Cobertura principal Cláusulas de Ejemplo

Cobertura principal. Fallecimiento. pág 15
Cobertura principal. Qué no cubre? Además de las exclusiones recogidas en las Condiciones Particulares, queda excluido el fallecimiento del asegurado en los siguientes casos:
Cobertura principal. 16 17 COBERTURAS COMPLEMENTARIAS FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE ¿Qué cubre? Mutua Madrileña pagará una cantidad adicional a la suma asegurada por fallecimiento determinada en las Condiciones Particulares a los beneficiarios designados por el tomador, siempre que el fallecimiento por accidente del asegurado: • Tenga lugar dentro del año a partir de la fecha de ocurrencia del accidente. • Sea consecuencia del accidente. • Se produzca durante la vigencia del contrato. ¿Qué no cubre? Además de las exclusiones recogidas en las Condiciones Particulares, queda excluido el fallecimiento por accidente del asegurado en los siguientes casos:
Cobertura principal a) El canon de arrendamiento y reajustes acordados en el contrato. b) Las cuotas de administración acordadas en el contrato, siempre y cuando el inmueble esté bajo el régimen de propiedad horizontal. c) El valor de los servicios públicos domiciliarios que el arrendador haya asumido en la entrega del inmueble arrendado. Tendrás derecho a reclamar cuando hayan pasado 15 días calendario, desde que finalizó el plazo de pago del canon de arrendamiento y el arrendatario no ha pagado. Las cuotas de administración y los servicios públicos serán pagados por reembolso. En caso de pérdida de las líneas telefónicas del inmueble arrendado, SURA reembolsará el 20% del valor asegurado en esta cobertura, sin garantizar la devolución de la línea. SURA te pagará las siguientes obligaciones en caso de que el arrendatario no las cumpla según el contrato de arrendamiento que tiene contigo: El servicio tiene un límite xx xxxx eventos por vigencia, con un valor máximo por evento de 2 SMMLV, salvo que la descripción de cada servicio se indique un mayor valor de cobertura. a Servicio de plomería Incluye: costo de materiales y mano de obra para restablecer el servicio de suministro y evacuación de aguas. No incluye: accesorios, daños estéticos, tanques, equipos de impermeabilización y destape.
Cobertura principal. XXX % Coberturas Opcionales: XXX %
Cobertura principal. VIDA En caso de que mueras, SURA pagará a tus beneficiarios el valor asegurado. Coberturas opcionales (Vida Grupo)
Cobertura principal. Este seguro cubre, según se menciona en la carátula de la póliza, los daños materiales que sufran los bienes asegurados por cualquier causa que no sea excluida expresamente a continuación y que no pudiera ser cubierta bajo las coberturas adicionales de la Cláusula de
Cobertura principal. A" 5 Cláusula 3ª Coberturas adicionales 5 Cláusula 4ª Equipo y maquinaria de construcción y montaje 7
Cobertura principal. 1)-En caso de fallecimiento del Asegurado antes de la Fecha de finalización del seguro establecida en las Condiciones Particulares de la póliza, estando ésta vigente, sus Beneficiarios recibirán el Capital Asegurado vigente pactado para la Cobertura Principal en dichas Condiciones Particulares, descontadas las deudas que pudiera mantener el Contratante y/ o el Asegurado con el Asegurador. La Cobertura principal por fallecimiento, además de las otras causales de rescisión y terminación establecidas en las Condiciones Generales, cesará totalmente cuando el Asegurado alcance la Fecha de Finalización del seguro pactada en las Condiciones Particulares de la póliza.
Cobertura principal. Este seguro se extenderá a cubrir los daños como consecuencia de: Incendio, rayo, explosión; impericia, descuido, negligencia y actos malintencionados de obreros y empleados del asegurado o de extraños; robo y/o hurto; daños materiales que sufran los bienes asegurados causados por cualquier causa no específicamente excluida; errores de construcción, u otros accidentes imprevistos. Coberturas Adicionales:  Daños causados directamente por terremoto, temblor y erupción volcánica.  Daños causados directamente por ciclón, huracán, tempestad, vientos, inundación, desbordamiento y alza del nivel de aguas y enfangamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierras o rocas; deslave.  Remoción de escombros: el seguro se extiende a cubrir los costos y gastos para la remoción de escombros o el desmantelamiento, desmontaje, demolición o apuntalamiento de los bienes asegurados que hayan sido dañados o destruidos por cualquiera de los riesgos cubiertos. El límite de responsabilidad será determinado por la contratista. Otras Coberturas: Huelga, motín, conmoción civil; responsabilidad civil cruzada, horas extras, flete expreso, flete aéreo y honorarios de ingenieros y arquitectos. El límite de responsabilidad en el seguro todo riesgo de construcción no será menor que la suma asegurada del trabajo a su finalización e incluirá el valor del contrato a suscribirse y otros materiales que la CEL le entregue, si los hubiere. De igual manera la contratista puede asegurar en adición a los mencionados anteriormente, otros riesgos que considere necesarios para proteger el trabajo, la maquinaria y/o equipos utilizados, trabajos provisionales, hasta la emisión del Acta de Recepción definitiva.