DE LOS MESES DE PLANES DE TRATAMIENTO CONTRATADOS Cláusulas de Ejemplo

DE LOS MESES DE PLANES DE TRATAMIENTO CONTRATADOS. A. Por este acto, y de acuerdo al N° 1.4 de las bases administrativas y técnicas, se establece que el tope máximo de meses planes de tratamiento que la entidad podrá realizar, de conformidad a este contrato, es el siguiente: 2021 Metropolitan 3 Sociedad de Tratamiento y CTR Anastasis 162 72 $ a Rehabilitación ANASTASIS LTDA. Ltda. 126.246.852 2022 Metropolitan a 3 Sociedad de Tratamiento y Rehabilitación ANASTASIS LTDA. CTR Anastasis Ltda. 216 96 $ 168.329.136 Total 2021 162 72 $ 126.246.852 Total 2022 216 96 $ 168.329.136 En tal sentido, el monto máximo del presente contrato para el periodo 2021-2022 ascenderá a la cantidad de $294.575.988.- B. Con todo, en conformidad a la asignación inicial, establecida en el N° 1.5 de las bases de licitación, por este acto la entidad se compromete a realizar durante los años 2021-2022 los siguientes meses de planes de tratamiento1: Año Región LS Nombre prestador Nombre centro PAI ML PR ML Presupuesto 2021 Metropolitan a 3 Sociedad de Tratamiento y Rehabilitación ANASTASIS LTDA. CTR Anastasis Ltda. 135 54 $ 100.438.920 2022 Metropolitan a 3 Sociedad de Tratamiento y Rehabilitación ANASTASIS LTDA. CTR Anastasis Ltda. 180 72 $ 133.918.560 Total 2021 135 54 $ 100.438.920 Total 2022 180 72 $ 133.918.560 En el mismo sentido, el precio podrá ser reajustado en el mes de diciembre de 2021 y comenzará a regir en el mes de enero de 2022 La cuantía de dicho reajuste será fijada en la época indicada previamente, teniendo como factores referenciales el reajuste que experimente el Índice de Precios al Consumidor de los últimos doce meses y la disponibilidad presupuestaria de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Público del año correspondiente. Los reajustes serán notificados a la Entidad una vez totalmente tramitado el acto administrativo que los aprueba, sin la necesidad de modificar el contrato. Las partes dejan constancia que el precio mensual por cada unidad de mes de plan de tratamiento, es el siguiente: PRECIOS POR UNIDAD DE MES DE PLAN DE TRATAMIENTO Plan Ambulatorio Intensivo en Medio Libre PAI ML Plan de Tratamiento Residencial PR ML $426.206 $794.465 1 Sin perjuicio de las reasignaciones que se realicen de conformidad a la cláusula décimo quinta del presente contrato. Con todo, los recursos que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, destinará por cada unidad de mes de plan de tratamiento, estarán sujetos a lo que establezca la Ley de Presupuesto para el Sector ...
DE LOS MESES DE PLANES DE TRATAMIENTO CONTRATADOS. A. Por este acto, y de acuerdo al N° 1.4 de las bases administrativas y técnicas, se establece que el tope máximo de meses planes de tratamiento que la entidad podrá realizar, de conformidad a este contrato, es el siguiente: 2020 Corporación Comunidad La Roca PSC La Roca Temuco Araucanía 216 $ 42.522.624 2021 Corporación Comunidad La Roca PSC La Roca Temuco Araucanía 216 $ 42.522.624 2020 Corporación Comunidad La Roca PSC La Roca Xxxxxxxx Los Xxxx 216 $ 42.522.624 2021 Corporación Comunidad La Roca PSC La Roca Xxxxxxxx Los Xxxx 216 $ 42.522.624 TOTAL 2020 432 $ 85.045.248 TOTAL 2021 432 $ 85.045.248 TOTAL GRAL. 864 $ 170.090.496 En tal sentido, el monto máximo del presente contrato para el periodo 2020 – 2021 ascenderá a la cantidad de $ 170.090.496.- B. Con todo, de conformidad a la asignación inicial, establecida en el N° 1.5 de las bases de licitación, por este acto la entidad se compromete a realizar durante los años 2020 y 2021 los siguientes meses de planes de tratamiento: 2020 Corporación Comunidad La Roca PSC La Roca Temuco Araucanía 180 $ 35.435.520 2021 Corporación Comunidad La Roca PSC La Roca Temuco Araucanía 180 $ 35.435.520 2020 Corporación Comunidad La Roca PSC La Roca Xxxxxxxx Los Xxxx 180 $ 35.435.520 2021 Corporación Comunidad La Roca PSC La Roca Xxxxxxxx Los Xxxx 180 $ 35.435.520 TOTAL 2020 360 $ 70.871.040 TOTAL 2021 360 $ 70.871.040 TOTAL GRAL. 720 $ 141.742.080 Las partes dejan constancia que el precio mensual por cada unidad de mes de plan de tratamiento, es el siguiente: El precio podrá ser reajustado en el mes de diciembre de 2020, y comenzará a regir en el mes de enero de 2021. La cuantía de dicho reajuste será fijada en la época indicada previamente, teniendo como factores referenciales el reajuste que experimente el Índice de Precios al Consumidor de los últimos doce meses y la disponibilidad presupuestaria de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Público del año 2021. El reajuste deberá ser notificado a la Entidad una vez totalmente tramitado el acto administrativo que los aprueba, sin la necesidad de modificar el presente contrato. En el caso que el contrato sea renovado, se podrá reajustar el precio en los mismos términos del párrafo anterior, en los meses de diciembre de 2022 y 2023. Con todo, los recursos que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, destinará por cada unidad de mes de plan de tratamiento, estarán sujetos a lo que establezca la Ley de Presupuesto p...
DE LOS MESES DE PLANES DE TRATAMIENTO CONTRATADOS. A. Por este acto, y de acuerdo al N° 1.4 de las bases administrativas y técnicas, se establece que el tope máximo de meses planes de tratamiento que la entidad podrá realizar, de conformidad a este contrato, es el siguiente: Año LS Región Prestador Establecimiento PAB PAI PR PG PAI PM PR PM Presupuesto Anual línea 2021 69 Metropolitana Comunidad Terapéutica Horizonte Comunidad Terapeutica Horizonte Maipu (C.T. Horizonte Maipu) 0 0 192 0 0 $ 108,704,448 2021 71 Metropolitana Comunidad Terapéutica Horizonte Comunidad Terapeutica Horizonte (Santiago) 0 216 0 0 0 $ 63,206,568 2021 80 Metropolitana Comunidad Terapéutica Horizonte Comunidad Terapeutica Horizonte Padre Xxxxxxx (C.T. Horizonte Padre Xxxxxxx) 0 0 204 0 0 $ 115,498,476 2022 00 Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (X.X. Xxxxxxxxx Xxxxx) 0 0 192 0 0 $ 108,704,448 2022 71 Metropolitana Comunidad Terapéutica Horizonte Comunidad Terapeutica Horizonte (Santiago) 0 216 0 0 0 $ 63,206,568 2022 80 Metropolitana Comunidad Terapéutica Horizonte Comunidad Terapeutica Horizonte Padre Xxxxxxx (C.T. Horizonte Padre Xxxxxxx) 0 0 204 0 0 $ 115,498,476 TOTAL 2021 - 216 396 - - 287,409,492 TOTAL 2022 - 216 396 - - 287,409,492 En tal sentido, el monto máximo del presente contrato para el periodo 2021-2022 ascenderá a la cantidad de $574,818,984. B. Con todo, de conformidad a la asignación inicial, establecida en el N° 1.5 de las bases de licitación, por este acto la entidad se compromete a realizar durante los años 2021-2022 los siguientes meses de planes de tratamiento1: Año LS Región Prestador Establecimiento PAB PAI PR PG PAI PM PR PM Presupuesto Anual línea 2021 69 Metropolitana Comunidad Terapéutica Horizonte Comunidad Terapeutica Horizonte Maipu (C.T. Horizonte Maipu) 0 0 156 0 0 $ 88,322,364 2021 71 Metropolitana Comunidad Terapéutica Horizonte Comunidad Terapeutica Horizonte (Santiago) 0 180 0 0 0 $ 52,672,140 2021 80 Metropolitana Comunidad Terapéutica Horizonte Comunidad Terapeutica Horizonte Padre Xxxxxxx (C.T. Horizonte Padre Xxxxxxx) 0 0 168 0 0 $ 95,116,392 2022 00 Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (X.X. Xxxxxxxxx Xxxxx) 0 0 156 0 0 $ 88,322,364 2022 71 Metropolitana Comunidad Terapéutica Horizonte Comunidad Terapeutica Horizonte (Santiago) 0 180 0 0 0 $ 52,672,140 2022 80 Metropolitana Comunidad Terapéutica Horizonte Comunidad Terapeutica Horizonte Padre Xxxxxxx (C.T. Horizonte Padre Xxxxxxx) 0 0 168 0 0 $ 95...
