Common use of Comisión de Seguimiento Clause in Contracts

Comisión de Seguimiento. Para el exacto y cabal cumplimiento de los términos del presente Convenio, se designará una Comisión de Seguimiento, compuesta por seis miembros, a razón de tres por cada una de las partes. Por parte del Gobierno de la Región xx Xxxxxx formarán parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera de las partes. Esta Comisión será la encargada de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones de la Comisión de Seguimiento son:

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Comisión de Seguimiento. Para el exacto seguimiento y cabal control del cumplimiento de los términos del presente Convenioeste convenio, y también para aclarar las dudas que suscite su interpretación, se designará constituirá una Comisión de Seguimiento de la que formarán parte dos representantes de la Diputación de Pontevedra (la presidenta de la Diputación o persona en la que delegue y una persona funcionaria xx xxxxxxx o técnica del servicio de Promoción de Empleo o persona en la que delegue) y dos representantes por parte del Ayuntamiento (la alcaldesa o alcalde del Ayuntamiento respectivo, o persona en la que delegue y una persona funcionaria xx xxxxxxx o técnica) que serán designadas expresamente. La sustitución, con carácter definitivo o temporal, de cualquiera de los miembros de la Comisión de Seguimiento, compuesta por seis miembrosse incluirá como punto del orden del día de la convocatoria de la reunión correspondiente y quedará debidamente reflejada en el acta de esta. La presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponderá a la Diputación de Pontevedra, quien también designará a razón la persona que ejerza las funciones de tres por secretaría, que actuará con voz, pero sin voto. A las reuniones de la Comisión de Seguimiento podrán asistir invitados de cada una de las partes, que actuarán con voz, pero sin voto. Por parte del Gobierno de la Región xx Xxxxxx formarán parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera de las partes. Esta Comisión será la encargada de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual Corresponderá a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará seguimiento: • La puntual recepción de información sobre todas las actuaciones que se produzcan en la ejecución de los contratos a que este convenio se refiere. • La coordinación entre las administraciones firmantes en la ejecución y propondráfinanciación del convenio, dictando al efecto las instrucciones oportunas. • La resolución de dudas que presente la interpretación del convenio y, en su caso, la renovación emisión de un informe si la duda tiene que ser resuelta por órganos de gobierno de las administraciones firmantes. • La ratificación de las actas de ubicaciones y requisitos que se compromete el Ayuntamiento para la instalación de los trenes distintos equipamientos. La Comisión de seguimiento se reunirá cuando lo estime conveniente su responsable, por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo decisión propia o a la antigüedad del parque actual y petición de cualquiera de sus miembros. Las reuniones podrán ser presenciales o a la recepción distancia. En el caso de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto las presenciales tendrán lugar en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones sede de la Comisión Diputación de Seguimiento son:Pontevedra o en el lugar que acuerden las partes. En la reunión constituyente se designará la persona responsable y el secretario levantará las actas de las reuniones.

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Samples: Convenio De Colaboración Entre La Diputación Provincial De Pontevedra Y El Ayuntamiento De Cuntis Para Llevar a Cabo Dentro De Su Término Municipal Las Actuaciones Recogidas en El Proyecto Denominado “Da Túa Man

Comisión de Seguimiento. Para En el exacto marco del objeto del presente convenio, se constituirá una comisión de seguimiento formada por cuatro miembros, dos personas designadas por la AVI, siendo una de ellas la persona que ocupe su secretaría general, que asumirá la presidencia de la Comisión, sin perjuicio de su delegación, y cabal quien además nombrará a la otra persona en representación de la AVI y, por otra parte, dos personas designadas por la Fundación. Son funciones de la comisión las siguientes: -Supervisar la ejecución del convenio, así como adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actividades convenidas, incluyendo al efecto la solución, en primera instancia, de las controversias de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio suscrito. -Informar a las partes de los términos retrasos e incidencias que se puedan presentar durante la ejecución del presente Convenioconvenio. - Proponer variaciones presupuestarias entre las distintas actuaciones del proyecto, según se designará una Comisión establece en la cláusula novena. - Acordar los comunicados y notas de Seguimiento, compuesta por seis miembros, prensa a razón de tres emitir conjuntamente o por cada una de las partes. Por parte del Gobierno La presidencia de la Región xx Xxxxxx formarán parte comisión corresponde a la AVI a través de su secretaria general, sin perjuicio de su delegación. La secretaría será ejercida por uno de los representantes de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe Fundación por invitación de la Unidad de Asesoramiento Técnico presidencia, la comisión podrá estar asistida por personas expertas, con voz, pero sin voto, que tengan un perfil profesional o competencia técnica acorde con la materia objeto de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadoraayuda, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera a propuesta de las partes. Esta Comisión Para el cumplimiento de sus funciones, la comisión se reunirá mensualmente en sesión ordinaria y cuantas veces lo solicite alguna de las partes en sesión extraordinaria. Se considera constituida la comisión cuando estén representadas todas las partes y estén presentes las personas que asuman la presidencia y la secretaría. El órgano de la AVI al que se destinarán las actas de la comisión de seguimiento será la encargada Subdirección General de supervisar y aprobar el importe Programas de Innovación. Respecto al régimen de funcionamiento de la subvención definitiva anual a comisión de seguimiento se estará lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la vista Ley 40/2015, de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora1 de octubre, estableciendo de régimen jurídico del sector público. A efectos de la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios adopción de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentidoacuerdos, la Comisión presidencia dirimirá con su voto en caso de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones de la Comisión de Seguimiento son:empates.

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Samples: innoavi.es

Comisión de Seguimiento. Para el exacto y cabal cumplimiento de los términos del presente ConvenioContrato, se designará una Comisión de Seguimiento, compuesta por seis miembros, a razón de tres por cada una de las partespartes firmantes. Por parte del Gobierno de la Región Comunidad Autónoma xx Xxxxxx Xxxxxx, formarán parte de la citada Comisión, Comisión el Director General de Transportes y PuertosPlanificación de Infraestructuras del Gobierno xx Xxxxxx, o persona de la indicada Dirección General en quién delegue y dos funcionarios designados, así mismo, por el Subdirector Director General de Transportes y el Jefe Planificación de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadasInfraestructuras. Por parte de RENFE-OperadoraRenfe, los representantes serán el Director Corporativo Gerente de Área de Clientes Institucionales y Relaciones con Adifel Gerente xx Xxxxxxx Transversales, el Gerente de Negociación y Concertación Obligaciones de Servicios Servicio Público, o las personas por ellos delegadas. csv: BOA20141118026 En función de los asuntos a tratar, la Comisión podrá invitar a sus reuniones a un representante de ADIF y el Gerente Territorialun representante de la Dirección General de Ferrocarriles, del Ministerio de Fomento. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera de las partes. Esta Las funciones que corresponden a la Comisión será la encargada de supervisar y aprobar Seguimiento son:  Realizar, basado en los criterios fijados en este Contrato y, en su caso, en los de interpretación que se aprueben en el importe seno de la subvención definitiva misma, la propuesta anual de liquidación, y remitirla a la vista Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.  Controlar, sobre la base de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite la información solicitada a RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando ejecución de este Contrato, para lo que se facilitará a los miembros de la subvención correspondienteComisión cualquier información que se estime necesaria, así como las modificaciones sobre los horarios supervisar el cumplimiento de los servicios objeto compromisos asumidos por cada una de Convenio, reflejados en las partes firmantes.  Interpretar el Anejo I Contrato cuando procedaello fuere necesario. Además esta Comisión  Establecer indicadores de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta calidad de los servicios.  Comprobar la evaluación de los indicadores de calidad de los servicios, proponiendo cuantas medidas sean necesarias para corregir las desviaciones detectadas.  Proponer, en caso de prórroga del presente Contrato, los servicios ferroviarios regionales para el período prorrogado, en función del análisis de los resultados del periodo anterior, así como la valoración económica de la cuantía a satisfacer a Renfe por los servicios que se presten.  Proponer la extensión de este Contrato, incluida la modificación de los servicios, proponiendo la adopción de cuantas medidas sean necesarias para corregir las desviaciones detectadas.  Analizar los efectos producidos en la normal prestación de servicios de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos Convencional por la existencia de transporteacontecimientos imprevistos o de fuerza mayor, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondráproponiendo, en su caso, la renovación adopción de medidas oportunas y evaluando todas sus repercusiones.  Proponer la designación de personas responsables como interlocutores válidos en cuantas incidencias puedan surgir a los trenes por otros más modernos (series 594efectos del presente Contrato.  Resolver, 598de mutuo acuerdo, 599 y posteriores)cuantas incidencias, atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto dudas o controversias surjan en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factibleinterpretación y aplicación del presente Contrato. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión csv: BOA20141118026  Aquellas otras que se deriven de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés este Contrato o que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones de la Comisión de Seguimiento son:las partes contratantes le confieran.

