CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD. Los criterios de sustentabilidad deberán garantizar el mejor impacto al ambiente, mejores condiciones éticas y económicas, así como el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil.
CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD. Adicionalmente, los oferentes podrán detallar en sus ofertas información específica de sustentabilidad relativa a sus equipos, productos, envases, empaquetamiento y/o embalajes, procesos de extracción de materia prima y/o fabricación y/o envasado y/o distribución y/o disposición final, para la valoración positiva de la Oferta. A los fines de esta contratación, se entenderá por información específica de sustentabilidad a aquella capaz de evidenciar un desempeño que minimiza el impacto ambiental y/o aporta mejoras sociales.
CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD. Se tendrá especial consideración y se valorará positivamente a aquellos OFERENTES que demuestren mayor compromiso ético, social y ambiental. Los criterios ambientales tenidos en cuenta para la presente contratación serán: - Producción limpia. - Reaprovechamiento de componentes de productos en desuso. - Disminución de los impactos ambientales (consumo de agua y de energía y emisiones incluyendo requerimientos para las emisiones de CO2). - Utilización de transporte eficiente - Que se priorice el consumo de bienes cuya producción sea local, minimizando el uso de transporte y así el uso de combustibles fósiles. - Empleo de materiales que faciliten el reciclaje, reutilizables y lavables a ser provistos
CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD. DE LAS GARANTÍAS
CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD. Se valorará positivamente a aquellas empresas que demuestren mayor compromiso ético y social.
CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD. Se valorará positivamente a aquellas empresas que demuestren mayor compromiso ético, social y ambiental. Los criterios ambientales tenidos en cuenta para la presente contratación serán: − Producción limpia. − Reaprovechamiento de componentes de productos en desuso. − Disminución de los impactos ambientales (consumo de agua y de energía y emisiones incluyendo requerimientos para las emisiones de CO2). − Utilización de transporte eficiente − Que se priorice el consumo de bienes cuya producción sea local, minimizando el uso de transporte y así el uso de combustibles fósiles. − Empleo de materiales que faciliten el reciclaje, reutilizables y lavables a ser provistos Además de criterios ambientales, el Gobierno considerará aspectos éticos relativos al cumplimiento de convenciones internacionales y estándares sobre condiciones laborales dignas, salarios mínimos, derechos de trabajadores y trabajadoras contando entre la planta laboral con personal con capacidades diferenciadas (Ley N˚ 19.279) y lucha contra el trabajo infantil, entre otros. El comercio justo es una relación comercial que debe cumplir con normas mínimas, tales como: − Garantizar a los productores y productoras un salario y unas condiciones laborables justas. − Asegurar que los niños y niñas no sean explotados. − Las organizaciones productoras deben destinar una parte de sus beneficios a las necesidades básicas de sus comunidades: sanidad, educación, agua, saneamiento y PLIEG-2018-16756731- -DGRGIEG seguridad alimentaria. − Las relaciones comerciales se basan en el diálogo, la transparencia y el respeto mutuo, asegurando que estas relaciones sean a largo plazo y garanticen una parte del pago una vez formalizado el contrato. − La producción se realiza garantizando la protección del ambiente. − Los productos de comercio justo son elaborados bajo normas de calidad. Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación de OFERTAS podrá requerir de los OFERENTES la información complementaria y documentación respaldatoria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las OFERTAS presentadas.
CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD. El contenido de la oferta deberá acreditar por sí sólo el cumplimiento de los requisitos formales exigidos. Adicionalmente, los oferentes podrán detallar en sus ofertas información específica de sustentabilidad relativa a sus equipos, productos, envases, empaquetamiento y/o embalajes, procesos de extracción de materia prima y/o fabricación y/o envasado y/o distribución y/o disposición final de los mismos, para su posterior valoración positiva por parte del Patronato de Liberados Bonaerense. A los fines de esta contratación, se entenderá por información específica de sustentabilidad a aquella capaz de evidenciar un desempeño que minimiza el impacto ambiental y/o aporta mejoras sociales. PLIEG-2021-03064124-GDEBA-DSTACPLB
CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD. Se deberá acreditar que los bienes ofrecidos cumplen con criterios de sustentabilidad correspondientes a seguridad eléctrica y eficiencia energética. Adicionalmente podrá acompañarse información específica relativa a los equipos, procesos, fabricante y/o distribuidor de los equipos. Dicha información adicional podrá ser utilizada por la jurisdicción y/o entidad contratante para fundamentar la selección del proveedor. El cumplimiento de los criterios de sustentabilidad para los bienes ofrecidos mediante la inserción de las etiquetas o sellados respectivos será verificado en la recepción definitiva del producto por la jurisdicción o entidad contratante.
CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD. Se tendrá especial consideración y se valorará positivamente a aquellas empresas que demuestren mayor compromiso ético, social y ambiental. PLIEG-2019-24934950-GCABA-DGABRGIEG Se considerará sustentable aquel proceso de fabricación que incluya producción limpia, reaprovechamiento de componentes de productos en desuso, que haya tenido en cuenta la disminución de los impactos ambientales (como consumo de agua, de energía y emisiones), que no se hayan añadido sustancias tóxicas para la salud o el ambiente y cuyo resultado sea el de un producto ecológico con una vida útil prolongada. Se entiende por producto ecológico aquel que tiene un menor impacto en el medio ambiente durante todo su ciclo de vida, que cumple la misma o mejor función que un producto no ecológico y que alcanza las mismas o mejores cuotas de calidad y de satisfacción para el usuario. Además de criterios ambientales, el Gobierno considerará aspectos éticos y sociales relativos al cumplimiento de convenciones internacionales y estándares sobre condiciones laborales dignas, salarios mínimos, derechos de trabajadores y trabajadoras, entre otros.

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: