Common use of Comisión de Seguimiento Clause in Contracts

Comisión de Seguimiento. Las partes convienen en plantear todas las cuestiones y problemas no resueltos o no previstos específicamente en el presente Convenio, así como todas las cuestiones relativas a la interpretación y ejecución del mismo, a una Comisión de Seguimiento compuesta de seis miembros, dos elegidos por la Consejería ……………, dos elegidos por la Federación …….. y dos elegidos por Ecoembes, eventualmente asistidos por sus consejeros técnicos, contables o jurídicos. La finalidad de la Comisión será alcanzar soluciones de consenso a las cuestiones que puedan surgir y, en su caso, consensuar posibles adaptaciones y modificaciones del presente Convenio. Dicha Comisión servirá igualmente de cauce de participación de las Entidades locales para el planteamiento de cuantas cuestiones suscite su aplicación. La Comisión de Seguimiento quedará inmediatamente constituida tras la firma del presente Convenio, debiendo comunicar cada una de las partes a las otras sus representantes en el plazo de dos semanas desde la firma. La presidencia de la Comisión recaerá en un representante de la Comunidad Autónoma y la secretaría en un representante de Ecoembes. En el caso de que se produzca una incidencia grave en el desarrollo del Convenio, cualquiera de las partes podrá convocar una reunión extraordinaria y urgente de la Comisión, debiendo responder la parte convocada en un plazo máximo de 15 días. La reunión deberá celebrarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la convocatoria. Si la parte convocada no responde en dicho plazo o si, celebrada la reunión extraordinaria las partes no llegan a un acuerdo sobre la cuestión planteada, se podrá pactar la intervención dirimente de un tercero, cuya resolución será aceptada por las partes después de emitida y tendrá los efectos señalados en la Ley 60/2003, de Arbitraje. Las Entidades locales o, en su caso, la Comunidad Autónoma, dispondrán de plazo hasta el …………, para la presentación de facturas derivadas de servicios y otras actuaciones devengadas hasta el …………….., transcurrido el cual los compromisos económicos de Ecoembes anteriores a esa fecha se entenderán extinguidos.

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Samples: Convenio Marco De Colaboración

Comisión de Seguimiento. Las partes convienen En el marco del objeto del presente convenio, se constituirá una comisión de seguimiento formada por cuatro miembros, dos personas designadas por la AVI, siendo una de ellas la persona que ocupe su secretaría general, que asumirá la presidencia de la Comisión, sin perjuicio de su delegación, y quien además nombrará a la otra persona en plantear todas representación de la AVI y, por otra parte, dos personas designadas por la UPV. Son funciones de la comisión las cuestiones y problemas no resueltos o no previstos específicamente en el presente Conveniosiguientes: -Supervisar la ejecución del convenio, así como todas adoptar las cuestiones relativas a decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actividades convenidas, incluyendo al efecto la solución, en primera instancia, de las controversias de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio suscrito. -Informar a las partes de los retrasos e incidencias que se puedan presentar durante la ejecución del mismoconvenio. - Proponer variaciones presupuestarias entre las distintas actuaciones del proyecto, según se establece en la cláusula novena. - Acordar los comunicados y notas de prensa a una Comisión de Seguimiento compuesta de seis miembros, dos elegidos emitir conjuntamente o por la Consejería ……………, dos elegidos por la Federación …….. y dos elegidos por Ecoembes, eventualmente asistidos por sus consejeros técnicos, contables o jurídicos. La finalidad de la Comisión será alcanzar soluciones de consenso a las cuestiones que puedan surgir y, en su caso, consensuar posibles adaptaciones y modificaciones del presente Convenio. Dicha Comisión servirá igualmente de cauce de participación de las Entidades locales para el planteamiento de cuantas cuestiones suscite su aplicación. La Comisión de Seguimiento quedará inmediatamente constituida tras la firma del presente Convenio, debiendo comunicar cada una de las partes a las otras sus representantes en el plazo de dos semanas desde la firmapartes. La presidencia de la Comisión recaerá en un representante comisión corresponde a la AVI a través de su secretaria general, sin perjuicio de su delegación. La secretaría será ejercida por uno de los representantes de la Comunidad Autónoma UPV Por invitación de la presidencia, la comisión podrá estar asistida por personas expertas, con voz, pero sin voto, que tengan un perfil profesional o competencia técnica acorde con la materia objeto de la ayuda, a propuesta de las partes. Para el cumplimiento de sus funciones, la comisión se reunirá mensualmente en sesión ordinaria y la secretaría en un representante de Ecoembes. En el caso de que se produzca una incidencia grave en el desarrollo del Convenio, cualquiera cuantas veces lo solicite alguna de las partes podrá convocar una reunión extraordinaria en sesión extraordinaria. Se considera constituida la comisión cuando estén representadas todas las partes y urgente estén presentes las personas que asuman la presidencia y la secretaría. El órgano de la Comisión, debiendo responder la parte convocada en un plazo máximo de 15 días. La reunión deberá celebrarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción AVI al que se destinarán las actas de la convocatoriacomisión de seguimiento será la Subdirección General de Programas de Innovación. Si Respecto al régimen de funcionamiento de la parte convocada no responde comisión de seguimiento se estará lo dispuesto en dicho plazo o silos artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, celebrada de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. A efectos de la reunión extraordinaria adopción de acuerdos, la presidencia dirimirá con su voto en caso de empates. En la designación de las partes no llegan a un acuerdo sobre personas representantes de la cuestión planteadaUPV en esta comisión, se podrá pactar procurará la intervención dirimente presencia equilibrada de hombres y mujeres. En ningún caso la pertenencia a esta comisión deberá interpretarse como una creación de vínculo laboral o empresarial alguno entre las partes. De forma expresa se hace constar que las funciones de este órgano de seguimiento no pueden suponer un tercero, cuya resolución será aceptada por detrimento o minoración de las partes después de emitida y tendrá los efectos señalados en prerrogativas que atribuye la Ley 60/200338/2003, de Arbitraje. Las Entidades locales o17 de noviembre, en su caso, General de Subvenciones a la Comunidad Autónoma, dispondrán AVI como ente concedente de plazo hasta el …………, para la presentación de facturas derivadas de servicios y otras actuaciones devengadas hasta el …………….., transcurrido el cual los compromisos económicos de Ecoembes anteriores a esa fecha se entenderán extinguidossubvención.

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Samples: innoavi.es

Comisión de Seguimiento. Las partes convienen En el marco del objeto del presente convenio, se constituirá una comisión de seguimiento formada por cuatro miembros, dos personas designadas por la AVI, siendo una de ellas la persona que ocupe su Secretaría General, que asumirá la presidencia de la Comisión, sin perjuicio de su delegación, o en plantear todas su caso suplencia, y quien además nombrará a la otra persona en representación de la AVI y, por otra parte, dos personas designadas por la Fundación PCA. La secretaría será ejercida por uno de los representantes de la Fundación PCA. Por invitación de la presidencia, la comisión podrá estar asistida por personas expertas, con voz, pero sin voto, que tengan un perfil profesional o competencia técnica acorde con la materia objeto de la ayuda, a propuesta de las cuestiones y problemas no resueltos o no previstos específicamente en el presente Conveniopartes. Son funciones de la comisión las siguientes: -Supervisar la ejecución del convenio, así como todas adoptar las cuestiones relativas a decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actividades convenidas, incluyendo al efecto la solución, en primera instancia, de las controversias de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio suscrito. -Informar a las partes de los retrasos e incidencias que se puedan presentar durante la ejecución del mismo, a una Comisión de Seguimiento compuesta de seis miembros, dos elegidos por la Consejería ……………, dos elegidos por la Federación …….. y dos elegidos por Ecoembes, eventualmente asistidos por sus consejeros técnicos, contables o jurídicosconvenio. La finalidad En el ejercicio de la Comisión será alcanzar soluciones de consenso a las cuestiones que puedan surgir y, potestad genérica contemplada en su caso, consensuar posibles adaptaciones y modificaciones del presente Convenio. Dicha Comisión servirá igualmente de cauce de participación la primera de las Entidades locales para el planteamiento funciones relacionadas, le corresponderá a esta Comisión, entre otras que asimismo pudiera adoptar: - Proponer variaciones presupuestarias entre las distintas actuaciones del proyecto, según se establece en la cláusula décima. - Acordar los comunicados y notas de cuantas cuestiones suscite su aplicación. La Comisión de Seguimiento quedará inmediatamente constituida tras la firma del presente Convenio, debiendo comunicar prensa a emitir conjuntamente o por cada una de las partes a las otras partes. Para el cumplimiento de sus representantes funciones, la comisión se reunirá cuatrimestralmente, y al menos una vez, en el plazo de dos semanas desde la firma. La presidencia de la Comisión recaerá en un representante de la Comunidad Autónoma sesión ordinaria y la secretaría en un representante de Ecoembes. En el caso de que se produzca una incidencia grave en el desarrollo del Convenio, cualquiera cuantas veces lo solicite alguna de las partes podrá convocar una reunión extraordinaria en sesión extraordinaria. Se considera constituida la comisión cuando estén representadas todas las partes y urgente estén presentes las personas que asuman la presidencia y la secretaría. El órgano de la Comisión, debiendo responder la parte convocada en un plazo máximo de 15 días. La reunión deberá celebrarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción AVI al que se destinarán las actas de la convocatoriacomisión de seguimiento será la Subdirección General de Programas de Innovación. Si Respecto al régimen de funcionamiento de la parte convocada no responde comisión de seguimiento se estará lo dispuesto en dicho plazo o silos artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, celebrada de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. A efectos de la reunión extraordinaria adopción de acuerdos, la presidencia dirimirá con su voto en caso de empates. En la designación de las partes no llegan a un acuerdo sobre la cuestión planteadapersonas representantes de esta comisión, se podrá pactar procurará por ambas partes la intervención dirimente presencia equilibrada de hombres y mujeres. En ningún caso la pertenencia a esta comisión deberá interpretarse como una creación de vínculo laboral o empresarial alguno entre las partes. De forma expresa se hace constar que las funciones de este órgano de seguimiento no pueden suponer un tercero, cuya resolución será aceptada por detrimento o minoración de las partes después de emitida y tendrá los efectos señalados en prerrogativas que atribuye la Ley 60/200338/2003, de Arbitraje. Las Entidades locales o17 de noviembre, en su caso, General de Subvenciones a la Comunidad Autónoma, dispondrán AVI como ente concedente de plazo hasta el …………, para la presentación de facturas derivadas de servicios y otras actuaciones devengadas hasta el …………….., transcurrido el cual los compromisos económicos de Ecoembes anteriores a esa fecha se entenderán extinguidossubvención.

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Samples: innoavi.es

Comisión de Seguimiento. Las partes convienen en plantear todas las cuestiones y problemas no resueltos o no previstos específicamente en el presente Convenio, así como todas las cuestiones relativas a la interpretación y ejecución del mismo, a crear una Comisión comisión de Seguimiento seguimiento compuesta de seis por cuatro miembros, dos elegidos por la Consejería ……………, dos elegidos por la Federación …….. y dos elegidos por Ecoembescada parte, eventualmente asistidos por sus consejeros técnicos, contables o jurídicos. Presidirá la comisión uno de los representantes del Ayuntamiento de Madrid a designación de éste, y la secretaría en un representante de Ecoembes. La finalidad de la Comisión comisión será alcanzar soluciones de consenso a las cuestiones que puedan surgir y, en su caso, consensuar posibles adaptaciones y propuestas de modificaciones del presente Convenioconvenio. Dicha Comisión servirá igualmente De cada reunión se levantará la correspondiente acta que será aprobada en el plazo máximo de cauce 30 días por remisión del mismo a los participantes que de participación no manifestar por escrito su desacuerdo con lo recogido en él en el plazo de las Entidades locales para el planteamiento quince días naturales desde la fecha de cuantas cuestiones suscite recepción asumirán su aplicacióncontenido, de no producirse propuesta de puntualizaciones o correcciones al mismo por ninguno de los asistentes en ese plazo se entenderá aprobado y se dará curso a la ejecución de los acuerdos adoptados. La Comisión comisión de Seguimiento seguimiento quedará inmediatamente constituida tras la firma del presente Convenioconvenio, debiendo comunicar cada una de las partes a las otras sus representantes en el plazo de dos semanas desde la firma. Entre otros temas, la comisión de seguimiento estará habilitada para: - Evaluar los resultados de las actuaciones objeto del presente convenio. - Interpretar cualquier aspecto del presente convenio que así lo requiera. - Proponer y elevar a la firma de los firmantes del convenio acuerdos sobre: ▪ La implantación de dispositivos de seguimiento para la mejora continua de las actuaciones objeto del presente convenio, así como la adaptación o ajuste de los procedimientos del Anexo III que las partes consideren necesario. ▪ La prórroga, por razones debidamente justificadas, del plazo de prescripción para la presentación de facturas previsto en el Anexo II. ▪ La incorporación al presente convenio de sistemas de recogida selectiva no previstos en él que puedan garantizar mediante los informes técnicos oportunos su viabilidad de cara a contribuir a la consecución de los objetivos previstos en la Ley de envases en un marco de eficiencia social, económica y medioambiental. En caso en que los pagos asociada a los costes soportados por la prestación de este nuevo servicio no esté recogida en el presente convenio, las partes, mediante los estudios oportunos, la podrán incorporar mediante una adenda al mismo. ▪ La aprobación expresa del plan anual de comunicación y sensibilización, acordando los mensajes y el plan de medios previsto y las actuaciones concretadas a desarrollar, así como determinar las campañas u otras acciones de comunicación y sensibilización, de las recogidas en el plan anual de comunicación. ▪ La puesta en marcha de proyectos de investigación y desarrollo. - Informar para su aplicación las revisiones de precios establecidas en los distintos apartados del convenio para cada uno de los años de vigencia del mismo. - Determinar anualmente, en base a la información publicada por la Dirección General de Estadística del Ayuntamiento de Madrid, la población generadora incorporada prevista en el Anexo I para cada año. - En general, proponer a los firmantes del convenio la adopción de cuantos acuerdos y medidas sean necesarios para solventar los asuntos que, en el ámbito de actuación del presente convenio y en desarrollo del mismo, puedan surgir durante su vigencia. La comisión de seguimiento se reunirá, al menos dos veces al año, previa convocatoria, efectuada por la presidencia a iniciativa propia o de cualquiera de las partes. A tal efecto, deberá remitirse por escrito, con una antelación mínima de cinco días hábiles, la fecha, hora y lugar de la Comisión recaerá en un representante convocatoria, así como el Orden del Día de la Comunidad Autónoma y misma, junto con la secretaría documentación necesaria para conocer los asuntos incluidos en un representante el orden del día. Corresponde a la presidencia confeccionar el orden del día de Ecoembesla reunión, para lo cual, se podrán remitir, por escrito, las sugerencias, con una antelación mínima de 15 días. En el caso de que se produzca una incidencia grave en el desarrollo del Convenioconvenio, cualquiera de las partes podrá convocar una reunión extraordinaria y urgente de la Comisióncomisión, debiendo responder la parte convocada en un plazo máximo de 15 días. La reunión deberá celebrarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la convocatoria. Si la parte convocada no responde en dicho plazo o si, celebrada la reunión extraordinaria Las discrepancias que pudieran surgir entre las partes en relación con la interpretación y cumplimiento del convenio que no llegan a un sean resueltas en el seno de la comisión se resolverán de acuerdo sobre con lo dispuesto en el artículo 21 del convenio. En todo lo no previsto, el funcionamiento de la cuestión planteada, comisión se podrá pactar la intervención dirimente regulará por lo establecido en el artículo 15 y siguientes de un tercero, cuya resolución será aceptada por las partes después de emitida y tendrá los efectos señalados en la Ley 60/200340/2015, de Arbitraje. Las Entidades locales o1 de octubre, en su caso, la Comunidad Autónoma, dispondrán de plazo hasta el …………, para la presentación de facturas derivadas de servicios y otras actuaciones devengadas hasta el …………….., transcurrido el cual los compromisos económicos de Ecoembes anteriores a esa fecha se entenderán extinguidos.Régimen Jurídico del Sector Público

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Samples: Convenio Entre

Comisión de Seguimiento. Las cve: BOE-A-2017-10479 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El presente Convenio obliga a las partes convienen firmantes a prestarse la adecuada colaboración, en plantear todas las cuestiones y problemas no resueltos o no previstos específicamente en el presente aras al mejor logro de los fines perseguidos. A tal efecto, tras la firma del Convenio, así como todas las cuestiones relativas a la interpretación y ejecución del mismo, a se establecerá una Comisión de Seguimiento compuesta integrada por tres representantes nombrados por el Director General de seis miembroslos Registros y del Notariado, dos elegidos uno de los cuales actuará de Presidente, y otros tres representantes nombrados por la Consejería ……………, dos elegidos por la Federación …….. y dos elegidos por Ecoembes, eventualmente asistidos por sus consejeros técnicos, contables o jurídicos. La finalidad de la Comisión será alcanzar soluciones de consenso a las cuestiones que puedan surgir y, en su caso, consensuar posibles adaptaciones y modificaciones el Presidente del presente Convenio. Dicha Comisión servirá igualmente de cauce de participación de las Entidades locales para el planteamiento de cuantas cuestiones suscite su aplicaciónConsejo. La Comisión de Seguimiento quedará inmediatamente constituida tras la firma del presente Convenio, debiendo comunicar cada una velará por el cumplimiento de las partes obligaciones de ambas partes, adoptará cuantas medidas y especificaciones técnicas sean precisas y resolverá las cuestiones que puedan plantearse sobre la interpretación y cumplimiento del convenio. Cuando se considere necesario y, en calidad de asesores, con derecho sólo a las otras sus voz, podrán incorporarse otros funcionarios públicos o representantes en el plazo de dos semanas desde la firmaAdministración u otros miembros representantes del Consejo. La presidencia Comisión de la Comisión recaerá Seguimiento deberá constituirse formalmente en un representante de la Comunidad Autónoma y la secretaría en un representante de Ecoembes. En el caso de que se produzca una incidencia grave en el desarrollo del Convenio, cualquiera de las partes podrá convocar una reunión extraordinaria y urgente de la Comisión, debiendo responder la parte convocada en un plazo máximo de 15 días. La reunión deberá celebrarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha formalización del presente Convenio. La Comisión de recepción Seguimiento se reunirá ordinariamente una vez al año, a fin de verificar y comprobar el resultado de las obligaciones contraídas, examinar los resultados e incidencias que surjan de la convocatoriacolaboración realizada y establecer las directrices e instrucciones que considere oportunas. Si Celebrará asimismo cuantas sesiones extraordinarias sean necesarias para el cumplimiento de sus fines, previa convocatoria al efecto de su Presidente, por propia iniciativa o teniendo en cuenta las peticiones de los demás miembros. Su funcionamiento, en lo no previsto en este Acuerdo, se regirá por lo dispuesto sobre órganos colegiados en la parte convocada no responde en dicho plazo o sisección 3.ª, celebrada del capítulo II, del Título Preliminar de la reunión extraordinaria Ley 40/2015, de 1 de octubre. Esta Comisión de Seguimiento se encargará de: Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del presente Convenio. Seguir la evolución de las tecnologías, técnicas y métodos de aplicación a la ejecución del Convenio, proponiendo a las partes la modificación de las actuaciones a realizar, siempre que no llegan suponga alteración del objeto del mismo. Proponer la ampliación del ámbito de aplicación del convenio a un acuerdo sobre la cuestión planteada, se podrá pactar la intervención dirimente de un tercero, cuya resolución será aceptada por las partes después de emitida y tendrá los efectos señalados en la Ley 60/2003, de Arbitraje. Las Entidades locales o, en su caso, la Comunidad Autónoma, dispondrán de plazo hasta el …………, para la presentación de facturas derivadas de servicios y otras actuaciones devengadas hasta el …………….., transcurrido el cual los compromisos económicos de Ecoembes anteriores a esa fecha se entenderán extinguidosotros procedimientos.

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Samples: www.boe.es

Comisión de Seguimiento. Las partes convienen En el marco del objeto del presente convenio, se constituirá una comisión de seguimiento formada por cuatro miembros, dos personas designadas por la AVI, siendo una de ellas la persona que ocupe su secretaría general, que asumirá la presidencia de la Comisión, sin perjuicio de su delegación, y quien además nombrará a la otra persona en plantear todas representación de la AVI y, por otra parte, dos personas designadas por la Fundación. Son funciones de la comisión las cuestiones y problemas no resueltos o no previstos específicamente en el presente Conveniosiguientes: -Supervisar la ejecución del convenio, así como todas adoptar las cuestiones relativas a decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actividades convenidas, incluyendo al efecto la solución, en primera instancia, de las controversias de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio suscrito. -Informar a las partes de los retrasos e incidencias que se puedan presentar durante la ejecución del mismoconvenio. - Proponer variaciones presupuestarias entre las distintas actuaciones del proyecto, según se establece en la cláusula novena. - Acordar los comunicados y notas de prensa a una Comisión de Seguimiento compuesta de seis miembros, dos elegidos emitir conjuntamente o por la Consejería ……………, dos elegidos por la Federación …….. y dos elegidos por Ecoembes, eventualmente asistidos por sus consejeros técnicos, contables o jurídicos. La finalidad de la Comisión será alcanzar soluciones de consenso a las cuestiones que puedan surgir y, en su caso, consensuar posibles adaptaciones y modificaciones del presente Convenio. Dicha Comisión servirá igualmente de cauce de participación de las Entidades locales para el planteamiento de cuantas cuestiones suscite su aplicación. La Comisión de Seguimiento quedará inmediatamente constituida tras la firma del presente Convenio, debiendo comunicar cada una de las partes a las otras sus representantes en el plazo de dos semanas desde la firmapartes. La presidencia de la Comisión recaerá en un representante comisión corresponde a la AVI a través de su secretaria general, sin perjuicio de su delegación. La secretaría será ejercida por uno de los representantes de la Comunidad Autónoma Fundación por invitación de la presidencia, la comisión podrá estar asistida por personas expertas, con voz, pero sin voto, que tengan un perfil profesional o competencia técnica acorde con la materia objeto de la ayuda, a propuesta de las partes. Para el cumplimiento de sus funciones, la comisión se reunirá mensualmente en sesión ordinaria y la secretaría en un representante de Ecoembes. En el caso de que se produzca una incidencia grave en el desarrollo del Convenio, cualquiera cuantas veces lo solicite alguna de las partes podrá convocar una reunión extraordinaria en sesión extraordinaria. Se considera constituida la comisión cuando estén representadas todas las partes y urgente estén presentes las personas que asuman la presidencia y la secretaría. El órgano de la Comisión, debiendo responder la parte convocada en un plazo máximo de 15 días. La reunión deberá celebrarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción AVI al que se destinarán las actas de la convocatoriacomisión de seguimiento será la Subdirección General de Programas de Innovación. Si Respecto al régimen de funcionamiento de la parte convocada no responde comisión de seguimiento se estará lo dispuesto en dicho plazo o si, celebrada la reunión extraordinaria las partes no llegan a un acuerdo sobre la cuestión planteada, se podrá pactar la intervención dirimente los artículos 15 y siguientes de un tercero, cuya resolución será aceptada por las partes después de emitida y tendrá los efectos señalados en la Ley 60/200340/2015, de Arbitraje1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Las Entidades locales o, en su casoA efectos de la adopción de acuerdos, la Comunidad Autónoma, dispondrán presidencia dirimirá con su voto en caso de plazo hasta el …………, para la presentación de facturas derivadas de servicios y otras actuaciones devengadas hasta el …………….., transcurrido el cual los compromisos económicos de Ecoembes anteriores a esa fecha se entenderán extinguidosempates.

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Samples: innoavi.es

Comisión de Seguimiento. Las partes convienen en plantear todas las cuestiones Para el desarrollo y problemas no resueltos o no previstos específicamente en el presente Convenio, así como todas las cuestiones relativas a la interpretación y ejecución del mismo, a seguimiento de este Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento compuesta por: – Por parte del Ministerio de seis miembros, dos elegidos por Sanidad: ● Subdirectora General de Servicios Digitales de Salud. ● Subdirectora General de Información Sanitaria. – Por parte de la Consejería ……………, dos elegidos por entidad Instituto Biosistemak: ● Coordinadora Científica. ● Coordinadora R+D. Presidirá la Federación …….. y dos elegidos por Ecoembes, eventualmente asistidos por sus consejeros técnicos, contables o jurídicosComisión de Seguimiento la persona titular de la Subdirección General de Servicios Digitales de Salud. La finalidad Las funciones de la Comisión será alcanzar soluciones de consenso Seguimiento son las siguientes: – Interpretación y control del desarrollo y ejecución del Convenio. Las partes podrán acordar en el seno de la Comisión de Seguimiento algunos detalles relativos a las cuestiones la ejecución del contenido del Convenio, siempre que puedan surgir no modifique el contenido del Convenio. – Supervisar el cumplimiento del programa de trabajo de la JA-09, del «Grant Agreement» y del «Consortium Agreement» y, en su casoparticular, consensuar posibles adaptaciones las tareas encomendadas al Instituto Biosistemak en la ejecución del proyecto. – Ser receptora de las notificaciones establecidas en la cláusula tercera, apartado 3.2.d. Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y modificaciones otras comunicaciones que hayan de efectuarse por las Partes, se efectuarán por correo electrónico a la dirección facilitada por cada una. Ambas partes se comprometen a resolver por acuerdo mutuo, en el seno de la Comisión de Seguimiento, cuantas discrepancias resulten de la interpretación y cumplimiento del presente Convenio. Dicha Las cuestiones litigiosas que surjan entre las partes durante el desarrollo y ejecución del presente Convenio y no puedan ser resueltas por la Comisión servirá igualmente de cauce Seguimiento se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de participación 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Respecto de las Entidades locales para posibles repercusiones de responsabilidad financiera, se estará a lo establecido en la normativa reguladora de la JA-09, la Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx y el planteamiento Real Decreto 515/2013, de cuantas cuestiones suscite su aplicación5 de julio que la desarrolla. La Comisión de Seguimiento quedará inmediatamente constituida tras la firma del presente Conveniose reunirá, debiendo comunicar cada al menos, una vez al año y cuando se estime necesario a instancia de las partes a las otras sus representantes en el plazo de dos semanas desde la firma. La presidencia de la Comisión recaerá en un representante de la Comunidad Autónoma y la secretaría en un representante de Ecoembes. En el caso de que se produzca una incidencia grave en el desarrollo del Convenio, cualquiera de las partes podrá convocar una reunión extraordinaria partes. Podrá actuar bien mediante reuniones presenciales, o por los medios telemáticos y/o electrónicos oportunos y urgente cuando se estime necesario a instancia de cualquiera de las partes, levantándose acta en todo caso. cve: BOE-A-2023-23293 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Sus normas de funcionamiento se regirán por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la sección 3.ª, del capítulo II, del título preliminar de la Comisión, debiendo responder la parte convocada en un plazo máximo de 15 días. La reunión deberá celebrarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la convocatoria. Si la parte convocada no responde en dicho plazo o si, celebrada la reunión extraordinaria las partes no llegan a un acuerdo sobre la cuestión planteada, se podrá pactar la intervención dirimente de un tercero, cuya resolución será aceptada por las partes después de emitida y tendrá los efectos señalados en la Ley 60/200340/2015, de Arbitraje. Las Entidades locales o1 de octubre, en su caso, la Comunidad Autónoma, dispondrán de plazo hasta el …………, para la presentación de facturas derivadas de servicios y otras actuaciones devengadas hasta el …………….., transcurrido el cual los compromisos económicos de Ecoembes anteriores a esa fecha se entenderán extinguidosRégimen Jurídico del Sector Público.

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Comisión de Seguimiento. Las partes convienen en plantear todas las cuestiones y problemas no resueltos o no previstos específicamente en el presente Convenio, así como todas las cuestiones relativas a firmantes acuerdan la interpretación y ejecución del mismo, a constitución de una Comisión de Seguimiento compuesta Seguimiento, que con carácter general se reunirá cada 6 meses y tendrá de seis miembroscarácter paritario, dos elegidos por para la Consejería ……………interpretación, dos elegidos por aplicación, conocimiento, desarrollo y seguimiento de lo pactado durante la Federación …….. y dos elegidos por Ecoembes, eventualmente asistidos por sus consejeros técnicos, contables o jurídicosvigencia del presente Acuerdo general. La finalidad de la Esta Comisión será alcanzar soluciones única para todo Ercros y el conjunto de consenso a las cuestiones que puedan surgir y, trabajadores incluidos en su caso, consensuar posibles adaptaciones y modificaciones el ámbito de aplicación establecido en el Título II del presente Convenio. Dicha Comisión servirá igualmente de cauce de participación de las Entidades locales para el planteamiento de cuantas cuestiones suscite su aplicaciónAcuerdo. La Comisión de Seguimiento quedará inmediatamente constituida tras estará integrada por cinco (5) miembros de los Sindicatos firmantes del presente Acuerdo que serán designados proporcionalmente en función de su representación y por cinco (5) miembros en representación de la Dirección de ERCROS designados por la misma. También formarán parte de esta Comisión, con voz pero sin voto, los representantes de las Federaciones Estatales de los Sindicatos firmantes del Acuerdo y los Delegados Sindicales Estatales. pertenecerán a la Comisión de Seguimiento. Los miembros de la Comisión de Seguimiento o de cualquiera de las Comisiones que puedan crearse, estarán sujetos a las reglas y compromisos del sigilo profesional. En la primera reunión de la Comisión de Seguimiento, que tendrá lugar dentro de los treinta días siguientes a la firma del Acuerdo, se establecerán sus normas de funcionamiento y competencias específicas, entre las que estarán: Interpretar el contenido y velar por el cumplimiento del presente ConvenioAcuerdo general, debiendo comunicar cada una de conformidad con la legislación vigente y los principios de la buena fe. Recibir información económica establecida por la legislación vigente, relativa a Ercros. Conocer la evolución del contenido del plan general financiero de Ercros. Recibir información sobres las ventas, fusiones y arrendamientos de centros de trabajo. Recibir información detallada de las circunstancias económicas, productivas, organizativas y xx xxxxxxx y en todo caso de aquellas que puedan requerir reducciones temporales de empleo o futuros planes de incentivación de bajas voluntarias ahora no previstas, así como posibles modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, sin perjuicio de las competencias que a este respecto tienen los Comités de Empresa o Delegados de Personal de los Centros de trabajo. Acordar el acudir a la Administración para plantear conjuntamente determinados temas, reservándose las partes su derecho a acudir por separado cuando lo crean oportuno. Recibir información y realizar propuestas concretas en todo lo relacionado con el empleo y la subcontratación laboral. La Comisión de Seguimiento creará una Comisión de estudio para la aplicación de la clasificación laboral y armonización de conceptos y tablas salariales, contemplando la situación de cada Pacto de centro o Convenio Colectivo a que hace referencia la Disposición Final Primera del presente Acuerdo. La Dirección entregará a la Comisión de Seguimiento, al finalizar el año, detalle de la situación de las otras sus plantillas de su personal, señalando el número de trabajadores por centro de trabajo, con indicación por categorías profesionales y unidades orgánicas, así como las modalidades contractuales que se apliquen. cve: BOE-A-2022-17792 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Asimismo, en el seno de esta Comisión, se analizarán y examinarán la evolución de las plantillas en el año anterior, las previsiones para el año siguiente, así como la utilización de las diversas modalidades de contratación. Todo ello sin perjuicio de los derechos reconocidos, legalmente o por Acuerdos, a los Comités de Empresa o Delegados de Personal de los Centros de trabajo. Los representantes en el plazo de dos semanas desde la firma. La presidencia de la Comisión recaerá en un representante de la Comunidad Autónoma y la secretaría en un representante de Ecoembes. En el caso de Seguimiento del Acuerdo Sindical, analizarán cualquier discrepancia que se produzca una incidencia grave pueda producir en el desarrollo del Convenioaplicación de este Acuerdo y en cualquier caso este paso será previo y obligatorio a la vía administrativa y/o judicial. Esta Comisión de Seguimiento, cualquiera por acuerdo entre las partes, podrá ejercer funciones de las partes podrá convocar una reunión extraordinaria mediación y urgente arbitraje respecto de la Comisión, debiendo responder la parte convocada en un plazo máximo de 15 días. La reunión deberá celebrarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la convocatoria. Si la parte convocada no responde en dicho plazo o si, celebrada la reunión extraordinaria las partes no llegan a un acuerdo sobre la cuestión planteada, aquellos temas que se podrá pactar la intervención dirimente de un tercero, cuya resolución será aceptada por las partes después de emitida y tendrá los efectos señalados en la Ley 60/2003, de Arbitraje. Las Entidades locales o, en su caso, la Comunidad Autónoma, dispondrán de plazo hasta el …………, para la presentación de facturas derivadas de servicios y otras actuaciones devengadas hasta el …………….., transcurrido el cual los compromisos económicos de Ecoembes anteriores a esa fecha se entenderán extinguidospropongan.

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Comisión de Seguimiento. Las partes convienen En el marco del objeto del presente convenio, se constituirá una comisión de seguimiento formada por cuatro miembros, dos personas designadas por la AVI, siendo una de ellas la persona que ocupe su Secretaría General, que asumirá la presidencia de la Comisión, sin perjuicio de su delegación, o en plantear todas su caso suplencia, y quien además nombrará a la otra persona en representación de la AVI y, por otra parte, dos personas designadas por la Fundación UMH. La secretaría será ejercida por uno de los representantes de la Fundación UMH. Por invitación de la presidencia, la comisión podrá estar asistida por personas expertas, con voz, pero sin voto, que tengan un perfil profesional o competencia técnica acorde con la materia objeto de la ayuda, a propuesta de las cuestiones y problemas no resueltos o no previstos específicamente en el presente Conveniopartes. Son funciones de la comisión las siguientes: -Supervisar la ejecución del convenio, así como todas adoptar las cuestiones relativas a decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actividades convenidas, incluyendo al efecto la solución, en primera instancia, de las controversias de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio suscrito. -Informar a las partes de los retrasos e incidencias que se puedan presentar durante la ejecución del mismo, a una Comisión de Seguimiento compuesta de seis miembros, dos elegidos por la Consejería ……………, dos elegidos por la Federación …….. y dos elegidos por Ecoembes, eventualmente asistidos por sus consejeros técnicos, contables o jurídicosconvenio. La finalidad En el ejercicio de la Comisión será alcanzar soluciones de consenso a las cuestiones que puedan surgir y, potestad genérica contemplada en su caso, consensuar posibles adaptaciones y modificaciones del presente Convenio. Dicha Comisión servirá igualmente de cauce de participación la primera de las Entidades locales para el planteamiento funciones relacionadas, le corresponderá a esta Comisión, entre otras que asimismo pudiera adoptar: - Proponer variaciones presupuestarias entre las distintas actuaciones del proyecto, según se establece en la cláusula décima. - Acordar los comunicados y notas de cuantas cuestiones suscite su aplicación. La Comisión de Seguimiento quedará inmediatamente constituida tras la firma del presente Convenio, debiendo comunicar prensa a emitir conjuntamente o por cada una de las partes a las otras partes. Para el cumplimiento de sus representantes funciones, la comisión se reunirá cuatrimestralmente, y al menos una vez, en el plazo de dos semanas desde la firma. La presidencia de la Comisión recaerá en un representante de la Comunidad Autónoma sesión ordinaria y la secretaría en un representante de Ecoembes. En el caso de que se produzca una incidencia grave en el desarrollo del Convenio, cualquiera cuantas veces lo solicite alguna de las partes podrá convocar una reunión extraordinaria en sesión extraordinaria. Se considera constituida la comisión cuando estén representadas todas las partes y urgente estén presentes las personas que asuman la presidencia y la secretaría. El órgano de la Comisión, debiendo responder la parte convocada en un plazo máximo de 15 días. La reunión deberá celebrarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción AVI al que se destinarán las actas de la convocatoriacomisión de seguimiento será la Subdirección General de Programas de Innovación. Si Respecto al régimen de funcionamiento de la parte convocada no responde comisión de seguimiento se estará lo dispuesto en dicho plazo o silos artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, celebrada de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. A efectos de la reunión extraordinaria adopción de acuerdos, la presidencia dirimirá con su voto en caso de empates. En la designación de las partes no llegan a un acuerdo sobre la cuestión planteadapersonas representantes de esta comisión, se podrá pactar procurará por ambas partes la intervención dirimente presencia equilibrada de hombres y mujeres. En ningún caso la pertenencia a esta comisión deberá interpretarse como una creación de vínculo laboral o empresarial alguno entre las partes. De forma expresa se hace constar que las funciones de este órgano de seguimiento no pueden suponer un tercero, cuya resolución será aceptada por detrimento o minoración de las partes después de emitida y tendrá los efectos señalados en prerrogativas que atribuye la Ley 60/200338/2003, de Arbitraje. Las Entidades locales o17 de noviembre, en su caso, General de Subvenciones a la Comunidad Autónoma, dispondrán AVI como ente concedente de plazo hasta el …………, para la presentación de facturas derivadas de servicios y otras actuaciones devengadas hasta el …………….., transcurrido el cual los compromisos económicos de Ecoembes anteriores a esa fecha se entenderán extinguidossubvención.

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