CONTRATO RESERVADO Cláusulas de Ejemplo

CONTRATO RESERVADO. Cód. Validación: 9A44ZSHENZ3X6ZQPP3SYTWD6G | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 53 Si, ver Anexo I No Centros especiales de empleo. Centros de inserción social. Otros (especificar organización): Importe de licitación (IVA excluido): Lote 1: Lote 2: Total: Importe IVA (Tipo aplicable: %): Lote 1: Lote 2: Total: Presupuesto base de licitación (IVA incluido): Lote 1: Lote 2: Total: Aplicación presupuestaria: Sistema de determinación del precio: Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Lote 1 Importe de licitación (IVA excluido): Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido): Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido): Importe de las opciones eventuales (IVA excluido): Prórroga (IVA excluido): Total valor estimado: Lote 2 Importe de licitación (IVA excluido): Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido): Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido): Importe de las opciones eventuales (IVA excluido): Prórroga (IVA excluido): Total valor estimado: Total Importe de licitación (IVA excluido): Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido): Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido): Importe de las opciones eventuales (IVA excluido): Prórroga (IVA excluido): Valor estimado total (suma de los lotes): Xxxxxx xx Xxxxxx: 100%
CONTRATO RESERVADO. ☐Sí (ver anexo I). ☒No Importe licitación (IVA excluido) Tipo IVA aplicable: 21 % Presupuesto base licitación (IVA incluido) Lote 1: 138.420,27 € 29.068,26 € 167.488,53 € Lote 2: 138.420,27 € 29.068,26 € 167.488,53 € Lote 3: 138.420,27 € 29.068,26 € 167.488,53 € Pago mediante entrega de bienes ☐ Sí ☒ No Aplicación presupuestaria: 06-3351.622.91 SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA ☒ Sí ☐ No Lote 1 Lote 2 Total Importe licitación (IVA excluido) 138.420,27 € 138.420,27 € 138.420,27 € Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido) Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido) Importe de las opciones eventuales (IVA excluido) Prórroga/s (IVA excluido) Total 138.420,27 € 138.420,27 € 138.420,27 €
CONTRATO RESERVADO. 27.1. Centros Especiales de Empleo: No
CONTRATO RESERVADO. El contrato objeto del presente pliego, se regirá por lo dispuesto en la Disposición Adicional 5ª del TRLCSP, que regula los contratos reservados. De conformidad con dicha Disposición, se reserva la participación en la licitación del procedimiento de adjudicación del contrato objeto de este pliego exclusivamente a los Centros Especiales de Empleo, debidamente inscritos en los correspondientes Registros de Centros Especiales de Empleo. En el anuncio de licitación se deberá hacer referencia al carácter reservado del contrato, de conformidad con lo dispuesto en la citada Disposición.
CONTRATO RESERVADO. De conformidad con lo dispuesto en la Claúsula Adicional Cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público , el presente contrato se declara reservado para Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y a empresas de inserción reguladao, respectivamente, en el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre El objeto del contrato se identifica con los códigos siguientes: 77311000-3 Servicios de mantenimiento xx xxxxxxxx y parques., 77310000-6 Servicios de plantación y mantenimiento de zonas verdes. 77211500-7 Servicio de mantenimiento de árboles
CONTRATO RESERVADO. Grupo Energético de Puerto Real, S.A. Registro Mercantil de Cádiz, Tomo 1926, Libro 0, Folio 78, Sección 8, Hoja CA-38322, CIF: X00000000 Las características técnicas de este contrato permiten su prestación por parte de Centros Especiales de Empleo, por lo que el órgano de contratación de GEN ha acordado acogerse a la posibilidad establecida en la Disposición Adicional Quinta del TRLCSP y considerar éste como contrato reservado a las empresas que cumplan los requisitos exigidos y hayan obtenido la calificación como Centro Especial de Empleo. Los Centros Especiales de Empleo, figura regulada en el Real Decreto Legislativo 1/2012, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, son instituciones de integración laboral y se consideran elementos básicos integradores de las personas con discapacidad en el denominado mundo ordinario del trabajo, cuando por sus circunstancias de orden personal, consecuentes con su discapacidad, no puedan ejercer una actividad laboral en las condiciones habituales. Los Centros Especiales de Empleo son empresas cuyo objetivo principal es el de realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones xxx xxxxxxx, y cuya finalidad es asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores con discapacidad. Las características esenciales de los CEE son las siguientes:  Puede ser titular de un Centro Especial de Empleo cualquier persona física o jurídica, pública o privada, incluso comunidad de bienes, con capacidad jurídica y de obrar para ser empresario (sociedades mercantiles, asociaciones, fundaciones, etc.)  Su plantilla tiene que estar formada al menos en un 70 por 100 por personas con discapacidad con una reducción de, al menos, un 33 por ciento de su capacidad para el trabajo, sin perjuicio de las plazas en plantilla del personal no minusválido imprescindible para el desarrollo de su actividad.  Los Centros Especiales de Empleo se conciben como un medio de integración laboral de las personas con discapacidad en las empresas ordinarias, fin Grupo Energético de Puerto Real, S.A. Registro Mercantil de Cádiz, Tomo 1926, Libro 0, Folio 78, Sección 8, Hoja CA-38322, CIF: X00000000 primordial de la política de integración laboral de este sector, por lo que la normativa reguladora de la materia insiste en se trata de auténticas empresas que deben sujet...
CONTRATO RESERVADO. Indicar si la participación y el contrato están reservados a

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.