Derecho de auditoría. (i) EL COMPRADOR acepta y reconoce expresamente que ECOPETROL tendrá derecho a realizar verificaciones administrativas, auditorías financieras, operativas o de cumplimiento sobre él, y sobre cualquier tercero que preste servicios en relación con el objeto de este contrato (proveedores o subcontratistas), así como a revisar la información que ECOPETROL estime pertinente para verificar cumplimiento de las leyes antisoborno, los «lineamientos de ética y cumplimiento de ECOPETROL» contenidas en la normativa referida en esta cláusula, los términos y condiciones de este contrato, en lo relativo a la ejecución de este contrato. EL COMPRADOR se compromete a proporcionarle a ECOPETROL toda información necesaria para estos fines, (ii) EL COMPRADOR y sus representantes deberán pactar la facultad de realizar verificaciones administrativas, supervisión, auditorías financieras, operativas o de cumplimiento sobre los libros de contabilidad y registros de contabilidad mantenidos por los terceros que vincule para realizar labores del contrato que sean autorizadas en los términos del mismo, para verificar el cumplimiento de las actividades asignadas.
Derecho de auditoría. El Licenciatario deberá llevar copias fidedignas, completas y precisas de los libros y registros que reflejen la ubicación y el uso de cada copia del Software en poder o bajo el control del Licenciatario. Previa notificación al Licenciatario con treinta (30) días de anticipación como mínimo pero con una frecuencia no mayor a una vez cada doce (12) meses, el Cedente por cualquier motivo y a su cargo tiene derecho a realizar a través de sus agentes una auditoría de tales registros y sistemas del Licenciatario; el Cedente puede solicitar dicha auditoría para determinar el uso del Software por parte del Licenciatario de conformidad con el presente Contrato.
Derecho de auditoría. EL REMITENTE acepta y reconoce expresamente que EL TRANSPORTADOR se reserva el derecho a revisar la información que estime pertinente para verificar el cumplimiento de las leyes nacionales e internacionales anticorrupción, incluidas, pero no limitándose a la ley de los Estados Unidos de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA) y la Ley 1778 de Soborno transnacional y los lineamientos del Código Ética. EL REMITENTE se compromete a proporcionarle al TRANSPORTADOR toda información necesaria para estos fines.
Derecho de auditoría. CORREOS, a efectos de verificar el nivel de cumplimiento por parte del adjudicatario de lo establecido en la normativa aplicable y en la presente cláusula, podrá exigir la realización de auditorías, ya sea por sí mismo o por medio de auditor independiente, autorizado por CORREOS. CORREOS notificará al adjudicatario, con al menos cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha en que desee llevarlas a cabo. CORREOS podrá solicitar al adjudicatario la información necesaria para evaluar su nivel de cumplimiento. Si como consecuencia de la realización de la auditoría CORREOS detectase cualquier clase de incumplimiento, de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable y en la presente cláusula, podrá, a su sola discreción y en función de la gravedad de los mismos: - Requerir al adjudicatario la resolución inmediata del incumplimiento detectado mediante la elaboración por su parte de un plan de corrección que deberá hacerse efectivo en un plazo determinado, que no podrá exceder de un mes, debiendo el adjudicatario aportar aquellas evidencias que acrediten su resolución. - Terminar anticipadamente la prestación o prestaciones de Servicios cuyos tratamientos de datos personales se vean afectados por el incumplimiento detectado. En este caso, el adjudicatario deberá devolver a CORREOS la parte proporcional de los importes percibidos correspondientes a los Servicios que no hubieran sido efectivamente ejecutados.
Derecho de auditoría. En caso de que Ingenico FS tenga indicios razonables de que el Comerciante no cumple con sus obligaciones en virtud del Contrato, Ingenico FS tiene derecho a auditar al Comerciante. Los Adquirentes, los Sistemas o las autoridades de supervisión/regulación o encargadas de aplicar la ley pueden tener derecho a realizar auditorías en cualquier momento. El Comerciante cooperará plenamente con dicha auditoría, por ejemplo, concediendo acceso a sus locales, facilitando entrevistas con los miembros de su personal y suministrando cualquier información que pueda ser razonablemente necesaria. Cada Parte soportará sus propios costos de auditoría. Sin embargo, si la auditoría revela un incumplimiento por parte del Comerciante, éste correrá con todos los gastos de la auditoría.
Derecho de auditoría. En cualquier momento RTVE podrá auditar el cumplimiento de las medidas de seguridad del adjudicatario para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos y solicitar la documentación que acredite el cumplimiento de las medidas de seguridad y protección de datos estipuladas.
Derecho de auditoría. El dueño puede pedirle un depósito para asegurar que usted pagará la renta u otros pagos conforme el contrato. Donde el dueño mantendrá el depósito. Como el dueño utilizará el depósito. Cuando el dueño puede utilizar el depósito. El reintegro del depósito al fin del contrato Carta de crédito como alternativa al depósito en efectivo. Su nuevo espacio puede necesitar ser adaptado a las necesidades de su negocio. Que es suyo y que es del dueño. Mejoras al espacio: renta.
Derecho de auditoría. 27.1 En todo momento y para efectos de Auditoría, la Contratante podrá solicitar la información relacionada con el contrato, y el Contratista está obligado a proporcionar las confirmaciones por escrito necesarias sobre todas las operaciones, transacciones y demás actividades de la misma, así como los resultados, estadísticas mensuales y anuales de la operación que mantenga o haya efectuado el Contratista, todas ellas vinculadas al objeto contractual.
Derecho de auditoría a. El CONTRATISTA acepta y reconoce expresamente que BAVARIA S.A tendrá derecho a realizar verificaciones administrativas, auditorías financieras, operativas o de cumplimiento sobre él, y sobre cualquier tercero que preste servicios en relación con el objeto de este contrato (proveedores o subcontratistas), así como a revisar la información que BAVARIA S.A., estime pertinente para verificar cumplimiento de las leyes antisoborno, los lineamientos de ética y cumplimiento de BAVARIA S.A., contenidas en la normativa referida en esta cláusula, los términos y condiciones de este contrato, en lo relativo a la ejecución de este contrato. El CONTRATISTA se compromete a proporcionarle a BAVARIA S.A., toda información necesaria para estos fines.
Derecho de auditoría. KUSHKI se reserva el derecho a inspeccionar o solicitar una auditoría a la página web del Establecimiento de Comercio con el fin de verificar que se estén cumplimiento las políticas y procedimientos de seguridad correspondientes.