DETERMINACIÓN DEL CONSUMO. Cuando exista medidor, el consumo se determinará por la diferencia entre la lectura actual del medidor y la lectura anterior, siempre y cuando el medidor esté funcionando correctamente. El resultado se multiplica por el factor de multiplicación cuando aplique. El consumo así determinado será la base parcial de liquidación de la factura. EPM podrá instalar un equipo de medida simultáneamente con el del USUARIO o en las redes o líneas eléctricas que alimentan los USUARIOS, con el objeto de corroborar el correcto funcionamiento de los medidores, el registro real de la medida y/o el correcto uso del servicio suministrado. Este medidor debe cumplir las características técnicas y pruebas de calibración exigidas por la normatividad vigente y de ello se dejará constancia al USUARIO, manifestándole que de presentarse una diferencia en los consumos se facturará con fundamento en el registro del medidor testigo. Le queda prohibido al USUARIO manipular bajo cualquier modalidad este medidor.
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Samples: Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Energía Eléctrica, Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Energía Eléctrica, Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Energía Eléctrica
DETERMINACIÓN DEL CONSUMO. Cuando cuando exista medidor, el consumo se determinará por la diferencia entre la lectura actual del medidor y la lectura anterior, siempre y cuando el medidor esté funcionando correctamente. El resultado se multiplica por el factor de multiplicación cuando aplique. El consumo así determinado será la base parcial de liquidación de la factura. EPM podrá instalar un equipo de medida simultáneamente con el del USUARIO o en las redes o líneas eléctricas que alimentan los USUARIOS, con el objeto de corroborar el correcto funcionamiento de los medidores, el registro real de la medida y/o el correcto uso del servicio suministrado. Este medidor debe cumplir las características técnicas y pruebas de calibración exigidas por la normatividad vigente y de ello se dejará constancia al USUARIO, manifestándole que de presentarse una diferencia en los consumos se facturará con fundamento en el registro del medidor testigo. Le queda prohibido al USUARIO manipular bajo cualquier modalidad este medidor.
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Samples: Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Energía Eléctrica
DETERMINACIÓN DEL CONSUMO. Cuando exista medidor, el consumo se determinará por la diferencia entre la lectura actual del medidor y la lectura anterior, siempre y cuando el medidor esté funcionando correctamente. El resultado se multiplica por el factor de multiplicación cuando aplique. El consumo así determinado será la base parcial de liquidación de la facturacuenta de cobro. EPM podrá instalar un equipo de medida simultáneamente con el del USUARIO o en las redes o líneas eléctricas que alimentan los USUARIOS, con el objeto de corroborar el correcto funcionamiento de los medidores, el registro real de la medida y/o el correcto uso del servicio suministrado. Este medidor debe cumplir las características técnicas y pruebas de calibración exigidas por la normatividad vigente y de ello se dejará constancia al USUARIO, manifestándole que de presentarse una diferencia en los consumos se facturará con fundamento en el registro del medidor testigo. Le queda prohibido al USUARIO manipular bajo cualquier modalidad este medidor.
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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes Del Servicio De Energía Eléctrica