Ejecutivos Principales Cláusulas de Ejemplo

Ejecutivos Principales. Xxxxxxx X. Xxxxx X. – Ejecutivo Principal
Ejecutivos Principales. Ricardo A. Zarak A. – Ejecutivo Principal (Ver Directores y Dignatarios de las Sociedad de Inversión).
Ejecutivos Principales. Xxxxxxx X. Xxxxxx X. – VP Operaciones y Riesgo Xxxxxxx De la Guardia – VP Planeación y Gestión Xxx Xxxxxx Xxxxx – VP de Negocios Xxxxxx Xxxxxxxxx - Gerente de Finanzas
Ejecutivos Principales. Es importante hacer la prevención que no hemos recibido ninguno de los contratos de trabajo de los ejecutivos principales de las Compañías, que son los contratos que habitualmente contemplan cláusulas con beneficios, remuneraciones especiales, bonos por venta de la compañía e indemnizaciones convencionales mayores a las legales, aspectos fundamentales a revisar en procesos de de revisión como el presente. Respecto a los Gerentes de la compañía, se nos informó acerca de su antigüedad y última remuneración mensual. Además, se nos indicó que en caso de despido por la causal de desahucio escrito del empleador, tendrían derecho al pago de una indemnización convencional por años de servicio, sin tope de años de servicio, ni monto en la base de cálculo para el pago de la misma. Se informó también que no existe conocimiento que se haya pactado con ellos indemnizaciones especiales por cambio de control ni por venta de la compañía, así como tampoco existirían planes de stock options. Existe información en el data room que detalla operaciones de PECES XXX XXXXXXXX S.A. con personas relacionadas, que son Gerentes de la compañía; si bien no se detalla este tipo de operaciones, en caso de tratarse de una prestación de servicios a honorarios en su calidad de personas naturales, ello generaría contigencias laborales y tributarias. Existen en total 6 instrumentos colectivos en las empresas, 3 en Peces xxx Xxxxxxxx S.A.., y 3 en las demás empresas filiales. Respecto de los contratos y convenios colectivos de trabajo, se observa que dichos documentos contemplan variados beneficios. Respecto de las empresas contratistas, sólo se nos facilitó un listado de las contratistas que prestan sus servicios a la empresa, y del número de trabajadores asignados por cada una de dichas empresa para estos efectos. Las observaciones en relación a este tema se detallan en el cuerpo de este informe, que en lo esencial se traducen en la imposibilidad de determinar la existencia de contigencias laborales y previsionales debido a la poca información a este respecto. Se tuvo a la vista Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de Peces xxx Xxxxxxxx S.A. y sus Filiales. El Reglamento cumple con las menciones mínimas que se exigen para este tipo de documentos, sin embargo, no es recomendabe que se utilice un mismo Reglamento Interno para todas las sociedades del grupo. Lo anterior, por cuanto ello podría constituir un argumento para que se sostenga que todas las sociedades constituyen una mis...
Ejecutivos Principales. Los principales ejecutivos de Parque Arauco son los siguientes: Rut Nombre Profesión Cargo Ejecutivo Fecha Nombramiento 7.033.770-3 Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Vicepresidente Ejecutivo 01-11-2011
Ejecutivos Principales. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx - Gerente General Nacionalidad : Panameño Fecha de Nacimiento : 2 xx xxxxxxxxx xx 0000 Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx : Caxxx 00, Xxxxx Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx : 0831-01843, Panamá, Panamá Correo Electrónico : xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx Teléfono : 000-0000 Fax : 000-0000 Ingeniero Mecánico con especialización en Ingeniería Industrial, egresado de la Universidad de Notre Dame, South Bend, Indiana, con un Master en Administración de Empresas obtenido en INCAE – Managua, Nicaragua. Inicia en el campo laboral con Citibank Panamá en el año 1976, posteriormente como encargado de Investment Bank de Citibank para Panamá y Centroamérica (1981-1983); Tesorero encargado de la Mesa de Dinero de la Banca de Inversión en México, Citibank (México, D.F. 1983-1985); Tesorero de Citibank para manejo de negocios de fondeo local (México, D.F. 1985-1987); Tesorero Regional, División de Latinoamérica y Canadá, Citibank (México, D.F.1988); Vicepresidente encargado de Tesorería, Mercado de Capitales y Comercio Exterior (México, D.F. Xxxxx Manhattan Bank 1988-1990); Director Ejecutivo de Casa de Bolsa México, S.A. de C.V. del área de Mercados de Dineros y Capitales (1990 a 1993). Es Director de las siguientes empresas: Tagarópulos y Rey Holdings. Fundador de Global Bank Corporation. mailto:xxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx mailto:xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx 78 Xxxx X. Xxxxxxxxxx Xx. - Vicepresidente Ejecutivo de Crédito Corporativo Nacionalidad : Panameño Fecha de Nacimiento : 27 de diciembre de 1959 Domicilio Comercial : Caxxx 00, Xxxxx Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx : 0831-01843, Panamá, Panamá Correo Electrónico : xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx Teléfono : 000-0000 Fax : 000-0000 Licenciado en Economía, egresado de la Universidad de Panamá en 1982. Realizó estudios de Postgrado en Administración y Economía en la Universidad de Colorado. Se graduó con honores en New York University obteniendo el Master en Administración de Negocios - MBA en 1984. Inicia su carrera en 1984 en Xxxxx Manhattan Bank Panamá, desempeñándose también en las oficinas de Puerto Rico y New York. Ocupó cargos Gerenciales en las áreas de Banca Naviera, Banca Electrónica, Finanzas Corporativas y la Cartera Zona Libre. De 1991 a 1993 se desempeñó como Gerente de Crédito del Banco xx Xxxxxx – Panamá. Xxxxx X. Xxxxxxxxx X - Vicepresidente Ejecutivo de Finanzas Nacionalidad : Panameño Fecha de Nacimiento : 8 xx xxxxxxxxxx xx 0000

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  • Software (i) Si durante el plazo de noventa (90) días posteriores a la entrega del Software a usted (el "Periodo de garantía"), el Software, según lo haga disponible RIM o cualquier distribuidor autorizado de RIM, no fuera capaz de realizar las funciones descriptas en la Documentación habitual del usuario final para ese elemento del Software ("Especificaciones") al usarse según lo indica RIM en la Documentación aplicable al tipo y versión específica del Software junto con otras partes no alteradas de Su Solución BlackBerry, RIM, a su opción y criterio exclusivo, realizará esfuerzos razonables para corregir o proporcionarle a usted una solución al problema correspondiente (y esa reparación o solución se la puede proporcionar RIM a Usted a criterio razonable de RIM de un modo entre una variedad de modos, inclusive, en el transcurso de un soporte telefónico o por correo electrónico, en un software generalmente disponible para lanzar reparaciones, en el sitio web de RIM o de cualquier otro modo por el cual RIM le informa a Usted) o le proporcionará a Usted un reembolso por los cargos pagados por única vez por el Software correspondiente si Usted deja de usar el Software y el medio en el que le fue proporcionado el Software y devuelve a RIM todo el embalaje relacionado con aquél, de acuerdo con Su mecanismo de devolución de garantía habitual (que puede ser a través de Su Proveedor de servicio de tiempo de conexión, si corresponde, o del punto de venta) dentro del Periodo de garantía junto con la constancia de compra.

  • TERMINACION DEL CONTRATO 11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.

  • Nulidad Serán nulos y sin valor los actos o contratos de cualquier naturaleza que se celebren entre las partes o las reglamentaciones internas que se dicten, que establezcan para su personal el despido por causa de matrimonio.

  • Revisión salarial El incremento de todos los conceptos económicos del presente Convenio para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2015 y el 30 xx Xxxxx de 2016 será del 1,75%, tal y como se refleja en las tablas salariales del Anexo I del presente Convenio. El incremento para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2016 y el 30 xx Xxxxx de 2017 será del 1,5%. El incremento para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2017 y el 30 xx Xxxxx de 2018 será del 1,25%. En enero de 2018, la Comisión Paritaria, analizada la situación del sector y los acuerdos a que haya llegado las centrales sindicales con la CEOE, negociará el incremento de todos los conceptos económicos para el último año de vigencia del convenio. Se pacta expresamente que todos los Pactos Salariales firmados al amparo del artículo 32 quedarán prorrogados en su vigencia hasta el 30 xx xxxxx de 2018, con la revisión para 2015/16, 2016/17 y 2017/18 que las partes acuerdan para los conceptos económicos. La empresa y la representación de los trabajadores/as deberán firmar un acta para establecer la citada revisión salarial y las tablas salariales, procediendo a su registro, interesando su publicación en el BOP y manteniendo en su integridad las cláusulas vigentes en el pacto anterior.

  • Verificación En los casos de los artículos 108, 109 y 110 el trabajador o quien lo represente tendrá derecho a inspeccionar la documentación que fuere necesaria para verificar las ventas o utilidades en su caso. Estas medidas podrán ser ordenadas a petición de parte, por los órganos judiciales competentes.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.

