Distribución de la contribución financiera. La contribución financiera de la Autoridad Concedente al Proyecto será distribuida por el Coordinador de acuerdo con: el Plan del Consorcio la aprobación de los informes por parte de la Autoridad Concedente, y las disposiciones de pago de la Sección 7.2. Una Parte será financiada únicamente por sus tareas realizadas de conformidad con el Plan del Consorcio. La Parte sólo recibirá financiación para las tareas que lleve a cabo de conformidad con el Plan del Consorcio.