Contrato de interinidad. Se considera como tal el celebrado para sustituir a un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo o para cubrir temporalmente un trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva. El contrato especificará el nombre del sustituido y las causas de su sustitución.
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Samples: Convenio Colectivo Nacional, Convenio Colectivo Nacional De Centros De Enseñanza Privada, Viii Convenio Colectivo Nacional De Centros De Enseñanza Privada
Contrato de interinidad. Se considera como tal el celebrado para sustituir a un trabajador traba- jador con derecho a reserva del puesto de trabajo o para cubrir temporalmente un trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva. El contrato especificará especifi- cará el nombre del sustituido y las causas de su sustitución.
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Samples: Convenio Colectivo Nacional De Centros De Enseñanza Privada
Contrato de interinidad. Se considera como tal el celebrado para sustituir a un trabajador con derecho a reserva del puesto pues- to de trabajo o para cubrir temporalmente un trabajo durante el proceso de selección o promoción promo- ción para su cobertura definitiva. El contrato especificará el nombre del sustituido y las causas de su sustitución.
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Samples: Ix Convenio Colectivo Nacional De Centros De Enseñanza Privada