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EN GENERAL Cláusulas de Ejemplo

EN GENERAL. 1.1 En el caso de cuentas conjuntas los Depositantes convienen con el Banco que todos los fondos depositados en la Cuenta son y serán de la propiedad en común de estos Depositantes y el Banco honrará los libramientos o retiros de fondos contra la Cuenta durante la vida de todos los titulares. 1.2 En caso de cuentas conjuntas solidarias y conjuntas mancomunadas cualesquiera de los Depositantes podrá ordenar el cierre de la Cuenta mediante orden escrita al Banco. En cuanto al cierre de Cuentas mancomunadas, se emitirá un cheque por el balance de la Cuenta al momento del cierre, a favor de todos los Depositantes según aparecen suscritos en la Cuenta.
EN GENERAL. El depositante tendrá acceso a la Cuenta mediante el uso de su tarjeta de débito (la “Tarjeta”) y número secreto (PIN). La Tarjeta se podrá utilizar como un medio de acceso para cajeros automáticos y las redes internacionales a las que el Banco se afilie de tiempo en tiempo.
EN GENERAL. 1.1 El arrendador pone a disposición del arrendatario un espacio de almacenamiento de acuerdo con las disposiciones del presente contrato con el único fin de almacenar mercancías permitidas y, en su caso, de conformidad con el Reglamento Interno. 1.2 El Arrendatario confirma haber visitado e inspeccionado el espacio de almacenamiento y acepta que es adecuado para el propósito acordado y que cumple con el nivel esperado de seguridad y protección. 1.3 Además, el arrendatario acepta que las dimensiones indicadas del espacio de almacenamiento son una estimación, sin que las desviaciones den derecho al arrendatario a un ajuste del precio.
EN GENERAL. 1.1 El Banco podrá autorizar al Depositante el Servicio de Línea de Reserva Comercial cuando se haya suscrito una solicitud de crédito de Línea de Reserva a tales efectos. El acuerdo constará en impresos prescritos por el Banco y de acuerdo con las normas que el Banco de cuando en cuando adopte para tales propósitos. El Depositante se compromete a mantener una Cuenta de Cheques Comercial con el Banco sujeto a los términos y condiciones establecidos por el Banco de tiempo en tiempo para la Cuenta Comercial y así como los términos y condiciones de la propia Línea de Reserva Comercial. 1.2 Mediante el servicio de Línea de Reserva Comercial el Depositante obtiene una Línea de Crédito la cual utilizará para cubrir libramientos contra fondos insuficientes en la Cuenta Comercial que estará relacionada con la Línea de Reserva Comercial hasta el monto definido en los documentos de la línea de reserva.
EN GENERAL. 1. Publicidad. EL CLIENTE acepta y consiente que, sesenta (60) días luego de haberse beneficiado exitosamente de los servicios de INTERFELL, INTERFELL pueda anunciar a través de sus redes sociales y/o medios que escoja la existencia de la relación comercial entre las Partes durante la vigencia de este Contrato.
EN GENERAL. 6.1.1 El Gestor deberá proveer todos los servicios de arquitectura, ingeniería, diseño, adquisición y gestión (los “Servicios de Construcción”) necesarios para construir las mejoras y las Instalaciones del Aeropuerto descritos según la Alternativa D-3 del Plan Maestro, sus actualizaciones y las mejoras ofrecidas en la Propuesta (en adelante las “Mejoras”). En la prestación de los Servicios de Construcción, el Gestor dará la consideración debida y utilizará todos los esfuerzos razonables y necesarios para alcanzar los objetivos del Cartel y de este Contrato. 6.1.2 Durante los primeros tres (3) años del Plazo, el Gestor se sujetará estrictamente a los requerimientos de construcción especificados en dicho Plan Maestro y desarrollará todas las obras allí indicadas para las fases I y II de la Alternativa D-3 del Plan Maestro, cumpliendo estrictamente con el cronograma de obras incluido en el Apéndice E. 6.1.3 Al proporcionar los Servicios de Construcción, el Gestor se apegará a (a) los requerimientos de construcción especificados en el Plan Maestro, (b) las regulaciones costarricenses aplicables, incluyendo la obtención de todos los permisos de construcción y los requerimientos ambientales, (c) la Convención de Chicago y los anexos respectivos de OACI y FAR 139, (d) las circulares técnicas de las series 150 de la FAA, y (e) el FAA Advisement Circular FAA-150-5370 2c, (f) demás estándares internacionales aplicables señalados en el Apéndice E, y (g) las condiciones y especificaciones del Apéndice E. 6.1.4 En la elaboración de los diseños y especificaciones técnicas, así como en la ejecución de los Servicios de Construcción, el Gestor se sujetará a los dispuesto en el Apéndice E. 6.1.5 El Gestor reconoce que el CETAC depende de la pericia y capacidad del Gestor para el desempeño de los Servicios de Construcción por lo que el Gestor se obliga a desempeñar los Servicios de Construcción utilizando su mejor destreza y juicio, consistente con las buenas prácticas comerciales y Estándares Prudentes de la Industria; completar las obras a tiempo y en total cumplimiento de este Contrato; y cooperar con la Administración para satisfacer los intereses del CETAC. 6.1.6 Los diseños, especificaciones, planos, presupuestos y demás documentos preparados por el Gestor deberán ser aprobados previamente por el CETAC. En todo caso, el CETAC aprobará, supervisará y fiscalizará permanentemente la construcción y mantenimiento de dichas obras, de acuerdo con lo establecido en el Apéndice...

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  • Régimen general Adquisición centralizada de equipos y sistemas para el tratamiento de la información.

  • INFORMACIÓN GENERAL En la presente licitación pública estatal podrán participar las personas físicas y xxxxxxx legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cumplan con los requisitos solicitados por la ENTIDAD y los preceptos señalados en la LEY, así como lo estipulado en las presentes bases de licitación. - Los gastos que el LICITANTE erogue en la realización de la propuesta técnica- económica y todos los derivados que tengan relación con el presente concurso serán a su cargo y no serán reintegrables para el caso de que la Licitación Pública Estatal sea declarada desierta o por ser descalificada su propuesta, por consiguiente no procederá queja o reclamo alguno respecto a todos los gastos que haya generado. - La presente Licitación Pública es de carácter Estatal y no se realiza bajo la cobertura de ningún tratado. - Para la emisión de la propuesta económica el LICITANTE no debe considerar el desglose para pago del Impuesto al Valor Agregado. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y artículo 29 de su reglamento, toda vez que las construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación quedan exentos del I.V.A. - Ninguna de las condiciones establecidas en estas bases, ni en las propuestas presentadas por el LICITANTE podrá estar sujeta a negociación alguna. - No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como también se informa que la CONVOCANTE, se abstendrá de recibir propuestas o celebrar contratos, con las personas que se encuentren dentro de los supuestos contenidos en el artículo 52 de la LEY. - De conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la LEY, las personas físicas y xxxxxxx participantes deberán estar inscritos en el Padrón de Contratistas de Obra Pública de la SEFIPLAN. - Así mismo se indica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 fracciones IV y V del REGLAMENTO los interesados podrán agruparse para presentar una proposición, en donde cualquiera de los integrantes de la agrupación podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. - No se podrán subcontratar parte alguna de los trabajos, los LICITANTES serán los únicos responsables de las obligaciones que adquieran con las personas que subcontraten para la realización de las obras o servicios. Los subcontratistas no tendrán ninguna acción o derecho que hacer valer en contra de la ENTIDAD. - Con fundamento en el artículo 19 de la LEY, se tomará en cuenta, en la contratación de obras públicas, preferentemente, la mano de obra veracruzana, alentando la contratación de personas con discapacidad y de adultos mayores; así como el empleo de maquinaria, materiales, productos y equipos del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Los LICITANTES que decidan cancelar su participación en la Licitación Pública Estatal y deseen presentar sus excusas deberán hacerlo por escrito en hoja membretada de su empresa, un día antes del acto de presentación y apertura de proposiciones técnica y económica. - Las proposiciones presentadas por los LICITANTES serán conservadas por la ENTIDAD. - Una vez realizada la evaluación y previo a la notificación del fallo, la ENTIDAD deberá obtener la autorización mediante un Dictamen Técnico por parte de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz (SEFIPLAN) por conducto de la Subsecretaria de Egresos, para la formalización del contrato de Obra Pública. Lo anterior de conformidad con el Artículo 53 de la LEY y 25 de los Lineamientos Generales de Austeridad y Contención del Gasto para el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Modelo del contrato.- En los contratos de obra pública se xxxxx xxxxxxx, como mínimo de acuerdo al artículo 55 de la LEY y 70 del REGLAMENTO, lo siguiente:

  • Disposición general Las obligaciones, responsabilidades y riesgos del Contratista conforme al presente Contrato son independientes de los seguros, garantías o cualquier otro instrumento financiero a los que hace referencia en esta Cláusula 20 y, en consecuencia, el alcance de las obligaciones y responsabilidades derivadas de la xxxxxxxx de tales riesgos no podrán reducirse en perjuicio de la Nación o de terceros por la contratación de seguros, garantías o cualquier otro instrumento financiero o por la falta de contratación o cobertura suficiente de ellos.

  • Objetivo General El objetivo general del programa es:

  • DESCRIPCIÓN GENERAL 15.- DESCALIFICACIÓN DE LOS LICITANTES.

  • Principio general El contrato de trabajo tendrá por objeto la prestación de una actividad personal e infungible, indeterminada o determinada. En este último caso, será conforme a la categoría profesional del trabajador si se la hubiese tenido en consideración al tiempo de celebrar el contrato o en el curso de la relación, de acuerdo a lo que prevean los estatutos profesionales y convenciones colectivas de trabajo.

  • EXCLUSIONES GENERALES Sin perjuicio de las exclusiones específicas para cada cobertura, quedan excluidos de este contrato, las pérdidas o daños ocasionados por, o a que contribuyan: 1. Guerra, invasión de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas (haya guerra declarada o no), guerra civil, levantamiento militar, sublevación, rebelión, revolución, insurrección, suspensión de garantías o acontecimientos que ocasionen estas situaciones de hecho o de derecho. 2. Actos de terrorismo cometidos por cualquier persona que actúe en nombre de o en conexión con organizaciones de toda clase. 3. Privación temporal o permanente como resultado de confiscación, nacionalización, orden o requisición por cualquier autoridad legalmente constituida, con motivo de sus funciones. 4. Destrucción de los bienes por actos de autoridad legalmente reconocida con motivo de sus funciones, salvo en el caso que sean tendiente a evitar una conflagración o en cumplimiento de un deber de humanidad. 5. Acciones u omisiones del Asegurado, sus empleados o personas actuando en su representación o a quienes se les haya encargado la custodia de los bienes, que produzcan o agraven las pérdidas. 6. Radiación, ionización o contaminación radioactiva, por radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desecho nuclear o por la combustión de cualquier combustible radioactivo, tóxico, explosivo u otras propiedades peligrosas de cualquier conjunto nuclear o componente del mismo. 7. Cualquier proyectil bélico que utilice fisión atómica o fuerza radioactiva ya sea en tiempo de xxx x xx xxxxxx. 8. Pérdida de uso, retraso, pérdida xx xxxxxxx, abandono o lentitud de trabajos o paro de labores. 9. Pérdidas o daños de la propiedad asegurada por fermentación, vicio propio o combustión espontánea. 10. Pérdidas que sufran edificios en evidente estado de deterioro y sus contenidos, a no ser que el Asegurado pruebe que el estado actual del edificio fue ocasionado por un riesgo amparado en este contrato. 11. Pérdidas directas que tengan su origen en errores de diseño o defectos constructivos, aún cuando la causa inmediata sea cualquiera de los riesgos cubiertos por esta póliza. 12. Pérdidas que se originen por cumplimiento xx xxxxx, ordenanzas o reglamentos que impidan la restauración, reedificación o reparación de los bienes destruidos o dañados a su estado original.

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • Reglas generales 1.- Deberán presentarse conjunta y simultáneamente los tres sobres, firmados por el licitador o persona que lo represente. 2.- La documentación y la oferta se presentarán en idioma castellano. 3.- El contenido de cada sobre, deberá estar relacionado numéricamente en hoja independiente. 4.- La presentación de la proposición supone por parte del empresario la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y los documentos de carácter contractual citados en el apartado 2 de la cláusula primera de este pliego.( Art. 145 del TRLCSP ). 5.- Recibida la proposición no podrá ser retirada por el licitador. 6.-En los sobres, según xxxxxxx, se incluirá también la documentación que se determine en la letra T del cuadro de características.

  • INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN