Conceptos no salariales. Salvo que la legislación vigente en cada momento disponga en contrario, no tendrán la consideración xx xxxxxxx las cantidades percibidas y dispuestas en el Estatuto de los Trabajadores en concepto de indemnizaciones o suplidos por gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral, así como las prestaciones e indemnizaciones del sistema protector de la Seguridad Social y las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones, despidos, rescisiones de contrato y jubilaciones.
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Samples: Vi Convenio Colectivo General De Ámbito Estatal Para El Sector Del Estacionamiento Regulado en Superficie Y Retirada Y Depósito De Vehículos De La Vía Pública, V Convenio Colectivo General De Ámbito Estatal Para El Sector Del Estacionamiento Regulado en Superficie Y Retirada Y Depósito De Vehículos De La Vía Pública, Convenio Colectivo