CUENTA DE VALORES. En virtud de las presentes estipulaciones, el Cliente abre una cuenta de depósito y administración de valores en Miraltabank (en adelante, la “Cuenta de Valores”) cuyo saldo inicial quedará integrado por los Valores que, previa adecuada acreditación de su titularidad, el Cliente aporte o suscriba mediante la emisión de las correspondientes órdenes a Miraltabank. Dicho saldo variará como consecuencia de nuevas aportaciones y retiradas de Valores y como consecuencia de la ejecución de las órdenes que formule el Cliente. Asimismo, formarán parte del citado saldo las participaciones en Fondos de Inversión que el Cliente haya adquirido con intermediación de Miraltabank. A estos efectos, el Cliente autoriza expresamente a Miraltabank a que recabe de la Entidad Gestora correspondiente cuanta información fuera necesaria para la fijación del saldo anteriormente indicado. Las retiradas de valores e instrumentos financieros de la Cuenta de Valores requerirán petición del Cliente por las vías habilitadas al efecto, y se traspasarán en el tiempo y forma que establezca el correspondiente Mercado x Xxxxxx de Liquidación atendiendo a las instrucciones del Cliente para su traspaso y a la correspondiente solicitud que deberá efectuar la entidad a la que el Cliente decida realizar el traspaso. Es obligación del Banco actuar con la mayor diligencia al recibir la orden de traspaso para transmitir o atender la solicitud de otra entidad, pero el Banco no asumirá la responsabilidad por los plazos o retrasos que puedan consumir terceras entidades y mercados involucrados en los traspasos solicitados por el Cliente. Cualquier acto de disposición o gravamen que afecte a los valores e instrumentos financieros integrados en la Cuenta de Valores realizado al margen de Miraltabank deberá ser comunicado a ésta antes de su realización. De no mediar esta petición o comunicación, Miraltabank quedará exonerada de toda responsabilidad por razón de dobles ventas o descubiertos que afecten a los correspondientes valores e instrumentos financieros. En particular, en tal supuesto será de aplicación lo dispuesto en la Estipulación “Descubiertos”. Miraltabank le informa que, de conformidad con la normativa de aplicación y en relación con la prestación del servicio de custodia y administración de valores, los valores e instrumentos financieros de los clientes se mantendrán en cuentas individualizadas a nombre de cada cliente. Miraltabank delegará únicamente en entidades de reconocido prestigio, solve...
CUENTA DE VALORES. Conjunto de anotaciones contables en las que el intermediario refleja todas las operaciones y saldos de la cartera de un inversor.
CUENTA DE VALORES. Conjunto de anotaciones contables en las que el intermediario refleja todas las operaciones y saldos de la cartera de un inversor. Activos financieros o valores negociables que pueden emitir las cajas de ahorro. Representan aportaciones dinerarias de duraci¾n indefinida que pueden ser aplicadas en igual proporci¾n y a los mismos destinos que los fondos fundacionales y las reservas de la entidad. Son un instrumento xx xxxxx variable -han de cotizar en un mercado secundario organizado- y estßn desprovistas de derechos polÝticos. Su precio de emisi¾n ha de ser coherente con el valor econ¾mico de la caja de ahorros. Son dep¾sitos bancarios (al vencimiento recuperarß el capital invertido) en los cuales la rentabilidad estß vinculada a la evoluci¾n de uno o varios Ýndices bursßtiles, de la cotizaci¾n de un grupo de acciones, o cualquier otro.
CUENTA DE VALORES. El CLIENTE mantiene una cuenta de valores a su nombre, con el número ……………………….. en Banco ……………., S.A., en la cual quedarán depositados los valores que constituyen la administración y gestión de xxxxxxx, los valores que se adquieran en ejecución del presente contrato y los resguardos o demás justificantes acreditativos de dicha propiedad. A fin de facilitar el adecuado cumplimiento de la labor de gestión y administración de la cartera regulada en el presente contrato, el CLIENTE autoriza expresamente a TREA a solicitar y obtener de Banco ……………., S.A. el acceso a la información general sobre el estado y movimientos de las cuentas corriente y de depósito de valores citadas en la presente contrato.
CUENTA DE VALORES. Durante la vigencia del servicio contratado el Banco abrirá en sus libros una cuenta de valores con el número indicado en la Hoja de Contratación, a nombre del Titular, vinculada de forma exclusiva a este servicio, que mostrará detalladamente la posición de los valores confiados por éste para su custodia. El Banco facilitará al Titular un extracto de la cuenta con periodicidad anual, y en todo caso al término del mes natural en que se hubiera producido algún movimiento en la cuenta. El Titular deberá prestar su conformidad o hacer los reparos pertinentes a la posición de valores reflejada en el extracto en el plazo de un mes, pues transcurrido dicho plazo se reputará prestada tácitamente la conformidad. El extracto de la cuenta de valores no constituirá título representativo de los valores depositados ni será transmisible, y tendrá un carácter meramente informativo.
CUENTA DE VALORES. 4.1. Información sobre la tipología de cuentas de valores.
CUENTA DE VALORES. 4.1. Información sobre la tipología de cuentas de valores. El Cliente puede elegir entre las tipologías de cuentas que Bankinter, como entidad participante del Depositario Central de Valores y como miembro compensador general de la ECC de conformidad con la normativa aplicable, ofrece. Estas cuentas son:
CUENTA DE VALORES. Compra del plan de inversión ETF/acción por ejecución Volumen de inversiones por ejecución: 10 € a 10.000 €. Orden por correo por orden introducida, cambio o cancelación
CUENTA DE VALORES. El Contrato se instrumentará a través de una cuenta ómnibus, que registrará los movimientos y saldos de los valores propiedad del Cliente, abierta a nombre de ING asumiendo en todo caso frente al “CLIENTE” la responsabilidad de su custodia y administración. ING mantendrá los registros internos necesarios para conocer en todo momento y sin demora la posición de los valores y las operaciones en curso del “CLIENTE” expresados en número de títulos, anotaciones o derechos e importes nominales, por clase de valor. La comunicación de los movimientos y el saldo al Cliente se realizará en soporte duradero, a través del extracto de la citada cuenta y del extracto de la cuenta de liquidación. El extracto de dichas cuentas documentará de forma clara y concreta, los valores depositados, las operaciones reflejadas y el saldo resultante. El extracto de la cuenta no constituye un documento de valor y, por tanto, no puede ser transmitido ni endosado. ING remitirá al Cliente, a través de los medios que en cada caso tenga establecidos y, en cualquier caso, siempre en soporte duradero, extracto de la cuenta, cuando haya habido movimientos, con periodicidad mensual. 6.
CUENTA DE VALORES. Nº Suc. Sucursal Fecha