CUESTIONES LITIGIOSAS. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato, serán resueltas conforme a lo establecido en los artículos 39 y 44 y siguientes de la LCSP. PUESTO DE TRABAJO: Administrativo Contratación De conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso. En todo caso, ambas partes, contratista y Administración, se someten a los órganos jurisdiccionales correspondientes x Xxxxxx.
CUESTIONES LITIGIOSAS. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato, serán resueltas conforme a lo establecido en los artículos 37, 40 y siguientes del TRLCSP. En los supuestos previstos en el artículo 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso-administrativo, en el plazo de 15 días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP. En todo caso, ambas partes, contratista y Administración, se someten a los órganos jurisdiccionales correspondientes x Xxxxxx.
CUESTIONES LITIGIOSAS. Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio, deberán de solventarse por acuerdo de las partes, si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional Contencioso- Administrativo de Madrid. Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman el presente Convenio en ejemplar duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados. POR LA UNIVERSIDAD POR (NOMBRE DE LA EMPRESA/ COMPLUTENSE DE MADRID, INSTITUCIÓN,)
CUESTIONES LITIGIOSAS. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este Contrato serán resueltos por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso Contencioso- Administrativo, conforme a lo dispuesto por la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción, previa interposición, en su caso, del recurso de reposición potestativo y sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que los interesados estimen procedente. En los supuestos a que se refiere el artículo 44 de la LCSP, reservados interponer recurso especial en materia de contratación.
CUESTIONES LITIGIOSAS. Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir, y basándose en la buena fe imperante entre las partes en la formalización del presente convenio de colaboración, se someterán y serán resueltas en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio y, solo si ello no fuera posible se acudirá, para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, al conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo.
CUESTIONES LITIGIOSAS. Las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato, serán recurribles ante la jurisdicción Contencioso- administrativa, conforme a su Ley reguladora.
CUESTIONES LITIGIOSAS. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos de este Convenio, si no se llegara a un acuerdo a través de la Comisión de Seguimiento, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo de Madrid. Código seguro de Verificación : PFIRMA-8d1b-b424-9863-9f8f-f988-5f6f-ba9d-d9e4 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxx Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman el presente Convenio, en ejemplar duplicado a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
CUESTIONES LITIGIOSAS. Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio, deberán de solventarse por acuerdo de las partes en la Comisión Mixta regulada en la cláusula sexta del presente convenio. Si no se llegara a un acuerdo en el seno de éstas, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo
CUESTIONES LITIGIOSAS. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultante del contrato, su interpretación, incumplimiento, resolución o nulidad, se resolverá mediante el sometimiento a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Valencia. D…………………………………………………………………………… con residencia en …………………………………………… provincia de …………………………………… calle ……………………………………………………………. Núm. …………. provisto de N.I.F nº enterado del expediente de contratación del servicio de , en nombre de la empresa …………………………………………………………., con C.I.F ………………………………….. y domicilio social en ………………………………………………………………:
CUESTIONES LITIGIOSAS. NOVENA. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa la resolución de las cuestiones litigiosas que se susciten sobre el mismo.