DE LA RESOLUCIÓN Cláusulas de Ejemplo

DE LA RESOLUCIÓN. El presente Contrato podrá ser resuelto por cualquiera de las partes, por incumplimiento parcial o total del presente contrato, bastando para ello, una comunicación escrita con un plazo de anticipación de treinta (30) días calendario. La solicitud de resolución del Contrato no liberará a las partes de los compromisos previamente asumidos, ni impedirá la continuación de las actividades que se estuvieran desarrollando.
DE LA RESOLUCIÓN. Cualquiera de LAS PARTES podrá resolver el presente Convenio por las siguientes causales:
DE LA RESOLUCIÓN. Son causales de resolución del presente Convenio:
DE LA RESOLUCIÓN. 1. La resolución que emita la Contraloría General, sin perjuicio de la responsabilidad que proceda respecto de los servidores públicos que hayan intervenido tendrá por consecuencia:
DE LA RESOLUCIÓN. Las partes podrán resolver el contrato de mutuo acuerdo por causas no atribuibles a éstas o por caso fortuito o fuerza mayor. Cualquiera de las partes podrá resolver el presente contrato por incumplimiento de alguna obligación, si previamente ha requerido el cumplimiento de la misma, de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el cual supletoriamente se aplica en el presente contrato.
DE LA RESOLUCIÓN. En caso EL USUARIO incumpla con las obligaciones citadas en la Cláusula Sexta del presente convenio de forma parcial o totalmente, es potestad unilateral de EL RENIEC evaluar y decidir si continúa con la atención del servicio de Sellado de Tiempo o lo suspende hasta el correcto cumplimiento de las mismas, lo cual será una causal de resolución del convenio. Asimismo, el presente convenio podrá ser resuelto por cualquiera de las partes, sin expresión de causa, bastando para ello una carta notarial con un plazo de anticipación de treinta (30) días calendario anterior a la fecha en que se desea dejar sin efecto el convenio. La solicitud de resolución del convenio no liberará a las partes de las obligaciones previamente asumidos, ni impedirá la continuación de las actividades que se estuvieran desarrollando.
DE LA RESOLUCIÓN. Si el prestatario no inicia sus estudios de posgrado en los plazos y condiciones en virtud a los cuales se le aprobó el crédito beca (por causa atribuible o no a su persona) y de no haberse efectuado desembolsos, se producirá la resolución automática del contrato de crédito beca, en cuyo caso SERVIR a través de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil comunicará al prestatario dicha resolución. Si la resolución se produjera por causa atribuible al prestatario éste no podrá ser beneficiario del Programa Piloto (prestatario/postulante elegido) en las dos convocatorias sucesivas siguientes.
DE LA RESOLUCIÓN. El presente Convenio Xxxxx podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causales:
DE LA RESOLUCIÓN. 10.1 El presente Convenio puede ser resuelto antes de su vencimiento por las siguientes causales:
DE LA RESOLUCIÓN. LAS PARTES se reservan el derecho de verificar el adecuado cumplimiento de los compromisos establecidos y la facultad de resolverlo de pleno derecho, mediando siempre una comunicación previa a la otra parte involucrada, en los siguientes casos: