Common use of CONVOCATORIA Clause in Contracts

CONVOCATORIA. Se invita a los profesionales, micro y pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, de manera individual o asociativa que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores para ejercer esta actividad, y domiciliados en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato de conformidad con lo establecido en el numeral 22 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, legalmente capaces de contratar y que a la fecha de la publicación del procedimiento no mantengan vigentes contratos de ejecución de obra, adjudicados a través del procedimiento de Menor Cuantía, cuyos montos individuales o acumulados igualaren o superaren el coeficiente establecido en el numeral 2 del artículo 51 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, hasta que hayan solicitado formalmente la recepción provisional de el o los contratos vigentes, salvo que por efectos de la entrega recepción de uno o varios contratos el monto por ejecutar fuere inferior al coeficiente antes indicado, a que presenten sus ofertas para (describir la obra y/o proyecto/objeto contractual). Si no hubiere manifestación de interés en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato por parte de profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, de manera individual o asociativa que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores, se considerará a los proveedores de la provincia a la que pertenezca la circunscripción territorial. Si la misma circunstancia de ausencia de manifestación de interés ocurriese respecto de la provincia, se convocará a los proveedores que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 52 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, a nivel nacional. En caso de participar como asociaciones, consorcios o compromisos de asociación o consorcio, los proveedores asociados deberán obligatoriamente ser profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, habilitados en el Registro Único de Proveedores para ejecutar la obra, y domiciliadas en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato. El presupuesto referencial total es de (valor en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, el que deberá ser aceptado incondicionalmente por el proveedor interesado a través del procedimiento establecido en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de (días), contado a partir de (establecer si desde la fecha de la suscripción del contrato, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato). Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:

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Samples: Modelo De Pliego De Los Procedimientos De Menor Cuantía De Obras

CONVOCATORIA. Se invita El Consejo de Administración procederá a la convocatoria tanto de las Juntas Generales ordinarias como extraordinarias mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en la página web corporativa de la Sociedad y en la página web de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, por lo menos, un mes antes de la fecha fijada para su celebración (sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente de este artículo). Cuando la Sociedad ofrezca a los profesionalesaccionistas la posibilidad efectiva de votar por medios electrónicos accesibles a todos ellos, micro y pequeñas empresas, o actores la Juntas Generales extraordinarias de la economía popular Sociedad podrán ser convocadas con una antelación mínima de quince días. La reducción del plazo de convocatoria requerirá un acuerdo expreso adoptado en Junta General ordinaria por, al menos, dos tercios del capital suscrito con derecho a voto y solidariacuya vigencia no podrá superar la fecha de celebración de la siguiente. El anuncio de convocatoria expresará el carácter de ordinaria o extraordinaria, el nombre de manera individual o asociativa que estén habilitados la Sociedad, el día, el lugar y la hora de celebración de la Junta General de Accionistas, el orden del día en el Registro Único que figurarán todos los asuntos a tratar, la fecha en que, si procediere, se reunirá la Junta General de Proveedores para ejercer esta actividadAccionistas en segunda convocatoria, debiendo mediar, al menos, un plazo de veinticuatro horas entre una y domiciliados otra, así como cualesquiera otras informaciones que sean requeridas por la normativa aplicable en la circunscripción territorial cada momento y, en que se ejecutará particular, las exigidas por el contrato de conformidad con lo establecido en el numeral 22 del artículo 6 517 de la Ley Orgánica de Sociedades de Capital. En la medida de lo posible, se advertirá a los accionistas sobre la mayor probabilidad de que la Junta General de Accionistas se celebre en primera o en segunda convocatoria. El anuncio incluirá, asimismo, mención al derecho de los accionistas de hacerse representar en la Junta General de Accionistas por otra persona, aunque esta no sea accionista, y los requisitos y procedimientos para ejercer este derecho, así como al derecho de información que asiste a los accionistas y la forma de ejercerlo. El órgano de administración deberá incluir en la convocatoria mención de los concretos medios de comunicación a distancia que los accionistas puedan utilizar para ejercitar o delegar el voto, así como las indicaciones básicas que deberán seguir para hacerlo. Los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del Sistema Nacional capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de Contratación Públicauna Junta General de Accionistas ordinaria, legalmente capaces incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de contratar una justificación o de una propuesta de acuerdo justificada. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria. El complemento de la convocatoria deberá publicarse, como mínimo, con quince días de antelación a la fecha establecida para la reunión de la Junta General. Asimismo, los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social podrán, en el mismo plazo señalado en el párrafo anterior, presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día una Junta General de Accionistas ya convocada. Las citadas propuestas de acuerdo fundamentadas se publicarán en la página web de la Sociedad, en los términos establecidos por la normativa aplicable a la Sociedad. Adicionalmente, los accionistas que representen el tres por ciento del capital social de la Sociedad podrán convocar la Junta General para que decida sobre la acción social de responsabilidad contra los administradores y ejercer, sin acuerdo de la Junta General o en su contra, la acción de responsabilidad social, así como oponerse a transigir o renunciar al ejercicio de la acción social de responsabilidad. El órgano de administración o los accionistas que representen, al menos, el uno por ciento del capital social podrán requerir la presencia de un notario para que asista a la celebración de la Junta General de Xxxxxxxxxxx y levante acta de la reunión. Deberá hacerlo cuando concurran las circunstancias previstas en la normativa vigente. Si la Junta General de Xxxxxxxxxxx, debidamente convocada, no se celebrara en primera convocatoria, ni se hubiese previsto en el anuncio la fecha de la segunda, deberá esta ser