DE LA ADMINISTRACIÓN. 13.1. Por parte del GADDMQ, a través de la Administración Zonal Xxxxxxx Xxxxxx, se designa como administrador del presente convenio al Director de Gestión del Territorio, o quien haga sus veces, o su delegado.
13.2. El Administrador del presente Convenio deberá cumplir con las responsabilidades establecidas en el artículo (5) del Instructivo para la Celebración de Convenios Interinstitucionales del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, emitido mediante Resolución GADDMQ 013-2023 de 27 xx xxxxxx de 2023. Además, deberá:
a) Apoyar al GAD Parroquial Rural en la depuración de propuestas iniciales de proyectos de desarrollo rural, en función de una ficha de prefactibilidad que justifique la viabilidad, legalidad y alineación a la Estrategia de Gestión Integral de la Ruralidad “Quito Rural”.
DE LA ADMINISTRACIÓN. La sociedad será administrada por un consejo de administración, a quien competerá la gestión y la representación de la sociedad en los términos establecidos en la Ley.
DE LA ADMINISTRACIÓN. La empresa dispondrá de un asesor técnico y supervisor para su personal de servicio, el mismo que coordinará con la Oficina de Mantenimiento y Servicios Generales. La empresa deberá proveer a su personal de todos y cada uno de los implementos de seguridad que se requieren para la prestación del servicio. El Hospital regional Lambayeque no asumirá responsabilidad por daños y perjuicios que sufra el trabajador de la empresa en el desempeño de sus funciones. Todo accidente, cualesquiera que fuera su naturaleza, deberá ser reportado obligatoriamente a la Oficina de Mantenimiento y Servicios Generales. La empresa asumirá la responsabilidad legal por los daños y perjuicios causados a terceros por los trabajadores destacados por la empresa. La empresa se obliga a seleccionar personal idóneo de garantizada honradez y solvencia moral (reservándose el HRL la facultad de requerir ante una falta comprobada a la empresa el retiro de cualquier trabajador destacado, debiendo ser remplazado por otro). El jefe de la Oficina de Mantenimiento y Servicios Generales están encargados de la supervisión del servicio, teniendo la facultad de inspeccionar y controlar el servicio, periódicamente de acuerdo al ámbito de su competencia, rechazando con fundamento los materiales, que la empresa utilice en caso de considerarlos inadecuados para el servicio, así como a exigir el correcto comportamiento del personal de la empresa, estando estos obligados a subsanar de inmediato las observaciones o deficiencias que se les indique por escrito. Para la ejecución del pago mensual por la prestación de servicios, será requisito indispensable la presentación por parte de la empresa, del “ACTA DE CONFORMIDAD” emitido por la Oficina de Mantenimiento y Servicios Generales basado en el informe consolidado de evaluación de cada Departamento, Servicio y/o Área. Además deberá presentar factura original, copia de planilla de haberes y boletas de pago debidamente firmado por el trabajador y fotocopia de constancias de pago de los aportes de ESSALUD y seguro complementario de riesgo. La empresa ganadora de la Buena Pro, antes de iniciar sus actividades coordinará con la Oficina de Mantenimiento y Servicios Generales para la distribución del personal y la orientación de las medidas de bioseguridad según los procesos establecidos en los documentos de la institución. Los trabajadores destacados deberán conocer el uso y ubicación de los extintores y apoyaran en caso de incendios o desastres naturales. Los trab...
DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO 8°: La Administración de la compañía estará a cargo de una Junta Directiva compuesta por un número no menor de cinco (5) ni mayor xx xxxx
DE LA ADMINISTRACIÓN. 8.1 Por parte de la Secretaría se designa como Administradora a la Dra. Xxxxxxx Xxxxxx, Jefa de la Unidad de Salud Comunitaria, quien tendrá la responsabilidad de la ejecución del mismo, conforme el marco normativo aplicable.
8.2 Por parte de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, se designa como Administradora a la Dra. Xxxx Xxxxx:
8.3 Cabe indicar que, la designación se efectúa al cargo, por lo que, en caso de existir algún cambio o variación del personal, el o los nuevos funcionarios, deberán cumplir con las obligaciones determinadas en el presente acuerdo.
DE LA ADMINISTRACIÓN. El Órgano de Administración estará conformado por tres (3) personas naturales, o jurídicas, o de ambas, elegidas por la Asamblea nombre por nombre y sin indicación del cargo específico que han de ejecutar.
DE LA ADMINISTRACIÓN. La Sociedad será administrada por un Directorio, el que será elegido por la Junta de Accionistas.
DE LA ADMINISTRACIÓN. La sociedad será administrada por un consejo de administración, a quien competerá la gestión y la representación de la sociedad en los términos establecidos en la Ley. En ningún caso la competencia podrá extenderse a las materias que el art. 160 de la Ley reserva a la junta general y, por mientras la sociedad tenga la condición de cotizada, a las que para esos casos reserva a la junta general el art. 511.bis de la Ley. El consejo de administración, con informe a la junta de accionistas, aprobará un reglamento de normas de régimen interno y funcionamiento del propio consejo, que deberá comunicarse a la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores para su publicación una vez inscrito en el Registro Mercantil.
DE LA ADMINISTRACIÓN. De la administración.
DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO 53 LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA