Common use of DICTAMEN DE EVALUACIÓN Clause in Contracts

DICTAMEN DE EVALUACIÓN. Dentro del plazo que establezca el P.C.E., contado a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación de las propuestas, el que constará en una acta. Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir una prórroga al licitante. El pedido deberá formularse por escrito y fundarse debidamente. Se establecerá en el P.C.E. la notificación, en forma fehaciente a todos los proponentes o la publicación en el Boletín Oficial, del dictamen de evaluación, consignándose asimismo el plazo de publicación. En los casos de etapa única, la Comisión Evaluadora se expedirá, en dicho dictamen aconsejando la adjudicación. El dictamen podrá ser impugnado dentro de los cinco (5) días de la notificación o de la publicación en el Boletín Oficial. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres que contengan los antecedentes técnicos de los proponentes, de acuerdo a lo establecido en el P.C.E., la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas y fijando la fecha de apertura del Sobre N° 2. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación del Sobre N° 1, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación o de la publicación en el Boletín Oficial, durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.C.E. se indiquen plazos especiales. En caso de licitaciones con dos o más sobres el P.C.E. establecerá el procedimiento a seguir. En todos los casos junto con el escrito que plantea la impugnación y como requisito para su consideración, deberá acompañarse una garantía constituida mediante certificado de depósito de dinero en efectivo, en el Banco de la Nación a favor del licitante, por el monto que se establezca en el P.C.E. La garantía será por tiempo indeterminado, irrevocable y se perderá de pleno derecho y sin necesidad de trámite alguno en caso que la presentación sea rechazada. Dentro del plazo que establezca el P.C.E., la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación de las propuestas preseleccionadas, considerando la oferta económica, que constará en una acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. Este dictamen deberá notificarse en forma fehaciente a todos los proponentes o publicarse en el Boletín Oficial, dentro del plazo que establezca el P.C.E., y podrá ser impugnado dentro de los cinco (5) días de la notificación o de la publicación en el Boletín Oficial. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.

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Samples: Pliego De Clausulas Generales, Pliego De Clausulas Generales

DICTAMEN DE EVALUACIÓN. Dentro del plazo que establezca el P.C.E., contado a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, la La Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación de las propuestas, el que constará en una un acta. Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir una prórroga al licitante. El pedido deberá formularse por escrito y fundarse debidamente. Se establecerá en el P.C.E. P.C.P. la notificación, en forma fehaciente a todos los proponentes o Proponentes y podrá disponerse la publicación en el Boletín Oficial, B.O. del dictamen de evaluación, consignándose asimismo el plazo de publicación, y así también se difundirá en el sitio web xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx enviándose los respectivos avisos automáticos a todos los oferentes calificados mediante mensajería del XXXXXXX.XX. En I -En los casos de etapa única, la Comisión Evaluadora se expedirá, expedirá en dicho dictamen aconsejando la adjudicación. El dictamen podrá ser impugnado dentro de los cinco TRES (53) días de la notificación o de la publicación en el Boletín Oficialnotificación. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación. II-En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres que contengan los antecedentes técnicos de los proponentesProponentes, de acuerdo a lo establecido en el P.C.E.P.C.P., la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas y fijando la fecha de apertura del Sobre N° 2propuestas. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación del Sobre 1, dentro de los cinco TRES (53) días siguientes a la notificación o de la publicación en el Boletín Oficial, durante notificación. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.C.E. P.C.P. se indiquen plazos especiales. En caso Vencido el plazo para impugnar el referido dictamen, la autoridad competente dictará el acto administrativo de licitaciones con dos o más sobres preselección, resolviendo además las impugnaciones que se hubieren formulado y fijando la fecha de apertura del Sobre Nº 2. Dictado el P.C.E. establecerá acto de preselección y notificado a todos los Proponentes, en la fecha prevista se procederá a la apertura del Sobre Nº 2 de los Proponentes preseleccionados. Posteriormente, la Comisión Evaluadora deberá emitir su PLIEG-2018-01889428-APN-MTR PLIEGO DE CLAUSULASGENERALES Página 24 de 68 dictamen de evaluación de las propuestas, considerando la oferta económica, y se expedirá aconsejando la adjudicación. Este dictamen deberá notificarse en forma fehaciente a todos los Proponentes y, podrá disponerse la publicación en el procedimiento B.O., y podrá ser impugnado dentro de los TRES (3) días de la notificación. Durante ese término el expediente se pondrá a seguirdisposición de los Proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación. En todos los casos junto con el escrito que plantea la impugnación y como requisito para su consideración, deberá acompañarse una garantía del dos por ciento (2%) del monto del presupuesto oficial, salvo que el P.C.P establezca un monto distinto, el que no podrá ser inferior al uno por ciento (1%) ni superior al cuatro por ciento (4%) del monto del presupuesto oficial, constituida mediante certificado de depósito de dinero en efectivo, en el Banco de la Nación BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a favor del licitante, por el monto o en su defecto en la forma que se establezca prevea en el P.C.E. P.C.P. En los casos de etapa múltiple, deberá constituirse esta garantía en todos los supuestos de impugnación. La garantía será por tiempo indeterminado, irrevocable y se perderá de pleno derecho y sin necesidad de trámite alguno en caso que la presentación sea rechazada. Dentro del plazo En el supuesto de ser procedente la impugnación presentada el importe será devuelto al proponente, dejándose establecido que establezca el P.C.E., la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación de las propuestas preseleccionadas, considerando la oferta económica, que constará en una acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. Este dictamen deberá notificarse en forma fehaciente a todos los proponentes o publicarse en el Boletín Oficial, dentro del plazo que establezca el P.C.E., y podrá ser impugnado dentro de los cinco (5) días de la notificación o de la publicación en el Boletín Oficial. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicaciónno devengará interés alguno.