anunciada, con el mismo orden del día y con los mismos requisitos de publicidad que la primera, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la publicación del procedimiento Junta General no mantengan vigentes contratos celebrada y con, al menos, diez días de ejecución de obra, adjudicados antelación a través del procedimiento de Menor Cuantía, cuyos montos individuales o acumulados igualaren o superaren el coeficiente establecido en el numeral 2 del artículo 51 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, hasta que hayan solicitado formalmente la recepción provisional de el o los contratos vigentes, salvo que por efectos de la entrega recepción de uno o varios contratos el monto por ejecutar fuere inferior al coeficiente antes indicado, a que presenten sus ofertas para (describir la obra y/o proyecto/objeto contractual). Si no hubiere manifestación de interés en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato por parte de profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, de manera individual o asociativa que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores, se considerará a los proveedores de la provincia a la que pertenezca la circunscripción territorial. Si la misma circunstancia de ausencia de manifestación de interés ocurriese respecto de la provincia, se convocará a los proveedores que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 52 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, a nivel nacional. En caso de participar como asociaciones, consorcios o compromisos de asociación o consorcio, los proveedores asociados deberán obligatoriamente ser profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, habilitados en el Registro Único de Proveedores para ejecutar la obra, y domiciliadas en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato. El presupuesto referencial total es de (valor en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, el que deberá ser aceptado incondicionalmente por el proveedor interesado a través del procedimiento establecido en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de (días), contado a partir de (establecer si desde la fecha de la suscripción del contrato, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato). Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:reunión."

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CONVOCATORIA. Se invita a La convocatoria será realizada en todos los profesionales, micro y pequeñas empresascasos por la Sociedad Administradora por decisión de ella, o actores previa solicitud del revisor fiscal, del auditor externo del Fondo, suscriptores que representen no menos del veinticinco por ciento (25%) de las Unidades de Participaciones o por la Superintendencia Financiera. La citación a la Asamblea de Inversionistas la realizará la Sociedad Administradora mediante convocatoria, que contendrá la fecha, hora y lugar de la economía popular reunión, el orden del día y solidariala persona que convocó. La convocatoria deberá efectuarse con una antelación mínima de 15 días comunes, mediante un diario de manera individual o asociativa que estén habilitados amplia circulación nacional (El Espectador) y en el Registro Único sitio web de Proveedores la Sociedad Administradora. En todos los casos, la asamblea de Inversionistas se podrá reunir de forma presencial o no presencial, siendo aplicables para ejercer esta actividadel efecto, en uno y domiciliados otro caso, las normas contenidas en la circunscripción territorial legislación mercantil para las sociedades anónimas. La asamblea podrá deliberar con la presencia de un número plural de suscriptores que representen por lo menos el cincuenta un por ciento (51%) de las participaciones del Fondo. Las decisiones de la asamblea se tomarán mediante el voto favorable del setenta (70%) de las Unidades presentes o representadas en la respectiva reunión. Cada unidad de inversión otorga un voto, con excepción de la participación que tenga la Sociedad Administradora en el Fondo de Inversión Colectiva que no se tendrá en cuenta para determinar el quórum deliberatorio ni le dará derecho a voto alguno. Si convocada una asamblea, ésta no se realizare por falta de quórum previsto para el efecto, se citará a una nueva reunión que sesionará y decidirá válidamente con un número plural de inversionistas asistentes o representados cualquiera sea la cantidad de participaciones. La nueva reunión deberá efectuarse no antes de los diez días ni después de los treinta, contados desde la fecha fijada para la primera reunión. Cuando quiera que se ejecutará opte por el contrato sistema del voto por escrito para las reuniones adelantadas de conformidad con lo establecido en el numeral 22 del artículo 6 20 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional 222 de Contratación Pública1995 o cualquier norma que la modifique, legalmente capaces de contratar y complemente o derogue, los documentos que se envíen a los suscriptores deben contener la fecha de la publicación del procedimiento no mantengan vigentes contratos de ejecución de obra, adjudicados a través del procedimiento de Menor Cuantía, cuyos montos individuales o acumulados igualaren o superaren el coeficiente establecido en el numeral 2 del artículo 51 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, hasta que hayan solicitado formalmente la recepción provisional de el o los contratos vigentes, salvo que por efectos de la entrega recepción de uno o varios contratos el monto por ejecutar fuere inferior al coeficiente antes indicadoinformación necesaria, a que presenten sus ofertas para (describir la obra y/o proyecto/objeto contractual). Si no hubiere manifestación de interés en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato por parte de profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, de manera individual o asociativa que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores, se considerará a los proveedores de la provincia a la que pertenezca la circunscripción territorial. Si la misma circunstancia de ausencia de manifestación de interés ocurriese respecto de la provincia, se convocará a los proveedores que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 52 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, a nivel nacional. En caso de participar como asociaciones, consorcios o compromisos de asociación o consorcio, los proveedores asociados deberán obligatoriamente ser profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, habilitados en el Registro Único de Proveedores para ejecutar la obra, y domiciliadas en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato. El presupuesto referencial total es de (valor en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, el que deberá ser aceptado incondicionalmente por el proveedor interesado a través del procedimiento establecido en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de (días), contado a partir de (establecer si desde la fecha de la suscripción del contrato, desde la fecha de notificación fin de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, éstos dispongan de acuerdo a elementos de juicio suficientes y adecuados para tomar la naturaleza del contrato). Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:respectiva decisión.

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CONVOCATORIA. El Prestatario (indicar República del Ecuador o Provincia, de ser el caso) ha recibido financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para sufragar el costo del proyecto (indicar nombre del Proyecto o Programa). El Prestatario destinará una porción de dichos fondos para efectuar pagos elegibles en virtud del Contrato para el cual se emiten estos Pliegos de Procedimientos de Contratación. Se invita convoca a los profesionales, artesanos, micro y pequeñas empresas, o lo actores de la economía popular y solidaria, de manera individual o asociativa que estén se encuentren habilitados en el Registro Único Registró único de Proveedores para ejercer esta actividad- RUP, y domiciliados en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato de conformidad con lo establecido tengan su domicilio fiscal, en el numeral 22 del artículo 6 Ecuador, que cumplan los parámetros de contratación preferente (tipo de proveedor y localidad) de acuerdo a lo que establece los artículos 50 y 52 de la Ley Orgánica del Sistema Sistema. Nacional de Contratación PúblicaPública — LOSNCP, legalmente capaces de contratar y que a la fecha de la publicación del procedimiento no mantengan vigentes contratos de ejecución de obra, adjudicados a través del procedimiento de Menor Cuantía, cuyos montos individuales o acumulados igualaren o superaren el coeficiente establecido en el numeral 2 del artículo 51 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, hasta que hayan solicitado formalmente la recepción provisional de el o los contratos vigentes, salvo que por efectos de la entrega recepción de uno o varios contratos el monto por ejecutar fuere inferior al coeficiente antes indicadocontratar, a que presenten sus ofertas para (describir la obra el bien y/o proyecto/objeto servicio /objeto contractual). Si no hubiere manifestación de interés en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato por parte de profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, de manera individual o asociativa que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores, se considerará a los proveedores de la provincia a la que pertenezca la circunscripción territorial. Si la misma circunstancia de ausencia de manifestación de interés ocurriese respecto de la provincia, se convocará a los Aquellos proveedores que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 52 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, a nivel nacional. En caso de participar como asociaciones, consorcios o compromisos de asociación o consorcio, los proveedores asociados deberán obligatoriamente ser profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, habilitados en el Registro Único de Proveedores para ejecutar la obra, y domiciliadas en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato. El presupuesto referencial total es de (valor en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, el que deberá ser aceptado incondicionalmente por el proveedor interesado no hayan sido invitados automáticamente a través del procedimiento establecido en el Portal Institucional del Servicio Nacional SERCOP, SIEMPRE que estén registrados en la categoría del producto, CPC, correspondiente, podrán auto invitarse, hasta antes de Contratación Públicala fecha límite para presentación de ofertas para participar en el procedimiento Asimismo, la entidad contratante invita a los Oferentes elegibles de los países miembros del BID, a presentar ofertas para los bienes o servicios de la presente convocatoria, los mismos que en el caso de no estar domiciliados en el Ecuador, deberán habilitarse en RUP, observando el procedimiento abreviado indicado en la normativa emitida por el SERCOP. Un Oferente, y todas las partes que constituyen el plazo estimado Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco serán descalificados de participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En las Condiciones Generales para la ejecución Contratación de Bienes y/o Servicios de este documento se indican los países miembros del contrato es Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de (días)los Oferentes y el origen de los bienes y servicios. Los Oferentes originarios de un país miembro del Banco, contado a partir de (establecer si desde la fecha de la suscripción del contratoal igual que los bienes suministrados, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato). Las condiciones de esta convocatoria son las siguientesno serán elegibles si:

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Samples: portal.compraspublicas.gob.ec

CONVOCATORIA. Se invita Las Juntas Generales habrán de ser convocadas por el Consejo de Administración y, en su caso, por los liquidadores de la Sociedad. El Consejo de Administración podrá convocar la Junta General siempre que lo considere oportuno para los intereses sociales y estará obligado a hacerlo cuando la Junta haya de reunirse con el carácter de Junta General Ordinaria, así como cuando lo soliciten accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social. Las Juntas Generales de accionistas serán convocadas mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en la página web de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y en la página web de la sociedad con los requisitos que para ello sean aplicables, por lo menos, un mes antes de la fecha fijada para su celebración, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente de este artículo y los supuestos en que la Ley establezca una antelación superior. Cuando la Sociedad ofrezca a los profesionalesaccionistas la posibilidad efectiva de votar por medios electrónicos accesibles a todos ellos, micro y pequeñas empresas, o actores las Juntas Generales extraordinarias de la economía popular Sociedad podrán ser convocadas con una antelación mínima de quince días, previo acuerdo adoptado en Junta General ordinaria en los términos que al efecto resulten aplicables conforme a la normativa aplicable a la Sociedad. El anuncio expresará la fecha de la reunión en primera convocatoria y solidariatodos los asuntos que han de tratarse y demás cuestiones que, de manera individual o asociativa que estén habilitados en su caso, deban ser incluidas en el Registro Único mismo conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Proveedores para ejercer esta actividadla Junta General. Podrá hacerse constar, y domiciliados asimismo, la fecha en la circunscripción territorial que, si procede, se reunirá la Junta en segunda convocatoria. Entre la primera y la segunda reunión deberá mediar, por lo menos, un plazo de veinticuatro horas. En el caso de la Junta General Ordinaria y en los demás casos establecidos por la ley, el anuncio indicará lo que se ejecutará el contrato de conformidad con lo establecido proceda respecto del derecho a examinar en el numeral 22 del artículo 6 domicilio social y a obtener de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Ley Orgánica misma y, en su caso, el informe o los informes legalmente previstos. Si la Junta General de Xxxxxxxxxxx, debidamente convocada, no se celebrara en primera convocatoria, ni se hubiese previsto en el anuncio la fecha de la segunda, deberá ésta ser anunciada, con el mismo orden del Sistema Nacional día y con los mismos requisitos de Contratación Públicapublicidad que la primera, legalmente capaces dentro de contratar y que los quince días siguientes a la fecha de la publicación del procedimiento Junta General no mantengan vigentes contratos celebrada y con, al menos, diez días de ejecución de obra, adjudicados antelación a través del procedimiento de Menor Cuantía, cuyos montos individuales o acumulados igualaren o superaren el coeficiente establecido en el numeral 2 del artículo 51 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, hasta que hayan solicitado formalmente la recepción provisional de el o los contratos vigentes, salvo que por efectos de la entrega recepción de uno o varios contratos el monto por ejecutar fuere inferior al coeficiente antes indicado, a que presenten sus ofertas para (describir la obra y/o proyecto/objeto contractual). Si no hubiere manifestación de interés en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato por parte de profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, de manera individual o asociativa que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores, se considerará a los proveedores de la provincia a la que pertenezca la circunscripción territorial. Si la misma circunstancia de ausencia de manifestación de interés ocurriese respecto de la provincia, se convocará a los proveedores que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 52 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, a nivel nacional. En caso de participar como asociaciones, consorcios o compromisos de asociación o consorcio, los proveedores asociados deberán obligatoriamente ser profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, habilitados en el Registro Único de Proveedores para ejecutar la obra, y domiciliadas en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato. El presupuesto referencial total es de (valor en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, el que deberá ser aceptado incondicionalmente por el proveedor interesado a través del procedimiento establecido en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de (días), contado a partir de (establecer si desde la fecha de la suscripción reunión. Los accionistas que representen el uno por ciento del contratocapital social podrán requerir la presencia xx xxxxxxx para que levante acta de la junta general. Los accionistas que representen el tres por ciento del capital social de la Sociedad podrán solicitar la celebración de la Junta General para que decida sobre la acción social de responsabilidad contra los administradores, desde y ejercer, sin acuerdo de la fecha Junta o en su contra, la acción de notificación responsabilidad social, así como oponerse a transigir o renunciar al ejercicio de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, la acción social de acuerdo a la naturaleza del contrato). Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:responsabilidad."

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CONVOCATORIA. Se invita  Escritura constitutiva en original o copia certificada y copia simple para cotejo y última modificación a los profesionalesdicha acta constitutiva, micro en original o copia certificada y pequeñas empresascopia simple para su cotejo, o actores de la economía popular y solidaria, de manera individual o asociativa que estén habilitados debidamente inscritas en el Registro Único Público de Proveedores Comercio.  Poder General para ejercer actos de administración o especial para participar en procedimientos de Licitación, vigente y en original o copia certificada y copia simple para su cotejo. Así mismo deberá proporcionar una dirección de correo electrónico. Tratándose de persona física, original o copia certificada de su aviso de inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes y copia simple para su cotejo así como una dirección de correo electrónico 8. En caso de que el representante legal de la empresa no asista a los eventos de este procedimiento, podrá facultar a una persona para que participe y lo represente en los eventos de esta actividadlicitación, esto mediante una carta poder simple. Anexo F ver formato de referencia. 9. Identificación oficial con fotografía vigente del representante legal en original y domiciliados copia simple, o copia certificada y copia simple, incluirlas dentro del sobre de su proposición, (se aceptan credencial de elector, pasaporte y cédula profesional), o bien el día y hora correspondiente al acto de presentación y apertura de proposiciones, el representante legal deberá exhibir ante el personal autorizado por la convocante, el original y copia simple para su cotejo de dicha identificación. En caso de aplicar, Identificación oficial con fotografía vigente en original o copia certificada, tanto de la persona facultada en la circunscripción territorial carta poder como del representante legal, incluirlas dentro del sobre de su proposición, o bien el día y hora correspondiente al acto de presentación y apertura de proposiciones, deberá exhibir ante el personal autorizado por la convocante, el original y copia simple para su cotejo de ambas identificaciones. 10. Presentar carta bajo protesta de decir verdad en la que manifieste que cuenta con oficinas establecidas en el Estado de Aguascalientes con una antigüedad mínima de 1 año, contado a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria, conforme al Anexo G. Las oficinas deberán contar con un área de capacitación y recursos humanos, lo cual se verificara con las visitas ex profeso que realice el personal adscrito a la Dirección General de Administracion y Servicios Así mismo al escrito deberá anexar original y copia del comprobante de domicilio (recibo de luz, agua, teléfono con una antigüedad no mayor a dos meses, contados a partir del acto de apertura conforme al calendario establecido en el apartado 1.3 de la presente convocatoria), original y copia del contrato de arrendamiento, comodato o convenio vigente a nombre de la empresa licitante, de la ubicación de sus oficinas dentro del Estado de Aguascalientes así como original y copia de los tres últimos recibos de pago de arrendamiento y/o comodato (noviembre y diciembre 2017, enero 2018), en su caso o manifestar que el inmueble que ocupa es propio para lo que deberá anexar certificado expedido por el Registro Público de la Propiedad del Estado de Aguascalientes, o bien recibo original y copia para cotejo del pago del impuesto predial que coincida con el nombre del licitante. 11. Escrito en el que manifieste que cuenta con al menos 1 vehículo automotor propio, por la partida, supervisor y turno que oferte, para llevar a cabo el traslado de personal y/o la realización de supervisión del servicio a las Dependencias asignadas conforme al Anexo X. Xxxxxxxxxxxse por vehículo automotor al vehículo terrestre que se ejecutará desliza sobre cuatro ruedas. Así mismo deberá de adjuntar en original o copia certificada y copia simple para su cotejo de la factura y tarjeta de circulación del vehículo, en el contrato que se haga constar que el mismo es propiedad de la empresa licitante. 12. Presentar curricular de su empresa, organigrama (máximo en 5 hojas incluyendo al organigrama). Mismo que deberá contener el departamento o área de recursos humanos y deberá de presentar copias de identificación oficial vigente de los integrantes del organigrama así como lo siguiente: Presentar un cuadernillo de los siguientes manuales organizacionales de la empresa: a) Manual de Procedimientos de Operación, b) Procedimientos de Reclutamiento y Selección de Personal c) Reglamento Interno de Trabajo d) Copia de formatos de pruebas capacitación y evaluación de lo siguiente: d1) Psicométricas d2) Psicológicas d3) De conocimientos utilizadas en el proceso de reclutamiento de personal. 13 Certificación por parte del IESPA de por lo menos 1 (un) instructor o capacitador particulares en materia de Seguridad Privada, los contenidos de estos, los puestos de trabajo a los que están dirigidos; así como el procedimiento de selección utilizado para capacitar a los trabajadores de un mismo puesto y categoría. Lo anterior en apego a lo establecido en el artículo 6, fracción V de la Ley de Seguridad Xxxxxxx xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx. 00. Presentar escrito original o copia certificada y copia simple para su cotejo, del Documento de Autorización que contiene su registro vigente al acto de apertura, emitido por parte de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Aguascalientes para operar como prestadores de servicios de Seguridad, Protección y Vigilancia de lugares y establecimientos, esto de conformidad con lo establecido en por el numeral 22 del artículo 6 8 de la Ley Orgánica de Seguridad Privada para el Estado de