DE LA ENTIDAD Cláusulas de Ejemplo

DE LA ENTIDAD. Cancelar las obligaciones de pago contractuales en las oportunidades establecidas en el presente contrato. EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido por el código civil en caso de retraso en el pago, contado desde la oportunidad en que debió efectuarse, salvo causas de fuerza mayor o caso fortuito que impidan que LA ENTIDAD cumpla su obligación.
DE LA ENTIDAD. Devolver el inmueble y el mobiliario a la finalización del contrato. • Se notificará al arrendador para que realice las reparaciones que haya que efectuar en el inmueble o en el mobiliario, de corresponder por defectos o vicios ocultos no observados a la firma del contrato. Una vez recibida la notificación, el Arrendador deberá efectuar las reparaciones, sin costo para la entidad en un plazo no mayor a cinco (5) días calendario. • A los 72 días de firmado el Acta de entrega y recepción del local, Minedu realizará una verificación de las condiciones del inmueble, mobiliario y servicios. Esto se registrará en una Acta de verificación del local, la misma que, de no tener observaciones, se procederá a otorgar la segunda conformidad.
DE LA ENTIDAD. 8.2.1 Supervisar el cumplimiento de las condiciones contractuales establecidas, pudiendo disponer que se efectúen las verificaciones que juzgue necesarias. 8.2.2 Pagar oportunamente los servicios que brinde EL CONTRATISTA. 8.2.3 Otorgar las facilidades que correspondan para la ejecución del presente contrato. 8.2.4 LA ENTIDAD se reserva el derecho de interponer acciones judiciales en contra de los trabajadores de EL CONTRATISTA e indistintamente contra EL CONTRATISTA, si comprueba que su participación ha acarreado responsabilidades de carácter civil y/o penal. En este caso automáticamente se resolverá el contrato y se procederá de acuerdo x Xxx.
DE LA ENTIDAD. Se obliga a: 3.2.1. Informar a LA FACULTAD con anterioridad al inicio de las actividades propias de la práctica académica, el número de estudiantes que requiera para cada semestre académico, así como los requisitos mínimos que deben cumplir los aspirantes por medio del documento escrito señalado para efectos del presente convenio denominado como “Términos de Referencia”. 3.2.2. Realizar la selección final de los estudiantes que realizarán las prácticas académicas requeridas, a partir del listado de seleccionados presentado por la FACULTAD. 3.2.3. Facilitar al estudiante todos los medios para que reciba formación profesional metódica y completa en los términos establecidos por LA ENTIDAD. 3.2.4. Designar un tutor académico que dirija y asesore las actividades académicas e investigativas de LOS ESTUDIANTES, en el marco de la práctica académica convenida. 3.2.5. Asignar a los estudiantes la realización de actividades directamente relacionadas con el objeto propio de la carrera profesional que cursan, en concordancia con las directrices trazadas por LA ENTIDAD. 3.2.6. Definir un plan de práctica académica con LOS ESTUDIANTES en donde se definan temas de trabajo, línea de investigación asociada, fecha de inicio, fecha de fin, dedicación, plan de trabajo, cronograma, objetivos, productos académicos, fechas de evaluaciones parciales y evaluación final. 3.2.7. Realizar la evaluación de desempeño de LOS ESTUDIANTES, de conformidad con el formato de evaluación y las directrices formuladas por la FACULTAD. 3.2.8. Permitir a la FACULTAD realizar la comprobación directa de las actividades realizadas por los estudiantes por medio de visitas físicas a las instalaciones y demás lugares en donde éstas se desarrollen. 3.2.9. Realizar la afiliación y el pago de aportes al Sistema General de “Riesgos Laborales” de LOS ESTUDIANTES, de acuerdo con lo establecido en los Decretos 055 de 2015 “por el cual se reglamenta la afiliación de estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones” artículos 4 numeral 2, literal d y 10; y 1072 de 2015 “por medio 3.2.10. Las demás que se deriven del presente convenio y de la modalidad de vinculación determinada por LA ENTIDAD. PARÁGRAFO PRIMERO: El número de estudiantes por cada semestre académico será acordado por las partes teniendo en cuenta la disponibilidad en cada programa de pregrado y/o posgrado y las necesidades de LA ENTIDAD. PARÁGRAFO SEGUNDO: La duración de cada práctica será la convenida por las pa...
