EL CONTRATO. 3.1. Las partes acuerdan que: (a) la provisión o suministro de todos los Bienes, Servicios y Servicios Digitales en virtud de, o en relación con, un Pedido está sujeto a estos Términos de Suministro y a las demás disposiciones del Contrato; (b) el Contrato contiene el acuerdo completo entre las partes con respecto a su objeto y reemplaza todas las comunicaciones y acuerdos anteriores entre las partes; (c) al celebrar el Contrato, el Comprador no se ha basado ni se basa en ninguna comunicación o representación (que no sea una tergiversación fraudulenta) que no se haya establecido expresamente en el Contrato; (d) el Contrato se aplica con exclusión de cualquier otro término o condición, incluidos aquellos: (i) emitidos o referidos por el Comprador (incluso en un Pedido); o (ii) que pueda estar implícito en la ley, el comercio, la costumbre, la práctica o el curso de las negociaciones.
EL CONTRATO. 32.1 El contrato debe celebrarse por escrito y se ajusta a la proforma incluida en los documentos del procedimiento de selección con las modificaciones aprobadas por la Entidad durante el mismo.
EL CONTRATO. 6.3.1.1 Requisitos de suscripción
EL CONTRATO. 1.1. El Contrato consistirá en lo siguiente:
EL CONTRATO. 1.9.1 Significa el presente documento suscrito por los representantes autorizados de LA MARINA y de LA CONTRATISTA, el mismo que contiene los términos y condiciones contractuales, de los que forman parte integrante e inseparable de él, los anexos y cualquier otro documento que pase a formar parte del mismo por expresa voluntad de las partes contratantes manifestada por escrito; el mismo que cuenta con los siguientes anexos:
EL CONTRATO. El contrato debe celebrarse por escrito y se ajusta a la proforma incluida en los documentos del procedimiento de selección con las modificaciones aprobadas por la Entidad durante el mismo. Los contratos regulados por la presente norma incluyen necesariamente y bajo responsabilidad las cláusulas referidas a: a) Garantías, b) Solución de controversias y c) Resolución de contrato por incumplimiento, conforme a lo previsto en el reglamento. El reglamento establece el procedimiento, plazos y requisitos para el perfeccionamiento del contrato, así como los casos en que el contrato puede perfeccionarse mediante una orden de compra o servicio, no debiendo necesariamente en estos casos incorporarse las cláusulas antes indicadas, sin perjuicio de su aplicación legal.
EL CONTRATO. Los contratos que se celebren con la FIIAPP deberán incluir necesariamente las siguientes menciones: • Identidad de las Partes • Acreditación de la capacidad de los firmantes • Definición del objeto • Tareas a desarrollar • Referencia a l legislación aplicable • Enumeración de los documentos que integran el contrato (si fuera el caso) • Precio de adjudicación • Duración del contrato o las fechas estimadas para el comienzo de su ejecución y finalización, así como la prórroga/as, si estuviesen previstas. • Condiciones de la prestación del contrato • Condiciones de pago • Supuestos de resolución • Deber de confidencialidad - En el contrato no podrán incluirse estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones no contempladas en los Pliegos o términos de Referencia. - La fecha de formalización de los contratos se determinará también en los Pliegos o Términos de Referencia. -
EL CONTRATO. Lugar y fecha del contrato: en Barcelona, a: _ _
EL CONTRATO. Hacen parte integrante del contrato:
EL CONTRATO. 8.1.Suscripción del contrato 8.2.Obligaciones de Bancóldex