Common use of COMPENSACIÓN POR EL NO RECIBO DE GLP POR PARTE DEL COMPRADOR Clause in Contracts

COMPENSACIÓN POR EL NO RECIBO DE GLP POR PARTE DEL COMPRADOR. El VENDEDOR, una vez culmine cada Mes de Entregas, verificará si la cantidad de GLP recibida por el COMPRADOR en el Punto de Recibo del Transportador o Comercializador Mayorista durante dicho Mes de Entregas, se encuentra ajustada a la Cantidad Nominada y Aceptada. Si por causas imputables al COMPRADOR la cantidad de GLP recibida en el (los) Puntos de Entrega del Comercializador Mayorista, durante cada Mes de Entregas es inferior al noventa por ciento (90%) de la Cantidad Nominada y Aceptada, el VENDEDOR cobrará al COMPRADOR, durante el mes siguiente, el valor que resulte de multiplicar la Cantidad Deficiente por el precio unitario de suministro vigente el último día del respectivo Mes de Entregas. Con el reconocimiento de dicha suma la obligación de recibo frente al VENDEDOR se entenderá cumplida. En el caso que se presente el cobro de dicha suma, la misma será reconocida mediante nota débito que expedirá el VENDEDOR durante el mes siguiente al respectivo Mes de Entregas. No procederá el cobro antes mencionado cuando se presente cualquiera de las situaciones que no generan incumplimiento en las condiciones de recibo del Producto definidas en este Contrato.

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Samples: Contrato De Suministro De Gas Licuado De Petróleo (Glp), Gas Supply Agreement

COMPENSACIÓN POR EL NO RECIBO DE GLP POR PARTE DEL COMPRADOR. El VENDEDOR, una vez culmine cada Mes de Entregas, verificará si la cantidad de GLP recibida por el COMPRADOR en el Punto de Recibo del Transportador o Comercializador Mayorista durante dicho Mes de Entregas, se encuentra ajustada a la Cantidad Nominada y Aceptada. Si por causas imputables al COMPRADOR la cantidad de GLP recibida en el (los) Puntos de Entrega del Comercializador Mayorista, durante cada Mes de Entregas es inferior al noventa por ciento (90%) de la Cantidad Nominada y Aceptada, el VENDEDOR cobrará al COMPRADOR, durante el mes siguiente, el valor que resulte de multiplicar la Cantidad Deficiente por el precio unitario de suministro vigente el último día del respectivo Mes de Entregas. Con el reconocimiento de dicha suma la obligación de recibo frente al VENDEDOR se entenderá cumplida. En el caso que se presente el cobro de dicha suma, la misma será reconocida mediante nota débito que expedirá el VENDEDOR durante el mes siguiente al respectivo Mes de Entregas. No procederá el cobro antes mencionado cuando se presente cualquiera de las situaciones que no generan incumplimiento en las condiciones de recibo del Producto definidas en este Contrato. Parágrafo. Sin perjuicio del pago de la compensación, el incumplimiento en el recibo del Producto podrá dar lugar a la terminación del Contrato por parte del VENDEDOR.

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Samples: Contrato De Suministro De Gas Licuado De Petróleo GLP, Gas Supply Agreement

COMPENSACIÓN POR EL NO RECIBO DE GLP POR PARTE DEL COMPRADOR. El VENDEDOR, una vez culmine cada Mes de Entregas, verificará si la cantidad de GLP recibida por el COMPRADOR en el Punto de Recibo del Transportador o Comercializador Mayorista por el COMPRADOR, durante dicho Mes de Entregas, se encuentra ajustada a la Cantidad Nominada y Aceptada. Si por causas imputables al COMPRADOR la cantidad de GLP recibida en el (los) Puntos de Entrega del Comercializador Mayorista, durante cada Mes de Entregas es inferior al noventa por ciento (90%) de la Cantidad Nominada y Aceptada, el VENDEDOR cobrará al COMPRADOR, durante el mes siguiente, el valor que resulte de multiplicar la Cantidad Deficiente por el precio unitario de suministro vigente el último día del respectivo Mes de Entregas. Con el reconocimiento de dicha suma la obligación de recibo frente al VENDEDOR se entenderá cumplida. En el caso de que se presente el cobro de dicha suma, la misma será reconocida mediante nota débito que expedirá el VENDEDOR durante el mes siguiente al respectivo Mes de Entregas. No procederá el cobro antes mencionado cuando se presente cualquiera de las situaciones que no generan incumplimiento en las condiciones de recibo del Producto definidas en este Contrato. Parágrafo. Sin perjuicio del pago de la compensación, el incumplimiento en el recibo del Producto podrá dar lugar a la terminación del Contrato por parte del VENDEDOR.

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Samples: Gas Supply Agreement

COMPENSACIÓN POR EL NO RECIBO DE GLP POR PARTE DEL COMPRADOR. El VENDEDOR, una vez culmine cada Mes de Entregas, verificará si la cantidad de GLP recibida por el COMPRADOR en el Punto de Recibo del Transportador o Comercializador Mayorista durante dicho Mes de Entregas, se encuentra ajustada a la Cantidad Nominada y Aceptada. Si por causas imputables al COMPRADOR la cantidad de GLP recibida en el (los) Puntos de Entrega del Comercializador Mayorista, durante cada Mes de Entregas es inferior al noventa por ciento (90%) de la Cantidad Nominada y Aceptada, el VENDEDOR cobrará al COMPRADOR, durante el mes siguiente, el valor que resulte de multiplicar la Cantidad Deficiente por el precio unitario de suministro vigente el último día del respectivo Mes de Entregas. Con el reconocimiento de dicha suma la obligación de recibo frente al VENDEDOR se entenderá cumplida. En el caso que se presente el cobro de dicha suma, la misma será reconocida mediante nota débito que expedirá el VENDEDOR durante el mes siguiente al respectivo Mes de Entregas. No procederá el cobro antes mencionado cuando se presente cualquiera de las situaciones que no generan incumplimiento en las condiciones de recibo del Producto definidas en este Contrato.

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Samples: Contrato De Suministro De Gas Licuado De Petróleo (Glp)