Aguascalientes. (No se admitirá carta de trámite de autorización). De igual forma podrá aceptarse, si fuera el caso, además de la autorización antes señalada, la autorización federal emitida por la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno Federal, en términos del artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Contratación Seguridad Pública. Carta bajo protesta de decir verdad del licitante en la que manifieste que en caso de resultar adjudicado antes de la contratación del personal operativo, legalmente capaces presentaran por escrito, ante el C-4, la relación de contratar aspirantes, conteniendo nombre completo, la CURP (Clave Única de Registro Poblacional) y en su caso la CUIP (Clave Única de Identificación Permanente) para que haga las consultas indispensables a la Fiscalía General del Estado, Fiscalía General de la República, al Sistema Nacional de Información en Seguridad Pública y a la Secretaría de Seguridad Pública Federal, sobre la información de los antecedentes de los aspirantes, comunicando de los resultados a esta convocante. Así mismo manifestando que en caso de resultar adjudicado presentara el comprobante de pago y acreditar que presentó la solicitud de registro de su personal de Xxxxxxxxx y Vigilancia ante el C-4 para realizar el examen de control de confianza. 15. Presentar original o copia certificada y copia simple para su cotejo de la Licencia de Funcionamiento vigente 2018, la cual indique el giro del negocio de Seguridad Privada expedida por el H. Ayuntamiento de Aguascalientes para los fines afectos al servicio a prestar. 16. Escrito mediante el cual manifieste estar al corriente en el cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales de conformidad con el (Anexo I) de la convocatoria. (llenar y presentar formato). Así mismo el licitante deberá presentar la opinión positiva del SAT., vigente a la fecha de la publicación del procedimiento no mantengan vigentes contratos apertura de ejecución proposiciones de obra, adjudicados a través del procedimiento de Menor Cuantía, cuyos montos individuales o acumulados igualaren o superaren el coeficiente establecido acuerdo al calendario previsto en el numeral 2 del artículo 51 apartado 1.3) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional Convocatoria. 17. Deberá presentar relación que contenga un mínimo de Contratación Pública, hasta que hayan solicitado formalmente la recepción provisional 3 (TRES) de el o los contratos vigentes, salvo que por efectos de la entrega recepción de uno o varios contratos el monto por ejecutar fuere inferior al coeficiente antes indicado, a que presenten sus ofertas para (describir la obra y/o proyecto/objeto contractual). Si no hubiere manifestación de interés en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato por parte de profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, de manera individual o asociativa que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores, se considerará principales clientes a los proveedores que haya realizado prestación de la provincia a la que pertenezca la circunscripción territorial. Si la misma circunstancia servicios similares cuando menos con 2 (dos) años de ausencia de manifestación de interés ocurriese respecto de la provincia, se convocará a los proveedores que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 52 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, a nivel nacional. En caso de participar como asociaciones, consorcios o compromisos de asociación o consorcio, los proveedores asociados deberán obligatoriamente ser profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, habilitados en el Registro Único de Proveedores para ejecutar la obra, y domiciliadas en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato. El presupuesto referencial total es de (valor en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, el que deberá ser aceptado incondicionalmente por el proveedor interesado a través del procedimiento establecido en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de (días)antigüedad, contado a partir de la entrega de sus propuestas hacia atrás, deberá contener nombres, razones sociales, teléfonos de los mismos, volúmenes de ventas, tiempos de entrega y documentación comprobatoria consistente en 1 copia de CFDI de venta por cliente (establecer si desde a la fecha copia de la suscripción del contratofactura se le pueden cubrir los precios). Cabe mencionar que cada una de las facturas deberá ser de clientes con distinto R.F.C., desde las cuales deberán reunir los requisitos fiscales establecidos por la fecha autoridad correspondiente Anexo J. Asimismo deberá presentar tres cartas de notificación recomendación expedidas por sus principales clientes (una por cliente), las cuales deberán contener el nombre o denominación social de la persona o empresa (sector público o privado) a la cual se prestaron los servicios, la manifestación expresa de que la prestación de servicios se realizó en buenos términos, en cuanto a puntualidad, asistencia y rotación de personal, así mismo, se deberá mencionar si durante la prestación de los servicios se presentaron incidentes en perjuicio de personas o de las instalaciones de los inmuebles y sus contenidos. El incumplimiento en la presentación de las cartas de recomendación, con todos y cada uno de los requisititos señalados, será motivo de descalificación de la presente licitación. 18. Presentar la autorización de pago vía electrónica, conforme a lo señalado en el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, Anexo K de acuerdo a la naturaleza del contratoesta convocatoria. (llenar y presentar formato). Las condiciones Mismo que servirá para efectuar el pago en el caso de esta convocatoria son las siguientes:que resulte adjudicado en este procedimiento. Ver formato de referencia.