DE LOS MESES DE PLANES DE TRATAMIENTO CONTRATADOS. A. Por este acto, y de acuerdo al N° 1.4 de las bases administrativas y técnicas, se establece que el tope máximo de meses planes de tratamiento que la entidad podrá realizar, de acuerdo a este contrato, es el siguiente: En tal sentido, el monto máximo del presente contrato para el periodo 2023-2024 ascenderá a la cantidad de $ 180.559.200.- B. Con todo, y conforme a la asignación inicial, establecida en el N° 1.5 de las bases de licitación, por este acto la entidad se compromete a realizar durante los años 2023-2024 los siguientes meses de planes de tratamiento1: El precio mensual por cada unidad de mes de plan de tratamiento, conforme a lo indicado en el numeral 1.6 de las bases de licitación, es el siguiente: 1 Sin perjuicio de las reasignaciones que se realicen de conformidad a la cláusula décimo quinta del presente contrato.
DE LOS MESES DE PLANES DE TRATAMIENTO CONTRATADOS. A. Conforme al numeral 2.3 de las bases de licitación, letra b), párrafo cuarto, “una vez presentados los antecedentes requeridos, SENDA y la entidad respectiva, celebrarán la renovación de contrato, instrumento en que se dejará constancia de la nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento presentada, de la asignación inicial y tope máximo de acuerdo a los números 1.4 y 1.5…”. Por consiguiente, en función de lo establecido en el N° 1.5 de las bases administrativas y técnicas, por este acto se establece que el tope máximo de meses planes de tratamiento que la entidad podrá realizar, en conformidad a este contrato, es el siguiente: Año Región Prestador Establecimiento PAI IA PR IA Presupuesto Anual línea 2021 Tarapacá Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile PAI IA Centro Xxxxx 000 - $ 111.352.140 2022 Tarapacá Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile PAI IA Centro Xxxxx 000 - $ 222.704.280 2023 Tarapacá Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile PAI IA Centro Xxxxx 180 - $ 111.352.140 TOTAL 2021 180 - 111.352.140 TOTAL 2022 360 - 222.704.280 TOTAL 2023 180 - 111.352.140 En tal sentido, el monto máximo de la presente renovación de contrato para el periodo 2021 – 2023 ascenderá a la cantidad de $ 445.408.560.- B. Por otra parte, en conformidad a la asignación inicial, establecida en el N° 1.4 de las bases de licitación, por este acto la entidad se compromete a realizar entre los años 2021 y 2023, los siguientes meses de planes de tratamiento: Año Región Prestador Establecimiento PAI IA PR IA Presupuesto Anual línea 2021 Tarapacá Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile PAI IA Centro Xxxxx 000 - $ 92.793.450 2022 Tarapacá Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile PAI IA Centro Xxxxx 000 - $ 185.586.900 2023 Tarapacá Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile PAI IA Centro Xxxxx 150 - $ 92.793.450 TOTAL 2021 150 - 92.793.450 TOTAL 2022 300 - 185.586.900 TOTAL 2023 150 - 92.793.450 Las partes dejan constancia que el precio mensual por cada unidad de mes de plan de tratamiento, es el siguiente: El precio podrá ser reajustado en el mes de diciembre de 2021 y diciembre de 2022, y comenzará a regir en el mes de enero de 2022 y enero de 2023, respectivamente. La cuantía de dicho reajuste será fijada en la época indicada previamente, teniendo como factores referenciales el reajuste que experimente el Índice de Precios al Consumidor de los últimos doce meses y la disponibilidad presupuestaria de acuerdo a la Ley de Presupues...
DE LOS MESES DE PLANES DE TRATAMIENTO CONTRATADOS. A. Por este acto, y de acuerdo al N° 1.4 de las bases administrativas y técnicas, se establece que el tope máximo de meses planes de tratamiento que la entidad podrá realizar, de conformidad a este contrato, es el siguiente:
DE LOS MESES DE PLANES DE TRATAMIENTO CONTRATADOS. A. Por este acto, y de acuerdo al N° 1.4 de las bases administrativas y técnicas, se establece que el tope máximo de meses planes de tratamiento que la entidad podrá realizar, de conformidad a este contrato, es el siguiente: 2020 Fundación Paréntesis Fundación Paréntesis Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx 000 $21.261.312 TOTAL 108 $21.261.312 En tal sentido, el monto máximo del presente contrato para el periodo 2020 ascenderá a la cantidad de $ $21.261.312 B. Con todo, de conformidad a la asignación inicial, establecida en el N° 1.5 de las bases de licitación, por este acto la entidad se compromete a realizar durante 2020 los siguientes meses de planes de tratamiento: 2020 Fundación Paréntesis Fundación Paréntesis Santiago Metropolitana 90 $17.717.760 TOTAL 90 $17.717.760 Las partes dejan constancia que el precio mensual por cada unidad de mes de plan de tratamiento, es el siguiente:
DE LOS MESES DE PLANES DE TRATAMIENTO CONTRATADOS. A.Por este acto, y de acuerdo al N° 1.4 de las bases administrativas y técnicas, se establece que el tope máximo de meses planes de tratamiento que la entidad podrá realizar, de conformidad a este contrato, es el siguiente: En tal sentido, el monto máximo del presente contrato para el periodo 2022 – 2024 ascenderá a la cantidad de $566.078.400-. Año LS Región Prestador Centro PAI LV PR PG PR LV Monto 2022 14 O’Xxxxxxx Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Rancagua LV 133 0 0 $ 55.035.400 2022 16 Biobío Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Concepcion 133 0 0 $ 55.035.400 2022 18 Araucanía Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Temuco 133 0 0 $ 55.035.400 2023 14 O’Xxxxxxx Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Rancagua LV 228 0 0 $ 94.346.400 2023 16 Biobío Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Concepcion 228 0 0 $ 94.346.400 2023 18 Araucanía Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Temuco 228 0 0 $ 94.346.400 2024 14 O’Xxxxxxx Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Rancagua LV 95 0 0 $ 39.311.000 2024 16 Biobío Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Concepcion 95 0 0 $ 39.311.000 2024 18 Araucanía Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Temuco 95 0 0 $ 39.311.000 Total 2022 399 0 0 $ 165.106.200 Total 2023 684 0 0 $ 283.039.200 Total 2024 285 0 0 $ 117.933.000 Total General 1368 0 0 $ 566.078.400 B.Con todo, de conformidad a la asignación inicial, establecida en el N° 1.5 de las bases de licitación, por este acto la entidad se compromete a los siguientes meses de planes de tratamiento: Año LS Región Prestador Centro PAI LV PR PG PR LV Monto 2022 14 O’Xxxxxxx Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Rancagua LV 112 0 0 $ 46.345.600 2022 16 Biobío Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Concepción 112 0 0 $ 46.345.600 2022 18 Araucanía Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Temuco 112 0 0 $ 46.345.600 2023 14 O’Xxxxxxx Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de Jóvenes Santiago ACJ Rancagua LV 192 0 0 $ 79.449...
DE LOS MESES DE PLANES DE TRATAMIENTO CONTRATADOS. A. Por este acto, y de acuerdo al número 1.4 de las bases administrativas y técnicas, se establece que el tope máximo de meses planes de tratamiento que la entidad podrá realizar, de conformidad a este contrato, es el siguiente: Año LS Región Prestador Establecimiento PAI IA PR IA Presupuesto Anual línea 2021 2 Antofagasta Proyecto de Salud Educacional PROSEC Ltda. Cronos Antofagasta 90 50 $95.399.320 2022 2 Antofagasta Proyecto de Salud Educacional PROSEC Ltda. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx 000 120 $ 228.958.368 2023 2 Antofagasta Proyecto de Salud Educacional PROSEC Ltda. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx 000 60 $114.479.184 TOTAL 2021 90 50 95.399.320 En tal sentido, el monto máximo del presente contrato para el período 2021 ascenderá a la cantidad de $438.836.872.- B. Con todo, en conformidad a la asignación inicial, establecida en el numeral 1.5 de las bases de licitación, por este acto la entidad se compromete a realizar durante el año 2021 los siguientes meses de planes de tratamiento: Año LS Región Prestador Establecimiento PAI IA PR IA Presupuesto Anual línea 2021 2 Antofagasta Proyecto de Salud Educacional PROSEC Ltda. Cronos Antofagasta 75 40 $78.175.325 2022 2 Antofagasta Proyecto de Salud Educacional PROSEC Ltda. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx 000 96 $187.620.780 2023 2 Antofagasta Proyecto de Salud Educacional PROSEC Ltda. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx 00 00 $93.810.390 Las partes dejan constancia que el precio mensual por cada unidad de mes de plan de tratamiento, es el siguiente:

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  • Modalidades de pago Todos los pagos deberán realizarse en Pesos Colombianos y se deberán efectuar mediante cualquiera de las siguientes modalidades: a. Pagos por anticipado: Para este efecto el COMPRADOR deberá hacer el depósito previo en las cuentas que el VENDEDOR disponga para este fin, por un valor suficiente para cubrir el valor de la cantidad a comprar de GLP. Las consignaciones efectuadas serán verificadas por la Coordinación de Xxxxxxx y Recaudo de ECOPETROL el día hábil siguiente a la realización de las mismas, de acuerdo con el reporte diario de bancos; sujeto a lo anterior, se podrá emitir una autorización para la entrega del Producto. El nuevo saldo del cliente debe quedar actualizado en SAP. Una vez el COMPRADOR cuente con el saldo suficiente a su favor, podrá solicitar el pedido correspondiente al Contact Center - Línea Clientes por la cantidad de Producto a retirar. El Contact Center estará a cargo de realizar las verificaciones requeridas en SAP y de confirmar el volumen de Producto que debe entregarse al COMPRADOR.

  • CAUSAS DE DESECHAMIENTO Se descalificará a los licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: a) Que no cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria o sus anexos y, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la proposición, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 36, de la Ley. b) Cuando se compruebe que tienen acuerdos con otros licitantes para elevar el costo de los servicios solicitados o bien, cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. c) Cuando proporcionen información o documentación falsa y/o alterada. d) Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 50 de la Ley. e) Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la Ley, al Reglamento o a cualquier otro ordenamiento legal o normativo vinculado con este procedimiento. f) Cuando no cotice la totalidad de los servicios requeridos por partida, o en su totalidad, según sea el caso. g) Cuando presente más de una proposición en la licitación. h) Cuando no presente uno o más de los documentos o manifiestos solicitados en la presente convocatoria, o bien, los presentados no reúnan los requisitos mínimos solicitados por la convocante. i) Al presentar un precio no aceptable: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, será aquel que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un 10% al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la licitación pública. j) Al presentar precios no convenientes: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, se obtendrá el promedio de los precios preponderantes de las proposiciones técnicas aceptadas y a éste se le restará el 40%; los precios que se encuentren por debajo de ese parámetro se considerarán no convenientes y se desecharán de la licitación pública.

