CONDICIONES ECONÓMICAS. a) Los precios del suministro de gas natural y/o electricidad contratado son los que se establecen en las Condiciones Económicas del Contrato. Cualquier variación que se produzca en las Tarifas de Acceso vigentes o en los demás conceptos, tasas o impuestos, actividades y valores regulados que pudieran aprobarse por la Administración para el periodo de vigencia del presente Contrato y que se devenguen como consecuencia del suministro, podrán ser trasladados automáticamente a los precios del suministro establecidos en la medida que les resulten de aplicación, sin que ello tenga la consideración de modificación de las condiciones contractuales (FNSEE, entre otros). Asimismo, para el suministro de electricidad Naturgy repercutirá al Cliente las modificaciones de precio que se produzcan por las diferencias entre las pérdidas medidas en transporte y distribución y las pérdidas estándares asignadas según marque la normativa vigente. En caso de supresión de cualquiera de las tarifas de referencia, Naturgy comunicará al Cliente la nueva fórmula de precios a aplicar con una antelación de dos meses a su entrada en vigor. No obstante, si la supresión de las tarifas de referencia hubiera sido publicada con una antelación inferior a dos meses a la fecha efectiva de su supresión, Naturgy comunicará al Cliente la nueva fórmula de precios a aplicar con una antelación mínima de un mes a su entrada en vigor. Hasta que sea aplicable la nueva fórmula de precios comunicada, Naturgy podrá seguir aplicando el precio vigente hasta la supresión de la tarifa de referencia. El Cliente podrá optar por resolver el Contrato en cualquier momento antes de la entrada en vigor de la nueva fórmula de precio aplicable. Los precios del suministro de gas y/o electricidad incorporarán los impuestos que correspondan (IVA/IGIC, el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) y/o el Impuesto Especial sobre los Hidrocarburos (IEH)). Adicionalmente, en el suministro de electricidad se facturarán los excesos de energía reactiva y potencia. Cuando la potencia máxima técnicamente admisible reconocida por la Compañía Distribuidora sea inferior a la potencia contratada contemplada en el presente Contrato, hasta que no se regularice la situación, a efectos contractuales se considerará como potencia contratada dicha potencia máxima técnicamente admisible.
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Samples: Condiciones Generales Del Contrato
CONDICIONES ECONÓMICAS. a) Los precios del suministro La consulta de gas natural y/la Plataforma y la búsqueda de una o electricidad contratado son los que se establecen en las Condiciones Económicas del Contrato. Cualquier variación que se produzca en las Tarifas varias ofertas de Acceso vigentes o en los demás conceptos, tasas o impuestos, actividades y valores regulados que pudieran aprobarse alquiler de vehículos por la Administración para el periodo parte de vigencia del presente Contrato y que se devenguen como consecuencia del suministro, podrán ser trasladados automáticamente a los precios del suministro establecidos en la medida que les resulten de aplicación, sin que ello tenga la consideración de modificación de las condiciones contractuales (FNSEE, entre otros). Asimismo, para el suministro de electricidad Naturgy repercutirá al Cliente las modificaciones de precio que se produzcan por las diferencias entre las pérdidas medidas en transporte y distribución y las pérdidas estándares asignadas según marque la normativa vigente. En caso de supresión de cualquiera de las tarifas de referencia, Naturgy comunicará al Cliente la nueva fórmula de precios a aplicar con una antelación de dos meses a su entrada en vigorun usuario es totalmente gratuita. No obstante, si al reservar una oferta de alquiler en las condiciones del artículo 4.2, el usuario deberá realizar una pre-autorización de pago, mediante su tarjeta bancaria, correspondiente al importe del depósito de garantía o a un importe destinado a garantizar la supresión reserva efectuada (que es el caso cuando existen las condiciones de alquiler del usuario). En este último caso, el pago de la fianza deberá realizarse directamente al usuario el día de la entrega del vehículo a la salida. Este precio se descompone de la siguiente manera: - Están incluidos en el precio del alquiler: o El uso del vehículo en estricto cumplimiento de las tarifas condiciones detalladas en la oferta de referencia hubiera sido publicada alquiler (kilometraje, fechas y horarios, etc.), las presentes CGU y las condiciones de alquiler del cliente cuando existan o El seguro contratado por DriiveMe con una antelación inferior Allianz o el Usuario, en su caso, de acuerdo con los artículos 3.5 y 3.6 - Quedan excluidos del precio del alquiler: o