DE LA UNIVERSIDAD Cláusulas de Ejemplo

DE LA UNIVERSIDAD. Designar un tutor que, conjuntamente con el responsable designado por la Institución Receptora, planificará, monitoreará y evaluará las pasantías o prácticas pre profesionales realizadas por los estudiantes de la Universidad. Difundir entre su comunidad estudiantil, la disponibilidad de cupos para la realización de prácticas pre profesionales y pasantías. Receptar de los candidatos para la realización de prácticas pre profesionales y pasantías, la información necesaria para la selección por parte de la Institución Receptora, esto es, información concerniente a su nivel académico y, de ser el caso, sobre su nivel de experiencia y transmitir tal información a la Institución Receptora. Las partes declaran conocer que tal información es confidencial y podrá ser utilizada exclusivamente para los fines descritos en el presente convenio. El personal docente designado por la Universidad concurrirá las veces que fueren necesarias a las instalaciones de la Institución Receptora a fin de coordinar y supervisar el buen desempeño de los estudiantes. La Universidad informará a los estudiantes, sobre su deber de asistir puntualmente a sus prácticas, registrar diariamente su asistencia y, de observar la reglamentación interna de la Institución. Designar un responsable que, conjuntamente con el tutor designado por la Universidad, planificará, monitoreará y evaluará las prácticas pre profesionales y pasantías realizadas por los estudiantes. Establecer el número de cupos disponibles para la realización de prácticas pre profesionales y pasantías, e informar a la Universidad para su difusión entre la comunidad estudiantil. Seleccionar de la lista de candidatos presentada por la Universidad, los estudiantes que realizarán sus prácticas pre profesionales o pasantías. Informar a la Universidad sobre cualquier incidencia en el desarrollo de las prácticas pre profesionales o pasantías en un plazo razonable no superior a 3 días. Facilitar a los estudiantes el acceso a los escenarios y proveer los insumos e información necesarios para el aprendizaje y desempeño de las actividades coordinadas, incluyendo la determinación clara sobre las políticas, lineamientos y directrices que deberán observar. Remitir a la Universidad un informe tanto sobre las actividades cumplidas cuanto sobre la evaluación de las mismas, utilizando el sistema de prácticas que maneja la universidad, así como certificar y acreditar tales prácticas. Suscribir un acuerdo individual con los/las estudiantes que sean de...
DE LA UNIVERSIDAD. 4.1.1. LA UNIVERSIDAD se compromete a otorgar dos (02) becas integrales para estudios en el programa de pregrado regular por cada año académico regular que podrán hacerse efectivas en las siguientes carreras: • Psicología • Ingeniería Ambiental • Ingeniería de Tecnologías de Información y Sistemas • Ingeniería de Software • Ingeniería en Ciencias de Datos Firmado digitalmente por XXXX XXXXXX Xxxxx Xxxxx FAU 20511268401 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 19.04.2024 17:31:15 -05:00 Firmado digitalmente por MERCADO XXXXXXX Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20511268401 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 19.04.2024 17:58:41 -05:00 Firmado digitalmente por XXXX XXXXX Xxxxx Xxxxxxx FAU 20511268401 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 19.04.2024 18:07:27 -05:00 La beca cubre los derechos académicos durante 10 semestres regulares continuos, sin considerar el derecho de matrícula. Asimismo, se mantendrá vigente siempre y cuando el beneficiario mantenga la continuidad de sus estudios, no cambie xx xxxxxxx y semestralmente mantenga una calificación académica de como mínimo el tercio superior de su carrera. La beca no cubre el costo de estudios realizados como parte de algún programa internacional al que el beneficiario aplique; así como, tampoco cubre el costo de materiales de clase e insumos que se soliciten para la realización de prácticas, el costo de uniforme, transporte, movilidad o alimentación, el proceso de titulación, carné de medio pasaje, exámenes de recuperación, ni demás costos no detallados explícitamente en el presente documento. A efectos de la convocatoria para el año 2024, las dos becas a otorgarse por dicho año se harán efectivas en el segundo semestre regular de LA UNIVERSIDAD, el mismo que inicia en el mes xx xxxxxx del 2024.