  • Características generales El Proponente, deberá prestar los siguientes servicios, sin limitarse a las actividades y suministros descritos a continuación, en las condiciones solicitadas y autorizadas previamente por el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, confirmando y legalizando la orden del servicio, con oficio firmado por el Ordenador del gasto o por quien el designe para tal fin. Cada servicio debe cubrir los costos de prestaciones sociales, impuestos, tasas y demás contribuciones decretados por el Gobierno Nacional, Departamental o Municipal y todos los demás gastos inherentes al cumplimento del Contrato. Cada solicitud requerida, tendrá características específicas dependiendo de su naturaleza, número de participantes, ubicación geográfica, entre otras particularidades. La cobertura de los servicios se atenderá a los lugares del territorio nacional en los que se requieran. El proponente deberá garantizar la ejecución del servicio de acuerdo a las características, condiciones y calidad óptima, evitando demoras en los tiempos de respuesta favorable a los requerimientos: Tiempo máximo que tiene el Contratista para responder al requerimiento: hasta máximo 12 horas. En los casos excepcionales que la Entidad requiera del desarrollo de servicios inmediatos, los tiempos serán reducidos de conformidad con el requerimiento enviado. La Entidad contratante podrá adicionar o cancelar el servicio previamente aprobado, con un mínimo de 12 horas, enviando vía email la justificación y solicitud respectiva; por lo que en todo caso no se cobrará por parte del Contratista ningún valor por concepto de dicha cancelación. De igual forma, a la terminación de cada solicitud atendida, el Proponente estará en la obligación de certificar el servicio, diligenciando el FORMATO F-BS-33 (Versión 09)- CERTIFICACION DE EJECUCION DE CONTRATO PARA PROVEEDORES expedida por EL DAPRE. Los servicios que se encuentren en la propuesta económica, se deberán suministrar a los precios establecidos en la misma y a los cuales únicamente se les reconocerá el IVA, sin aplicar EN NINGUNA CIRCUNSTANCIA porcentaje de intermediación. (Exceptuando los servicios que oscilen por la dinámica xxx xxxxxxx). El Contratista deberá solicitar autorización por escrito, cuando se requiera realizar alguna modificación al servicio aprobado. El contratista deberá disponer de una persona 24/7, que atienda el servicio de comunicación, bien sea telefónico, vía emails, WhatsApp o mensajería instantánea, o cualquier otro medio de comunicación, de tal manera que permita coordinar y ejecutar las actividades a fin de que se lleguen a buen término.

  • Tablas salariales 1. Los salarios base y el Plus Convenio pactados en el presente Convenio, en cómputo anual, por grupos y niveles profesionales serán los establecidos en el Anexo I: Tabla Salarial y Plus Convenio Año 2017, de este Convenio.

  • DOMICILIO Y JURISDICCIÓN LA ARRENDATARIA señala como su domicilio el que figura en este documento. A dicho domicilio se le harán llegar las comunicaciones o notificaciones judiciales y/o extrajudiciales a que hubiera lugar. En caso de titularidad conjunta, la comunicación realizada a cualquiera de los titulares de la(s) cuenta(s) servirá respecto de todos. La variación del domicilio de LA ARRENDATARIA, así como de cualquier cambio respecto a los datos proporcionados a EL BANCO, deberá ser comunicada a éste mediante comunicación escrita dirigida a la oficina donde mantenga abierta cualquiera de sus cuentas, o a través de Internet, si EL BANCO lo solicita expresamente. Dicho cambio de domicilio solamente puede ser realizado dentro del área urbana de esta misma ciudad. EL BANCO entenderá que el cambio de cualquiera de los datos proporcionados por LA ARRENDATARIA a EL BANCO será de aplicación para todos los productos y/o servicios que haya contratado LA ARRENDATARIA, salvo que éste manifieste expresamente y por escrito lo contrario. EL BANCO señala como su domicilio para efectos de la aplicación de las presentes Condiciones sus oficinas en esta ciudad. Sin perjuicio de ello, y sólo tratándose del departamento de Lima, el domicilio de EL BANCO será el de su sede central ubicada en Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx. En dichos casos, LA ARRENDATARIA deberá hacer entrega de las comunicaciones en la mesa de partes de las oficinas de EL BANCO señaladas en la presente cláusula. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces del distrito judicial que corresponda a la oficina de EL BANCO donde se otorgó el arrendamiento financiero materia de este contrato. Tratándose de oficinas ubicadas en el departamento de Lima, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial del Cercado de Lima.

  • Garantías personales Se respetarán a título individual las condiciones de trabajo que fueran superiores a las establecidas en el presente Convenio, consideradas en su conjunto y en cómputo anual.