Los gastos de peaje y de carburante, que corren a dos cargo del Usuario o Las opciones adicionales ofrecidas en el momento de la reserva (reducción de la franquicia, conductor adicional, código promocional, etc.) o Las penalizaciones que puedan deberse en caso de incumplimiento de las condiciones mencionadas o La indemnización de los daños sufridos por Driiveme o por el Usuario en el marco del alquiler que no estén cubiertos por el seguro, en particular en lo que respecta a las franquicias o a los límites contractuales. Mediante la aceptación de las presentes Condiciones Generales, el cliente autoriza expresamente a DriiveMe a utilizar, con total discreción, todas las sumas previamente autorizadas a ser cargadas como parte de la reserva de la oferta de alquiler, para recuperar todas las sumas que puedan ser debidas a DriiveMe o al usuario en virtud de estas Condiciones Generales, o de las condiciones de alquiler del cliente cuando existan, hasta un máximo de seis (6) meses después de la entrega del vehículo a la fecha efectiva de su supresión, Naturgy comunicará al Cliente la nueva fórmula de precios llegada. Los pagos deben realizarse a aplicar con una antelación mínima de un mes más tardar a su entrada en vigor. Hasta que sea aplicable la nueva fórmula de precios comunicada, Naturgy podrá seguir aplicando el precio vigente hasta la supresión los treinta (30) días de la tarifa fecha de referencia. El Cliente podrá optar por resolver el Contrato en cualquier momento antes emisión de la entrada factura. Todo retraso en vigor el pago por cualquier motivo conllevará automáticamente (es decir, sin previo aviso) la aplicación de intereses de demora calculados sobre la base del tipo de interés vigente aplicado por el Banco Central Europeo en su última operación de refinanciación más 10 puntos porcentuales desde la fecha de vencimiento contractual, hasta el día de la nueva fórmula recepción del pago íntegro, así como la aplicación de precio aplicable. Los precios del suministro una indemnización fija de gas y/o electricidad incorporarán 40 euros por factura impagada en concepto de gastos de cobro y la compensación de los impuestos gastos de cobro que correspondan (IVA/IGIC, el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) y/o el Impuesto Especial sobre los Hidrocarburos (IEH)). Adicionalmente, en el suministro de electricidad se facturarán los excesos de energía reactiva y potencia. Cuando la potencia máxima técnicamente admisible reconocida por la Compañía Distribuidora sea inferior puedan ser superiores a la potencia contratada contemplada en el presente Contrato, hasta que no se regularice la situación, a efectos contractuales se considerará como potencia contratada dicha potencia máxima técnicamente admisibleesta cantidad.
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Samples: Condiciones Generales De Uso De Driiveme Para Servicios De Alquiler
CONDICIONES ECONÓMICAS. a) Los precios del suministro de gas natural y/o electricidad contratado son El Cliente pagará a Futura como contraprestación por los servicios contratados el precio que se establecen establece en las Condiciones Económicas del ContratoParticulares. Cualquier variación que Los precios se produzca actualizarán de acuerdo con lo establecido en las Tarifas Condiciones Particulares. Los peajes de Acceso vigentes acceso, cánones, derechos de acometida, enganche, verificación, alquiler de equipos y otros valores regulados que, de acuerdo con la normativa aplicable, corresponda recibir a la Empresa Distribuidora, serán a cargo del Cliente. Futura realizará el pago de dichos valores regulados a la empresa distribuidora, y lo repercutirá al Cliente dentro del precio de suministro en una factura única. De igual forma, Futura repercutirá al Cliente cualquier importe reclamado por la Empresa Distribuidora debido a refacturaciones de consumos o que sea resultado de actas de inspección en relación con el punto de suministro del Cliente. Las variaciones de los peajes de acceso y cánones, incluidas aquellas variaciones debidas al cambio de grupo tarifario de acceso asignado por la Empresa Distribuidora al punto de suministro del Cliente, así como cualquier otro establecimiento, variación o modificación de los demás conceptos, tasas o impuestos, actividades y valores regulados que pudieran aprobarse por la Administración para el dentro del periodo de vigencia del presente Contrato y que se devenguen como consecuencia del suministro, podrán ser trasladados serán trasladadas automáticamente a los precios del suministro establecidos en la medida que les resulten de aplicaciónprecios, sin que ello tenga la consideración de modificación de las condiciones contractuales (FNSEEcontractuales. De igual forma será repercutido, entre otros). Asimismoen el sentido que proceda, para el suministro de electricidad Naturgy repercutirá al Cliente las modificaciones de precio cualquier tributo que se produzcan devengue como consecuencia del suministro. Los precios establecidos en las Condiciones Particulares no incluyen IVA. Los precios que figuran en las Condiciones Particulares podrán ser modificados por las diferencias entre las pérdidas medidas en transporte Futura Energía y distribución y las pérdidas estándares asignadas según marque Gas, SL durante la normativa vigente. En caso de supresión vigencia del contrato o de cualquiera de las tarifas sus prórrogas debiendo ser debidamente comunicados al Cliente, mediante escrito dirigido al mismo o nota en la factura habitual de referenciaconsumo anterior a la modificación, Naturgy comunicará al Cliente la nueva fórmula de precios a aplicar con una antelación de dos meses 30 días a su la entrada en vigor. No obstante, si la supresión el Cliente podrá resolver el contrato de las tarifas de referencia hubiera sido publicada suministro sin que se aplique penalización económica alguna, debiendo notificarlo a Futura Energía y Gas, SL, con una antelación inferior a dos meses a de 15 días. Transcurridos 15 días desde la fecha efectiva comunicación de la revisión del precio al cliente sin que éste haya manifestado su supresiónvoluntad de resolver el Contrato, Naturgy comunicará al Cliente se entenderá que el cliente acepta la nueva fórmula modificación de precios a aplicar las condiciones económicas. El cliente ha sido expresamente advertido de que, en caso de dar por resuelto o finalizado el presente contrato, debe formalizar un contrato con una antelación mínima nueva comercializadora, dado que Futura Energía y Gas, SL, siguiendo su petición, dejará de un mes a su entrada en vigor. Hasta que sea aplicable la nueva fórmula de precios comunicada, Naturgy podrá seguir aplicando comercializarle el precio vigente hasta la supresión de la tarifa de referencia. El Cliente podrá optar por resolver el Contrato en cualquier momento antes de la entrada en vigor de la nueva fórmula de precio aplicable. Los precios del suministro de gas y/o electricidad incorporarán los impuestos que correspondan (IVA/IGIC, el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) y/o el Impuesto Especial sobre los Hidrocarburos (IEH)). Adicionalmente, en el suministro de electricidad se facturarán los excesos de energía reactiva y potencia. Cuando la potencia máxima técnicamente admisible reconocida por la Compañía Distribuidora sea inferior a la potencia contratada contemplada en el presente Contrato, hasta que no se regularice la situación, a efectos contractuales se considerará como potencia contratada dicha potencia máxima técnicamente admisibleGas Natural.
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Samples: futuragas.com
CONDICIONES ECONÓMICAS. a) Los precios del suministro Cada solicitud de gas natural y/o electricidad contratado son los que se establecen compra Divisa devengará las comisiones y gastos aplicables al Servicio en las Condiciones Económicas del Contrato. Cualquier variación que se produzca en las Tarifas cada momento, además de Acceso vigentes cualquier otra tarifa aplicable por RIA directamente o en los demás conceptosnombre de cualquier autoridad competente española o comunitaria con efectos en territorio español (conjuntamente, tasas o impuestos, actividades y valores regulados que pudieran aprobarse la “Comisión”). La Comisión por la Administración prestación del Servicio se cobrará según la modalidad de recogida de Divisa escogida de acuerdo a la Cláusula CUARTA. Para recogidas en tienda RIA, el pago se efectuará en el momento de retirar la Divisa, bien en efectivo, y cuando esté disponible este otro método, mediante tarjeta de crédito o débito que usted identifique. Para entregas a domicilio, el pago se efectuará en el momento de completar una solicitud de compra Divisa y con anterioridad a la entrega, a través de tarjeta de crédito o débito o cualquier otro método de pago disponible. Sin perjuicio de lo anterior, antes de que Usted complete una solicitud de compra de Divisa, RIA le facilitará información exacta, desglosada y completa sobre las comisiones, gastos y tipo de cambio aplicables, así como sobre el plazo máximo para la recogida o entrega a domicilio, a través de comunicado a su correo electrónico facilitado y a través de la página RIA Web o la App. En ningún caso deberá Usted abonar el periodo importe de vigencia del presente Contrato y que se devenguen como consecuencia del suministro, podrán ser trasladados automáticamente una operación directamente a los precios del suministro establecidos Colaboradores de RIA o a la empresa de mensajería en caso de optar por la medida que les resulten de