ESTADO DE CUENTA Cláusulas de Ejemplo

ESTADO DE CUENTA. Es el reporte que el BANCO remitirá mensualmente al CLIENTE, por correo electrónico o cualquier otro medio que el BANCO considere apropiado a la dirección registrada del CLIENTE en el BANCO, un estado del movimiento de la CUENTA. La disponibilidad del Estado de Cuenta constituye un requerimiento del BANCO para que el CLIENTE dé su conformidad al mismo. Los estados de cuenta, cheques u órdenes de pago emitidas por el CLIENTE y listados en dicho estado de cuenta podrán ser verificados por el CLIENTE por medio del sistema electrónico de banca en línea del BANCO al que tendrá acceso y está disponible para el CLIENTE a través de la página web del BANCO y Kioscos. En el caso que el CLIENTE le solicite reimpresa, el BANCO se obliga a mantener en sus oficinas esos estados de cuenta con los respectivos cheques u órdenes de pago emitidas por el CLIENTE y listado en dicho estado de cuenta por un período de tres (3) meses con la finalidad que el cliente los retire de las oficinas del banco. Se presume que todos los cheques u órdenes de pago mencionados en el estado han sido enviados por el BANCO y recibidos por el CLIENTE. el BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los estados de cuenta y documentos anexos al mismo enviados por correo postal, electrónicos o afines, una vez haya sido enviado a la dirección que haya sido registrada por el CLIENTE en el BANCO. Por prestar el servicio extraordinario de envío o despacho de estados de cuenta en otras fechas que no fueran las regulares en que se entregan mensualmente dichos estados de cuenta, el BANCO se reserva el derecho de cobrar un cargo mensual estipulado por el BANCO que será debitado de la cuenta del CLIENTE.
ESTADO DE CUENTA. Mensualmente Coopenae R.L enviará al tarjetahabiente un estado de cuenta que indicará: Identificaciones: Nombre y cédula jurídica de Coopenae R.L, marca de la tarjeta, nombre y dirección del tarjetahabiente e identificación de la cuenta. Descripciones: Enumeración explícita de las transacciones realizadas o autorizadas por el tarjetahabiente donde se incluya: el concepto, la fecha, el establecimiento, lugar y monto en colones o dólares según sea el caso. Detalles financieros: por separado debe aparecer: la fecha xx xxxxx, fecha límite para el pago de contado, fecha límite para el pago mínimo, plazo del crédito en meses, tasa de interés corriente, monto por intereses corrientes, tasa de interés moratorio, monto de intereses moratorios, seguros, cargos y comisiones desglosadas, monto de pago mínimo, monto de pago de contado, saldo anterior del principal, saldo anterior de intereses, saldo del principal a la fecha xx xxxxx, saldo de intereses a la fecha xx xxxxx, los pagos efectuados y cualquier débito o crédito aplicado a la cuenta, detalle por separado de los cargos administrativos por gestión de cobranza en los casos de atraso y xxxx, cuando corresponda. Avisos Importantes: espacio destacado para hacer comunicados relevantes, entre los que se incluye posibles modificaciones a los contratos de crédito. Xxxx xx Xxxxxx Coopenae R.L concede al tarjetahabiente un día hábil adicional como “d́a xx xxxxxx” para realizar la cancelación del pago mínimo y/o pago de contado, una vez transcurrido éste día xx xxxxxx, el no pago modifica el estatus de la operación a “estado de morosidad”. El estado de cuenta será enviado a la dirección física o electrónica, que haya sido indicada por escrito por el tarjetahabiente; si éste no reclama la falta de recepción del estado de cuenta dentro de los diez días posteriores a la fecha xx xxxxx se presumirá que fue recibido. Para tal efecto se tendrán por reconocidos los cargos en la forma presentada y por aceptado el saldo que se indica en el estado de cuenta. En todo caso el “TH” tiene la obligacín de consultar su saldo deudor y efectuar el pago correspondiente, por lo tanto no será válido como razón para la xxxx, la alegación de no haber recibido el estado de cuenta. Las inconformidades o reclamos por los movimientos presentados en el estado de cuenta, deberán ser presentados por escrito en cualquier punto de servicio de la cooperativa y es necesario firmar la documentación de trámite respectiva. El tarjetahabiente tiene 120 días ...
ESTADO DE CUENTA. DÉCIMA TERCERA.- Las partes convienen que “EL BANCO” pondrá a disposición de “EL CLIENTE” su estado de cuenta de manera mensual, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx que corresponda, a través de alguno de los medios electrónicos automatizados o no, ópticos o de cualquier otra tecnología presente o futura con la que dispone o disponga “EL BANCO”, tales como correo electrónico, internet, Servicio de banca electrónica xxxx.xx, o a través del medio electrónico previamente pactado, el cual se señala en la Carátula que forma parte integrante del presente contrato.
