Equipo colaborador. El equipo de colaboradores del INVESTIGADOR deberá ser aprobado y estar capacitado para cumplir con éxito el ensayo clínico previsto, cumpliendo los requisitos del certificado de idoneidad del anexo IV. El investigador principal tiene el compromiso de comunicar al CEIC y a la Dirección del Centro todas las modificaciones y actualizaciones de las funciones del equipo implicado en el contrato.
Equipo colaborador. El equipo de colaboradores del Investigador, integrado por el personal que junto con él y bajo su coordinación, participa en el Proyecto de Investigación, deberá ser aprobado por el CEI y estar capacitado para cumplir con éxito el Proyecto de Investigación previsto, cumpliendo los requisitos del certificado de idoneidad del anexo III.