Cálculo de los Desbalances de Gas Cláusulas de Ejemplo

Cálculo de los Desbalances de Gas. Los Usuarios deberán pagar al Transportista un cargo por Desbalance, en conformidad con lo que se indica en la presente cláusula. De manera diaria, el Transportista determinará la diferencia entre la cantidad de Gas entregada por el Usuario en el Punto de Origen y la cantidad de Gas entregada al Usuario en el Punto de Destino, deduciendo las cantidades de Gas por concepto de Gas Combustible. Esta diferencia será acumulada diariamente y será tolerada mientras no rebase el más/menos cinco por ciento (+/-5%) de la Cantidad Máxima Diaria. Si en cualquier Día de Flujo, la diferencia diaria acumulada a la de los anteriores Días de Flujo es mayor de más/menos cinco por ciento (+/-5%) de la Cantidad Máxima Diaria, el Transportista avisará al Usuario que se está aproximando a una situación de liquidación, a efecto de que éste último, o en su caso el Transportista, corrija el Desbalance. Si la diferencia diaria acumulada a la de los anteriores Días de Flujo entre las recepciones de Gas en los Puntos de Origen y las entregas en los Puntos de Destino, es mayor de más/menos siete por ciento (+/-7%) de la Cantidad Máxima Diaria, el Transportista podrá aplicar la liquidación en efectivo, siempre y cuando el Usuario haya recibido el aviso de Desbalance señalado en la presente cláusula. Salvo pacto en contrario la liquidación del Desbalance será conforme con lo establecido en las cláusulas 15.3 y 15.4 siguientes. Al final de cada mes, los cargos por Desbalance en los que haya incurrido el Usuario, serán liquidados. Cualquier Desbalance acumulado al final del mes, que esté dentro del nivel de tolerancia menor a más/menos cinco por ciento (+/-5%), será acumulado para el cálculo de Desbalance del mes siguiente y no será objeto de liquidación.

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  • CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS El CTGL rechazará las propuestas en los siguientes casos: 1. Cuando al proponente se le haya requerido con el propósito de subsanar o aclarar o aportar un documento de la propuesta y no lo efectúe dentro del plazo indicado o no lo realice correctamente o de acuerdo con lo solicitado, siempre que la subsanación, aclaración o aporte requerido sea necesario para cumplir un requisito habilitante en los términos establecidos en el presente Término de Referencia. 2. El Proponente aporte información inexacta sobre la cual pueda existir una posible falsedad en los requisitos exigidos en los términos de referencia. 3. El Proponente se encuentre inmerso en un conflicto de interés previsto en una xxxxx xx xxxxx constitucional o legal. 4. La oferta económica supere el valor estimado del contrato del presente proceso de selección. 5. Presentar la oferta con tachaduras o enmendaduras en alguno de los documentos que acrediten los requisitos habilitantes o los factores de evaluación de la oferta. 6. Cuando se presente propuesta condicionada para la adjudicación del contrato. 7. No presentar algunos de los documentos que no subsanables, de acuerdo a los presentes términos de referencia. 8. Cuando se presenten propuestas parciales y esta posibilidad no haya sido establecida en el término de referencia. 9. Ofrecer un plazo superior al señalado en los presentes términos de referencia para la ejecución del contrato. 10. Ofrecer condiciones inferiores a las mínimas requeridas en los presentes términos de referencia. 11. Cuando se entregue extemporáneamente la propuesta o en sitio diferente a los indicados en los presentes términos de referencia. 12. Cuando en la propuesta presentada no se cotice la totalidad los ítems o los altere o suprima, incluso si se trata de las cantidades o de las unidades de medida establecidas y/o características técnicas de los bienes y/servicios. 13. Cuando existan varias propuestas presentadas por un mismo proponente quien se identifique con un mismo nombre o con nombres diferentes para este mismo proceso 14. Cuando esté incurso el proponente individual o integrante del proponente plural en causal de disolución o liquidación. 15. Cuando junto con la propuesta no se presente la garantía de seriedad de la oferta, emitida en fecha y hora previa a la hora de cierre de recepción de las ofertas 16. Cuando el proponente esté ejecutando otros contratos con organizaciones beneficiarias de la Agencia de Desarrollo Rural y se evidencie su incumplimiento.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

  • Construcción de las Obras por el Contratista 16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos.

  • MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO El monto establecido para ejecutar la obra objeto del presente contrato, es valioso por la cantidad de: $769,939.00 SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), incluye el impuesto al valor agregado, con cargo a la partida municipal 614 denominada División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización, aprobada mediante el convenio para el otorgamiento de subsidios, traslado, aplicación, destino, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia en el ejercicio de los recursos económicos que celebran por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, para la ejecución de la Obra Pública contemplado en las reglas de operación de recursos federales del “FORTALECIMIENTO FINANCIERO PARA LA INVERSIÓN 2018 Convenio B”, aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2018; aprobado mediante Sesión del Comité Dictaminador de Obra Pública del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande, Jalisco, celebrada el día 24 veinticuatro de Septiembre del año 2018 dos mil dieciocho y de conformidad con la Sesión Pública Extraordinaria de Ayuntamiento número 74 setenta y cuatro de fecha 25 veinticinco de Septiembre del año 2018 dos mil dieciocho, en el punto número 15 quince del orden del día, así como la autorización y asignación de la obra referida para “EL CONTRATISTA”. A) El importe comprende todos los gastos de “EL CONTRATISTA” por concepto de materiales, equipo, herramientas, transporte de materiales, mano de obra, limpieza de obra, dirección, administración, impuestos, materias primas, seguros y en general todos los gastos directos e indirectos necesarios y suficientes para cumplir con todas y cada una de las obligaciones que asume en el presente contrato, así como su utilidad.

  • Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 de la LCSP, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o su clasificación de conformidad con lo establecido en el apartado 7 de la cláusula 1. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se especifica en el apartado 6 de la cláusula 1. Además, cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 68 de la LCSP.

  • VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO El Contratante pagará al CONTRATISTA el valor de cada Acta de servicio, teniendo en cuenta el cumplimiento y avance en la ejecución así: El Contratante realizará un primer pago, por la suma equivalente al 90% del valor de la Fase 1de cada Acta de Servicio, contra la entrega y recibo a satisfacción por la interventoría de todos los estudios técnicos y diseños correspondientes a la infraestructura educativa junto con la radicación en debida forma de la solicitud de la Licencia de Construcción y de los demás permisos requeridos, deberá anexar copia de las radicaciones. El último pago, correspondiente al saldo xxx xxxx (10%) del valor de la Fase 1 de cada Acta de Servicio, se realizara contra el Acta de Cierre de la Fase 1 debidamente suscrita por el Contratista y la Interventoria y el FFIE, así como de la aprobación de las garantías correspondientes señaladas. El FContratante pagaráal contratista el valor de la fase 2 Construcción así: Pagos parciales quincenales o mensuales de cada Acta de servicio en ejecución de acuerdo con las actas parciales de avance de obra ejecutada de cada uno de los hitos de obra, para cobrar el hito este deberá estar terminado y deberán contar con la aprobación de la interventoría de acuerdo con los siguientes porcentajes (o los que consigne el contratista en la programación aprobada por la interventoria) así: De cada uno de estos pagos se efectuara una retención en garantía del 10% la cual se devolverá al contratista contra la suscripción del Acta de Cierre del Acta de Servicio. El último pago, correspondiente al saldo por retención en garantía xxx xxxx (10%) del valor de cada Acta de Servicio, de acuerdo con los productos realmente ejecutadas y recibidos a satisfacción por parte de la interventoria, se pagará una vez se suscriba el Acta de cierre de Fase 2 y previa suscripción del acta de recibo final de los productos a satisfacción por parte de la Interventoría y del FFIE, así como de la aprobación de las garantías correspondientes señaladas.

  • FORMA Y LUGAR DE PAGO “EL INP” efectuará el pago a través de transferencia electrónica en pesos de los Estados Unidos Mexicanos, a mes vencido conforme a los servicios efectivamente prestados y a entera satisfacción del administrador del contrato y de acuerdo con lo establecido en los Anexos A, B y C que forman parte integrante de este contrato. El pago se realizará en un plazo máximo de 20 (veinte) días naturales siguientes, contados a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica a “EL INP”, con la aprobación (firma) del Administrador del presente contrato. El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la aceptación del CFDI o factura electrónica, y ésta reúna los requisitos fiscales que establece la legislación en la materia, el desglose de los servicios prestados, los precios unitarios, se verifique su autenticidad, no existan aclaraciones al importe y vaya acompañada con la documentación soporte de la prestación de los servicios facturados. De conformidad con el artículo 90, del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presente errores, el Administrador del presente contrato o a quien éste designe por escrito, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el CFDI y/o documentos soporte corregidos y sean aceptados. El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección del CFDI y/o documentación soporte entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”. El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada con cuatro copias fotostáticas. (únicamente se recibirán facturas que se encuentren debidamente requisitadas, la cual deberá consignar, entre otros , el número de contrato, número xx xxxxxxx, clave del artículo de los Servicios a entregar, el RFC y la dirección completa de “EL INP”, Insurgentes Sur número 3700 letra C, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Demarcación Territorial Coyoacán, Código Postal 04530, Ciudad de México, de conformidad con los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; por lo que en caso de que la factura presente errores, “EL PROVEEDOR” deberá realizar las correcciones necesarias y entregarla a más tardar el día hábil siguiente. El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el impuesto cuando aplique. “EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad que, hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de la prestación de los servicios, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato. Para efectos de trámite de pago, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta bancaria, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, respecto de la cual deberá proporcionar toda la información y documentación que le sea requerida por “EL INP”, para efectos del pago. “EL PROVEEDOR” deberá presentar la información y documentación “EL INP” le solicite para el trámite de pago, atendiendo a las disposiciones legales e internas de “EL INP”. El pago de la prestación de los servicios recibidos, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y, en su caso, deductivas. Para el caso que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51, párrafo tercero, de la “LAASSP”.

  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EL INDICADO EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA LA INDICADA EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO.