DE LAS DEFINICIONES Cláusulas de Ejemplo

DE LAS DEFINICIONES. A los efectos de este Contrato, las palabras que se señalan a continuación tendrán el significado de seguidas expuesto, ya sea que se empleen en singular o en plural, en mayúscula o minúscula, según corresponda con relación al texto en el cual aparezcan:
DE LAS DEFINICIONES. Para todos los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
DE LAS DEFINICIONES. A los efectos de este contrato, las palabras que se señalan a continuación tendrán el significado de seguidas expuesto, ya sea que se empleen en singular o en plural, en mayúscula o minúscula, según corresponda con relación al texto en el cual aparezcan:
DE LAS DEFINICIONES. Para una mejor comprensión e interpretación de este Contrato, las palabras que se señalan a continuación tendrán el significado de seguidas expuesto, bien se utilicen en singular o en plural, en mayúscula o minúscula, según corresponda en relación con el texto en el cual aparezcan:
DE LAS DEFINICIONES. La interpretación y ejecución del presente contrato se regirá de acuerdo a los siguientes conceptos: EL PROVEEDOR: Persona jurídica de carácter privado que efectúa la comercialización de puntos de venta y demás servicios relacionados.
DE LAS DEFINICIONES. Cuando en las presentes bases se haga referencia a la Ley, se entenderá que está referida al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. - Cuando en las presentes bases se haga referencia al Reglamento, se entenderá que está referida al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.
DE LAS DEFINICIONES. A los fines de una correcta y exacta interpretación de este contrato, se establece el conjunto de definiciones siguientes, las cuales tendrán el significado aquí expuesto a menos que de la misma redacción se derive un significado diferente. Ello será así bien sea que se utilicen en plural o en singular.
DE LAS DEFINICIONES. A los efectos del presente “CONVENIO”, los títulos que se detallan a continuación tienen el siguiente significado:
DE LAS DEFINICIONES. Para efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por:
DE LAS DEFINICIONES. Para los efectos del presente reglamento se utilizarán las siguientes definiciones: Asesorar: dar consejo o pronunciarse sobre una materia o tema de interés sectorial; Proponer: manifestar o exponer una idea, una política, una estrategia o un proyecto para que se analice y se discuta; Apoyar: favorecer, ayudar a propagar una idea, una política, una estrategia, un plan o un proyecto; Participación ciudadana: proceso mediante el cual los ciudadanos(a) se integran para tomar decisiones o para controlar o fiscalizar una acción pública.