EQUIPOS Y MAQUINARIA Cláusulas de Ejemplo

EQUIPOS Y MAQUINARIA. Su incremento se reconocerá dependiendo de la presencia parcial o ausencia total de divisas en el Contrato, según las fórmulas siguientes:
EQUIPOS Y MAQUINARIA. El contratista deberá contar con equipos y maquinaria disponibles, para la ejecución del contrato, los cuales deben garantizar el cumplimiento del objeto a contratar de acuerdo con el programa de actividades aprobado por la Supervisión externa. El contratista deberá presentar los certificados de calibración de los equipos vigente con el fin de que se acepte su utilización y se reciban a satisfacción las labores realizadas con estos equipos y aparatos. 5.4 ETAPAS DEL PROYECTO. 5.4.1 Etapa de pre construcción: Procedimiento de aprobación personal mínimo: Una vez firmado el contrato de obra, dentro de los tres (3) días calendario siguientes a la firma del acta de inicio de este, el Contratista deberá presentar ante la Supervisión externa, en debida forma las hojas de vida del personal mínimo, junto con la presentación de las respectivas hojas de vida y los soportes establecidos en los numerales 4.3 y 4.4, del presente anexo. En los siguientes tres (3) días calendario la Supervisión externa realizará la respectiva revisión y pronunciamiento de aprobación u observaciones con copia a la Supervisión designada por la fundación PLAN, en el evento en que alguno de los profesionales presentados no sea aprobado; a su vez el Contratista en los siguientes tres (3) días calendario atenderá las observaciones a que hubiere lugar, y en los siguientes tres (3) días calendario la Supervisión externa revisará la información subsanada por el Contratista y emitirá su concepto de aprobación del personal mínimo con copia a la Supervisión designada por la Fundación PLAN. Si pasado este plazo el Contratista de obra no atiende las observaciones de la Supervisión externa en debida forma, a partir del treceavo (13) día calendario contado a partir de la firma del acta de inicio del contrato de Obra, la Supervisión externa deberá presentar ante el Supervisor designado por el PLAN informe por presunto incumplimiento de las obligaciones contractuales del Contratista de Obra. Procedimiento de aprobación análisis de precios unitarios: El procedimiento para la aprobación corresponde al descrito en el numeral 2.10 ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS DETALLADOS DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR, del presente Anexo. En atención al procedimiento establecido en el anterior numeral, para la terminación de la etapa de pre construcción la entidad debe contar con la información debidamente aprobada por la Supervisión externa. El incumplimiento por parte del contratista de obra en cuanto a la atención de obse...
EQUIPOS Y MAQUINARIA. Su incremento se reconocerá dependiendo de la presencia parcial o ausencia total de divisas en el Contrato, según las formulas siguientes: FAE = IPE((R/Ro)-1) donde; FAE = Factor de ajuste de los equipos y maquinaria, en un ítem dado a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación. IPE = Incidencia porcentual del equipo y maquinaria en un ítem dado. R = Índice general de precio de los repuestos y partes tomado del US Departament of Labor, Bureau of Labor Staristics para la el reglón de la maquinaria de construcción y equipo (Construcción Machineryand Equipment), del documento llamado índices de los precios de los productos, vigente para el período de la estimación de obra bajo ajuste. Ro = Índice general del precio de los repuestos y partes tomado de US Departament of Labor, Bureau of Labor Staristics, para el reglón de maquinaria de Construcción y equipo, del documento llamado índices de los precios de los productos, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la fecha de la negociación de un nuevo ítem durante la ejecución.
EQUIPOS Y MAQUINARIA. Instalaciones complementarias: Alimentación de agua, gas, etc. Instalación eléctrica. Ventilación / Climatización. Seguridad: contra incendios, gas, etc. - Cámaras y similares para uso no alimentario.
EQUIPOS Y MAQUINARIA. Los equipos y maquinaria necesarios para la ejecución de todas las unidades de obra deberán ser justificados previamente por el Contratista, de acuerdo con el volumen de obra a realizar y con el programa de trabajos de las obras, y presentado a la Dirección de Obra para su estudio y comentarios o aprobación si procede. La aprobación de la Dirección de Obra se referirá exclusivamente a la comprobación de que el equipo mencionado cumple con las condiciones ofertadas por el Contratista y no eximirá en absoluto a éste de ser el único responsable de la calidad y del plazo de ejecución de las obras. El equipo habrá de mantenerse en todo momento, en condiciones de trabajo satisfactorias y exclusivamente dedicado a las obras del contrato, no pudiendo ser retirado sin autorización escrita de la Dirección de Obra, previa justificación de que se han terminado las unidades de obra para cuya ejecución se había previsto.
EQUIPOS Y MAQUINARIA. ITEM DESCRIPCION DEL BIEN Y/O PRODUCTO CUMPLE NO CUMPLE
EQUIPOS Y MAQUINARIA. Su incremento se reconocerá dependiendo de la presencia parcial o ausencia total de divisas en el Contrato, según las fórmulas siguientes: a) CONTRATOS CON OTORGAMIENTO PARCIAL DE DIVISAS ( MÁXIMO 51 % DE DIVISAS). Fórmula de Reconocimiento: FAE = IPE ( ( R / Ro ) – 1 ) Donde: FAE = Factor de Ajuste de los Equipos y Maquinaria, en un ítem dado a multiplicar por el monto ejecutado en un Ítem determinado, en una estimación. IPE = Incidencia Porcentual del Equipo y Maquinaria en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo) R = Índice general de precios de los repuestos y partes tomado del US Department of Labor, Bureau of Labor Statistics para el renglón de Maquinaria de Construcción y Equipo (Construction Machinery and Equipment), del documento llamado Índices de los Precios de los Productos, vigente para el período de la estimación de obra bajo ajuste. Ro = Índice general del precio de los repuestos y partes tomado de US Department of Labor, Bureau of Labor Statistics, para el renglón de Maquinaria de Construcción y Equipo (Construction Machinery and Equipment), del documento llamado Índices de los Precios de los Productos, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Item durante la ejecución. En el caso que no se disponga oportunamente de este Índice generado en el exterior, se empleará el Índice más actualizado de que se tenga información y posteriormente se podrán efectuar los ajustes pertinentes. Las cantidades correspondientes a la Cláusula Escalatoria o Ajuste de Precios no formarán parte del monto de los contratos para efectos de otorgamiento de divisas; es decir que el Ajuste de Precios se pagará en todo caso en moneda nacional (Lempiras). b) CONTRATOS SIN OTORGAMIENTO DE DIVISAS Fórmula de Reconocimiento FAE = IPE ( ( DV / DVo ) – 1 ) Donde: FAE, IPE son los mismos conceptos descritos en el inciso a) precedente. * DV = Valor de la divisa, o tasa cambiaria de compra, Lempira: US $ emitida por el Banco Central de Honduras, correspondiente al período de la estimación de obra bajo ajuste. * DVo = Valor de la divisa, o tasa cambiaria de compra, Lempira : US $ emitida por el Banco Central de Honduras, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Item durante la ejecución. * Una vez que la ONCAE realice las validac...
EQUIPOS Y MAQUINARIA. Estos bienes deberán ser inspeccionados detalladamente con el fin de evidenciar plenamente la existencia de los mismos para su correcta identificación, debiendo considerar en las matrices mínimamente la siguiente información para cada bien: Código del BCB, Código xx Xxxxxx, descripción detallada del bien, material, color, marca, modelo, número de serie (si corresponde), ubicación, cantidad y nombre del funcionario al cual fue asignado el bien.

Related to EQUIPOS Y MAQUINARIA

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.