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Samples: Contrato De Servicio Público Entre El Gobierno De Aragón Y Renfe Operadora Para La Prestación De Servicios De Transporte De Viajeros De Media Distancia en La Comunidad Autónoma De Aragón

Comisión de Seguimiento. Para el exacto y cabal cumplimiento de los términos El seguimiento del presente Convenio, convenio se designará realizará mediante una Comisión de Seguimiento, compuesta . Esta Comisión es constituirá en el plazo máximo de dos meses desde la firma de este convenio y estará constituida por seis miembros, a razón al menos un representante de tres por cada una de las partes. Por parte del Gobierno de la Región xx Xxxxxx formarán entidad que forma parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe JRU (Nombre de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadasJRU). Por parte de RENFE-OperadoraEn todo caso, los representantes serán el Director Corporativo Entidades dispondrán del mismo número de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera de las partes. Esta Comisión será la encargada de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados votos en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones Excepcionalmente, por acuerdo entre las Entidades y sin derecho a voto, se podrá invitar a responsables de actuaciones de las Partes, si resulta de interés de acuerdo con los temas que se fueran a tratar. La Comisión de Seguimiento se reunirá de forma ordinaria al menos una vez al año (ya sea presencial o virtualmente) y, de forma extraordinaria cuando así lo solicite alguna de las Partes al coordinador, (Cuando hay más de 2 entidades firmantes) debiendo comunicar con suficiente antelación el coordinador al resto de entidades participantes la convocatoria de esta sesión extraordinaria. (Cuando hay más de 2 entidades firmantes) Los acuerdos de la Comisión de Seguimiento son:se tomarán por unanimidad de todos los miembros presentes o representados. En caso de que la unanimidad no sea posible, las decisiones se tomarán por mayoría simple. La Comisión de Seguimiento no podrá deliberar ni tomar decisiones si no cuenta con un quórum de al menos 2/3 partes de los Miembros de la JRU presentes o representados. Por parte de la UPC, los miembros de la Comisión de Seguimiento serán aquellos en quien delegue el Rector. Por parte de (Nombre Entidad), a los Miembros de la Comisión de Seguimiento serán … La Comisión de Seguimiento tiene las siguientes funciones: Proponer una estrategia y unos objetivos conjuntos para la JRU. Proponer el desarrollo de actividades conjuntes de la JRU (Nombre de la JRU), mediante la redacción de los documentos correspondientes estableciendo las tareas, presupuesto, personal, plazos de ejecución y condiciones de cada proyecto o actuación concreta. Proponer la modalidad y alcance de la participación de la JRU (Nombre de la JRU), en proyectos financiados por la Unión Europea o por las administraciones públicas españolas, así como en licitaciones u otros tipos de convocatorias. Interpretación del presente Convenio y resolución de las discrepancias, dudas o conflictos que se presenten en la ejecución de las actividades.

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Samples: rdi.upc.edu

Comisión de Seguimiento. Para el exacto y cabal cumplimiento de los términos del presente Convenio, se designará Se constituirá una Comisión de Seguimiento, Seguimiento del Convenio compuesta por seis miembros, a razón de tres por cada una de las partes. Por parte del Gobierno representantes de la Región xx Xxxxxx formarán parte Consejería competente en materia de Servicios Sociales y tres representantes de la citada Comisión, Entidad Local que analizarán el desarrollo y ejecución del mismo durante el correspondiente ejercicio. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0964001768697625308503 Los representantes de la Consejería serán el Director General competente en materia de Transportes Servicios Sociales y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe otros dos miembros de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas Consejería nombrados por ellos designadasel Director General. Por parte de RENFE-Operadora, la Entidad Local los representantes serán el Alcalde (o el Presidente de la Mancomunidad) y otras dos personas designadas por este, preferentemente concejales, funcionarios municipales o Alcaldes en el caso de las Mancomunidades. Estos seis miembros que tendrán voz y voto, podrán asistir acompañados de los técnicos que consideren oportuno en cada caso, que tendrán voz, pero carecerán de voto. Presidirá la Comisión el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadasGeneral, y actuará de Secretario un funcionario designado por el Gerente TerritorialDirector General que tendrá voz, pero carecerá de voto. La Comisión se reunirá con una periodicidad de Seguimiento deberá reunirse al menos trimestral ydos veces al año. Una de ellas estará orientada a revisar las actuaciones realizadas y programar las correspondientes a la siguiente anualidad, de forma extraordinaria, cuando y la convoque cualquiera otra a mitad del ejercicio para poder analizar la marcha de las partesactuaciones. Esta Comisión será la encargada El voto de supervisar y aprobar el importe los miembros de la subvención definitiva anual a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos Comisión podrá ser emitido por medios telemáticos, y especialmente por correo electrónico, siempre que facilite RENFE-Operadora, estableciendo en la correspondiente liquidación anual convocatoria se haga constar esta posibilidad. Adoptará sus acuerdos por mayoría simple, previa asistencia de la mayoría de sus miembros; las discrepancias y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en empates serán resueltas por el Anejo I cuando procedaPresidente. Además esta La Comisión de Seguimiento será podrá establecer sus propias normas de funcionamiento con sometimiento, en todo caso, al régimen establecido para los órganos colegiados en la encargada Ley 40/2015, de realizar una planificación conjunta 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público. La Consejería competente en materia de Servicios Sociales podrá convocar conjuntamente a las Comisiones de Seguimiento de varias corporaciones locales a la vez, sin que por ello se altere la naturaleza de las mismas ni la validez de los servicios ferroviarios regionales acuerdos que se adopten. Los representantes de Media Distancia y Cercanías las Corporaciones Locales serán los designados en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación cada uno de los Convenios afectados, mientras que por parte de la Administración los representantes podrán ser los mismos para todos los Convenios. Ambas partes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2003, de 27 xx xxxxx, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, se comprometen a fomentar la participación de los ciudadanos y las instituciones en la gestión del sistema de servicios sociales, a través de los órganos de participación que actualmente se prestan por la propia Ley determina, con el Área objeto de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente que las prestaciones del sistema respondan a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión necesidades de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones de la Comisión de Seguimiento son:las personas.

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Samples: Convenio Atención Social

Comisión de Seguimiento. Para En el exacto marco del objeto del presente convenio, se constituirá una comisión de seguimiento formada por cuatro miembros, dos personas designadas por la AVI, siendo una de ellas la persona que ocupe su Secretaría General, que asumirá la presidencia de la Comisión, sin perjuicio de su delegación, y cabal quien además nombrará a la otra persona en representación de la AVI y, por otra parte, dos personas designadas por la UJI. Son funciones de la comisión las siguientes: -Supervisar la ejecución del convenio, así como adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actividades convenidas, incluyendo al efecto la solución, en primera instancia, de las controversias de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio suscrito. -Informar a las partes de los términos retrasos e incidencias que se puedan presentar durante la ejecución del presente Convenioconvenio. - Proponer variaciones presupuestarias entre las distintas actuaciones del proyecto, según se designará una Comisión establece en la cláusula novena. - Acordar los comunicados y notas de Seguimiento, compuesta por seis miembros, prensa a razón de tres emitir conjuntamente o por cada una de las partes. Por parte del Gobierno La presidencia de la Región xx Xxxxxx formarán parte comisión corresponde a la AVI a través de su secretaria general, sin perjuicio de su delegación. La secretaría será ejercida por uno de los representantes de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe UJI Por invitación de la Unidad de Asesoramiento Técnico presidencia, la comisión podrá estar asistida por personas expertas, con voz, pero sin voto, que tengan un perfil profesional o competencia técnica acorde con la materia objeto de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadoraayuda, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera a propuesta de las partes. Esta Comisión Para el cumplimiento de sus funciones, la comisión se reunirá cuatrimestralmente, y al menos una vez, en sesión ordinaria y cuantas veces lo solicite alguna de las partes en sesión extraordinaria. Se considera constituida la comisión cuando estén representadas todas las partes y estén presentes las personas que asuman la presidencia y la secretaría. El órgano de la AVI al que se destinarán las actas de la comisión de seguimiento será la encargada Subdirección General de supervisar y aprobar el importe Programas de Innovación. Respecto al régimen de funcionamiento de la subvención definitiva anual comisión de seguimiento se estará lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. A efectos de la adopción de acuerdos, la presidencia dirimirá con su voto en caso de empates. En la designación de las personas representantes de esta comisión, se procurará por ambas partes la presencia equilibrada de hombres y mujeres. En ningún caso la pertenencia a esta comisión deberá interpretarse como una creación de vínculo laboral o empresarial alguno entre las partes. De forma expresa se hace constar que las funciones de este órgano de seguimiento no pueden suponer un detrimento o minoración de las prerrogativas que atribuye la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así AVI como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones ente concedente de la Comisión de Seguimiento son:subvención.

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Samples: innoavi.es

Comisión de Seguimiento. Para el exacto y cabal cumplimiento de los términos desarrollo del presente Convenioconvenio y para resolver cuantas dudas y discrepancias puedan surgir en la interpretación y aplicación del mismo, se designará crea una Comisión Mixta de Seguimiento cuya composición será la siguiente: Dos representantes del SAS, designados por el Director Gerente del SAS, y, dos representantes del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, a designar por su Presidente. Actuará como secretario de la Comisión, sin voz ni voto, un empleado público designado por el Servicio Xxxxxx de Salud, que levantará acta de las correspondientes reuniones y custodiará toda la documentación de forma permanente. Serán funciones de la Comisión Mixta de Seguimiento, compuesta por seis miembros, a razón :  Elaborar el protocolo de tres por cada una actuación para la puesta en marcha del Convenio  Seleccionar los hospitales para el desarrollo de la experiencia piloto.  Efectuar el seguimiento de las partesactividades que se desarrollen al amparo del presente convenio. Por parte del Gobierno  Velar por el buen desempeño de la Región xx Xxxxxx formarán parte de la citada Comisión, actividad planteada en el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera de las partes. Esta Comisión será la encargada de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondientedesarrollo del objeto del convenio, así como las modificaciones sobre los horarios su seguimiento y evaluación.  Valorar el resultado de los servicios objeto de Conveniola experiencia piloto y, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondráacordar, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción incorporación de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto hospitales.  Resolver cuantas dudas y discrepancias surjan en la relación Murciainterpretación y aplicación del convenio.  Y en general, todas aquéllas que se desprenden del presente Convenio y/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factibleo que las partes estimen convenientes. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones El funcionamiento de la Comisión comisión se regulará por lo dispuesto en la Subsección Primera de Seguimiento son:la Sección Tercera del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La comisión de seguimiento, que habrá de constituirse dentro del plazo de un mes, a partir de la firma del presente Convenio, celebrará las pertinentes reuniones para el cumplimiento de las funciones que le son propias, tomando los acuerdos que se consideren oportunos. Sin perjuicio de lo anterior, se reunirán, a requerimiento de cualquiera de las partes, para tratar de aquellos asuntos que por su urgencia o especificidad no pudiesen ser demorados hasta la siguiente reunión periódica del mismo. De las reuniones se extenderán las correspondientes actas que deberán ser firmadas por los asistentes. Los miembros de la comisión darán cuenta del resultado de su gestión a las respectivas instituciones.

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Samples: Convenio De Colaboración Entre El Servicio Andaluz De Salud Y El Consejo Andaluz De Colegios Oficiales De Farmacéuticos De Andalucía Para La Entrega Por Las Oficinas De Farmacia a Los Pacientes Externos De Los Medicamentos De Dispensación Hospitalaria

Comisión de Seguimiento. Para A los efectos de velar por el exacto y cabal cumplimiento de los términos del presente Convenio, se designará una Comisión de Seguimiento, compuesta por seis miembros, a razón de tres las obligaciones contraídas por cada una de las partespartes intervinientes se creará una Comisión de Seguimiento que será la que asuma la coordinación entre las partes en la ejecución y financiación de las actuaciones. Por parte del Gobierno Esta comisión resolverá las dudas que se presenten en la interpretación de la Región xx Xxxxxx formarán parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorialeste convenio. La Comisión estará formada por un representante de la Consellería de Infraestruturas e Mobilidade de la Xunta de Galicia, designado a tal efecto por la Dirección general de Movilidad, un representante de ADIF Alta Velocidad, designados por la presidencia, y un representante del Ayuntamiento de Ourense, designado por la alcaldía. La presidencia de la comisión corresponderá a la Consellería de lnfraestruturas e Mobilidade de la Xunta de Galicia. La Comisión de Seguimiento asumirá las siguientes funciones: • Realizar el seguimiento técnico y económico de las obras sin perjuicio de las competencias que correspondan a cada Organismo y, en particular, a los respectivos órganos de contratación. • Impulsar y evaluar el cumplimiento del presente convenio, proponiendo las actuaciones que se consideren precisas para tal fin. • Interpretar, en caso de duda, el contenido del presente convenio. • Resolver las posibles controversias que pudiesen surgir durante la aplicación del presente convenio. • Proponer reajustes de anualidades para ajustar las aportaciones financieras al ritmo de ejecución de las obras. • Tratar los incrementos de los costes estimados de las actuaciones reflejadas en la Cláusula Segunda y, si procede, elaborar una propuesta de Modificación del presente Convenio en la que se acuerde la financiación de las variaciones en los costes. En todo caso, la distribución de las variaciones en los costes entre cada uno de los firmantes se realizará en la misma proporción que se establece en la Cláusula Tercera. Esta comisión se reunirá las veces que se estimen oportunas para el cumplimiento del presente convenio y, en todo caso, con una periodicidad al menos trimestral ysemestral, adoptándose los acuerdos que procedan por unanimidad de forma extraordinarialos miembros. A las reuniones de dicha Comisión se podrán incorporar, cuando la convoque cualquiera por acuerdo de las partes, aquellos técnicos cuya presencia se considere conveniente para el cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas. Esta Comisión será la encargada Así mismo, podrá designarse un Grupo de supervisar y aprobar el importe Trabajo paritario, formado por técnicos de la subvención definitiva anual a la vista las instituciones firmantes de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos este convenio, que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como se encargará del seguimiento continuo de las modificaciones sobre los horarios actuaciones. Las incidencias que se deriven de los servicios objeto las reuniones del Grupo de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente Trabajo se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá elevarán a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones de la La Comisión de Seguimiento son:podrá delegar en una Subcomisión Técnica, designada al efecto, el estudio de los aspectos técnicos pertinentes, reservándose en todo caso la decisión final sobre los mismos. cve: BOE-A-2018-15215 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Las copias de las actas de las reuniones de esta comisión, así como los Convenios o informes que se emiten en el desarrollo y ejecución de las funciones asignadas a la comisión, serán remitidas a las partes firmantes.

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Comisión de Seguimiento. Para el exacto seguimiento y cabal control del cumplimiento de los términos del presente Convenioeste convenio, y también para aclarar las dudas que suscite su interpretación, se designará constituirá una Comisión de Seguimiento de la que formarán parte dos representantes de la Diputación de Pontevedra (la presidenta de la Diputación o persona en la que delegue, una persona funcionaria xx xxxxxxx o técnico del servicio de turismo o persona en la que delegue,) y dos representantes por parte del Ayuntamiento (la alcaldesa o alcalde del Ayuntamiento respectivo, o persona en la que delegue y una persona funcionaria xx xxxxxxx o técnica) que serán designadas expresamente. La sustitución, con carácter definitivo o temporal, de cualquiera de los miembros de la Comisión de Seguimiento, compuesta por seis miembrosse incluirá como punto del orden del día de la convocatoria de la reunión correspondiente y quedará debidamente reflejada en el acta de esta. La presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponderá a la Diputación de Pontevedra, quien también designará a razón la persona que ejerza las funciones de tres por secretaría, que actuará con voz, pero sin voto. A las reuniones de la Comisión de Seguimiento podrán asistir invitados de cada una de las partes, que actuarán con voz, pero sin voto. Por parte del Gobierno de la Región xx Xxxxxx formarán parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera de las partes. Esta Comisión será la encargada de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual Corresponderá a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará seguimiento: • La puntual recepción de información sobre todas las actuaciones que se produzcan en la ejecución de los contratos a que este convenio se refiere. • La coordinación entre las administraciones firmantes en la ejecución y propondráfinanciación del convenio, dictando al efecto las instrucciones oportunas. • La resolución de dudas que presente la interpretación del convenio y, en su caso, la renovación emisión de un informe se la duda tiene que ser resuelta por órganos de gobierno de las administraciones firmantes. • La ratificación de las actas de ubicaciones y requisitos que se compromete el Ayuntamiento para su instalación de los trenes distintos equipamientos y componentes de digitalización. La Comisión de seguimiento se reunirá cuando lo estime conveniente su responsable, por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo decisión propia o a la antigüedad del parque actual y petición de cualquiera de sus miembros. Las reuniones podrán ser presenciales o a la recepción distancia. En el caso de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto las presenciales tendrán lugar en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones sede de la Comisión Diputación de Seguimiento son:Pontevedra o en el lugar que acuerden las partes. En la reunión constituyente se designará la persona responsable y el secretario levantará las actas de las reuniones.

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Samples: Convenio De Colaboración Entre La Diputación Provincial De Pontevedra Y El Ayuntamiento De Tui Para Llevar a Cabo Dentro De Su Término Municipal Las Actuaciones Recogidas en El Proyecto Denominado “Commerce Inside

Comisión de Seguimiento. Para el exacto El Ayuntamiento ostentará las máximas funciones fiscalizadoras y cabal cumplimiento de inspección, a través del personal a su servicio. El Ayuntamiento podrá supervisar en cualquier momento al ejecución del contrato de servicios de limpieza de varios edificios municipales, en Calahorra, tomando datos de los términos servicios prestados que le facilite el contratista, estableciéndose los correspondientes controles, que serán definidos por los servicios de inspección, que tendrán libre acceso a las dependencias del presente ConvenioCentro. La coordinación, comprobación y vigilancia de la correcta realización de este contrato, será ejercida por la Administración Municipal a través del funcionario responsable del contrato. Para facilitar la buena ejecución de este contrato de servicios de limpieza, y la señalada coordinación entre la Administración Municipal, la empresa adjudicataria y los responsables de los edificios públicos cuya limpieza se contrata, se designará constituirá una Comisión de SeguimientoControl y Seguimiento del Contrato de servicios de limpieza de varios edificios municipales, en Calahorra, que estará compuesta como mínimo por seis los siguientes miembros: ➢ El Alcalde (o persona que lo sustituya por delegación, a razón tendrá voto de tres por cada una calidad como presidente) ➢ El Concejal Delegado de las partes. Por parte del Gobierno Limpieza ➢ El Concejal Delegado de Administración General ➢ Un Concejal miembro de la Región xx Xxxxxx formarán parte Comisión Informativa Responsable de Administración General, Participación Ciudadana, Transparencia y Administración Electrónica, no perteneciente al equipo de gobierno ➢ El Encargado de Servicios Múltiples del Servicio de Obras y Mantenimiento ➢ El Responsable del Servicio nombrado por la empresa adjudicataria (coordinador del mismo) ➢ La Responsable del Servicio de Contratación, que actuará de secretaria de la citada Comisióncomisión, el Director General de Transportes o persona en quien delegue En cualquier caso y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera de las partes. Esta Comisión será la encargada de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentidocarácter transitorio, la Comisión de Control y Seguimiento analizará ejercerá las funciones de fiscalización e inspección del trabajo del adjudicatario y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes velará por el Área exacto cumplimiento de Negocio sus obligaciones, siendo sus acuerdos de Media Distanciaobligado cumplimiento por parte del adjudicatario. Para el cumplimiento de estas funciones y las que se establezcan, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, Control y Seguimiento se reunirá con carácter ordinario una vez al cuatrimestre y con anterioridad carácter extraordinario siempre que se considere conveniente a la Dirección General propuesta de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los serviciossu presidente. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones Excepcionalmente podrán asistir a las reuniones de la Comisión de Control y Seguimiento son:de este contrato, cualquiera de los responsables o directores de los edificios municipales cuya limpieza se contrata, cuando el motivo de los asuntos a tratar así lo requiera.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Comisión de Seguimiento. cve: BOE-A-2022-10639 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Para el exacto seguimiento y cabal cumplimiento evaluación de la Misión Inversa relacionada con el presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2) representantes designados por el Colaborador Sectorial y otros dos (2) designados por ICEX (en lo sucesivo, la Comisión de Seguimiento). Por parte del Colaborador Sectorial, formarán parte de la Comisión de Seguimiento: – La persona titular de la dirección de Promoción Comercial e Internacionalización; y – La persona titular de la Secretaría General. Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión de Seguimiento: – La persona titular de la dirección de Moda, Hábitat e Industrias Culturales. – La persona titular del departamento de Hábitat. La Comisión tendrá asignadas las funciones de: – Interpretar el Convenio; – Seguimiento, vigilancia y coordinación de las actuaciones que en virtud del mismo se desarrollen; – Resolver las incidencias que puedan derivarse de su ejecución; – Aprobación del presupuesto y valoración de los términos gastos realizados dentro de la Misión Inversa realizada por las Partes al amparo del presente Convenio; – Aprobación de las memorias económica y técnica de la Misión Inversa; y – Cuantas otras se le asignen en el clausulado del presente Convenio. La Comisión podrá reunirse cuantas veces lo solicite cualquiera de las Partes, convocándose con una antelación mínima de cinco (5) días naturales. Los acuerdos de la Comisión se designará una Comisión adoptarán por unanimidad de Seguimiento, compuesta por seis sus miembros, y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta, firmada por el secretario y con el visto bueno del presidente, correspondiendo a razón de tres por cada una de las partes. Por parte del Gobierno de la Región xx Xxxxxx formarán parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral yPartes, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera alterna en cada una de las partessesiones que se celebren, ocupar el puesto de presidente y de secretario. Esta Comisión ICEX será quien inicie la encargada de supervisar y aprobar el importe Presidencia de la subvención definitiva anual a Comisión. Como miembros de pleno derecho de la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media DistanciaComisión, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia el presidente, como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factibleel secretario, actuarán con voz y voto. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones Los miembros de la Comisión podrán requerir la asistencia de Seguimiento son:cualquier persona, con voz, pero sin voto, que pueda aportar conocimientos o asesoramiento adecuados para un mejor desarrollo del objeto del presente Convenio. Para todo lo no expresamente regulado en esta cláusula se estará a lo dispuesto en las normas sobre el funcionamiento de los órganos colegiados previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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Comisión de Seguimiento. Para el exacto seguimiento del desarrollo de este Convenio y cabal cumplimiento a instancias de los términos del presente Conveniocualquiera de las partes, se designará constituirá una Comisión Mixta, integrada dos representantes de Seguimiento, compuesta por seis miembros, a razón de tres por cada una de las partes signatarias, que establecerán de común acuerdo las normas relativas a su funcionamiento, y en lo no previsto por las partes. Por parte del Gobierno , atenderán a las disposiciones contenidas en el Título Preliminar, Capítulo II, Sección 3º de la Región xx Xxxxxx formarán parte Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. A esta Comisión le corresponderán, entre otras funciones, las siguientes: - Interpretar el presente Convenio y velar por el correcto desarrollo del Programa. - Evaluar el cumplimiento de los objetivos. - Realizar el control y seguimiento y velar por la correcta aplicación de las aportaciones económicas. - Resolver las cuestiones que surjan en aspectos relativos a los términos acordados en este Convenio. - Evaluar el resultado de la citada Comisióncooperación. Y en general, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General todas aquellas que se desprenden del presente Convenio y/o que las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorialpartes estimen convenientes. La Comisión de Seguimiento celebrará las pertinentes reuniones para el cumplimiento de las funciones que le son propias, tomando los acuerdos que se reunirá con una periodicidad al menos trimestral yconsideren oportunos. Sin perjuicio de lo anterior, se reunirán, a requerimiento de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera de las partes, para tratar de aquellos asuntos que por su urgencia o especificidad no pudiesen ser demorados hasta la siguiente reunión periódica del mismo. Esta Comisión será De las reuniones se extenderán las correspondientes actas que deberán ser firmadas por los asistentes. Para la encargada válida constitución de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, a efectos de la celebración de reuniones y con anterioridad a adopción de acuerdos, se requerirá la Dirección General presencia de Transportes la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos serán adoptados por unanimidad y Puertosserán recogidos en las actas que se redacten de cada reunión al efecto, que serán suscritas por todos los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los serviciosasistentes. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones Los miembros de la Comisión darán cuenta del resultado de Seguimiento son:su gestión a las respectivas instituciones. Con el fin de efectuar el seguimiento de este Convenio, Canarias Cultura en Red, S.A. designa a D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, Director Ejecutivo-Gerente en funciones y Organismo Autónomo Patronato Insular de Música de la Corporación Insular designa a D. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx o las personas en quienes estos deleguen.

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Comisión de Seguimiento. Para el exacto y cabal cumplimiento Las partes firmantes acuerdan la constitución de los términos del presente Convenio, se designará una Comisión de Seguimiento, compuesta por seis miembros, a razón de tres por cada una de las partes. Por parte del Gobierno de la Región xx Xxxxxx formarán parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones que con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión carácter general se reunirá con una periodicidad al menos trimestral ycada 6 meses y tendrá de carácter paritario, para la interpretación, aplicación, conocimiento, desarrollo y seguimiento de forma extraordinaria, cuando lo pactado durante la convoque cualquiera de las partesvigencia del presente Acuerdo general. Esta Comisión será la encargada única para todo Ercros y el conjunto de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados trabajadores incluidos en el Anejo I cuando procedaámbito de aplicación establecido en el Título II del presente Acuerdo. Además esta La Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta estará integrada por cinco (5) miembros de los servicios ferroviarios regionales Sindicatos firmantes del presente Acuerdo que serán designados proporcionalmente en función de Media Distancia su representación y Cercanías por cinco (5) miembros en orden a su mejor coordinación representación de la Dirección de XXXXXX designados por la misma. También formarán parte de esta Comisión, con voz pero sin voto, los demás modos representantes de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación las Federaciones Estatales de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías Sindicatos firmantes del Acuerdo y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviariaslos Delegados Sindicales Estatales. En este sentidofunción de la naturaleza y alcance de los temas a tratar, podrán asistir a la reunión, con voz pero sin voto, técnicos de dichas Federaciones, en calidad de asesores. La Comisión de Seguimiento podrá designar las Comisiones que estime convenientes por razón de la especialidad de los asuntos a tratar, y para facilitar el estudio y resolución de problemáticas complejas. Los miembros de estas subcomisiones pertenecerán a la Comisión de Seguimiento. cve: BOE-A-2019-9624 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Los miembros de la Comisión de Seguimiento analizará o de cualquiera de las Comisiones que puedan crearse, estarán sujetos a las reglas y propondrácompromisos del sigilo profesional. En la primera reunión de la Comisión de Seguimiento, en su caso, la renovación que tendrá lugar dentro de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo treinta días siguientes a la antigüedad firma del parque actual Acuerdo, se establecerán sus normas de funcionamiento y competencias específicas, entre las que estarán: – Interpretar el contenido y velar por el cumplimiento del presente Acuerdo general, de conformidad con la legislación vigente y los principios de la buena fe. – Recibir información económica establecida por la legislación vigente, relativa a Ercros. – Conocer la evolución del contenido del plan general financiero de Ercros. – Recibir información sobres las ventas, fusiones y arrendamientos de centros de trabajo. – Recibir información detallada de las circunstancias económicas, productivas, organizativas y xx xxxxxxx y en todo caso de aquellas que puedan requerir reducciones temporales de empleo o futuros planes de incentivación de bajas voluntarias ahora no previstas, así como posibles modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, sin perjuicio de las competencias que a este respecto tienen los Comités de Empresa o Delegados de Personal de los Centros de trabajo. – Acordar el acudir a la recepción Administración para plantear conjuntamente determinados temas, reservándose las partes su derecho a acudir por separado cuando lo crean oportuno. – Recibir información y realizar propuestas concretas en todo lo relacionado con el empleo y la subcontratación laboral. – La Comisión de nuevos trenes por el Área Seguimiento creará una Comisión de Negocio estudio para la aplicación de Media Distanciala clasificación laboral y armonización de conceptos y tablas salariales, tanto en contemplando la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factiblesituación de cada Pacto de centro o Convenio Colectivo a que hace referencia la Disposición Final Primera del presente Acuerdo. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá – La Dirección entregará a la Comisión de Seguimiento, al finalizar el año, detalle de la situación de las plantillas de su personal, señalando el número de trabajadores por centro de trabajo, con indicación por categorías profesionales y con anterioridad a unidades orgánicas, así como las modalidades contractuales que se apliquen. – Asimismo, en el seno de esta Comisión, se analizarán y examinarán la Dirección General evolución de Transportes y Puertoslas plantillas en el año anterior, los siguientes datos referidos al conjunto las previsiones para el año siguiente, así como la utilización de las diversas modalidades de contratación. Todo ello sin perjuicio de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos derechos reconocidos, legalmente o por tren y período - ReclamacionesAcuerdos, puntualidad, e incidencias a los Comités de Empresa o Delegados de Personal de los Centros de trabajo. Los representantes en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones de la Comisión de Seguimiento son:del Acuerdo Sindical, analizarán cualquier discrepancia que se pueda producir en aplicación de este Acuerdo y en cualquier caso este paso será previo y obligatorio a la vía administrativa y/o judicial. Esta Comisión de Seguimiento, por acuerdo entre las partes, podrá ejercer funciones de mediación y arbitraje respecto de aquellos temas que se propongan.

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Comisión de Seguimiento. cve: BOE-A-2024-12695 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Para el exacto seguimiento y cabal cumplimiento evaluación de los términos del la Misión Inversa relacionada con el presente Convenio, convenio se designará constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2) representantes designados por el Colaborador Sectorial y otros dos (2) designados por ICEX (en lo sucesivo, la Comisión de Seguimiento). Por parte del Colaborador Sectorial formarán parte de la Comisión de Seguimiento: – La persona titular de la dirección de Promoción Comercial e Internacionalización; y – La persona titular de la Secretaria General. Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión de Seguimiento: – La persona titular de la dirección de Tecnología Industrial y Servicios Profesionales; y – La persona titular del departamento de Hábitat. La Comisión tendrá asignadas las funciones de: – Interpretar el convenio; – Seguimiento, compuesta vigilancia y coordinación de las actuaciones que en virtud del mismo se desarrollen; – Resolver las incidencias que puedan derivarse de su ejecución; – Aprobación del presupuesto y valoración de los gastos realizados dentro de la Misión Inversa realizada por seis las Partes al amparo del presente convenio; – Aprobación de las memorias económica y técnica de la Misión Inversa; y – Cuantas otras se le asignen en el clausulado del presente convenio. La Comisión podrá reunirse cuantas veces lo solicite cualquiera de las Partes, convocándose con una antelación mínima de cinco (5) días naturales. Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros, y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta, firmada por el secretario y con el visto bueno del presidente, correspondiendo a razón de tres por cada una de las partes. Por parte del Gobierno de la Región xx Xxxxxx formarán parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral yPartes, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera alterna en cada una de las partessesiones que se celebren, ocupar el puesto de presidente y de secretario. Esta Comisión XXXX será quien inicie la encargada de supervisar y aprobar el importe Presidencia de la subvención definitiva anual a Comisión. Como miembros de pleno derecho de la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media DistanciaComisión, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia el presidente, como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factibleel secretario, actuarán con voz y voto. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones Los miembros de la Comisión podrán requerir la asistencia de Seguimiento son:cualquier persona, con voz, pero sin voto, que pueda aportar conocimientos o asesoramiento adecuados para un mejor desarrollo del objeto del presente convenio. Para todo lo no expresamente regulado en esta cláusula se estará a lo dispuesto a las normas sobre el funcionamiento de los órganos colegiados previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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Comisión de Seguimiento. Para posibilitar el exacto y cabal cumplimiento seguimiento de los términos del las actuaciones contempladas en el presente Convenioconvenio, se designará creará una Comisión formada por cuatro representantes de Seguimiento, compuesta por seis miembros, a razón de tres por cada una de las partes. Por parte instituciones signatarias, cuyas competencias serán velar por el buen desarrollo del Gobierno de proyecto e interpretar los términos del convenio que lo requieran, o cualesquiera otras que se consideren necesarias y contribuyan a la Región xx Xxxxxx formarán parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorialbuena marcha del proyecto. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera de las partes. Esta Comisión será la encargada de supervisar y aprobar el importe estará formada por: - La persona titular de la subvención definitiva anual a Vicepresidencia de Investigación Científica y Técnica del CSIC, o persona en quien delegue, - La persona titular de la vista Vicepresidencia de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-OperadoraOrganización y Relaciones Institucionales, estableciendo o persona en quien delegue, - La persona titular del Vicerrectorado de Innovación, Transferencia y Tecnología de la correspondiente liquidación anual y justificando UAM, o persona en quien delegue - La persona titular del Vicerrectorado de Investigación de la subvención correspondienteUAM, así como las modificaciones sobre los horarios o persona en quien delegue. - Dos representantes del colectivo de los servicios objeto de Convenio, reflejados usuarios del Computador Cuántico en el Anejo I cuando procedaCSIC. Además esta Comisión - Dos representantes del colectivo de Seguimiento será usuarios del Computador Cuántico en la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviariasUAM. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la La renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones miembros de la Comisión de Seguimiento son:se efectuará con la periodicidad que determine la institución a la cual representan, sin perjuicio de la facultad de cada institución para remover a sus representantes y designar otros nuevos siempre que lo considere oportuno. La Presidencia de la Comisión será ejercida por el CSIC, que designará un Secretario que podrá ser un miembro del propio órgano, o alternativamente, una persona al servicio del CSIC con voz, pero sin voto. La Comisión de Seguimiento se regirá por lo establecido para los órganos colegiados en el Título Preliminar, Capítulo II, Sección 3ª de la LRJSP, y de forma específica, por lo establecido en la Normativa que se incluye en el Anexo I del presente Convenio, y que complementa las disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento recogidos en el mencionado Capítulo.

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Comisión de Seguimiento. Para el exacto y cabal cumplimiento de los términos del presente Convenio, se designará cve: BOE-A-2019-6689 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Convenio será administrado por una Comisión de Seguimiento, compuesta formada por seis miembrosdos representantes de la Secretaría de Estado para el Avance Digital, dos representantes de la Secretaría de Estado de Función Pública y dos representantes de Xxx.xx. Los miembros de dicha Comisión podrán ser sustituidos por las personas que éstos designen. La sustitución, con carácter definitivo o temporal, de cualquiera de los miembros de la Comisión de Seguimiento, será anunciada en la convocatoria de la reunión correspondiente, y quedará debidamente reflejada en el acta de la misma. Esta Comisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.1.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, es el instrumento acordado por las partes para el seguimiento, vigilancia y control del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes y, ejercerá sus funciones de acuerdo con lo establecido en los artículos 51.2.c) y 52.3 de la citada Ley. La presidencia de esta Comisión tendrá carácter rotatorio anual. Corresponderá a razón Xxx.xx la designación del secretario de tres la Comisión, que actuará con voz, pero sin voto. A esta Comisión podrán asistir expertos invitados por cada una de las partespartes que actuarán con voz, pero sin voto. Por parte La Comisión de seguimiento efectuará el seguimiento, vigilancia y control de las actuaciones objeto del Gobierno presente Convenio. Los miembros de la Región xx Xxxxxx formarán Comisión de Seguimiento por parte de la citada Comisión, Secretaría de Estado para el Director General Avance Digital serán nombrados por el Secretario de Transportes y Puertos, Estado para el Subdirector General de Transportes y el Jefe Avance Digital. Los miembros de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera de las partes. Esta Comisión será la encargada de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será por parte de la encargada Entidad Pública Xxx.xx serán nombrados por su Director General. Las partes firmantes se comprometen a solventar por acuerdo mutuo, en el seno de realizar una planificación conjunta la Comisión de los servicios ferroviarios regionales Seguimiento, cuantas diferencias resulten de Media Distancia la interpretación y Cercanías en cumplimiento de este Convenio, sin perjuicio de la competencia del orden a su mejor coordinación con los demás modos jurisdiccional contencioso administrativo para el conocimiento de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías cuantas cuestiones y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviariaslitigios pudieran surgir. En este sentidoAsimismo, la Comisión de Seguimiento analizará podrá proponer mejoras y propondráconcretar las actuaciones previstas en el Convenio, previo consentimiento de las partes, y siempre que dichas mejoras y concreciones no supongan una alteración sustancial del objeto del presente Convenio. Esta Comisión podrá reunirse cuantas veces considere necesario para la ejecución del presente Convenio. En todo caso, se reunirá como mínimo tres veces al año y siempre que lo solicite alguno de los miembros que la componen. El funcionamiento de esta Comisión se regirá por lo dispuesto en el presente documento y en el Capítulo II, Sección 3.ª, del Título Preliminar II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su caso, la renovación lo que se refiere al funcionamiento de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones de la Comisión de Seguimiento son:órganos colegiados.

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Comisión de Seguimiento. Para el exacto y cabal cumplimiento de los términos del presente Convenio, se designará Se constituirá una Comisión de Seguimiento, Seguimiento del Convenio compuesta por seis miembros, a razón de tres por cada una de las partes. Por parte del Gobierno representantes de la Región xx Xxxxxx formarán parte Consejería competente en materia de Servicios Sociales y tres representantes de la citada Comisión, Entidad Local que analizarán el Director General de Transportes desarrollo y Puertos, ejecución del mismo durante el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadascorrespondiente ejercicio. Por parte de RENFE-Operadorala Consejería competente en materia de servicios sociales, los representantes serán el Director Corporativo General competente en la materia, o persona en quien delegue, y otras dos personas nombradas por el citado Director General, que formarán parte de Clientes Institucionales y Relaciones con Adifla misma. Al menos una de las personas designadas deberá tener un perfil técnico. Por parte de la Entidad Local, los representantes serán el Gerente de Negociación y Concertación Director General de Servicios Sociales y Atención a la Discapacidad y dos personas designadas por este, preferentemente, funcionarios municipales. Estos seis miembros que tendrán voz y voto, podrán asistir acompañados de los técnicos que consideren oportuno en cada caso, que tendrán voz, pero carecerán de voto. Presidirá la Comisión el Director General, o las personas por ellos delegadaspersona en quien delegue, y actuará de Secretario un funcionario designado por el Gerente TerritorialDirector General que tendrá voz, pero carecerá de voto. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando Seguimiento velará por la convoque cualquiera ejecución de las partesactuaciones programadas por los servicios sociales de las entidades locales y el buen funcionamiento del Convenio. Esta Comisión será la encargada de supervisar y aprobar el importe Adoptará sus acuerdos por mayoría simple, previa asistencia de la subvención definitiva anual a la vista mayoría de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual sus miembros; las discrepancias y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en empates serán resueltas por el Anejo I cuando procedaPresidente. Además esta La Comisión de Seguimiento será podrá establecer sus propias normas de funcionamiento con sometimiento, en todo caso, al régimen establecido para los órganos colegiados en la encargada Ley 40/2015, de realizar una planificación conjunta 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público. El voto de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones miembros de la Comisión podrá ser emitido por medios telemáticos, y especialmente por correo electrónico, siempre que en la correspondiente convocatoria se haga constar esta posibilidad. La Consejería competente en materia de Servicios Sociales podrá convocar conjuntamente a las Comisiones de Seguimiento son:de varias corporaciones locales a la vez, sin que por ello se altere la naturaleza de las mismas ni la validez de los acuerdos que se adopten. Los representantes de las Corporaciones Locales serán los designados en cada uno de los Convenios afectados, mientras que por parte de la Administración los representantes podrán ser los mismos para todos los Convenios.

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Samples: Convenio De Colaboración

Comisión de Seguimiento. Para el exacto y cabal cumplimiento de los términos velar por la adecuada realización del objeto del presente Convenio, se designará creará una Comisión de Seguimiento, Seguimiento que estará compuesta por seis tres miembros en representación de INCIBE designados por el director general de INCIBE y un representante de la Entidad, que se reunirán a lo largo de la vigencia del presente Convenio por lo menos una vez al trimestre, y siempre que lo solicite alguno de los miembros que la componen con una antelación mínima de cinco (5) días naturales. En caso xx xxxxxxx, ausencia o enfermedad los miembros de la Comisión podrán delegar en otras personas de la misma entidad que el titular con la debida autorización. Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros, y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta. Un miembro de la Comisión de seguimiento ejercerá las funciones de presidente, y otro miembro las de secretario. La presidencia será rotatoria entre las dos entidades para cada una de las sesiones. La Comisión de seguimiento se reunirá en sesión constitutiva en el plazo de un (1) mes desde que el presente Convenio adquiera eficacia. Los miembros de la Comisión podrán requerir la asistencia de cualquier persona, con voz, pero sin voto, que pueda aportar conocimientos o asesoramiento adecuados para un mejor desarrollo del objeto del presente Convenio. Serán funciones de la Comisión de Seguimiento: ◼ Aprobar la Memoria inicial propuesta por la Entidad y según el modelo propuesto por INCIBE, donde figura el cronograma, diseño y ejecución de la acción y su presupuesto conforme: a razón los conceptos de tres gasto elegibles, los precios por hora según el servicio y el número de horas a realizar teniendo en cuenta lo establecido en la Invitación Pública y en el presente Convenio. En la memoria inicial se describirá lo siguiente: ◼ El cronograma (calendario para cada una de las actuaciones de la acción). ◼ Diseño y ejecución de la acción (con detalle de todas las actuaciones). ◼ Presupuesto de ejecución de la acción teniendo en cuenta los gastos elegibles, los precios por hora establecidos en base al servicio proporcionado, así como el número de horas necesarias en cada caso. Todo ello de acuerdo a la invitación pública y a la cláusula 3.1 y los Anexos I y II del presente Convenio. ◼ La Comisión de seguimiento podrá acordar el anticipo del 20% de cada acción si fuera necesario para su correcto desarrollo y ejecución, una vez aprobada por su parte la memoria inicial y el presupuesto de la misma. Dicho 20% se aplicará al presupuesto aprobado por la Comisión. ◼ Cuando cada Entidad acabe con las acciones comprometidas en el objeto del Convenio y envíe la Memoria final de las mismas y el resto de documentación justificativa indicada en la cláusula séptima, la Comisión de Seguimiento una vez verificado que todo está correcto, emitirá informe favorable de finalización de la acción y cierre remitiéndoselo a INCIBE para que proceda al pago. ◼ Velar por el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente Convenio, pudiendo solicitar, en cualquier momento, información y documentación financiera y técnica necesaria para la verificación del desarrollo de las actuaciones y de los costes soportados. ◼ Proponer a las partes la modificación del contenido del convenio, propuestas de modificación que podrán incluir, cambios en el presupuesto, cronograma, detalle de actividades, etc. ◼ Recabar cuanta información complementaria necesaria que permita conocer el grado ejecución de las actuaciones y su correcta ejecución. ◼ Resolver las dudas que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse de la aplicación de este convenio y evaluar las acciones derivadas del mismo. ◼ Realizar cualquier otra actuación atribuida expresamente en el presente acuerdo o que no corresponda especialmente a los representantes legales de cada una de las partes. Por parte del Gobierno de la Región xx Xxxxxx formarán parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera ni a ningún otro órgano de las partes. Esta Comisión será la encargada de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones de la Comisión de Seguimiento son:mismas.

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Samples: Convenio Entre La Asociación Mentor Day Y La Sociedad

Comisión de Seguimiento. Para De conformidad con lo dispuesto en el exacto artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el plazo de quince (15) días hábiles a partir de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo, se constituirá una Comisión mixta de Seguimiento para la vigilancia y cabal control de la ejecución del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, que resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del mismo. Dicha Comisión estará formada por: Un representante del AYUNTAMIENTO DE MADRID (el Titular de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras o persona en quien delegue. • Un representante de la Entidad Privada MERLIN. Corresponde a esta Comisión supervisar el cumplimiento de los términos del acuerdos y condiciones contenidas en el presente Convenio, se designará una Comisión de Seguimiento, compuesta por seis miembros, a razón de tres por cada una Convenio y de las partes. Por parte del Gobierno de la Región xx Xxxxxx formarán parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes actuaciones que se realicen para su desarrollo y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorialejecución. La Comisión se reunirá con reunirá, como mínimo, una periodicidad vez al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera mes y se levantará Acta de las partessesiones que se celebren. Esta Comisión será la encargada Todo ello sin perjuicio de supervisar y aprobar el importe las Actas que se vayan levantando con motivo de la subvención definitiva anual a la vista recoger las decisiones adoptadas en las reuniones periódicas de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como seguimiento de las modificaciones sobre los horarios obras. El representante de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, la Comisión de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y PuertosEspacio Público, los siguientes datos referidos al conjunto Obras e Infraestructuras, ostentará la presidencia de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos la Comisión. En lo no previsto por tren y período - Reclamacionesel presente Convenio, puntualidad, e incidencias en los servicios. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones se regirá por lo dispuesto en el artículo 15 de la Comisión Ley 40/2015, de Seguimiento son:1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con los órganos colegiados.

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Samples: Convenio Para La Ejecución De Un Vial De Cambio De Sentido en La Mediana De La Calle Maria De Portugal

Comisión de Seguimiento. Para El Ayuntamiento ostentará las máximas funciones fiscalizadoras y de inspección, a través del personal a su servicio. El Ayuntamiento podrá supervisar en cualquier momento el exacto y cabal cumplimiento desarrollo de los términos trabajos tomando datos de las prestaciones que le facilite el adjudicatario, estableciéndose los correspondientes controles, que serán definidos por los servicios de inspección. La coordinación, comprobación y vigilancia de la correcta realización del presente Conveniocontrato de suministro para la implantación de un plan de contingencias de un sistema virtualizado distribuido en dos CPD, será ejercida por la Administración Municipal a través del funcionario responsable del contrato. Para facilitar la buena ejecución del contrato de suministro para la implantación de un plan de contingencias de un sistema virtualizado distribuido en dos CPD y la empresa adjudicataria, se designará constituirá una Comisión de SeguimientoControl y Seguimiento del contrato, que estará compuesta como mínimo por seis los siguientes miembros: ➢ El Alcalde (o persona que lo sustituya por delegación, a razón tendrá voto de tres por cada una calidad como presidente). ➢ La Concejala Delegada de Contratación. ➢ El funcionario responsable del contrato. ➢ El Delegado del contratista. ➢ La Responsable del Servicio de Contratación, que actuará de secretaria de la comisión, o persona en quien delegue. En cualquier caso la Comisión de Control y Seguimiento ejercerá las funciones de fiscalización e inspección de las partes. Por trabajos que vaya ejecutando el adjudicatario y velará por el exacto cumplimiento de sus obligaciones, siendo sus acuerdos de obligado cumplimiento por parte del Gobierno adjudicatario. Para el cumplimiento de la Región xx Xxxxxx formarán parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes estas funciones y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadas. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión que se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera de las partes. Esta Comisión será la encargada de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentidoestablezcan, la Comisión de Control y Seguimiento analizará podrá reunirse con carácter ordinario una vez al mes y propondrá, en con carácter extraordinario siempre que se considere conveniente a propuesta de su caso, la renovación presidente. En las reuniones mensuales el Delegado del contratista presentará un informe de situación y avance de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción trabajos realizados con indicación de nuevos trenes por los recursos previstos e incurridos en el Área proyecto. También presentará una relación de Negocio los trabajo planificados pendientes de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimientoejecución, y con anterioridad a la Dirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los serviciostrabajos pendientes de planificar. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras funciones A las reuniones de la Comisión se invitará a cualquier persona del Ayuntamiento o de Seguimiento son:la empresa adjudicataria, cuya asistencia se considere oportuna por cualquier motivo relacionado con la evolución de los trabajos. Al inicio del proyecto, la empresa adjudicataria deberá presentar la planificación del proyecto, con indicación de las actividades, entregables y recursos a emplear en cada tarea o actividad. El funcionario responsable del contrato, en función de progreso y los problemas encontrados, estará facultado para revisar el plan de trabajo y su adecuación al plazo máximo de ejecución establecido de ocho meses.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Comisión de Seguimiento. Para el exacto desarrollo y cabal cumplimiento seguimiento de los términos del presente Convenio, este Convenio se designará constituirá una Comisión de Seguimiento, Seguimiento compuesta por seis miembros, a razón de tres por cada una de las partes. por: – Por parte del Gobierno Ministerio de la Región xx Xxxxxx formarán Sanidad: ● Subdirectora General de Servicios Digitales de Salud. ● Subdirectora General de Información Sanitaria. – Por parte de la citada Comisión, el Director General de Transportes y Puertos, el Subdirector General de Transportes y el Jefe de la Unidad de Asesoramiento Técnico de la referida Dirección General o las personas por ellos designadasentidad Instituto Biosistemak: ● Coordinadora Científica. Por parte de RENFE-Operadora, los representantes serán el Director Corporativo de Clientes Institucionales y Relaciones con Adif, el Gerente de Negociación y Concertación de Servicios o las personas por ellos delegadas, y el Gerente Territorial. La Comisión se reunirá con una periodicidad al menos trimestral y, de forma extraordinaria, cuando la convoque cualquiera de las partes. Esta Comisión será la encargada de supervisar y aprobar el importe de la subvención definitiva anual a la vista de los datos justificativos sobre costes totales e ingresos definitivos que facilite RENFE-Operadora, estableciendo la correspondiente liquidación anual y justificando la subvención correspondiente, así como las modificaciones sobre los horarios de los servicios objeto de Convenio, reflejados en el Anejo I cuando proceda. Además esta Comisión de Seguimiento será la encargada de realizar una planificación conjunta de los servicios ferroviarios regionales de Media Distancia y Cercanías en orden a su mejor coordinación con los demás modos de transporte, incluyendo los estudios de movilidad necesarios a realizar por RENFE-Operadora para analizar una posible adaptación de los servicios que actualmente se prestan por el Área de Actividad de Cercanías y Media Distancia, atendiendo igualmente a las nuevas prestaciones ferroviarias. En este sentido, ● Coordinadora R+D. Presidirá la Comisión de Seguimiento analizará y propondrá, en su caso, la renovación persona titular de los trenes por otros más modernos (series 594, 598, 599 y posteriores), atendiendo a la antigüedad del parque actual y a la recepción de nuevos trenes por el Área de Negocio de Media Distancia, tanto en la relación Murcia/Cartagena-Valencia como en los servicios convenidos Murcia-Cartagena donde sea factible. Trimestralmente RENFE-Operadora remitirá a la Comisión de Seguimiento, y con anterioridad a la Dirección Subdirección General de Transportes y Puertos, los siguientes datos referidos al conjunto Servicios Digitales de los servicios regionales (media distancia): - Viajeros/tren (subidos y bajados) - Ingresos por tren y período - Reclamaciones, puntualidad, e incidencias en los serviciosSalud. - Resumen mensual y anual de ingresos, costes, km. recorridos, media de viajeros por tren y costes por viajero transportado. - Ídem por trenes - Desglose trenes convenidos por meses y estaciones. - Datos desglosados de refuerzo de trenes - Cualesquiera otros datos de interés que establezca la Comisión de Seguimiento. Otras Las funciones de la Comisión de Seguimiento son:son las siguientes: – Interpretación y control del desarrollo y ejecución del Convenio. Las partes podrán acordar en el seno de la Comisión de Seguimiento algunos detalles relativos a la ejecución del contenido del Convenio, siempre que no modifique el contenido del Convenio. – Supervisar el cumplimiento del programa de trabajo de la JA-09, del «Grant Agreement» y del «Consortium Agreement» y, en particular, las tareas encomendadas al Instituto Biosistemak en la ejecución del proyecto. – Ser receptora de las notificaciones establecidas en la cláusula tercera, apartado 3.2.d. Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse por las Partes, se efectuarán por correo electrónico a la dirección facilitada por cada una. Ambas partes se comprometen a resolver por acuerdo mutuo, en el seno de la Comisión de Seguimiento, cuantas discrepancias resulten de la interpretación y cumplimiento del presente Convenio. Las cuestiones litigiosas que surjan entre las partes durante el desarrollo y ejecución del presente Convenio y no puedan ser resueltas por la Comisión de Seguimiento se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Respecto de las posibles repercusiones de responsabilidad financiera, se estará a lo establecido en la normativa reguladora de la JA-09, la Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx y el Real Decreto 515/2013, de 5 de julio que la desarrolla. La Comisión de Seguimiento se reunirá, al menos, una vez al año y cuando se estime necesario a instancia de cualquiera de las partes. Podrá actuar bien mediante reuniones presenciales, o por los medios telemáticos y/o electrónicos oportunos y cuando se estime necesario a instancia de cualquiera de las partes, levantándose acta en todo caso. cve: BOE-A-2023-23293 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Sus normas de funcionamiento se regirán por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la sección 3.ª, del capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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