DE LA ENTIDAD. El Comité Cantonal con personería jurídica instrumental, con capacidad jurídica plena para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para cumplir sus fines. Tiene su domicilio legal en el cantón de Curridabat de la Provincia de San Xxxx y sus actividades se desarrollan en el mismo lugar.
DE LA ENTIDAD. Los medios probatorios documentales ofrecidos en el acápite denominado “MEDIOS PROBATORIOS DE LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA”, que son los mismos presentados por el Consorcio en aplicación del Principio de Comunidad de la Prueba.
DE LA ENTIDAD. Proporcionar apoyo técnico para el buen desempeño del servicio que preste “El Locador”. Abonar a “El Locador” el monto de la prestación materia del presente contrato en la fecha y bajo condiciones estipuladas, salvo situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.
DE LA ENTIDADLa Entidad está obligada a: 11.1.Cumplir con las condiciones establecidas en los Documentos del Proceso de Contratación. 11.2.Fijar un cronograma con el Contratista para la ejecución del factor de calidad ofrecido en la etapa de selección que permita su implementación oportuna durante el desarrollo del contrato. 11.3.Pagar la remuneración por la ejecución de la obra en los términos pactados en la Cláusula 8 del presente Contrato.
DE LA ENTIDAD. ADMINISTRADORA‌ La entidad administradora deberá sujetarse a los términos y condiciones previstos en este contrato. En caso de existir alguna inconsistencia o contradicción entre este acuerdo y los estatutos sociales, LAS PARTES reconocen y declaran que las disposiciones del presente acuerdo prevalecerán sobre las disposiciones de los estatutos sociales de la entidad administradora. 10.1. Estatutos sociales‌ Los estatutos sociales de la entidad administradora deberán contener, en forma expresa, las previsiones específicas que resultaren necesarias a efectos de poder cumplir la totalidad de obligaciones puestas a su cargo, de conformidad con lo previsto en el pliego de condiciones y este contrato. En caso de advertirse por la entidad administradora, con posterioridad a la firma del contrato, que no puede cumplir con una o más de las obligaciones a su cargo por no contar con las autorizaciones estatutarias de lugar, ésta estará obligada a su modificación inmediata, para adaptarla a lo dispuesto en este contrato. En cualquier caso, los atrasos o incumplimientos de los términos contractuales en los que, como causa de ello, incurra la entidad administradora, serán directa y exclusivamente imputables a la misma. El objeto social de la entidad administradora estará limitado al cumplimiento de las actividades previstas en este contrato. En este sentido, deberá prever específicamente la realización de las actividades u operaciones comprendidas en el objeto del contrato, incluyendo cuantas actividades sean requeridas para el diseño, desarrollo, operación y mantenimiento del Sistema Electrónico de Garantías Mobiliarias. La empresa deberá tener una duración mínima igual al plazo de vigencia del presente contrato; y, en todo caso, deberá prorrogarse de forma expresa hasta la completa extinción de las obligaciones a cargo de la entidad administradora derivadas de este contrato. Su domicilio social deberá estar fijado en Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, República Dominicana, durante todo el plazo de vigencia del contrato, y, en todo caso, hasta la completa extinción de las obligaciones a cargo de la entidad administradora. Las modificaciones de los estatutos sociales de la entidad administradora sólo podrán realizarse con la autorización previa de la autoridad contratante, quien supervisará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y/o este contrato respecto de los estatutos sociales, sin perjuicio del cumplimiento a lo previsto en la ley de soci...
DE LA ENTIDAD. El Programa Nacional de Competitividad –PRONACOM-, es un programa nacional participativo, facilitador de los esfuerzos y alianzas interinstitucionales entre el sector público, privado, sociedad civil y academia, para el desarrollo de la competitividad del capital humano y empresarial que genere inversión, contribuya al desarrollo descentralizado del país, mejore la calidad de vida de los guatemaltecos y genere oportunidades de empleos formales. Las actividades coordinadas desde PRONACOM se rigen por la Agenda Nacional de Competitividad (ANC), cuyo objetivo es realizar esfuerzos para mejorar los niveles de productividad de la economía del país, derribando barreras que limitan el desarrollo empresarial y la inversión. 1 PRONACOM fue creado por medio del Acuerdo Gubernativo 306-2004, el cual ha sido reformado por medio de los Acuerdos Gubernativos 21-2008, 39-2016 y 192- 2016. Dicho Acuerdo Gubernativo establece que PRONACOM, está conformado por tres órganos: a. El Comité Ejecutivo, b. El Consejo Asesor y c. La Unidad Especial de Ejecución.