  • Otras modalidades de contratación 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización de carácter no salarial por cese del 7% calculada so- bre el total de las retribuciones devengadas durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales. 2. También podrá concertarse el contrato de duración determi- nada previsto en el apartado 1.b) del artículo 15 del texto refundi- do de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, cuya duración má- xima será de doce meses en un período de dieciocho meses, computándose dicha duración desde que se produzca la causa que justifique su celebración. En tal supuesto, se considerará que se produce la causa que justifica la celebración del citado contra- to cuando se incremente el volumen de trabajo o se considere ne- xxxxxxx aumentar el número de personas que realicen un determi- nado trabajo o presten un servicio. 3. Las empresas afectadas por el presente Convenio podrán concertar con Empresas de Trabajo Temporal contratos de pues- ta a disposición, siempre que no tengan por objeto alguna de las ocupaciones, puestos de trabajo o tareas que expresamente se determinan en el Anexo VII del V Convenio General del Sector de la Construcción, y ello por razón de los riesgos para la seguridad y salud en el trabajo asociados a los mismos. A estos contratos les será de aplicación las disposiciones pre- vistas en el artículo 25, apartado 3, del V Convenio General del Sector de la Construcción, debiendo los trabajadores contratados para ser cedidos a empresas usuarias percibir las retribuciones económicas, fijas o variables, establecidas en el presente Conve- nio para el puesto de trabajo a desarrollar. Deberá incluir, en to- do caso, la parte proporcional correspondiente al descanso sema- nal, las pagas extraordinarias, los festivos y las vacaciones, sien- do responsabilidad de la empresa usuaria la cuantificación de las percepciones finales del trabajador. A tal efecto, dicha empresa usuaria deberá consignar las retribuciones a que se refiere este párrafo en el contrato de puesta a disposición del trabajador. Cuando el contrato se haya concertado por tiempo determina- do el trabajador tendrá derecho, además, a recibir una indemniza- ción económica a la finalización del contrato de puesta a disposi- ción equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resul- taría de abonar una indemnización por cese del 7 por ciento cal- culada sobre todos los conceptos salariales de las tablas del con- venio aplicable devengados durante la vigencia del contrato. En este caso la indemnización podrá ser prorrateada durante la vi- gencia del contrato.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • Obligaciones de los trabajadores El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene. Hay que entender que también quedan comprendidas las medidas acordadas en Convenio Colectivo. Cada trabajador debe velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional. En particular, los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, están obligados a: 1. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. 3. Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad. 4. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al Servicio de Prevención, sobre cualquier situación que a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. 5. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Autoridad Laboral competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6. Xxxxxxxx con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones seguras de trabajo.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, estas se convertirán en Lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 29.1 de las IAO. 17.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; 17.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 21.1 El Oferente deberá presentar como parte de su oferta una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si así se estipula en los DDL. 21.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en la moneda del país del Comprador o en una moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a opción del Oferente, adoptar la forma de una carta de crédito, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Comprador, deberá tener una sucursal financiera en el país del Comprador que permita hacer efectiva la garantía; (c) estar sustancialmente de acuerdo con alguno de los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta, u otro formulario aprobado por el Comprador con anterioridad a la presentación de la oferta; (d) ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Comprador en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 21.5 de las IAO; (e) ser presentada en original; no se aceptarán copias; (f) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 20.2 de las IAO; 21.3 Si la Subcláusula 21.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Comprador por incumplimiento. 21.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan pronto como sea posible una vez que el Oferente adjudicado haya suministrado su Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO. 21.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) un Oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Oferente en el Formulario de Oferta, salvo a lo estipulado en la Subcláusula 20.2 de las IAO; o; (b) si el Oferente seleccionado no: (i) firma el Contrato de conformidad con la Cláusula 43 de las IAO; (ii) suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO. 21.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una Asociación en Participación o Consorcio deberá ser emitido en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio que presenta la oferta. Si dicha Asociación o Consorcio no ha sido legalmente constituido en el momento de presentar la oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida en nombre de todos los futuros socios de la Asociación o Consorcio tal como se denominan en la carta de intención mencionada en el subpárrafo 7 del Formulario de Información sobre el Oferente, incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 21.7 Si en los DDL no se exige una Garantía de Mantenimiento de Oferta, y (a) un Oferente retira su Oferta durante el período de tiempo de validez señalado por él en la Carta de la Oferta, con excepción de lo dispuesto en la Subcláusula 20.2 de las IAO o (b) el Oferente seleccionado no firma el Contrato de conformidad con la Cláusula 43 de las IAO, o no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO; el Prestatario podrá, si así se dispone en los DDL, declarar al Oferente no elegible para la adjudicación de un contrato por parte del Contratante durante el período que se estipule en los DDL.