CLAUSULAS EXORBITANTES Cláusulas de Ejemplo

CLAUSULAS EXORBITANTES. El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA -
CLAUSULAS EXORBITANTES. El presente contrato se
CLAUSULAS EXORBITANTES. El presente
CLAUSULAS EXORBITANTES. Quedan incorporadas en el presente contrato las cláusulas excepcionales al derecho común previstas en los artículos 15 a 18 de la ley 80 de 1993, esto es las de caducidad y terminación, modificación e interpretación unilaterales. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA:
CLAUSULAS EXORBITANTES. El presente contrato se regirá por el Derecho Privado y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, que están consagradas en la Ley 80 de 1993 y referidas en el artículo 46 del Estatuto Interno de
CLAUSULAS EXORBITANTES. De conformidad con el artículo 2 de la Resolución CRA 293 de 2004, y en el eventual caso de que la CRA autorice la inclusión de cláusulas exorbitantes para el presente proceso, se deberán conservar, entre los antecedentes del contrato, la motivación de la decisión de la inclusión de las siguientes clausulas excepcionales: EMVARIAS declara la caducidad conforme al procedimiento que tenga para tal fin. En caso de que EMVARIAS decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado. Si se declara la caducidad, no habrá lugar a indemnización para EL CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en la ley. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento.
CLAUSULAS EXORBITANTES a) INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES.
CLAUSULAS EXORBITANTES. De conformidad con el artículo 2 de la Resolución CRA 293 de 2004, y en el eventual caso de que la CRA autorice la inclusión de cláusulas exorbitantes para el presente proceso, se deberán conservar, entre los antecedentes del contrato, la motivación de la decisión de la inclusión de las siguientes clausulas excepcionales:
CLAUSULAS EXORBITANTES. El presente contrato se regirá por el Derecho
CLAUSULAS EXORBITANTES. De conformidad con el artículo 2 de la Resolución CRA 293 de 2004, y en el eventual caso de que la CRA autorice la inclusión de cláusulas exorbitantes para el presente proceso, se deberán conservar1 entre los antecedentes del contrato, la motivación de la decisión de la inclusión de las siguientes clausulas excepcionales: En el numeral 4.6 de los Pliegos de Condiciones, se incluyeron en el contrato clausulas exorbitantes tales como caducidad, interpretación unilateral, modificación unilateral y terminación unilateral De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 80 de 1993 en los contratos de arrendamiento entre otros, se prescindirá de la utilización de las cláusulas o estipulaciones excepcionales. De acuerdo con lo anterior, respetuosamente solicitaos no incluir esta cláusula pues consideramos que no sería válido estipular cláusulas como estas en contratos de arrendamiento.