Convocatorias. 1. Las convocatorias para la selección de personal mediante contrato laboral se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, las normativas estatal y autonómica de desarrollo, los Estatutos de cada Universidad, el presente convenio colectivo y lo que disponen las bases de las respectivas convocatorias y demás normas de carácter general que resulten de aplicación.
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