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Samples: Pliego De Cláusulas Generales

DICTAMEN DE EVALUACIÓN. Dentro del plazo que establezca el P.C.E., contado a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación de las propuestas, el que constará en una un acta. Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir una prórroga al licitanteprórroga. El pedido deberá formularse por escrito y fundarse debidamente. Se establecerá en el P.C.E. la notificación, en forma fehaciente a todos los proponentes o la publicación en el Boletín OficialOficial de la Nación, del dictamen de evaluación, consignándose asimismo el plazo de publicación. En los casos de etapa única, la Comisión Evaluadora se expedirá, en dicho dictamen aconsejando la adjudicación. El dictamen podrá ser impugnado dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación o de la publicación en el Boletín OficialOficial de la Nación. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres que contengan los antecedentes técnicos de los proponentes, de acuerdo a lo establecido en el P.C.E., la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas y fijando la fecha de apertura del Sobre N° 2. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación del Sobre N° 1, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación o de la publicación en el Boletín OficialOficial de la Nación, durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.C.E. se indiquen plazos especiales. En caso de licitaciones con más de dos o más sobres el P.C.E. establecerá el procedimiento a seguir. En todos los casos junto con el escrito que plantea la impugnación y como requisito para su consideración, deberá acompañarse una garantía constituida mediante certificado de depósito de dinero en efectivo, en el Banco de la Nación a favor del licitante, por el monto que se establezca en el P.C.E. La garantía será por tiempo indeterminado, irrevocable y se perderá de pleno derecho y sin necesidad de trámite alguno en caso que la presentación sea rechazada. Dentro del plazo que establezca el P.C.E., la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación de sobre las propuestas preseleccionadas, considerando la oferta económica, que constará en una un acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. Este dictamen deberá notificarse en forma fehaciente a todos los proponentes o publicarse en el Boletín OficialOficial de la Nación, dentro del plazo que establezca el P.C.E., y podrá ser impugnado dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación o de la publicación en el Boletín OficialOficial de la Nación. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.

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DICTAMEN DE EVALUACIÓN. Dentro del plazo que establezca el P.C.E., contado a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, la La Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación de las propuestas, el que constará en una un acta. Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir una prórroga al licitante. El pedido deberá formularse por escrito y fundarse debidamente. Se establecerá en el P.C.E. P.C.P. la notificación, en forma fehaciente a todos los proponentes o Proponentes y podrá disponerse la publicación en el Boletín Oficial, B.O. del dictamen de evaluación, consignándose asimismo el plazo de publicación, y así también se difundirá en el sitio web xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx enviándose los respectivos avisos automáticos a todos los oferentes calificados mediante mensajería del XXXXXXX.XX. En I -En los casos de etapa única, la Comisión Evaluadora se expedirá, expedirá en dicho dictamen aconsejando la adjudicación. El dictamen podrá ser impugnado dentro de los cinco TRES (53) días de la notificación o de la publicación en el Boletín Oficialnotificación. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación. II-En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres que contengan los antecedentes técnicos de los proponentesProponentes, de acuerdo a lo establecido en el P.C.E.P.C.P., la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas y fijando la fecha de apertura del Sobre N° 2propuestas. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación del Sobre 1, dentro de los cinco TRES (53) días siguientes a la notificación o de la publicación en el Boletín Oficial, durante notificación. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.C.E. P.C.P. se indiquen plazos especiales. En caso Vencido el plazo para impugnar el referido dictamen, la autoridad competente dictará el acto administrativo de licitaciones con dos o más sobres preselección, resolviendo además las impugnaciones que se hubieren formulado y fijando la fecha de apertura del Sobre Nº 2. PLIEG-2018-58462635-APN-SECOT#MTR PLIEGO DE CLAUSULASGENERALES Página 24 de 68 Dictado el P.C.E. establecerá acto de preselección y notificado a todos los Proponentes, en la fecha prevista se procederá a la apertura del Sobre Nº 2 de los Proponentes preseleccionados. Posteriormente, la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación de las propuestas, considerando la oferta económica, y se expedirá aconsejando la adjudicación. Este dictamen deberá notificarse en forma fehaciente a todos los Proponentes y, podrá disponerse la publicación en el procedimiento B.O., y podrá ser impugnado dentro de los TRES (3) días de la notificación. Durante ese término el expediente se pondrá a seguirdisposición de los Proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto administrativo que disponga la adjudicación. En todos los casos junto con el escrito que plantea la impugnación y como requisito para su consideración, deberá acompañarse una garantía del dos por ciento (2%) del monto del presupuesto oficial, salvo que el P.C.P establezca un monto distinto, el que no podrá ser inferior al uno por ciento (1%) ni superior al cuatro por ciento (4%) del monto del presupuesto oficial, constituida mediante certificado de depósito de dinero en efectivo, en el Banco de la Nación BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a favor del licitante, por el monto o en su defecto en la forma que se establezca prevea en el P.C.E. P.C.P. En los casos de etapa múltiple, deberá constituirse esta garantía en todos los supuestos de impugnación. La garantía será por tiempo indeterminado, irrevocable y se perderá de pleno derecho y sin necesidad de trámite alguno en caso que la presentación sea rechazada. Dentro del plazo En el supuesto de ser procedente la impugnación presentada el importe será devuelto al proponente, dejándose establecido que establezca el P.C.E., la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación de las propuestas preseleccionadas, considerando la oferta económica, que constará en una acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. Este dictamen deberá notificarse en forma fehaciente a todos los proponentes o publicarse en el Boletín Oficial, dentro del plazo que establezca el P.C.E., y podrá ser impugnado dentro de los cinco (5) días de la notificación o de la publicación en el Boletín Oficial. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicaciónno devengará interés alguno.

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