aplicación, sin que ello tenga la consideración de modificación de las condiciones contractuales (FNSEE, entre otros). Asimismo, para el suministro de electricidad Naturgy repercutirá al Cliente las modificaciones de precio que se produzcan por las diferencias entre las pérdidas medidas en transporte y distribución y las pérdidas estándares asignadas según marque la normativa vigenteentrega a domicilio. En caso de supresión recibir una petición de cualquiera este tipo, deberá ponerloinmediatamente en conocimiento de XXX. En cualquier caso, RIA no procederá a ejecutar una solicitud de compra Divisa y no se hace responsable de los daños y perjuicios que pudiera ocasionarle de proceder Usted al pago a un Colaborador de RIA o empresa de mensajería. Usted es responsable de garantizar que el método de pago utilizado tiene fondos suficientes o crédito disponible para la compra de Divisa. Las solicitudes de compra de Divisa iniciadas por usted que requieran pago por adelantado a la entrega, únicamente serán procesadas con la condición de que el emisor de la tarjeta de crédito o débito, o su banco en su caso, haya autorizado los cargos o débitos correspondientes. Si RIA advierte que su tarjeta de crédito designada no tiene suficiente crédito, o que su tarjeta de débito o su cuenta bancaria no tienen suficientes fondos disponibles, usted deberá responder ante RIA por el importe total de la operación de compra de Divisa para el caso de que fuera ejecutada por RIA y por la comisión de servicio y cualquier otro gasto asociado que se hubiera podido ocasionar. Usted nos autoriza a realizar cargos y abonos en su cuenta bancaria en relación al importe de principal de una solicitud de compra, la comisión de servicio, y cualesquiera otras tarifas aplicables a el Servicio así como a realizar cargos y abonos para corregir errores llegados el caso. Esta autorización seguirá teniendo pleno vigor y efecto hasta que hayamos recibido una notificación de su parte indicando lo contrario notificándonoslo al teléfono 917613762o mediante una notificación escrita enviada a X/ Xxxxxxxxx xx 0, 0x, X X-0, 00000, Xxxxxxxxxx (Xxxxxx) a la atención del Servicio de Atención al Cliente, que deberá recibirse al menos tres (3) días antes de la fecha efectiva propuesta para la terminación de la autorización. El banco emisor de su tarjeta de crédito o débito, o la entidad financiera donde esté abierta su cuenta bancaria, también pueden tener términos y condiciones que se apliquen al uso que Usted hace de Su tarjeta de crédito, Su tarjeta de débito o su cuenta bancaria (según sea el caso), y Usted debe acudir a dicho acuerdo o acuerdos con el fin de determinar los derechos, las obligaciones y las responsabilidades del usuario como titular de una tarjeta o una cuenta bancaria, lo que puede incluir el cálculo de adelantos de efectivo u otras tarifas. Es posible que los recibos por cada solicitud de compra de Divisa no muestren las tarifas calculadas por el banco del usuario o el titular de la tarjeta de crédito o débito. Si el Cliente utiliza su teléfono móvil para utilizar el Servicio, éste será responsable de las tarifas que pueda cobrarle su correspondiente proveedor de referenciaservicios de telefonía, Naturgy comunicará al Cliente la nueva fórmula de precios a aplicar con una antelación de dos meses a su entrada en vigor. No obstante, si la supresión de tales como las tarifas de referencia hubiera sido publicada con una antelación inferior a dos meses a la fecha efectiva SMS, servicios de datos, y cualquier otra tarifa que su supresión, Naturgy comunicará proveedor de servicios de telefonía pueda cobrar. Dicha condición se verá extendida al hecho de cualquier coste que pudiera facturar al Cliente su operador por la nueva fórmula de precios a aplicar con una antelación mínima de un mes a su entrada en vigor. Hasta que sea aplicable la nueva fórmula de precios comunicada, Naturgy podrá seguir aplicando el precio vigente hasta la supresión descarga de la tarifa de referencia. El Cliente podrá optar por resolver el Contrato en cualquier momento antes de la entrada en vigor de la nueva fórmula de precio aplicable. Los precios del suministro de gas y/o electricidad incorporarán los impuestos que correspondan (IVA/IGIC, el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) y/o el Impuesto Especial sobre los Hidrocarburos (IEH)). Adicionalmente, en el suministro de electricidad se facturarán los excesos de energía reactiva y potencia. Cuando la potencia máxima técnicamente admisible reconocida por la Compañía Distribuidora sea inferior a la potencia contratada contemplada en el presente Contrato, hasta que no se regularice la situación, a efectos contractuales se considerará como potencia contratada dicha potencia máxima técnicamente admisibleApp.
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Samples: www.riacurrencyexchange.es
CONDICIONES ECONÓMICAS. a) Los precios firmantes del suministro contrato están obligados solidariamente al pago de gas natural y/o electricidad contratado son los que se establecen la tarifa estipulada en las Condiciones Económicas del Contrato. Cualquier variación que se produzca en las Tarifas de Acceso vigentes el Anexo I, o en su defecto en el Anexo III apartado II. El pago se realizara tras la notificación de los demás conceptosresultados, tasas o impuestosuna vez verificada la idoneidad de la/s muestra/s. Con el pago de la tarifa estipulada quedaran satisfechas todas las actuaciones realizadas por VidaCord: la formalización y registro del contrato, actividades envío del dispositivo de extracción, recogida, expedición, verificación, análisis, procesamiento y valores regulados que pudieran aprobarse criopreservación de la/s muestra/s, así como los análisis de la sangre materna, los informes de resultados y certificados de depósito de la/s muestra/s. En el caso de contratar, además, el Servicio Leucemia 360, VidaCord cobrará una cuota anual (conforme se refleja en el Anexo III), cada año de vigencia se cargará dicha cuota en la cuenta bancaria de domiciliación facilitada por la Administración para el periodo de vigencia familia del presente Contrato niño y que hasta la finalización del contrato. La cuota se devenguen como consecuencia del suministroreajustará anualmente, podrán ser trasladados automáticamente a los precios del suministro establecidos basándose en la medida que les resulten de aplicación, sin que ello tenga la consideración de modificación experiencia del servicio y en los nuevos usos de las condiciones contractuales (FNSEE, entre otros)células madre. Asimismo, para el suministro El impago de electricidad Naturgy repercutirá al Cliente la primera cuota provoca que VidaCord quede liberado de la obligación de satisfacer las modificaciones de precio que se produzcan por las diferencias entre las pérdidas medidas en transporte y distribución y las pérdidas estándares asignadas según marque la normativa vigenteprestaciones pactadas. En caso de supresión falta de cualquiera pago de una de las tarifas de referencia, Naturgy comunicará al Cliente la nueva fórmula de precios a aplicar con una antelación de dos meses a su entrada en vigor. No obstante, si la supresión de las tarifas de referencia hubiera sido publicada con una antelación inferior a dos meses cuotas siguientes a la fecha efectiva primera, la cobertura del servicio Leucemia 360 quedará suspendido un mes después del día de su supresiónvencimiento, Naturgy comunicará al Cliente a partir de ese momento VidaCord queda liberado de prestar dicho servicio y las prestaciones que conlleva. Cualquier modificación en la nueva fórmula cuenta de precios a aplicar domiciliación deberá ser comunicada por la familia en el mismo momento en que se produzca y en todo caso, con una antelación mínima de un mes a su entrada en vigorla fecha de cargo de la cuota anual correspondiente. Hasta que sea aplicable Las condiciones de pago se estipularan a la nueva fórmula formalización del contrato cualquier modificación posterior supondrá un recargo de precios comunicada, Naturgy podrá seguir aplicando el precio vigente hasta la supresión 80€. El pago de la tarifa solo se efectuara mediante domiciliación bancaria o tarjeta de referencia. El Cliente podrá optar por resolver el Contrato en cualquier momento antes de la entrada en vigor de la nueva fórmula de precio aplicable. Los precios del suministro de gas y/o electricidad incorporarán los impuestos que correspondan (IVA/IGIC, el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) y/o el Impuesto Especial sobre los Hidrocarburos (IEH)). Adicionalmente, en el suministro de electricidad se facturarán los excesos de energía reactiva y potencia. Cuando la potencia máxima técnicamente admisible reconocida por la Compañía Distribuidora sea inferior a la potencia contratada contemplada en el presente Contrato, hasta que no se regularice la situación, a efectos contractuales se considerará como potencia contratada dicha potencia máxima técnicamente admisiblecrédito.
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Samples: Contrato Y Consentimiento Informado