DE LA UNIVERSIDAD. Para efectos del presente Convenio, la USFQ se obliga a:
DE LA UNIVERSIDAD. 2.1.1. Reconocer a favor de los colegiados hábiles para el ejercicio de la profesión y trabajadores de LA INSTITUCIÓN que tengan como mínimo un (1) año de labores ininterrumpidas en ésta, el beneficio económico que ofrece LA UNIVERSIDAD a través del Reglamento de Apoyo Estudiantil vigente 1 en las 1 xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxx/XxxxxxxxxxxxxXxx/XxxXxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx modalidades de estudio que la Ley Universitaria establezca y dependiendo de la carrera profesional elegida, que consiste en:
DE LA UNIVERSIDAD. 1.1.1 LA UNIVERSIDAD creada mediante Ley N° 14015, de fecha 13 de febrero de 1962, es una persona jurídica de derecho público interno, se rige y se gobierna de acuerdo a la Constitución Política del Estado, la Ley N° 30220, Ley Universitaria, su Estatuto y otras normas internas; goza de autonomía académica, económica y administrativa. La misión de la Universidad Nacional xx Xxxxxxxxx se enmarca dentro de la formación integral de profesionales, gestores de conocimiento, a través de la investigación científica, tecnológica y humanística, comprometidos con los procesos sociales, económicos, ambientales y culturales con responsabilidad social.
DE LA UNIVERSIDAD. 2.1. Que su denominación social es Universidad del Tercer Milenio, S.C., constituida conforme a las Leyes Mexicanas, según consta en escritura No. 26,924 de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, titular de la Xxxxxxx Xxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
DE LA UNIVERSIDAD. 4.2.1 Para la determinación de índices y parámetros de fotogrametría para el monitoreo de broca (Hypothenemus hampei) y xxxx xxxxxxxx (Hemileia vastatrix) en el cultivo del café (Coffea arabica):
DE LA UNIVERSIDAD. Efectuar al CONTRATISTA el pago total S/. 26,152.56 nuevos soles, por la Adquisición de Servicio con Seguros de Vehículos para LA UNIVERSIDAD de conformidad con el Art. 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Brindará las facilidades necesarias para la correcta ejecución de la Adquisición de Servicio con Seguros de Vehículos para LA UNIVERSIDAD designando al Director Universitario de Logística y responsables de la verificación de la calidad y especificaciones técnicas, conforme a las Bases. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La vigencia del presente contrato es desde el día siguiente de la suscripción del mismo hasta el momento en que la entidad dé la conformidad de la recepción de la prestación y se efectúe el pago conforme lo establece el artículo 149º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - Las pólizas estarán vigentes desde el 5 de diciembre de 2009 al 4 de diciembre de 2010, conforme a lo establecido en las Bases de la Adjudicación Directa Selectiva N° 003-2009-UNH, aplicándose supletoriamente los Arts. 183° y 184° del Código Civil vigente, y para todo efecto legal surtirá efecto el domicilio indicado en la parte introductoria del presente contrato. - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - -- - -
DE LA UNIVERSIDAD. Las personas a quienes confieren ese carácter la Ley Orgánica 4, así como aquéllas con facultades delegadas para conocer y resolver los asuntos laborales que surjan de la esfera de su competencia, con motivo de la aplicación de la Ley y del Contrato.
DE LA UNIVERSIDAD. Ofrecer e impartir programas de continuidad de estudios para sus egresados y para egresados del nivel Técnico Superior Universitario o Profesional asociado de otras Instituciones de Educación Superior, de conformidad con las disposiciones aplicables Superior que impartan el mismo tipo educativo, que permitan alcanzar el nivel académico de la licenciatura, conforme a las disposiciones aplicables y considerando para tal efecto, los requisitos y el modelo pedagógico, académico y administrativo aprobado por “LA SECRETARÍA”, a través de la Subsecretaría de Educación Superior y por conducto de la Coordinación General de Universidades Tecnológicas