CONVENIO COLECTIVO. Empleados de Fincas Urbanas de Cantabria CVE-2017-7703
CONVENIO COLECTIVO. Las PARTES que conciertan este Convenio Colectivo son, de un lado la Dirección de la empresa Nissan Motor Ibérica, S.A. en su planta de Cantabria y por otra parte el Comité de Empresa, en representación del colectivo laboral afectado.
CONVENIO COLECTIVO. En la ciudad de Montevideo, a los 18 días del mes de noviembre de 2008, entre por una parte: los representantes del sector empleador del sector "COMERCIO EN GENERAL" (Grupo Nº 10 de los Consejos de Salarios), Subgrupo Nº 22: "Distribución de Supergas", Cr. Hugo Montgomery (Cámara de Comercio y Servicios), y en representación de las empresas del sector: Dra. María Carmen Ferreira, Cr. Pérez Piera, y Dr. Raúl Damonte, y por otra parte: los representantes de los trabajadores del mismo sector, Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes (Federación Uruguaya de Empleados del Comercio y de la Industria), y Sres. Carlos Estala, Pablo Pérez y Marcelo Acosta (Coordinadora de Sindicatos del Supergas), CONVIENEN la celebración del siguiente Convenio Colectivo que regulará las condiciones laborales de la actividad, de acuerdo con los siguientes términos:
CONVENIO COLECTIVO. En la ciudad de Montevideo, el 21 de noviembre de 2008, entre por una parte: los representantes del sector empleador de la actividad del Grupo 10: "Comercio en General"- Subgrupo Nº 18- "Supermercados", Xx. Xxxxx Xxxxxxx (Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay), Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xx. Xxxxxxxxx Xxx, Xx. Xxxxxx Xxxx y Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx (Asociación de Supermercados del Uruguay, y por otra parte: los representantes de los trabajadores del mismo sector, Sres. Washington Manzanares, Daniel Cristobal y Sra. Lilián Velázquez (Coordinadora de Supermercados), y Sres. Washington Béduchaud, Héctor Castellano e Ismael Fuentes (Federación Uruguaya de Empleados del Comercio y de la Industria), CONVIENEN la celebración del siguiente Convenio Colectivo que regulará las condiciones laborales de la actividad, de acuerdo con los siguientes términos:
CONVENIO COLECTIVO. DefiniciónConvenio colectivo es el acuerdo que regula las relaciones entre trabajadores y empleadores, y, en especial, las remuneraciones, condiciones de trabajo y productividad. Es celebrado, de una parte, por una o varias organizaciones sindicales o a falta de estas por representantes autorizados de los trabajadores, y, de otra parte, por un empleador, grupo de empleadores, o una o varias organizaciones de empleadores.
CONVENIO COLECTIVO. XXXXXX XXXXX ESPAÑA FABRICA TRETO, S.A.U. AÑOS 2011-2012 Nota: los valores económicos expresados en el presente Convenio Colectivo correspondientes a 2011 están actualizados, con la aplicación del art. 30.1. del VII Cº.Cº. (1%).
CONVENIO COLECTIVO. DEL REAL E ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS XX XXXXXXXX
CONVENIO COLECTIVO. Peluquerías, Institutos de Belleza y Gimnasios
CONVENIO COLECTIVO. XXXXXX XXXXX ESPAÑA FÁBRICA TRETO, S.A.F. AÑOS 2016-2020 CAPÍTFLO I. DISPOSICIONES ENERALES. Á!"#$% &' ()*#+(+#,- $'..#$%.#(*
A.$/+1*% 1.- El presente Convenio, acordado entre la Dirección de la Empresa y sus trabajadores es de ámbito de Empresa y su aplicación comprende a Xxxxxx Xxxxx España !ábrica "reto, #$%$&$ en "reto 'Cantabria($ Á!"#$% )'.2%-(*
A.$/+1*% 2.- El Convenio a)ectará a todo el personal de Xxxxxx Xxxxx España !ábrica "reto, #$%$&$, vinculado por contrato de trabajo, con las e*cepciones si+uientes,
CONVENIO COLECTIVO. Existe alguna medida específica en la empresa establecida por convenio referente al área de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres? No Está en proceso de negociación con la representación legal de la plantilla