Documentación del contrato. Para participar en este concurso deberán cumplirse las condiciones administrativas y técnicas que contiene este pliego. Una vez finalizado el procedimiento de adjudicación se procederá a la formalización escrita del contrato. Si alguna de las partes contratantes quisiere elevar el mismo a escritura pública, serán de su cargo los gastos que de ello se deriven.
Documentación del contrato. Condicionado General, Particular y Especial si lo hubiere, anexos y suplementos, Solicitud, Cuestionario y el recibo de la prima.
Documentación del contrato. La Póliza es el documento que contiene los datos y pactos del contrato de seguro. Forman parte integrante de la póliza: • Las presentes “condiciones generales del contrato del seguro”, en las que se regulan los derechos y obligaciones de las partes en relación con el contrato de seguro, las diversas circunstancias y acontecimientos que puedan concurrir en el mismo, así como el alcance de las coberturas acordadas entre el Tomador del seguro y el Asegurado. • Las “condiciones particulares”, en las que se recogen los datos propios e individuales de cada contrato, así como las “cláusulas especiales” pactadas que completan o modifican las “condiciones generales del contrato de seguro”, dentro de los términos permitidos por la Ley. Posteriormente a su formalización, la póliza puede ser complementada o modificada por acuerdo entre el Asegurador y el Tomador del seguro, mediante actas o suplementos.
Documentación del contrato. 2.1. Se denomina Póliza al conjunto de documentos que contienen las condiciones reguladoras del Contrato de Seguro. En la Póliza se recogen las declaraciones, datos y pactos establecidos entre las partes, plasmados en los siguientes documentos que la integran:
2.1.1. La Solicitud: Impreso entregado por la Compañía en el que el solicitante (Tomador) detalla las garantías que pretende contratar, así como aquellas circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo, con arreglo al CUESTIONARIO sobre el estado de salud y actividades del Asegurado que se incluye, y en base al cual la Compañía determina la xxxxxxxx de las coberturas, su alcance y el precio del Seguro.
2.1.2. Las Condiciones Generales de Base: Recogen los principios básicos, extraídos del texto de la Ley, que regu- lan el nacimiento, vida y extinción del Contrato de Seguro, ofreciendo la información necesaria para que las personas que intervienen en la relación jurídica que surge de este Contrato conozcan en todo momento sus derechos y obli- gaciones, y tengan referencia de los preceptos aplicables a cada situación.
2.1.3. Las Condiciones Generales Específicas para cada modalidad de Seguro. Regulan el alcance de las garan- tías que proporciona la Compañía, tanto para el Seguro Principal como para cada una de las coberturas Comple- mentarias.
2.1.4. Las Condiciones Particulares: recogen los datos propios e individuales de cada Contrato: identificación de las partes, determinación y cuantificación de las Garantías aseguradas, régimen xx Xxxxxx, etc.
2.2. Posteriormente a su formalización, la Póliza puede ser modificada o complementada, de acuerdo con el Tomador del Seguro, mediante Apéndices, numerados correlativa- mente, cuantas veces sea necesario.
Documentación del contrato. 3.1 Las Condiciones Particulares que figuren en un Con- trato o Pedido prevalecerán sobre las Condiciones Generales de Compra de Bienes de Equipo y Servicios en todo aquello en que difieran de éstas o se contradigan. De no constar Condiciones Particulares en el Contrato o Pedido, las Condiciones Generales de Compra de Bienes de Equipo y Servicios serán directamente aplicables.
Documentación del contrato significa las Con- diciones Generales de Compra de Bienes de Equipoy Servicios y, cuando los hubiere, las Condiciones Particulares, el Pliego Logístico y el Manual de Cali-dad de Proveedores.
Documentación del contrato. 1. El contrato o la oferta contractual, contemplados en el artículo primero, deberán formalizarse por escrito en doble ejemplar, acompañarse de un documento de revocación e ir fechados y firmados xx xxxx y letra por el consumidor.
Documentación del contrato. 1. Forman parte inseparable del contrato, revistiendo carácter contractual y obligando a todos los licitadores y, en consecuencia, a la CONTRATISTA los siguientes documentos: - El pliego de condiciones administrativas particulares con sus anexos. - El documento de formalización del contrato. - El proyecto de ejecución compuesto por:
a) Planos.
b) Memoria.
c) Estado de mediciones y presupuesto.
d) Cuadros de precios, incluyendo coste/hora de operarios.
e) Pliego de condiciones técnicas de proyecto.
Documentación del contrato. 1.1. La solicitud y el cuestionario cumplimentados por el Tomador del Seguro y el Asegurado, la proposición del Asegurador en su caso y esta Póliza constituyen un todo unitario fundamento del Seguro, que sólo alcanza, dentro de los límites pactados, a los riesgos especificados en la misma.
1.2. Si el contenido de la Póliza difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas acordadas, el Tomador del Seguro podrá reclamar al Asegurador, en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la Póliza, para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la Póliza.
Documentación del contrato. 2.1. Se denomina Póliza al conjunto de documentos en que se recogen los datos y pactos del contrato.
2.1.1. Las presentes Condiciones Generales del Contrato de Seguro Regulan el alcance de la garantía que mediante el contrato proporciona la Compañía y los derechos y deberes de las partes en relación al nacimiento, vida y extinción del contrato y a los diversos aconteci- mientos y situaciones que pueden producirse en dichas etapas.
2.1.2. Las Condiciones Particulares. Recogen los datos propios e individuales de cada contrato y las cláusulas que por voluntad de los contratantes completan o modifican las Condiciones Generales en los términos permitidos por la Ley.
2.2. Posteriormente a su formalización, la póliza puede ser modificada de acuerdo con el Tomador del Seguro, mediante apéndices, numerados correlativamente, cuantas veces sea necesario.