es habilitado/s. El personal responsable de la capacitación inicial de LA EMPRESA podrá participar de los cursos brindados por el adjudicatario para supervisar la transmisión correcta de la información. A su vez la EMPRESA entregará al adjudicatario un listado en el que conste todo el personal entrenado por sus instructores. El adjudicatario deberá contar con la infraestructura adecuada para brindar los cursos. Asimismo, la capacitación del personal deberá contemplar todo lo relacionado con la capacitación AVSEC Las personas que componen la dotación del adjudicatario deberán ser identificadas ante LA EMPRESA, y serán las únicas que podrán ingresar a las aeronaves e instalaciones para realizar las tareas de limpieza e higiene; cualquier cambio en los integrantes de dicha dotación deberá ser previamente comunicada a LA EMPRESA. LA EMPRESA podrá, en cualquier momento, solicitar que se acredite cualquier tipo de antecedentes del personal que compone la referida dotación.
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL. EL CONTRATISTA se compromete a la capacitación de su personal, en las actividades materia de contratación previa y con el inicio del servicio; así mismo, deberá de presentar un plan de capacitación para su personal, a ejecutarse durante el período del contrato el cual deberá contar con un mínimo de 72 horas anuales por cada trabajador. La capacitación estará a cargo de EL CONTRATISTA.
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL. Los trabajadores podrán capacitarse para adquirir nuevos conocimientos y poder adaptarse tanto a las innovaciones tecnológicas que la empresa incorpore, como a los modernos métodos de producción, abaratamientos de costos y ventas. A tal fin la empresa podrá dictar cursos, con personal especializado fuera del horario de trabajo, a los que los trabajadores deberán asistir. Las horas que demande la duración del curso, serán abonadas a los asistentes, pero sin recargo alguno.
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL. Canal 13 S.A. realizará la capacitación del personal de acuerdo a las necesidades que determine Canal 13 S.A. para el funcionamiento adecuado de la misma. En todo caso dicha capacitación se ejecutará de acuerdo a los criterios generales establecidos en el Estatuto de Capacitación y Empleo (SENCE).
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL. El contratista, durante todo el periodo de vigencia del contrato, tendrá la obligación de efectuar, de su cargo y coste exclusivos, capacitaciones a su personal en forma previa a la ejecución de los servicios, en especial, en materias referentes a los protocolos, procedimientos y reglamentaciones aplicables a la prestación de servicios de asistente de pasajeros en instalaciones de Tren Central. Para estos efectos, el Adjudicado capacitará a sus supervisores, quienes al inicio del contrato recibirán la información y documentación requerida para que a su vez ellos capaciten al resto del personal del Prestador. Todo trabajador del Prestador debe aprobar antes de comenzar con sus labores en terreno. El pago de los servicios contraídos por el contratista, tales como, cuentas de teléfono u otros serán de cargo exclusivo de la empresa adjudicada. Adicionalmente, la empresa adjudicada deberá declarar que conoce y acepta que se hará responsable de los espacios de propiedad de Tren Central circunscritos al control de acceso. La empresa adjudicada deberá declarar que libera de toda responsabilidad a Tren Central respecto de los actos dañosos que eventualmente realice en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los cuales deriven eventuales lesiones a personas o eventuales daños a bienes u otros. Será de exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicada los daños por hechos culpables o dolosos que eventualmente su personal cause en las dependencias o instalaciones durante la ejecución del contrato. En consecuencia, será de responsabilidad, costo y cargo de la empresa adjudicada la reposición y/o reparación de los daños causados. Asimismo, la empresa adjudicada deberá declarar que se hace responsable de cualquier demanda presente o futura que pueda sufrir Tren Central por eventuales daños irrogados por el Contratista como consecuencia de la ejecución del contrato. Por el contrario, Tren Central conserva íntegramente su responsabilidad por actos y hechos que sean una consecuencia directa de su actividad y servicio ferroviario que ejecuta y presta. La empresa adjudicada deberá cumplir las Normas de Prevención de Riesgos de Seguridad Industrial para evitar accidentes y/o daños materiales en su personal y en el de "Tren Central". Será obligación de la empresa adjudicada cumplir con los estándares de calidad fijados por Tren Central, los que se comunicarán al Administrador de Contrato de la Empresa adjudicada, en la medida que éstos sean actualizados por Tren Central; ést...
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL. El CONTRATISTA se obliga a realizar las capacitaciones que aseguren el entendimiento por parte de sus empleados de las normas ambientales y de gestión social. Para esto debe considerar como mínimo: • Asistir a la inducción general sobre normas ambientales, desarrollada por AES Chivor. • Asistir a las capacitaciones de sensibilización o entrenamiento ambiental que programe AES Chivor. • Realizar la inducción ambiental al nuevo personal que ingrese al contrato. • Llevar registros de inducción de nuevo personal y entregar copia al interventor del contrato.
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL. La UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL (UFI) de la Pro- vincia de Mendoza, invita a firmas consultoras a expresar su interés en prestar los servicios solicita- dos. Los consultores interesados deberán proporcionar informa- ción que indique que están califi- cados para suministrar dichos servicios. La UFI seleccionará de entre to- das las presentaciones a este lla- mado las firmas que conforma- rán la Lista Corta y que serán invi- tadas a presentar propuestas. El presupuesto estimado es PE- SOS ARGENTINOS DOS MILLO- NES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHO ($ 2.299.308) con impues- tos incluidos.
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL. Todo el personal, propio y subcontratado, deberá contar con capacitación actualizada sobre los aspectos ambientales asociados a sus actividades y responsabilidades, en especial sobre las normas y procedimientos establecidos para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos y sobre las consecuencias ambientales y legales de su incumplimiento. En el caso de visitantes a las instalaciones de hidrocarburos, se deberá dar una charla informativa que contenga aspectos de seguridad y de protección ambiental. Los Titulares deben contar con un Plan de Capacitación en temas ambientales, el cual será cumplido anualmente y remitido como parte del Informe Ambiental Anual a la Autoridad Competente en Materia de Fiscalización Ambiental.