ESTADO DE CUENTA.  Todos los meses EL BANCO remitirá por correo al Cliente, a la dirección registrada en EL BANCO, un Estado de Cuenta o EL CLIENTE podrá visualizarlo en la Banca en Línea si así lo estima conveniente. Si EL CLIENTE no objetare dicho Estado de Cuenta transcurridos 10 días desde la fecha xx xxxxx, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envió del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envió del Estado de Cuenta. A tales efectos EL BANCO enviará el Estado de Cuenta:
ESTADO DE CUENTA. BANCOMER" emitirá
ESTADO DE CUENTA. Las Partes acuerdan que INVEX de forma gratuita enviará mensualmente al CLIENTE, dentro de los 10 (diez) Días Hábiles siguientes a la fecha xx xxxxx, un Estado de Cuenta al correo electrónico que el CLIENTE indique con todas las operaciones realizadas por parte del CLIENTE en el periodo. Adicional al canal principal de envío, el CLIENTE podrá consultar el Estado de Cuenta por solicitud de envío a su domicilio a través de las líneas de atención a clientes señaladas en la cláusula Atención a Clientes del presente Contrato o por los demás Medios Electrónicos que INVEX ponga a disposición. El CLIENTE podrá solicitar la modificación a la modalidad de envío principal en cualquier momento. . INVEX informará en el Estado de Cuenta la fecha xx xxxxx y la fecha límite para realizar el pago correspondiente, la cual no será mayor a 20 (veinte) días naturales después de la fecha xx xxxxx, en el entendido de que cuando la fecha límite para realizar el pago y/o la fecha xx xxxxx correspondan a un día inhábil bancario, se prorrogaran al siguiente Día Hábil bancario, sin que proceda el cobro de Comisión por pago extemporáneo de conformidad con el anexo de comisiones. Salvo por lo dispuesto en el párrafo anterior, la fecha xx xxxxx no podrá variar sin previo aviso al CLIENTE con 30 (treinta) días de anticipación por cualquiera de los medios y formas detalladas en la cláusula de “Comunicaciones” del presente Contrato. La falta de recepción del Estado de Cuenta de la Tarjeta y la imposibilidad de revisarlos no exime al CLIENTE para dejar de realizar los pagos correspondientes conforme a lo establecido en el presente Contrato. El presente Contrato junto con los Estados de Cuenta certificados por el contador facultado por INVEX, serán títulos ejecutivos, sin necesidad de reconocimiento de firma ni de otro requisito. El Estado de Cuenta hará fe, salvo prueba en contrario, en los juicios respectivos para la fijación de los saldos resultantes a cargo de los CLIENTES. El CLIENTE en este acto autoriza a INVEX para recibir cualquier tipo de notificación en sus Estados de Cuenta.
ESTADO DE CUENTA. Los montos a pagar por el Tarjetahabiente, serán determinados por el Emisor por medio de informes mensuales –denominados estados de cuenta- los cuales serán enviados a la dirección de correo electrónico, suministrada por el Tarjetahabiente. El estado de cuenta que se remita al Tarjetahabiente contendrá la fecha xx xxxxx, las transacciones del mes, el monto principal adeudado, los cargos por el servicio, la tasa de interés corriente y moratoria, el cargo por suscripción del programa de compras a cuotas cero interés (CCI), los intereses corrientes generados y la tasa vigente para el periodo que se informa, el monto de los intereses moratorios, y comisiones, el monto del seguro para los casos que aplique, el monto de pago a efectuar, ya sea de contado o el pago mínimo, y la fecha y hora límite para efectuar dichos pagos de contado o la fecha límite para los pagos. Asimismo, deberá indicar el saldo anterior de intereses y del principal, los pagos efectuados y cualquier débito o crédito aplicado a la cuenta, así como un detalle separado de los cargos administrativos por gestión de cobranza en los casos de atraso y xxxx, cuando corresponda.
ESTADO DE CUENTA. 12.1 Para el Estado de Cuenta de los Servicios Contratados será aplicable lo siguiente:
ESTADO DE CUENTA. CIBANCO" elaborará un estado de cuenta mensual, el cual será enviado gratuitamente dentro de los 10 (diez) días siguientes a la fecha xx xxxxx (la fecha xx xxxxx se establecerá en la Carátula del Contrato) que corresponda al domicilio señalado por “EL CLIENTE” en “LA SOLICITUD” y en el “ANEXO 1”, el cual reflejará la aplicación de las cantidades recibidas de éste y el monto a pagar que incluirá intereses, impuestos, otros accesorios y capital en su caso, así como la fecha de su próximo pago.
ESTADO DE CUENTA. La Cooperativa enviará al Depositante un estado de cuenta mensual reflejando la cantidad de su Cuenta durante el periodo cubierto por el estado. El estado de cuenta reflejará el balance anterior, los depósitos y retiros, una reproducción electrónica de los cheques cancelados, los cargos efectuados a la Cuenta, los intereses devengados, si algunos, el balance actual y cualquier otra información que la Cooperativa considere pertinente durante el período cubierto por el estado.