CIRCULARES ACLARATORIAS Cláusulas de Ejemplo

CIRCULARES ACLARATORIAS. Los interesados podrán solicitar sin cargo alguno al Órgano Licitante, aclaraciones relacionadas con el contenido de los pliegos, hasta la fecha que se indique en los mismos, no pudiendo ser la misma menor a tres (3) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura. La solicitud de aclaratoria deberá presentarse en el mismo lugar donde se retiraron (y/o compraron) los pliegos, por escrito o a través del mecanismo que los mismos establezcan. Los miembros de la Comisión de Preadjudicación de Ofertas, deberán responder las consultas por circulares aclaratorias, que deberán ser publicadas en el portal Web de la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes (xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx) o el que lo reemplace en un futuro, en un plazo no menor a dos (2) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura. Cumplido este procedimiento, los interesados no podrán aludir desconocimiento de las mismas. Las circulares formarán parte integrante de los pliegos.
CIRCULARES ACLARATORIAS. Las circulares aclaratorias deberán comunicarse con DOS (2) días hábiles como mínimo, de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas en los procedimientos de licitación o concurso público o privado y de subasta pública, a todas las personas que hubiesen comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta, si la circular se emitiera como consecuencia de ello, e incluirlas como parte integrante xxx xxxxxx y difundirlas en el sitio web institucional de la HCDN.
CIRCULARES ACLARATORIAS. 3.- Planos (impresos minimo en tamaño doble carta).
CIRCULARES ACLARATORIAS. La Sociedad se reserva el derecho de formular aclaraciones o modificaciones a la documentación de la licitación mediante la emisión de circulares durante el lapso del llamado, con una anticipación no menor de 7
CIRCULARES ACLARATORIAS. El Banco podrá elaborar circulares referidas al pliego de condiciones particulares y/o especificaciones técnicas y/o invitaciones, de oficio o como respuesta a consultas. Todas las circulares deberán incluirse y considerarse como parte integrante de los pliegos. Deberán ser comunicadas con TRES (3) días como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas, a todas las personas que hubiesen retirado, adquirido, o descargado el pliego (únicamente si se contara con los datos de la persona que efectuó la descarga), a aquellas que hayan sido invitadas a cotizar, y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello, e incluirlas como parte integrante xxx xxxxxx y difundirlas en la página web del Banco.
CIRCULARES ACLARATORIAS. Licitación Pública Nacional LPN N°: LO-009J3E002-E046-2018
CIRCULARES ACLARATORIAS. El organismo contratante podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de bases y condiciones, de oficio o como respuesta a consultas. Las circulares aclaratorias, podrán ser emitidas por la Dirección de Administración del organismo y deberán ser comunicadas, con tres (3) días como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas, a todas las personas que hubiesen retirado o comprado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello e incluirlas como parte integrante xxx xxxxxx y difundirlas en el sitio de Internet de la provincia. Las circulares por las que se suspenda o se prorrogue la fecha de apertura o la de presentación de las ofertas serán emitidas por funcionario competente y deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas en los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original con veinticuatro (24) horas como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas. Asimismo deberán ser comunicadas, a todas las personas que hubiesen retirado, o comprado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello, con el mismo plazo mínimo de antelación. También deberán incluirse como parte integrante xxx xxxxxx y difundirse en el sitio de Internet de la provincia.
CIRCULARES ACLARATORIAS. Son las que agregan información adicional o aclaratoria respecto xxx xxxxxx. Las circulares aclaratorias podrán ser emitidas por la máxima autoridad de las áreas de compras de cada UCC. Deberán ser publicadas con al menos UN (1) día de antelación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas en la página web de EL INSTITUTO y notificada a aquellos que hayan sido invitadas a cotizar y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello.
CIRCULARES ACLARATORIAS. Las CIRCULARES ACLARATORIAS deberán ser comunicadas con CUATRO (4) DÍAS HÁBILES como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las OFERTAS a todos los INTERESADOS, e incluirlas como parte integrante xxx XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES y difundirlas en los sitios web de la SSPPP y del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
CIRCULARES ACLARATORIAS. 1.1.2. Especificaciones particulares.