Documento de identificación. En su condición de operador del traslado, ECOEMBES autoriza al RECICLADOR para cumplimentar, por cuenta de ECOEMBES, el documento de identificación del traslado, de acuerdo con el artículo 6 (y el anexo III) del Real Decreto 553/2020, según el formato que figura en el Anexo del presente Contrato de Tratamiento.
Documento de identificación. De conformidad con el artículo cinco de este convenio, la Junta Rectora de la FLC implantará, en el plazo de doce meses, un sistema de identificación sectorial para los trabajadores y las empresas, que permita la identificación de los mismos como adscritos al presente convenio y, además, facilite la movilización de la información disponible por la enti- dad, siempre bajo el respeto a la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal. II 20,73 €/mes 29,02 €/mes 41,52 58,14 20,76 29,07
Documento de identificación. La persona natural o el Representante Legal de la persona jurídica que se presente como proponente debe allegar fotocopia del documento de identificación.
Documento de identificación. Por el departamento se expedirá al personal laboral el oportuno do- cumento de identificación. Dicho documento será renovado en los ca- sos de cambio de destino.
Documento de identificación. Por la AEAT se expedirá al personal laboral el oportuno documento de identificación. Dicho documento será renovado en los casos de cambio de destino.
Documento de identificación. En su condición de operador, ECOEMBES se encargará de cumplimentar el Documento de Identificación del traslado, de acuerdo con el art. 6 (y Anexo III) del RD 553/2020 y según el formato que figura en el Anexo del presente documento. A estos efectos, EL RECICLADOR deberá validar cada traslado de residuos de acuerdo a lo establecido en el ANEXO III del Contrato de Adjudicación.
Documento de identificación. Se debe aportar la copia de la cédula de ciudadanía del proponente que sea persona natural, del representante legal del proponente si este es una persona jurídica; y si es proponente plural, deberá aportar la de las personas naturales y la de los representantes legales de las personas jurídicas que lo integren. El representante o apoderado legal de proponentes extranjeros deberán presentar la copia de su pasaporte; si se encuentran residenciados en Colombia, presentarán la copia de la Cédula de extranjería; si son nacionales colombianos presentarán su cédula de ciudadanía.
Documento de identificación. Deben presentar copia del documento de identificación respectivo: de los representantes de las persona jurídicas, así como o el representante de los integrantes de los consorcios o uniones temporales.
Documento de identificación. En caso de persona natural, el proponente deberá aportar copia de su documento de identificación. En tratándose de persona Jurídica el proponente deberá aportar copia del documento de identidad del representante legal de la misma.
Documento de identificación. La UNED facilitará al personal incluido en el ámbito de aplicación de este Convenio el oportuno documento de identificación personal. El uso de este documento podrá ser exigido, en el marco de las condiciones que se establezcan para el conjunto de los trabajadores de la UNED, para el acceso al puesto de trabajo, a fin de facilitar las actuaciones de control y seguridad que se mantengan en cada momento.