PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EL PROVEEDOR" no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de "EL CENACE" deslindando a ésta de toda responsabilidad.
OBLIGACIONES “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a: A) Prestar sus servicios en la forma, en el tiempo y en los lugares convenidos o que se requieran de acuerdo a las indicaciones señaladas por el “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, utilizando todos sus conocimientos en el desempeño de sus actividades y haciéndose responsable en consecuencia de su negligencia, impericia o dolo en el desempeño de las mismas. B) No ceder en forma parcial o total a favor de cualquier otra persona física o moral sus derechos y obligaciones derivados de este contrato, con excepción de los derechos de cobro sobre las facturas, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”. C) Respetar en todo momento las disposiciones normativas que en materia electoral rigen en el Estado de Coahuila xx Xxxxxxxx. D) Adjuntar el tarifario comercial de cada uno de los productos y servicios ofrecidos, el cual quedará sujeto a su revisión y negociación correspondiente atendiendo al artículo 22 de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila xx Xxxxxxxx. E) Todos los permisos que para el desarrollo de los trabajos objeto de este contrato sea necesario obtener, gestionar o tramitar, correrán a cargo de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, quien asimismo se hará cargo del pago de los impuestos, derechos federales, estatales y municipales que para dichos efectos requiera.