Defunción Cláusulas de Ejemplo

Defunción. En el caso de defunción, la empresa, en concepto de ayuda, abonará el importe de cinco mensualidades xx xxxxxxx sin la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias ni la paga xx xxxxx, al cónyuge, hijos, ascendientes o personas legalmente designadas por el trabajador a estos efectos.
Defunción. La empresa abonará al cónyuge o pareja de hecho de sus trabajadores que fallezcan, o en su defecto a sus hijos menores de 18 años o incapacitados, o padres bajo su dependencia, dos meses xx xxxxxxx de Convenio más complemento “ad personam” en concepto de ayuda de defunción.
Defunción. La empresa abonará al cónyuge de sus trabajadores o trabajadoras que mueran o, si no hay, a sus hijos menores de 18 años o incapacidades, o padres bajo su depen- dencia, un mes xx xxxxxxx de Convenio más un plus ex-antigüedad y ad personam, si corresponde en concepto de ayuda de defunción.
Defunción. Se establece una indemnización de 2.108,07 EUR por fallecimiento de cualquier empleado que preste sus servicios efectivos en la empresa, que será abonada a las personas que de acuerdo con las disposiciones legales les pudiera corresponder.
Defunción. En caso de defunción de la persona residente y si no se localizara al representante legal o familiar oportuno dentro de un plazo de 24 horas, LA RESIDENCIA lo comunicará al Organismo competente para los efectos oportunos.
Defunción. En caso de muerte de EL (LOS) CLIENTE(S), o de alguno de ellos si fueren varios, EL BANCO podrá negar a EL (LOS) CLIENTE(S) sobreviviente(s), y/o a los herederos de EL (LOS) CLIENTE(S) fallecido(s), el acceso a la(s) CAJA(S) DE SEGURIDAD, mientras no sea autorizado dicho acceso por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, y sin perjuicio de cualquier otra disposición que, en virtud del presente acto, pueda aplicar para el caso de fallecimiento de EL (LOS) CLIENTE(S) o alguno(s) de ello(s), en caso de fallecimiento de EL (LOS) CLIENTE(S), los herederos no tendrán acceso a la(s) CAJA(S) DE SEGURIDAD sino conjuntamente con el (los) cónyuge(s) de EL (LOS) CLIENTE(S) fallecido(s), si lo(s) hubiere, y después de entregar a EL BANCO una copia auténtica de un Acto de Notoriedad, en la forma que exige la Ley, que exprese quién(es) es (son) el (los) causahabiente(s) de (EL (LOS) CLIENTE(S) fallecido(s), persona(s), por tanto, con derecho para abrir la(s) CAJA(S) DE SEGURIDAD. En caso de fallecimiento de EL (LOS) CLIENTE(S) (o algunos de ellos si son varios), EL (LOS) CLIENTE(S) sobreviviente(s) no tendrá(n) acceso a la(s) CAJA(S) DE SEGURIDAD, sino con el (los) herederos de EL (LOS) CLIENTE(S) fallecido(s) y con el (los) cónyuge(s) superviviente(s), si lo hubiere, luego de que se hayan entregado a EL BANCO los documentos enunciados precedentemente y se haya dado cumplimiento a la totalidad de las formalidades exigidas por Ley, por la práctica Bancaria, el presente acto en cualquiera de sus artículos aplicables y/o necesarias según el criterio de EL BANCO.
Defunción a) En caso de defunción de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, 2 días naturales. b) En el caso de fallecimiento de hijos y cónyuge o pareja de hecho el permiso será de tres días. En el caso de que fuera necesario realizar un desplazamiento se seguiría el siguiente criterio: para desplazamientos superiores a 50 Km., 1 día adicional; para desplazamien- tos superiores a 150 Km., 2 días adicionales, c) Un día en el caso de fallecimiento de familiares de tercer grado de consanguinidad en el día del sepelio. En el caso de que la defunción se produjera fuera de la Comunidad Autónoma, el trabajador podrá disponer de un día más de permiso no retribuido. d) Por el tiempo necesario para asistir al sepelio de familiares hasta tercer grado por afinidad.
Defunción. Certificado literal de defunción de la persona asegurada o, en su caso, de la persona beneficiaria. - Acreditación de la condición de persona o personas beneficiarias: debe aportarse suficiente documentación para el reconocimiento del derecho a la prestación (certificado de últimas voluntades y, en su caso, último testamento, acto judicial o documento notarial de declaración de herederos, así como fe de vida de la persona beneficiaria). - Declaración de datos personales a efectos de practicar la oportuna retención a cuenta. - Comprobante acreditativo de haber efectuado la declaración / el pago del impuesto de sucesiones y donaciones, si procede. También se deberán presentar todos aquellos documentos que la Mutualidad considere necesarios en cada caso para acreditar el derecho a la prestación. La persona interesada deberá ofrecer toda clase de información sobre las circunstancias del hecho causante o evento que le solicite la Mutualidad. Es obligación de la persona o personas beneficiarias reflejar con veracidad y exactitud los hechos y sus circunstancias en los comunicados y las declaraciones que se presenten a la Mutualidad. En caso de incumplimiento de esta obligación, la Mutualidad se podrá inhibir de pagar las prestaciones de los siniestros correspondientes, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
Defunción. El valor por cobrar será el saldo acumulado correspondiente a la fecha de solicitud de prestación por parte de la persona o personas beneficiarias, más el capital adicional correspondiente.
Defunción. En caso de muerte de un/a trabajador/a, el centro o institución pagará a los familiares de este la indemnización de una mensualidad xxx xxxxxxx ordinario. si la defunción se produjera en acto de servicio o como consecuencia suya, la indemnización que tendrán que recibir los familiares será de tres mensualidades. A estos efectos se considerará también familiar, la persona con quién haya convivido el/la difunto/a, formando una pareja de hecho con carácter estable. Quedará a criterio de la empresa, si el/la trabajador/a no le ha manifestado expresamente un beneficiario, la designación del familiar o familiares que tienen que recibir la indemnización fijada en este artículo, con información a los representantes legales de los trabajadores.