ELEGIBILIDAD INDIVIDUAL Cláusulas de Ejemplo

ELEGIBILIDAD INDIVIDUAL. El Tomador del seguro debe garantizar que las personas que figuren en el reporte que sirve de base para la expedición de esta póliza y las futuras inclusiones, pertenecen al grupo asegurado y reúnen los siguientes requisitos:
ELEGIBILIDAD INDIVIDUAL. Para indemnizar con cargo a la cobertura de Incapacidad Temporal por Accidente, el Asegurado deberá estar laborando activamente al momento del siniestro. Asimismo para la cobertura de Incapacidad Total y/o Parcial Permanente por Accidente los asegurados mayores de 65 años deberán estar laborando activamente al momento del siniestro.
ELEGIBILIDAD INDIVIDUAL. El Tomador del seguro debe garantizar que las personas que figuren en el reporte que sirve de base para la expedición de esta póliza y las futuras inclusiones, pertenecen al grupo asegurado y tienen una relación con el Tomador del seguro, creada independientemente de la constitución de la póliza. Para indemnizar con cargo a las coberturas de Incapacidad Total y/o Parcial Permanente por Accidente e Incapacidad Temporal por Accidente, el Asegurado deberá estar laborando activamente al momento del siniestro.
ELEGIBILIDAD INDIVIDUAL. Las personas que figuren en el reporte que sirve de base para la expedición de esta póliza y las futuras inclusiones deben reunir los siguientes requisitos: 1. Edad: Las edades de contratación de las coberturas de Muerte Accidental y No Accidental y BI- 1 son de quince (15) años en adelante y en la cobertura de Desempleo son de dieciocho (18) años en adelante. Edad se refiere a edad cumplida y hasta 364 días. A partir de su inclusión en el seguro el Asegurado estará protegido hasta que termine la relación de crédito con el Tomador del seguro u obtenga la jubilación, lo que ocurra primero. 2. Tener una relación de crédito con el Tomador del seguro. 3. Presentar las pruebas de asegurabilidad cuando sean requeridas por el Instituto, al momento de inclusión en la póliza o cuando se realice un aumento de monto asegurado.
ELEGIBILIDAD INDIVIDUAL. El Contratante debe garantizar que las personas que figuren en el reporte que sirve de base para la expedición de esta póliza y las futuras inclusiones, pertenecen al grupo Asegurable, se encuentran desempeñando activamente su ocupación y reúnen los siguientes requisitos: a) Tener entre quince (15) y sesenta y cinco (65) años de edad.
ELEGIBILIDAD INDIVIDUAL. 1. El Tomador del seguro debe garantizar al Instituto que las personas que figuren en el reporte que sirve de base para la expedición de esta cobertura y las futuras inclusiones, pertenecen al Grupo Asegurable y reúnen los siguientes requisitos: a. Persona física, asalariada y afiliada a una Operadora de Pensiones, conforme lo establecido en la ley 7983, Ley de Protección al Trabajador.
ELEGIBILIDAD INDIVIDUAL. Los riesgos que conformen la póliza y las futuras inclusiones deben necesariamente reunir las siguientes características: a. Estar en buen estado de cuidado y mantenimiento. b. No estar ubicados en algunas de las zonas con restricción de cobertura que más adelante se señalan. En caso de riesgos que no reúnen alguna de las condiciones estipuladas en este artículo, OCEÁNICA estará obligado solamente a devolver las primas que por ellos hubiere recibido. Ese reintegro se hará, dependiendo de la modalidad de aseguramiento (contributivo o no contributivo) en un plazo no mayor xx xxxx (10) días hábiles a partir de que OCEÁNICA haya tenido conocimiento de la inclusión.
ELEGIBILIDAD INDIVIDUAL. El Tomador debe garantizar que las unidades que conformen la póliza y las futuras inclusiones, reúnen los siguientes requisitos: 1. Antigüedad del vehículo entre cero y diez años, indistintamente de su uso o de las características del automotor. 2. En caso que el Tomador sea una Agencia distribuidora de vehículos de la marca, el vehículo deberá ser de la marca que comercializa el Tomador. Si el Tomador incluyera riesgos cuyas características, o que no reúnan alguna de las condiciones estipuladas en este artículo, el Instituto estará obligado solamente a devolver las primas que por ellos hubiere recibido. Dicho reintegro se hará al Tomador o al Asegurado según la modalidad de aseguramiento (Contributivo o No Contributivo) en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles a partir del momento en que el Instituto tenga conocimiento de dicha inclusión.
ELEGIBILIDAD INDIVIDUAL. Son elegibles para este seguro aquellas personas que formen parte del Grupo Asegurable que al momento de ser incorporadas a la póliza no se haya comprobado médicamente que padezcan de enfermedades, estados o lesiones congénitas o crónicas que puedan dar origen a un reclamo a raíz de tales padecimientos. El Tomador debe garantizar que cada una de las personas que figuran en el reporte que sirve de base para la expedición de esta póliza, pertenece al Grupo Asegurable y reúne los siguientes requisitos: a. Es una persona física. b. Reside permanentemente en el territorio costarricense. c. Es mayor de 18 años de edad. d. Para efectos de la Cobertura D: No alcanzará la edad de jubilación durante el período de vigencia de esta póliza. A tal efecto, remítase a la edad de jubilación establecida en el Artículo 1 – Definiciones de estas Condiciones Generales. e. Para efectos de la Cobertura D: Es empleado bajo un contrato de plazo fijo por al menos doce (12) meses, y ha estado continuamente empleado con el mismo patrono por al menos dos años. f. Para efectos de la Cobertura D: Esté realizando los pagos pertinentes por impuestos y cuotas a la Caja Costarricense del Seguro Social. g. Se encuentra desempleada. h. Su empleo es de naturaleza temporal o está empleado por una temporada. i. Está incapacitado temporalmente, excepto por maternidad.
ELEGIBILIDAD INDIVIDUAL. El Tomador del seguro debe garantizar que las personas que figuren en el reporte que sirve de base para la expedición de esta póliza y las futuras inclusiones, pertenecen al grupo asegurado y reúnen los siguientes requisitos: 1. Edad: a) Xxxxxxxxxx básica y muerte plus: Tener entre quince (15) y sesenta y cinco (65) años de edad. A partir de su inclusión en el seguro el Asegurado estará protegido hasta los setenta y cuatro (74) años de edad.