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Samples: Carta Compromiso

CONVOCATORIA. Se invita La convocatoria será realizada en todos los casos por la Sociedad Administradora por decisión de ella o previa solicitud del revisor fiscal, auditor externo del FONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA, suscriptores que representen no menos del 25% de las participaciones o por la Superintendencia Financiera. La citación a la asamblea de inversionistas la realizará la sociedad administradora mediante convocatoria, que contendrá la fecha, hora y lugar de la reunión, el orden del día y la persona que convocó. La convocatoria deberá efectuarse con una antelación mínima de quince (15) días, mediante la publicación en un diario de alta circulación nacional y en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx o aquella que para el efecto disponga la Sociedad Administradora. En todos los casos, la asamblea de inversionistas se podrá reunir de forma presencial o no presencial, siendo aplicables para el efecto, en uno y otro caso, las normas contenidas en la legislación mercantil para las sociedades anónimas. La asamblea podrá deliberar con la presencia de un número plural de suscriptores que representen por lo menos el cincuenta y uno por ciento (51%) de las participaciones del respectivo FONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA. Salvo las excepciones que dispone el presente reglamento y en las disposiciones vigentes, las decisiones de la asamblea se tomarán mediante el voto favorable de la mitad más una de las unidades presentes o representadas en la respectiva reunión. Cada unidad de inversión otorga un voto. Si convocada una asamblea, ésta no se realizare por falta del quórum previsto para el efecto, se citará nuevamente a una reunión que tendrá lugar a los profesionales, micro quince (15) días calendario siguientes. En esa segunda asamblea se podrá deliberar y pequeñas empresas, decidir con el número plural de inversionistas asistentes o actores de la economía popular y solidaria, de manera individual o asociativa que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores para ejercer esta actividad, y domiciliados en la circunscripción territorial en representados. Cuando quiera que se ejecutará opte por el contrato sistema del voto por escrito para las reuniones adelantadas de conformidad con lo establecido en el numeral 22 del artículo 6 20 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional 222 de Contratación Pública1995 o cualquier norma que la modifique, legalmente capaces complemente o derogue, los documentos que se envíen a los suscriptores deben contener la información necesaria, a fin de contratar que éstos dispongan de elementos de juicio suficientes y que a adecuados para tomar la fecha respectiva decisión. Para efectos de lo contemplado en esta cláusula, la participación de la publicación Sociedad Administradora como inversionista del procedimiento FONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA, no mantengan vigentes contratos de ejecución de obra, adjudicados se tendrá en cuenta para determinar el quórum deliberatorio ni le dará derecho a través del procedimiento de Menor Cuantía, cuyos montos individuales o acumulados igualaren o superaren el coeficiente establecido en el numeral 2 del artículo 51 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, hasta que hayan solicitado formalmente la recepción provisional de el o los contratos vigentes, salvo que por efectos de la entrega recepción de uno o varios contratos el monto por ejecutar fuere inferior al coeficiente antes indicado, a que presenten sus ofertas para (describir la obra y/o proyecto/objeto contractual). Si no hubiere manifestación de interés en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato por parte de profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, de manera individual o asociativa que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores, se considerará a los proveedores de la provincia a la que pertenezca la circunscripción territorial. Si la misma circunstancia de ausencia de manifestación de interés ocurriese respecto de la provincia, se convocará a los proveedores que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 52 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, a nivel nacional. En caso de participar como asociaciones, consorcios o compromisos de asociación o consorcio, los proveedores asociados deberán obligatoriamente ser profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, habilitados en el Registro Único de Proveedores para ejecutar la obra, y domiciliadas en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato. El presupuesto referencial total es de (valor en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, el que deberá ser aceptado incondicionalmente por el proveedor interesado a través del procedimiento establecido en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de (días), contado a partir de (establecer si desde la fecha de la suscripción del contrato, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato). Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:voto alguno.

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CONVOCATORIA. Se invita a La convocatoria será realizada en todos los profesionales, micro y pequeñas empresascasos por la Sociedad Administradora por decisión de ella, o actores previa solicitud del revisor fiscal, del auditor externo del Fondo, de suscriptores que representen no menos del veinticinco por ciento (25%) de las Unidades de Participaciones o por la Superintendencia Financiera. La citación a la Asamblea de Inversionistas la realizará la Sociedad Administradora mediante convocatoria, que contendrá la fecha, hora y lugar de la economía popular reunión, el orden del día y solidariala persona que convocó. La convocatoria deberá efectuarse con una antelación mínima de 15 días comunes, mediante un diario de manera individual o asociativa que estén habilitados amplia circulación nacional (El Espectador) y en el Registro Único sitio web de Proveedores la Sociedad Administradora. En todos los casos, la Asamblea de Inversionistas se podrá reunir de forma presencial o no presencial, siendo aplicables para ejercer esta actividadel efecto, en uno y domiciliados otro caso, las normas contenidas en la circunscripción territorial legislación mercantil para las sociedades anónimas. La Asamblea podrá deliberar con la presencia de un número plural de suscriptores que representen por lo menos el cincuenta y uno por ciento (51%) de las participaciones del Fondo. Las decisiones de la Asamblea se tomarán mediante el voto favorable del setenta (70%) de las Unidades presentes o representadas en la respectiva reunión. Cada Unidad de Participación otorga un voto, con excepción de la participación que tenga la Sociedad Administradora en el Fondo de Inversión Colectiva que no se tendrá en cuenta para determinar el quórum deliberatorio ni le dará derecho a voto alguno. Si convocada una Asamblea, ésta no se realizare por falta de quórum previsto para el efecto, se citará a una nueva reunión que sesionará y decidirá válidamente con un número plural de inversionistas asistentes o representados cualquiera sea la cantidad de participaciones. La nueva reunión deberá efectuarse no antes de los diez días ni después de los treinta, contados desde la fecha fijada para la primera reunión. Cuando quiera que se ejecutará opte por el contrato sistema del voto por escrito para las reuniones adelantadas de conformidad con lo establecido en el numeral 22 del artículo 6 20 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional 222 de Contratación Pública1995 o cualquier norma que la modifique, legalmente capaces complemente o derogue, los documentos que se envíen a los suscriptores deben contener la información necesaria, a fin de contratar que éstos dispongan de elementos de juicio suficientes y que a adecuados para tomar la fecha respectiva decisión. Son funciones de la publicación del procedimiento no mantengan vigentes contratos Asamblea de ejecución de obra, adjudicados a través del procedimiento de Menor Cuantía, cuyos montos individuales o acumulados igualaren o superaren el coeficiente establecido en el numeral 2 del artículo 51 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, hasta que hayan solicitado formalmente la recepción provisional de el o los contratos vigentes, salvo que por efectos de la entrega recepción de uno o varios contratos el monto por ejecutar fuere inferior al coeficiente antes indicado, a que presenten sus ofertas para (describir la obra y/o proyecto/objeto contractual). Si no hubiere manifestación de interés en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato por parte de profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, de manera individual o asociativa que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores, se considerará a los proveedores de la provincia a la que pertenezca la circunscripción territorial. Si la misma circunstancia de ausencia de manifestación de interés ocurriese respecto de la provincia, se convocará a los proveedores que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 52 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, a nivel nacional. En caso de participar como asociaciones, consorcios o compromisos de asociación o consorcio, los proveedores asociados deberán obligatoriamente ser profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, habilitados en el Registro Único de Proveedores para ejecutar la obra, y domiciliadas en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato. El presupuesto referencial total es de (valor en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, el que deberá ser aceptado incondicionalmente por el proveedor interesado a través del procedimiento establecido en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de (días), contado a partir de (establecer si desde la fecha de la suscripción del contrato, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato). Las condiciones de esta convocatoria son Inversionistas las siguientes:

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CONVOCATORIA. Se invita El proceso de Contratación y Jurídica será la encargada de convocar a los profesionaleslos(as) miembros del Comité Evaluador, micro y pequeñas empresascuya asistencia es de carácter obligatorio. A las sesiones del Comité, podrán asistir como invitados(as) para suministrar información o actores ilustrar en casos específicos, las personas que hayan servido de apoyo a los(as) miembros del comité, en la economía popular y solidariaverificación de las condiciones jurídicas, de manera individual o asociativa que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores para ejercer esta actividadexperiencia, organización, y domiciliados financiera y en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato de conformidad con lo establecido en el numeral 22 las evalua- ciones técnicas y económicas. El incumplimiento total o parcial por parte del(a) contratista, del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, legalmente capaces de contratar y que a la fecha de la publicación del procedimiento no mantengan vigentes contratos de ejecución de obra, adjudicados a través del procedimiento de Menor Cuantía, cuyos montos individuales o acumulados igualaren o superaren el coeficiente establecido en el numeral 2 del artículo 51 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, hasta que hayan solicitado formalmente la recepción provisional de el o los contratos vigentes, salvo que por efectos de la entrega recepción de uno o varios contratos el monto por ejecutar fuere inferior al coeficiente antes indicado, a que presenten sus ofertas para (describir la obra objeto y/o proyecto/objeto contractual)de las obligaciones contractuales lo hará acreedor a la imposición de las sanciones establecidas en este Manual y en la normatividad vigente que regula la materia. La declaratoria de incumplimiento o la imposición de las sanciones puede implicar la efectividad de las garantías otorgadas por el contratista, la cual debe realizarse en el mismo acto administrativo, con el propósito de garantizar la efectividad de las sanciones impuestas por el IEMP. Cuando la garantía consista en Póliza de Seguros otorgada a favor de la entidad, la declaratoria de incumplimiento o multa la imposición de las sanciones implica el siniestro de la Póliza, razón por la cual deberá vincularse al(a) garante al procedimiento sancionatorio respectivo. El garante respon- derá hasta el monto de las garantías otorgadas. Si no hubiere manifestación se trata de interés incumplimiento el acto que lo declare constituirá la reclamación ante la aseguradora. La actuación administrativa que imponga la sanción se sujetará a lo señalado en la circunscripción territorial Ley 1474 de 2011 o en la norma que la sustituye, modifique o complemente. En lo no previsto expresamente en la citada norma, se aplicará en lo pertinente el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el Código General del Proceso, en la medida en que se ejecutará el contrato por parte de profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de sean compati- bles con la economía popular naturaleza y solidaria, de manera individual o asociativa que estén habilitados en el Registro Único de Proveedoresfines del procedimiento sancionatorio contractual. En todos los casos, se considerará a los proveedores de la provincia a la que pertenezca la circunscripción territorial. Si la misma circunstancia de ausencia de manifestación de interés ocurriese respecto de la provincia, se convocará a los proveedores que cumplan las condiciones establecidas en garantizará al(a) contratista y al(a) garante el artículo 52 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, a nivel nacional. En caso de participar como asociaciones, consorcios o compromisos de asociación o consorcio, los proveedores asociados deberán obligatoriamente ser profesionales, micro o pequeñas empresas, o actores de la economía popular y solidaria, habilitados en el Registro Único de Proveedores para ejecutar la obra, y domiciliadas en la circunscripción territorial en que se ejecutará el contrato. El presupuesto referencial total es de (valor en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, el que deberá ser aceptado incondicionalmente por el proveedor interesado a través del procedimiento establecido en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, debido proceso y el plazo estimado para la ejecución del contrato es derecho de (días), contado a partir de (establecer si desde la fecha de la suscripción del contrato, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato). Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:defensa.

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