Common use of Deducible aplicable Clause in Contracts

Deducible aplicable. Esta cobertura opera con la aplicación de un deducible que estará estipulado en la carátula de la póliza para la cobertura de daños materiales. Cuando el automóvil asegurado sea determinado por la Compañía como pérdida total, por Robo Total, bajo los lineamientos de la cláusula 7ª y 8ª de las Condiciones Generales “Obligaciones del Asegurado” y “Bases de Valuación e Indemnización de Daños” respectivamente, y siempre que se hubiese contratado esta cobertura de XXX RENT, la Compañía por conducto de la arrendadora de autos que ella designe en primera instancia proporcionará la presente cobertura, por un periodo no mayor a 20 ó 25 días dependiendo del tipo de vehículo que se arrende y hasta por el monto que ha quedado especificado en la carátula de la póliza, el vehículo será entregado al Asegurado dentro de las 48 horas siguientes a la comunicación que por escrito haga la Compañía, determinando la pérdida total por el Robo Total de la unidad asegurada y siempre que el Asegurado haya iniciado la averiguación previa, entregado el acta así como la acreditación de propiedad del vehículo, ambos documentos en copia certificada. La cobertura a que se refiere el párrafo anterior se limitará a un evento durante la vigencia de la póliza contratada. Por lo que una vez utilizada dicha cobertura no podrá ser reinstalada. Para que la Compañía otorgue esta cobertura, el Asegurado deberá celebrar un contrato de arrendamiento con la arrendadora de autos designada por la Compañía, y cumplir con los siguientes requisitos: ser mayor de 24 años de edad; contar con tarjeta de crédito vigente; contar con licencia de conducir vigente y credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o pasaporte vigente. El auto arrendado y en sustitución del asegurado podrá ser utilizado únicamente dentro del territorio de la República Mexicana, pudiéndose elegir entre los siguientes: Un vehículo tipo compacto disponible para todos los vehículos asegurados excepto para las flotillas de utilitarios. Como alternativa el asegurado podrá elegir:

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Deducible aplicable. Esta En todo siniestro que afecte esta cobertura opera con la aplicación de un se aplicará el deducible contratado, mismo que estará estipulado se especifica en la carátula de la póliza para la cobertura de daños materialespóliza. Cuando el automóvil asegurado sea determinado por la Compañía como pérdida total, por Robo Total, bajo los lineamientos Su monto se obtendrá de la cláusula 7ª y 8ª de las Condiciones Generales “Obligaciones del Asegurado” y “Bases de Valuación e Indemnización de Daños” respectivamente, y siempre que se hubiese contratado esta cobertura de XXX RENT, la Compañía por conducto de la arrendadora de autos que ella designe en primera instancia proporcionará la presente cobertura, por un periodo no mayor a 20 ó 25 días dependiendo del tipo de vehículo que se arrende y hasta por el siguiente manera: El monto que ha quedado especificado en la carátula de la póliza, según se trate de pérdidas totales. En caso de que no se especifique dicho monto, el deducible se calculará aplicando el porcentaje indicado al valor comercial del vehículo será entregado en la fecha del siniestro. En siniestros en los que exclusivamente se reclame la rotura, desprendimiento, robo xx xxxxxxxxx, película de seguridad, así como los costos de instalación, únicamente quedará a cargo del Contratante el monto que corresponda al Asegurado dentro 20% del valor de las 48 horas siguientes a reposición del cristal. El límite máximo de responsabilidad de la comunicación Compañía en esta cobertura, se establece en la carátula de la póliza y opera para los diversos riesgos que por escrito haga se amparan en esta cobertura. Si en la Compañíacarátula de la póliza, determinando aparece consignada la contratación de la cobertura de no pago de deducible en pérdida total por Daños Materiales, y a causa de un accidente por colisión amparado por este contrato, el Robo Total vehículo asegurado, es determinado pérdida total conforme a las condiciones generales de esta póliza, la unidad asegurada y siempre que Compañía no aplicará el Asegurado haya iniciado deducible correspondiente. Cuando en la averiguación previa, entregado el acta así como la acreditación de propiedad del vehículo, ambos documentos en copia certificada. La cobertura a que se refiere el párrafo anterior se limitará a un evento durante la vigencia carátula de la póliza contratada. Por lo que una vez utilizada dicha cobertura no podrá ser reinstalada. Para que se haga constar la Compañía otorgue contratación de esta cobertura, el Asegurado deberá celebrar un contrato la Compañía se obliga en caso de arrendamiento con pérdida total por daños materiales del vehículo asegurado a pagar al Contratante la arrendadora de autos designada por suma establecida para esta cobertura en la Compañía, y cumplir con los siguientes requisitos: ser mayor de 24 años de edad; contar con tarjeta de crédito vigente; contar con licencia de conducir vigente y credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o pasaporte vigente. El auto arrendado y en sustitución del asegurado podrá ser utilizado únicamente dentro del territorio carátula de la República Mexicanapóliza por concepto xx xxxxx de vehículo y/o transportación derivados del siniestro, pudiéndose elegir entre sólo cuando dicha pérdida total, haya sido producida por los siguientes: Un riesgos mencionados en la cláusula 1ª número 1, inciso a), c), d), e) y f). Esta cobertura termina en la fecha en que se efectúe la indemnización. Esta cobertura opera sin la aplicación de un deducible. Cuando en la carátula de la póliza se haga constar la contratación de esta cobertura, la Compañía se obliga a amparar el robo total del vehículo tipo compacto disponible para todos y/o las pérdidas o daños materiales que sufra a consecuencia de su robo total. En adición, aun cuando no se contrate la cobertura de daños materiales quedarán amparados los vehículos asegurados excepto para daños ocasionados por los riesgos que se mencionan en los incisos c), d), e), f) y g) de la cobertura de daños materiales, bajo los mismos términos y condiciones. Para obtener los beneficios de esta cobertura, en caso de robo del vehículo asegurado, será indispensable que se promueva una denuncia de hechos por robo de vehículo ante las flotillas autoridades competentes. La protección de utilitarios. Como alternativa esta cobertura operará aun cuando los hechos que den lugar al siniestro constituyan el asegurado podrá elegir:delito de abuso de confianza, salvo lo dispuesto en la Cláusula Exclusiones de esta cobertura.

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Deducible aplicable. Esta cobertura opera con la aplicación de un deducible que estará estipulado en la carátula de la póliza para la cobertura de daños materiales. Cuando el automóvil asegurado sea determinado por la Compañía como pérdida total, por Robo Total, bajo los lineamientos de la cláusula 7ª y 8ª de las Condiciones Generales “Obligaciones del Asegurado” y “Bases de Valuación e Indemnización de Daños” respectivamente, y siempre que se hubiese contratado esta cobertura de XXX RENT, la Compañía por conducto de la arrendadora de autos que ella designe en primera instancia proporcionará la presente cobertura, por un periodo no mayor a 20 ó 25 días dependiendo del tipo de vehículo que se arrende y hasta por el monto que ha quedado especificado en la carátula de la póliza, el vehículo será entregado al Asegurado dentro de las 48 horas siguientes a la comunicación que por escrito haga la Compañía, determinando la pérdida total por el Robo Total de la unidad asegurada y siempre que el Asegurado haya iniciado la averiguación previacarpeta de investigación correspondiente, entregado el acta así como la acreditación de propiedad del vehículo, ambos documentos en copia certificada. La cobertura a que se refiere el párrafo anterior se limitará a un evento durante la vigencia de la póliza contratada. Por lo que una vez utilizada dicha cobertura no podrá ser reinstalada. Para que la Compañía otorgue esta cobertura, el Asegurado deberá celebrar un contrato de arrendamiento con la arrendadora de autos designada por la Compañía, y cumplir con los siguientes requisitos: ser mayor de 24 años de edad; contar con tarjeta de crédito vigente; contar con licencia de conducir vigente y credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o pasaporte vigente. El auto arrendado y en sustitución del asegurado podrá ser utilizado únicamente dentro del territorio de la República Mexicana, pudiéndose elegir entre los siguientes: Un vehículo tipo compacto disponible para todos los vehículos asegurados excepto para las flotillas de utilitarios. Como alternativa el asegurado podrá elegir:

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Deducible aplicable. Esta En todo siniestro que afecte esta cobertura opera con la aplicación de un se aplicará el deducible contratado, mismo que estará estipulado se especifica en la carátula de la póliza para la cobertura de daños materialespóliza. Cuando el automóvil asegurado sea determinado por la Compañía como pérdida total, por Robo Total, bajo los lineamientos Su monto se obtendrá de la cláusula 7ª y 8ª de las Condiciones Generales “Obligaciones del Asegurado” y “Bases de Valuación e Indemnización de Daños” respectivamente, y siempre que se hubiese contratado esta cobertura de XXX RENT, la Compañía por conducto de la arrendadora de autos que ella designe en primera instancia proporcionará la presente cobertura, por un periodo no mayor a 20 ó 25 días dependiendo del tipo de vehículo que se arrende y hasta por el siguiente manera: El monto que ha quedado especificado en la carátula de la póliza, según se trate de pérdidas totales. En caso de que no se especifique dicho monto, el deducible se calculará aplicando el porcentaje indicado al valor comercial del vehículo será entregado en la fecha del siniestro. En siniestros en los que exclusivamente se reclame la rotura, desprendimiento, robo xx xxxxxxxxx, película de seguridad, así como los costos de instalación, únicamente quedará a cargo del Contratante el monto que corresponda al Asegurado dentro 20% del valor de las 48 horas siguientes a reposición del cristal. El límite máximo de responsabilidad de la comunicación Compañía en esta cobertura, se establece en la carátula de la póliza y opera para los diversos riesgos que por escrito se amparan en esta cobertura. Cuando en la carátula de la póliza se haga constar la Compañíacontratación de esta cobertura, determinando la Compañía se obliga en caso de pérdida total por el Robo Total de daños materiales del vehículo asegurado a pagar al Contratante la unidad asegurada y siempre que el Asegurado haya iniciado suma establecida para esta cobertura en la averiguación previa, entregado el acta así como la acreditación de propiedad del vehículo, ambos documentos en copia certificada. La cobertura a que se refiere el párrafo anterior se limitará a un evento durante la vigencia carátula de la póliza contratadapor concepto de renta de vehículo y/o transportación derivados del siniestro, sólo cuando dicha pérdida total, haya sido producida por los riesgos mencionados en la cláusula 1ª número 1, inciso a), c), d), e) y f). Por lo Esta cobertura termina en la fecha en que una vez utilizada dicha se efectúe la indemnización. Esta cobertura no podrá ser reinstaladaopera sin la aplicación de un deducible. Para que Cuando en la Compañía otorgue carátula de la póliza se haga constar la contratación de esta cobertura, la Compañía se obliga a amparar el Asegurado deberá celebrar un contrato robo total del vehículo y/o las pérdidas o daños materiales que sufra a consecuencia de arrendamiento con su robo total. En adición, aun cuando no se contrate la arrendadora cobertura de autos designada daños materiales quedarán amparados los daños ocasionados por la Compañíalos riesgos que se mencionan en los incisos c), d), e), f) y cumplir con los siguientes requisitos: ser mayor de 24 años de edad; contar con tarjeta de crédito vigente; contar con licencia de conducir vigente y credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o pasaporte vigente. El auto arrendado y en sustitución del asegurado podrá ser utilizado únicamente dentro del territorio g) de la República Mexicanacobertura de daños materiales, pudiéndose elegir entre bajo los siguientes: Un mismos términos y condiciones. Para obtener los beneficios de esta cobertura, en caso de robo del vehículo tipo compacto disponible para todos asegurado, será indispensable que se promueva una denuncia de hechos por robo de vehículo ante las autoridades competentes. La protección de esta cobertura operará aun cuando los vehículos asegurados excepto para las flotillas hechos que den lugar al siniestro constituyan el delito de utilitarios. Como alternativa el asegurado podrá elegir:abuso de confianza, salvo lo dispuesto en la Cláusula Exclusiones de esta cobertura.

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Deducible aplicable. Esta En todo siniestro que afecte esta cobertura opera con se aplicará invariablemente el deducible contratado, mismo que se especifica en la aplicación carátula de la póliza. Su monto se obtendrá de la siguiente manera: El monto especificado en la carátula de la póliza, según corresponda. En caso de que no se especifique dicho monto, el deducible se calculará aplicando el porcentaje indicado en la carátula de la póliza al Límite Máximo de Responsabilidad del vehículo en la fecha del siniestro y en caso de que el deducible calculado sea menor a tres mil pesos, se aplicará invariablemente un deducible equivalente a tres mil pesos moneda nacional. En caso de siniestro ocurrido en el estado de Sinaloa, no obstante lo indicado en la carátula de la póliza, el deducible aplicable a esta cobertura será invariablemente el 20% del límite máximo de responsabilidad indicado en la carátula de la póliza. En vehículos xx xxxx a un año de uso y en caso de pérdida parcial y si en carátula de la póliza se estipula “En caso de pérdida parcial, este vehículo se reparará en taller multimarca exclusivamente”, el deducible que estará estipulado aplicará es el que se especifica en párrafos anteriores. Para los vehículos con más de 12 meses de fabricación, la Compañía podrá enviarlos a reparación al taller multimarca que ésta designe, pagando el asegurado el deducible especificado en la carátula de la póliza. Si se elige una agencia automotriz, el asegurado o contratante deberá pagar el equivalente a 1.5 (uno punto cinco) veces el deducible señalado en la carátula de la póliza para la cobertura. Para siniestros que afecten los incisos e) y f) no se cobrará el deducible siempre y cuando los daños rebasen el monto del deducible y para el inciso g) no se cobrará deducible alguno. En el caso de automóviles de uso y servicio particular, la compañía se obliga a pagar los daños materiales causados por el o los hijo(s) menor(es) de edad del asegurado, como conductor, cuando carezca de permiso o licencia de conducir, mientras conduzca el vehículo asegurado, lo anterior se otorgará con la aplicación del deducible de la cobertura de daños materiales. Cuando materiales según haya optado el automóvil asegurado sea determinado por contratante, mismo que se estipula en la Compañía como pérdida total, por Robo Total, bajo los lineamientos carátula de la cláusula 7ª y 8ª de las Condiciones Generales “Obligaciones del Asegurado” y “Bases de Valuación e Indemnización de Daños” respectivamentepóliza. No obstante lo anterior, y siempre que se hubiese contratado esta cobertura de XXX RENT, la Compañía por conducto de la arrendadora de autos que ella designe en primera instancia proporcionará la presente cobertura, por un periodo no mayor a 20 ó 25 días dependiendo del tipo de vehículo que se arrende y hasta por el monto que ha quedado especificado si en la carátula de la póliza, el vehículo será entregado al Asegurado dentro aparece consignada la contratación de las 48 horas siguientes a la comunicación que por escrito haga la Compañía, determinando la cobertura de no pago de deducible en pérdida total por Daños Materiales, y a causa de un accidente por colisión amparado por este contrato, el Robo Total vehículo asegurado, es determinado pérdida total conforme a las condiciones generales de esta póliza, la unidad asegurada y siempre que Compañía no aplicará el Asegurado haya iniciado deducible correspondiente. Ésta excepción no aplica para siniestros por incendio. Cuando en la averiguación previa, entregado el acta así como la acreditación de propiedad del vehículo, ambos documentos en copia certificada. La cobertura a que se refiere el párrafo anterior se limitará a un evento durante la vigencia carátula de la póliza contratada. Por lo que una vez utilizada dicha se haga constar la contratación de la cobertura de no podrá ser reinstalada. Para que pago de deducible por pérdida parcial por Daños Materiales, y a causa de un accidente por colisión amparado por este contrato en la cobertura de daños materiales y el monto de los daños del vehículo asegurado es igual o superior al deducible contratado, la Compañía otorgue esta cobertura, no aplicará el Asegurado deberá celebrar un contrato de arrendamiento con la arrendadora de autos designada por la Compañía, y cumplir con los siguientes requisitos: ser mayor de 24 años de edad; contar con tarjeta de crédito vigente; contar con licencia de conducir vigente y credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o pasaporte vigente. El auto arrendado y en sustitución del asegurado podrá ser utilizado únicamente dentro del territorio de la República Mexicana, pudiéndose elegir entre los siguientes: Un vehículo tipo compacto disponible para todos los vehículos asegurados excepto para las flotillas de utilitarios. Como alternativa el asegurado podrá elegir:deducible correspondiente.

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